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IniciarMi WebLinkAcerca deNI-09232-2015 Acuerdo del Poder Ejecutivo Otorgando el Permiso23/9/2015 RV: Notificacion de varios Acuerdos Ejecutivos. - Gestion Documental RV: Notificacion de varios Acuerdos Ejecutivos. Inscripciones RNT mi6 23/09/2015 12:07 p.m. Bandeja de entrada Para:.Gestion Documental<gestiondocumenta [@sutel.go.cr>; cc:Alba Rodriguez <alba.rodriguez@sutel.go.cr>; @ 5 archivos adjuntos (3 MB) su -Le¡ 000057 GEST16N DOCUMENTAL NI:nCt7 Cf) i oESTi6N D-tn-11Z 05Z83- ó� Pare consWt,3 sohre estsec de este `-tmtii, hvcr hs"- ;Ytfgrinc's P7 14i � GEST!CN LYD_Acuerdos Ministerio - Firmas - No. 080-2015-TEL-MICITT.tif; ACUERDO EJECUTIVO No. 107-2014-TEL-MICITT.pdf; LYD_Acuerdos Ministerio - Firmas - No. 062-2015-TEL-MICITT.tif; LYD_Acuerdos Ministerio - Firmas - No. 095-2015-TEL-MICITT.tif; LYD_Acuerdos Ministerio - Firmas - No. 179-2015-TEL-MICITT.tif; Buenos días, Por favor enviar los Acuerdos. Ejecutivos adjuntos y copia del correo electrónico del MICITT a los expedientes que se indican a continuación: • Cazador Submarino N° 080-2015-TEL-MICITT. Expediente: C0160-ERC-DTO-ER-01601-2013 • Taxis Unidos de Grecia N°106-2014-TEL-MICITT. Expediente: Ya esta en el expediente, por esa razón no se reenvía. • Taxis Unidos de Zarcero N° 107-2014-TEL-MICITT. Expediente: T0028-ERC-DTO-ER-01928-2012 • Servicios Especiales de Autobuses N°095-2015-TEL-MICITT. Expediente: S0176-ERC-DTO-ER-00006- . 2012 • Investigaciones Nacionales e Internacionales N°062-2015-TEL-MICITT. Expediente: 10123-ERC-DTO- E R-03283-2013 • Transportes Empresariales y Turisticos tres caminos. N°179-2015-TEL-MICITT. Expediente: T0137 - E RC-DTO- E R-01915-2012 Muchas gracias Mónica Salazar De: Fabian Mora Calderon <fa bian.mora@micit.go.cr> Enviado: lunes 21 de septiembre de 2015 08:34 a.m. Para: Inscripciones RNT Asunto: Notificacion de varios Acuerdos Ejecutivos. Buenos dias. Se adjuntan Acuerdos Ejecutivos notificados: https://outlook.office365.com/owa/#viewm ode[= ReadM essageltem &Item ID=AAM kAD gzY2M 1 M D VkLTRIOGEtN GQ3ZC05M D FhLW Y4M D E1 M Dg30W N I M ... 113 23/9/2015 RV: Notificacion de varios Acuerdos Ejecutivos. - Gestion Documental • Cazador Submarino N° 080-2015-TEL-MICITT • Taxis Unidos de Grecia N°106-2014-TEL-MICITT • Taxis Unidos de Zarcero N° 107-2014-TEL-MICITT • Servicios Especiales de Autobuses N°095-2015-TEL-MICITT • Investigaciones Nacionales e Internacionales N°062-2015-TEL-MICITT • Transportes Empresariales y Turísticos tres caminos. N'179-2015-TEL-MICITT Saludos... Lic. Fabián Alonso Mora Calderón. Asesor Legal Profesional en Telecomunicaciones. Gerencia de Normas y Procedimientos de Telecomunicaciones VICEMINISTERIO DE TELECOMUNICACIONES. Edificio Almendros, Barrio Tournón San José 10101, Costa Rica Tel: +506 2211-1255 Fax: 2211-1283 Website: www.telecom.go.cr Inicio En la Rectoría de Telecomunicaciones tenemos el firme compromiso de asegurarle al país el marco jurídico, la capacidad institucional y las mejores políticas ... Leer más... Green Thinking..... 000058 ----LIBERACION DE RESPONSABILIDAD---- Este mensaje de correo, puede contener información confidencial, propietaria o con derechos reservados y privilegios legales asociados, para el uso de su destinatario. Si usted no es el interesado por favor elimínelo, no lo divulgue, reproduzca o distribuya a terceros. La Superintendencia de Telecomunicaciones no se hace responsable por ningún daño causado por su difusión. Agradecemos informar su uso indebido a soporte@sutel.go.cr. ----DISCLAIMER----This email message may contain confidential, proprietary or copyrighted and legal privileges associated to the use of the addressee. If you are not the, intended recipient please erase it, do not disclose, reproduce or distribute to others. The Superintendencia de Telecomunicaciones is not responsible for any damage caused by its dissemination. Thank you for report the abuse sending an email to soporte@sutel.go.cr. https:lloutlook.office365.comlowal#viewm odel=ReadM essageltem&Item ID=AAM kADgzY2M 1 M DVkLTRIOGEtN GQ3ZC05M D FhLWY4M D E1 M Dg30W N [M... 213 23/9/2015 RV: *urgente* Notificación de varios Acuerdos Ejecutivos. - Gestion Documental RV: turgente* Notificación de varios Acuerdos E�ecutivos. 00005-9 g J Inscripciones RNT mié 23/09/2015 01:47 p.m. Para:Gestion Documental<gestiondocumental@sutel.go.cr>; Hola María José, por favor adjuntar este correo junto con los NI que le envié hace un rato. Gracias Mónica Salazar De: Fabian Mora Calderon <fa bian.mora@micit.go.cr> Enviado: miércoles 23 de septiembre de 2015 01:30 p.m. Para: Inscripciones RNT Cc: Monica Salazar Asunto: Re: *urgente* Notificación de varios Acuerdos Ejecutivos. Hola... • Cazador Submarino N° 080-2015-TEL-MICITT 31 de julio 2015 • Taxis Unidos de Grecia N°106-2014-TEL-MICITT • Taxis Unidos de Zarcero N° 107-2014-TEL-MICITT 09 de marzo 2015 • Servicios Especiales de Autobuses N°095-2015-TEL-MICITT 31 de julio 2015 • Investigaciones Nacionales e Internacionales N°062-2015-TEL-MICITT 31 de julio 2015 • Transportes Empresariales y Turisticos tres caminos. N°179-2015-TEL-MICITT 11 de setiembre 2015 Saludos y lamento mucho el retraso, no va a volver a ocurrir te lo aseguro. gracias Lic. Fabián .Alonso Mora Calderón. Asesor Legal Profesional en Telecomunicaciones. https://outlook.ofriice365.com/owa/#viewm ode]=ReadM essageltem&ltem ID=AAM kADgzY2M 1 M DVkLTRIOGEtN GQ3ZC05M D FhLWY4M D E1 M Dg30W N IM... 1/4 23/9/2015 RV: `urgente* Notificación de varios Acuerdos Ejecutivos. - Gestion Documental Q 0 0 () r) n Gerencia de Normas y Procedimientos de Telecomunicaciones VICEMINISTERIO DE TELECOMUNICACIONES. Edificio Almendros, Barrio Tournon San José 10101, Costa Rica Tel: +506 2211-1255 Fax: 2211-1283 Website: www.telecom.po.cr Inicio - En la Rectoría de Telecomunicaciones tenemos el firme compromiso de asegurarle al país el marco jurídico, la capacidad institucional y las mejores políticas ... Leer más... Green Thinking..... El 23 de septiembre de 2015, 12:03, Inscripciones RNT <inscripcionesrnt@- sutel.go.cr> escribió: I Hola Fabián, Necesito que por favor me indique cuando fue notificado al interesado cada uno de los acuerdos señalados en su correo, excepto el de Taxis Unidos de Grecia, ese ya lo tengo. Sí le agradezco que me envíe esta información hoy, debo enviarla al expediente pronto. Gracias Mónica Salazar De: Fabian Mora Calderon <fabian.mora(@micit.go.cr> Enviado: lunes 21 de septiembre de 2015 08:34 a.m. Para: Inscripciones RNT Asunto: Notificacion de varios Acuerdos Ejecutivos. Buenos digs. Se adjuntan Acuerdos Ejecutivos notificados: • Cazador Submarino N° 080-2015-TEL-MICITT • Taxis Unidos de Grecia N°106-2014-TEL-MICITT • Taxis Unidos de Zarcero No 107-2014-TEL-MICITT 40 Servicios Especiales de Autobuses N°095-2015-TEL-MICITT • Investigaciones Nacionales e Internacionales N°062-2015-TEL-MICITT https:/Ioutlook.office365.com/owa/#viewm ode] = ReadM essageltem &Item I D=AAM kAD gzY2M 1 M D VkLTRI OGE{N GQ3ZC05M D FhLW Y4M D El M Dg30W N IM... 2/4 23/9/2015 RV: *urgente* Notificación de varios Acuerdos Ejecutivos. - Gestion Documental • Transportes Empresariales y Turisticos tres caminos. N°179-2015-TEL-MICITT Saludos... Lic. Fabián Alonso Mora Calderón. Asesor Legal Profesional en Telecomunicaciones. Gerencia de Normas y Procedimientos de Telecomunicaciones VICEMINISTERIO ICE TELECOMUNICACIONES. Edificio Almendros, Barrio Tournón San José 10101, Costa Rica Tel: +506 2211-1255 Fax: 2211-1283 Website: www.telecom.go.cr Inicio ¡Al, En la Rectoría de Telecomunicaciones tenemos el firme '1, compromiso de asegurarle al país el marco jurídico, la capacidad institucional y las mejores políticas ... Leer más... Green Thinking..... 666061 ----LIBERACION DE RESPONSABILIDAD---- Este mensaje de correo, puede contener información confidencial, propietaria o con derechos reservados y privilegios legales asociados, para el uso de su destinatario. Si usted no es el interesado por favor elimínelo, no lo divulgue, reproduzca o distribuya a terceros. La Superintendencia de Telecomunicaciones no se hace responsable por ningún daño causado por su difusión. Agradecemos informar su uso indebido a soporte@sutel.io.cr. ----DISCLAIMER----This email message may contain confidential, proprietary or copyrighted and legal privileges associated to the use of the addressee. If you are not the intended recipient please erase it, do not disclose, reproduce or distribute to others. The Superintendencia de Telecom unicaciones is not responsible for any damage caused by its dissemination. Thank you for report the abuse sending an email to soporte@sutel.go.cr. - LIBERACION DE RESPONSABILIDAD---- Este mensaje de correo, puede contener información confidencial, propietaria o con derechos reservados y privilegios legales asociados, para el uso de su destinatario. Si usted no es el interesado por favor https://outlook.office365.com/owal#viewm odel=ReadM essageltem&item ID=AAM kADgzY2M 1 M DVkLTRIOGEtN GQ3ZC05M D FhLWY4M D El M Dg30W N IM ... 314 00006,4 ACUERDO EJECUTIVO N° 062-2015-TEL-MICITT EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y LA MINISTRA A.I. DE CIENCIA, TECNOLOGÍA Y TELECOMUNICACIONES Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 11, 121 inciso 14) subinciso c) y 129 de la "Constitución Política de la República de Costa Rica", y en lo dispuesto en los artículos 11, 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2) subincisos a) y b) de la Ley N° 6227 "Ley General de la Administración Pública", publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 102, Alcance N° 90, del 30 de mayo de 1978; en los artículos 9 inciso b), 26, siguientes y concordantes de la Ley N° 8642, "Ley General de Telecomunicaciones", publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 125 del 30 de junio de 2008; en el artículo 4 de la Ley N° 8220, "Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Trámites y Requisitos", publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 49 del 11 de marzo de 2002 y sus reformas; en el Decreto Ejecutivo N° 35257-MINAET, "Plan Nacional de Atribución de Frecuencias", publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 103, Alcance N° 19, del 29 de mayo de 2009 y sus reformas; en los artículos 73 inciso d) y 80 de la Ley N° 7593, "Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP)", publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 169 del 05 de setiembre de 1996; en el Criterio Técnico remitido mediante dictamen N° 1662-SUTEL-1)GC-2013 de fecha 09 de abril de 2013, aprobado mediante Acuerdo N° 010-020-2013 del Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL), y en lo dispuesto en el oficio N° D-VT-018-MICITT-2015, del 16 de febrero de 2015 del Página 1 de 12 1063 �► Viceministerio de Telecomunicaciones del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones. PRIMERO: Que en fecha OS de diciembre de 2012, se recibió en el Viceministerio de Telecomunicaciones, la solicitud suscrita por el señor Marco Antonio Castillo Villanueva, portador de la cédula de identidad número 6-0116-0982, en su condición de Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la empresa denominada INVESTIGACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES, S.A., con cédula de persona jurídica número 3-101-115548, con vista en la certificación registral emitida por el Registro Público N° 4224970-2012 de fecha 28 de noviembre de 2012. El representante de la empresa señala que requiere cuatro frecuencias, con un ancho de banda de 8,5 kHz cada una, para la instalación de tres repetidoras y cuatro bases en la banda de 148 MHz a 174 MHz, en la provincia de Guanacaste. (Folios 02 al 33 del expediente administrativo N° GCP-233-2012) SEGUNDO: Que mediante oficio N° OF-GCP-2012-727 del 10 de diciembre de 2012, la otrora Gerencia de Concesiones y Permisos, hoy Gerencia de Normas y Procedimientos (GNP) del Viceministerio de Telecomunicaciones solicitó a la SUTEL, brindar criterio técnico respecto de la solicitud de permiso de uso de frecuencias, presentada por la empresa INVESTIGACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES, S.A. (Folio 34 del expediente administrativo N° GCP-233-2012). Página 2 de 12 .c�.. ül?r.. .... J 0000611 TERCERO: Que mediante oficio N° 1902-SUTEL-SCS-2013 de fecha 18 de abril de 2013, recibido en el Viceministerio de Telecomunicaciones el 19 de abril del 2013, la SUTEL remitió el criterio técnico mediante dictamen N° 1662-SUTEL-DGC-2013 de fecha 09 de abril de 2013, aprobado mediante Acuerdo N° 010-020-2013 de su Consejo. (Folios 35 al 52 del expediente administrativo N° GCP-233-2012). CUARTO: Que mediante memorándum N° ME-GCP-2013-060 de 19 de abril de 2013, la GNP solicitó a la Gerencia de Administración del Espectro Radioeléctrico (GAER) del Viceministerio de Telecomunicaciones, criterio técnico relacionado con el oficio emitido por la SUTEL, respecto de la solicitud presentada por la empresa INVESTIGACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES, S.A. (Folio 53 del expediente administrativo N° GCP-233-2012). QUINTO: Que la GAER, mediante memorándum N° MICITT-GAER-MEMO-159-2013 del 18 de octubre de 2013 y recibido en la GNP el 22 de octubre de 2013, remitió el informe técnico N° MICITT-GAER-IT-191-2013, de la solicitud realizada por la empresa INVESTIGACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES, S.A. (Folios 55 al 70 del expediente administrativo N° GCP-233-2012). SEXTO: Que mediante oficio N° MICITT-GCP-OF-0631-2013 de fecha 22 de noviembre de 2013, la Gerencia de Normas y Procedimientos previno a la empresa de marras, a fin de que presentara una personería jurídica vigente; toda vez que a la fecha, la presentada junto Página 3 de 12 .. tk M,. O00065 con la solicitud tenía mas de tres meses de vigencia. (Folios 71 y 72 del expediente administrativo N° GCP-233-2012) SÉTIMO: Que en atención a lo indicado en el considerando anterior, la empresa INVESTIGACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES, S.A., presentó en fecha 10 de enero de 2014, la certificación registral N° 4780809-2014 del 10 de enero de 2014, en la que se confirma que el señor Marco Antonio Castillo Villanueva, portador de la cédula de identidad número 6-0116-0982, es Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la empresa solicitante. (Folios 73 y 74 del expediente administrativo N° GCP-233-2012) OCTAVO: Que mediante informe técnico N° MICTTT-GNP-IT-126-2014, de fecha 25 de noviembre de 2014, la Gerencia de Normas y Procedimientos, emitió el informe técnico - jurídico respecto de la solicitud presentada por INVESTIGACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES, S.A. (Folios 76 al 83 del expediente administrativo N° GCP-233- 2012) NOVENO: Que con fundamento en las consideraciones técnicas expuestas por el Viceministerio de Telecomunicaciones en su Oficio N° D-VT-018-MICITT-2015, el Poder Ejecutivo acoge integralmente, en el presente acto, su contenido, conclusiones y recomendaciones. Dicho Oficio consta en el expediente administrativo N° GNP -233-2012, de la Gerencia de Normas y Procedimientos del Vicenúnisterio de Telecomunicaciones (MICITT) para mayor abundamiento. Página 4 de 12 00g066 POR TANTO, ARTÍCULO 1.- Acoger la solicitud presentada por la empresa INVESTIGACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES, S.A., con cédula de persona jurídica N° 3- 101-115548, representada por el señor Marco Antonio Castillo Villanueva, portador de la cédula de identidad N° 6-0116-0982, quien es Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y otorgar a la misma permiso de uso no comercial de frecuencias para la instalación de una red privada de comunicación vía radio en actividades propias de la empresa, para que opere las frecuencias Tx 151,4000 MHz, Rx 148,4000 MHz, Tx 151,9000 MHz y Rx 148,9000 MHz, según lo indicado por la nota CR 033 del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias y de conformidad con las características técnicas que se detallan a continuación: 51.91 Permisionario Investigaciones Nacionales e Internacionales, S.A. cédula jurídica N° 3-101-115548 Unicamente para una red de radiocomunicación privada Uso (comunicaciones de voz propias de la empresa, sin la posibilidad de brindar servicios a terceros) Clasificación del espectro Uso no comercial Indicativo TE -ENV Vigencia 5 años a partir de la notificación de este Acuerdo Ejecutivo Ancho de banda 8,5 kHz Es aciamiento entre canales 12,5 kHz Potencia máxima a la entrada de la antena 5 Watts "�:g2.:FL' �7tg'T.3::j::: ::: \Y�r: :ti.>;:;:�:::::;:::�:{::¿:i;.}:•?:•'r::iit:i`�i•7:•5:i•::•: � .^Ci:'r:{+:::: •. �;��?. �..: ;,; •+:'•:':• •.;: ........... .. So puede exceder 25 W en la salida del transmisor, según lo indicado en el punto 2 del Adendum IV del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias -PNAF- (Decreto N° 35257-MINAET, Alcance N° 19 a La Gaceta N° 103 del 29 de mayo del 2009 y sus reformas). Página 5 de 12 110 0 0 () 6 7 1 ---r Bases Altura del punto de radiación de antena Vista al Mar 18 in 8 m Ganancia de Anjeitas., Ornrtídireccionales, 8,15 d]3i 3 dBi Provincias* elatitones y dístritós Incluyp,�qi cantones de Liberia, Carrillo, Santa Cruz� NicOya, Hojincha, Bagaces, Guanacaste Cañas, Abangares y Tilárán (excepto los distritos de Arenal,,-Tilárán y Tronadora) No se incluyen lag provincias sobre las cuáldi� no se tiene cobertura. 1 . ......... > .... ..... . . ..... ... ........... .... Emplazamientos Provincia. Cantón. Distrito Latitud (N) Longitud (0) Altura de sitio (msnm) Repetidora Guanacastíe S atita Cruz Santa Cruz Vista al Mar 1060.7�21,8.0" 1 85'37'42,24" 961 Base 2 Gitánacaste. 1, Tilárán Tilarán 1002W.08167' '. 84o58'O6,75" 565 Base 3 . Gúanacaste. Ca 1 flas, Cañas, ' 1 lb'�25'34,68" ..85, 05,1 2 1 5,28" . 92 Itm Marca;» Mototola M(*10:1 DQ1 6115 Ranga de operación: 136 M Hz 4 174 MHz Répétidor Sensib!Udad:;O,'22 jiV Potencia máxiffla a láétitradadé la antena: 5 Watts ModelwWM41100 Bases Rango dé dpéracióñ: 136,MHz a 174 MHz �eiisibhidad:"ó;2l VÑ P'otencia máxirpA a la entrada de 1 A antena: 5 Watts (na-exceder:25 W en la salida der transmisor) Marca: Andrew Antenas órititidireccionalesí Modelo'. DB224 Marea Modelo Potencia Antena Modelo Ganancia DQP 4150' 5 W 0 dBi Motorola D 1. G , M'.61 5 W, 2 Mlaxrad NIHB580Q 3 dBi .... IN . ............. ...... .... ............ .............. Repeddaias Bases Altura del punto de radiacj6n de antena. Papagkvo y Cetro Azul i8 in 8 M anancia de Antenasl Onitildireccionales 8,15,ABI, - 3 dBi Provincias* Cantones Y jiátd(oj� In ye los, cantones.de Nandayure Hója nchá, Ntcoya, Carrilllo. Liberia, Bagaces, Guanacaste Catías, Ábangarcá, Santa Cruz (excepto, tos distritos de Cabo, Velas, Tamarindo, Veintisiete de Abril y Cijajiniqu,il), Tilarán, (exccpto:lóiz distritos de Arenal, Tilarán y Tronadora) y La Cruz (exceptp,los:di�tritos de La Cruz.," Garita y Santa Cecilia) Puntarenas --TIncluye los.cantones 4e,,Puntar¿3nas� Montes de7.OrO, EsparzaLy Garabito 2 Potencia máxinia a la ent.rq,d4 de 1 a antema sin exqed.& 2.5 W en 14 salidq del tr£n�inisár. Página 6 de 12 09.- Alajuela 1 Incluye los cantones de San Mateo y Orotina N se incluyen las provincias sobre las cuales no se tiene cobertura. . . .... .. Emplazamientos Provincia Cantón Distrito Latitud (N) Longitud (0) Altura de sitio (msnm) Repetidora Papagayo Guanacaste Liberia Nacascolo l0'36'38,ll" W3717,71" 154 Repetidora Guanacaste Nandayure Porvenir OV57'03,4T 85'l6'25,09" 1003 Cerro Azul Base 1 t Guanacaste Carrillo Sardinal l0'34'09,88" 85'40'43,49" 21 Base 4 Guanacaste Nicoza NicUa 10'08'39,77" W27'04,27' 132 ----- 1 : . .0 :, : - . . --- -- - --- --- Marca: Motorola Modelo: DGR, 6175 Repetidoras Rango de operación: 136 MHz a 174 MHz Sensibilidad: 0,22 jaV Potencia máxima a la entrada de la antena: 5 Watts (no exceder 25 W en la salida del transtuisor) Marca: Motorola Modelos- DGM 4100 y DGM 6100 Bases Rano0 de operación: 136 MHz a 174 MHz 0 Sensibilidad: 0,22 jiV Potencia máxima a la entrada de la antena: 5 Watts (no exceder 25 W en la salida del transmisor) Marca: Andrew Antenas oninidireccionales Modelo: DB224 Ganancia: 8,15 dB! 1 Marca Modelo Potencia Antena Modelo Ganancia DGP 4150 5 w 0 dBi Motorola DGM 6100 5 W2 Maxrad MUB5800 3 dBi ARTíCULO 2.- Infonnar a la empresa INVESTIGACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES, S.A. que las frecuencias 151,4000 MHz, 148,4000 MHz, 151,9000 MHz y 148,9000 MHz, dentro del rango 148 MHz a 174 MHz, de acuerdo a nota CR 033 del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, se atribuyen para redes de comunicación de banda angosta, y su utilización queda restringida en los términos arriba indicados y a lo que indica esta nota, así como lo especificado técnicamente en el Adendum IV de dicho Plan, respecto de las características técnicas de los equipos que utilizan tecnología de banda, angosta. PAgina 7 de 12 ,Q 000069 ARTÍCULO 3.- Indicar a la empresa INVESTIGACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES, S.A. que los equipos de radiocomunicación deberán poseer el sistema de bloqueo de transmisión cuando se está recibiendo (Busy lockout), y un sistema silenciador controlado por tono continuo (CTCSS) o mejor. ARTÍCULO 4.- Informar a la empresa INVESTIGACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES, S.A., que de conformidad con lo dispuesto en la nota CR 033 del Plan Nacional de Atribución. de Frecuencias, a partir del 01 de enero de 2016 todos los sistemas de radiocomunicación que funcionen en la banda de 138 MHz a 144 MHz, deberán migrar a tecnología digital y ajustarse a una separación entre canales de 6,25 kHz y/o 2 x 6,25 kHz contiguos, por este motivo se le insta a considerar la existencia de la mencionada tecnología a fin de no tener que reemplazar los equipos cuando entre en vigencia la nueva disposición. ARTÍCULO 5.- Indicar a la empresa INVESTIGACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES, S.A. que, previa aprobación de la SUTEL, se podrán incorporar nuevos emplazamientos con sus respectivos equipos y antenas (modificación de la red), siempre y cuando se respete la zona de acción establecida en el permiso, según lo fundamentado en el artículo 84 del Decreto Ejecutivo N° 34765-MINAET. ARTÍCULO 6.- Indicar a la empresa INVESTIGACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES, S.A. que, de conformidad con el artículo 9 de la Ley General de Telecomunicaciones, y de acuerdo con el uso pretendido para las frecuencias otorgadas, el Página 8 de 12 07 presente permiso se ajusta a la clasificación del espectro radioeléctrico de `uso no comercial' por tratarse de un sistema de radiocomunicación en actividades propias de la empresa, que implican un uso exclusivo y no comercial y de acuerdo al artículo 26 de la Ley General de Telecomunicaciones, tendrá una vigencia de cinco (5) años, mismo que podrá renovarse por un período igual a solicitud del interesado. ARTÍCULO 7.- Prevenir a la empresa INVESTIGACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES, S.A., que será causal de revocación del presente título habilitante no haber iniciado la operación de las redes luego de un (1) año de haber obtenido el permiso o de haberse concedido la prórroga, de conformidad con el artículo 22 inciso 1) subinciso a) y el artículo 25 inciso b) subinciso 1) de la Ley N° 8642 y sin que medie indemnización alguna. A solicitud de parte y por motivos debidamente justificados, este plazo podrá ser prorrogado por el Poder Ejecutivo previo criterio técnico de la SUTEL, según lo dispuesto con el artículo 81 del Decreto Ejecutivo N° 34765-MINAET, y una vez firme el acuerdo ejecutivo correspondiente, deberá proceder a la instalación de los equipos, tomando en consideración que de conformidad con lo indicado anteriormente, dispone de un (1) año para iniciar la operación de las redes. Instalada la red, dentro del plazo de diez (10) días hábiles, a tenor del artículo 264 de la Ley General de la Administración Pública, el interesado debe notificar a la SUTEL a fin de que se realicen las inspecciones respectivas y se pueda comprobar que dicha instalación se ajusta a lo autorizado en este título habilitante. Lo anterior fiindamentado en los artículos 82 y 83 del Decreto Ejecutivo N° 34765-MINAET. Página 9 de 12 - 00007 ARTÍCULO 8.- Informar a la empresa INVESTIGACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES, S.A., que con el objeto de salvaguardar la optimización de los recursos escasos, principio rector establecido en el artículo 3 de la Ley N° 8642, la SUTEL podrá recomendar por motivos de uso eficiente del espectro radioeléctrico, calidad en la redes, competencia en el mercado y demás términos o condiciones establecidos en la citada Ley y sus Reglamentos, la modificación de los parámetros técnicos establecidos en el presente título habilitante. Por esta razón en concordancia con el artículo 74 inciso h) del Decreto Ejecutivo N° 34765-MINAET se le insta a cooperar con la SUTEL en lo requerido - para el uso eficiente de los recursos escasos. ARTÍCULO 9.- Informar a la empresa INVESTIGACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES, S.A., que con el objeto de vigilar el funcionamiento de los servicios y sus instalaciones y equipos, la SUTEL practicará las visitas que considere pertinentes según lo dispuesto en el artículo 82 del Decreto Ejecutivo N° 34765-MINAET, en donde el titular de la red deberá mostrar los documentos indicados en el artículo 88 del Decreto en mención, en cada lugar donde se encuentre algún extremo de la red de telecomunicaciones. ARTÍCULO 10.- Indicar a la empresa INVESTIGACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES, S.A., que sumado a las obligaciones establecidas, en las leyes y reglamentación correspondiente, estará obligado a aceptar y responder con prioridad absoluta las llamadas y mensajes de socorro del origen que sea. Página 10 de 12 00007`� ARTÍCULO 11.- Informar a la empresa INVESTIGACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES, S.A. que las citadas frecuencias no podrán ser utilizadas para brindar servicios de telecomunicaciones a terceros a cambio de una contraprestación económica. Si el permisionario hace caso omiso a lo anterior, estaría incurriendo en una infracción muy grave con base en lo dispuesto en el artículo 67 inciso a) subinciso 1) y en una infracción grave según lo dispuesto en el inciso b) subinciso 1) del mismo artículo, de la Ley N° 8642. ARTÍCULO 12.- Indicar a la empresa INVESTIGACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES, S.A., que existe la prohibición expresa del préstamo, alquiler, compartición o venta de frecuencias objeto de permiso, así como su limitación a un `Uso no comercial' únicamente. ARTÍCULO 13.- Informar a la empresa INVESTIGACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES, S.A. sobre su derecho a recurrir el presente Acuerdo Ejecutivo, mediante el recurso de reposición el cual deberá ser presentado ante el Poder Ejecutivo en el plazo de tres (3) días hábiles a partir de la notificación de dicho acuerdo, debiendo presentar su escrito en el Despacho de la señora Ministra de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones, sito en San José, de la esquina sureste de la Plaza de la Democracia, 150 metros al este; Avenida Segunda, Calles 17 y 19. Lo anterior de conformidad con el artículo 346 inciso 1) de la Ley General de Administración Pública, Ley N° 6227. Página 11 de 12 l W. 00007o1 ARTÍCULO 14.- Notificar el presente Acuerdo a la empresa INVESTIGACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES, S.A. por el medio señalado dentro del expediente administrativo. Y que este mismo sea notificado a la SUTEL con el fin de ser inscrito en el Registro Nacional de Telecomunicaciones. ARTÍCULO 15.- Rige a partir de su notificación. Dado en la Presidencia de la República, el día siete de mayo del año dos mil quince. LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA CAROLINA VASQUEZ SOTO MINISTRA A.I. DE CIENCIA, TECNOLOGÍA Y TELECOMUNICACIONES Página 12 de 12 �,t '