IniciarMi WebLinkAcerca de06540-SUTEL-SCS-2015 - Resolución del ConsejoSUPERINTENDENCIA DE
TELECOMUNICACIONES .
6540-SUTEL-SCS-2015
El suscrito, Secretario del Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, en ejercicio.de las
I ' ' d 1 rt" I 50 de la Le General dela Administración Pública
competencias que le atribb
uye e inciso ) e a icu o y
ley;6227, y el artículo 35 de] Reglamento interno de organización y funciones de. la Autoridad Reguladora
de los Servicios Públicos y su órgano desconcentrado, me permito comunicarle(s) que en sesión
ordinaria 050'-2015, celebrada el 16 de setiembre del 2015, mediante acuerdo 016-050-2015, de las
15:50 horas,. el Consejo dé la Superintendencia; de Telecomunicaciones aprobó porunanimidad, la
siguiente resolución:
RCS=176-2015
"ASIGNACION DE RECURSO DE NUMERACION ESPECIAL SERVICIOS 800's
A FAVOR DE MILLICOM CABLE'COSTA RICA, S'.A."
EXPEDIENTE SUTEL- M0391-STT=NUM-OT.-01711-2015
RESULTANDO
1. Que mediante el oficio con número'de ingreso NI -08063-2015, recibido el 20 de agosto de 2015, TIGO
presenta la solicitud para la asignación de recurso de numeración para servicios de cobro revertido,
número 800 con el siguiente detalle:
o Un (1) número 800-8446677 (800-TIGOOPER), para uso de TICO.
2. Que mediante el oficio sin número de consecutivo NI -08567-2015, recibido el día 2 de setiembre de
2015, TIGO: presenta la solicitud para la asignación de recurso de numeración para servicios de cobro
revertido, número 800 con el siguiente detalle:
• Un (1) número 800-8446796 (800-TIGOPYME), para uso de TIGO.
3. Que mediante el oficio 6249-SUTEL-DGM-2015 del 7 de setiembre de 2015. la Dirección General de
Mercados rindió informe mediante'¿¡ cual acredita que en estos trámites TIGO ha cumplido con los
1,1 requisitos exigidos, tanto én él Plan Nacional de Numeración como en el procedimiento de asignación
de recurso numérico regulado por la Sute¡ en las resoluciones RCS -590-2009, RCS -131-2010, RCS -
412 -2010 y RCS -239-2013; y emite su recomendación acerca de las solicitudes presentadas por TICO
mediante los oficiós.si'n número dé consecutivo NI -08063-2015 y NI -0856.7-2015.
4. Que se han realizado las diligencias útiles y necesarias para el dictado de la presente resolución.
CONSIDERANDO:
I. Que conforme al artículo 60 inciso g) de la Ley'de la Autoridad Reguladorá dé los Servicios Públicos,
Ley 7593, le corresponde :a la Sute¡ controlar y comprobar el uso eficiente de los recursos .de
numeración.
II. Que el artículo 73 inciso j) de la Ley 7593 establece que el Consejo dé, la Superintendencia' de
Telecomunicaciones debe de velar porque los recursos escasos se administren de manera eficiente,
oportuna, transparente y no discriminatoria, de manera tal que tengan acceso a estos recursos todos
los operadores y proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones.
III. Que de conformidad con los artículos 3 y 22 del Plan Nacional de Numeración (Decreto Ejecutivo
35187-MINAET) corresponde a la Sute¡ la administración del Plan Nacional de Numeración y su
cumplimiento, así como mantener un registro 'actualizado referente a la asignación del recurso
i ;numérico.
T +5064000-0000 Apartado 151-1200
Dighally slgnedbyLUISALBERTO CASCAdDfffi2215-6821 • San José — Costa Rica Pá ina 1 de
LUIS ALBERTO CASCANTÉ ALYARADD PIRMA) RCS -976-2015 g
Date: zois.o9.1811:3050-06:80
ALVARADO (FIRMA) Reason:SecretadodelConsejaPu51iwBWeE884ii'EEL :gestiondocumental@sutel.go:Cr
Location: Costa Rip 800-88-78835
i
sute[
SUPERINTENDENCIA DE
TELECOMUNICACIONES'
M. Que mediante resolución RCS -590-2009 de las 15:00 horas del 30 de noviembre del 2009, publicada
en el Diario Oficial La Gaceta N° 9 del día 14 de enero del 2010,: modificada y complementada
mediante las resoluciones RCS -131-2010, RCS -412-2010 y RCS -239-2013, el Consejo de la
Superintendencia de Telecomunicaciones dictó el procedimiento' de solicitud de numeración,
establecimiento de números especiales, códigos de preselección y el registro de numeración vigente.
V. Que, para efectos de resolver el presente asunto, se tiene. que el informe¡rendido 'por la Dirección
General de Mercados mediante oficio 06249-SUTEL-DGM-2015, indica que en este asunto TICO ha
cumplido con los requisitos exigidos tanto en',el Plan Nacional de Numeración, como también en el
procedimiento de asignación de recurso número regulado por la Sute¡ en las resoluciones RCS -590-
2009, RCS -131-2010, RCS -412-2010 y RCS -239-2013. El 'citado informe, que es acogido en su
totalidad por este Consejo como parte de la motivación de¡ presente acto administrativo, indica en lo
que interesa, lo siguiente:
2) Sobre las solicitudes de los números especiales de llamadas cobro revertido: 800-8446677 (800 ,
TIGOOPER) y 800-8446796 (800-,TIGOPYME).
• En el caso particular, el operador cuenta ya con la asignación de numeración 800 para•servicio de cobro,
revertido. '
• Por la naturaleza de las solicitudes y del recurso de numeración objeto de ésta, en este caso no se
considera necesario acreditar que el operador ha llegado al 60% del uso de la numeración previamente
asignada. Esto en vista de que este tipo de numeración se solicita un número o algunos números a la vez,
pero no bloques.
• Se tiene que las citadas solicitudes se relacionan con un giro comercial que `la empresa TiGO desea
realizar, por lo que solicita la autorización para la utilización de la numeración que consta en el siguiente
cuadro:
^'Servicio'=` i -Número CoM rcial , . I ,y r
Es ecr. ; '`_z ' Dí Ítos ' , Norrrbre Coméricial ;Nombre Cliente Solicit&46
1`
800 8446677 800-TIGOOPER Millicom Cable Costa Rica, S.A. .
800 8446796 800-TIGOPYME I Millicom Cable Costa Rica,S.A.
• Al tener ya numeración asignada para los servicios de los números 8001s de cobro revertido y habiéndose
comprobado la interoperabilidad para dichos servicios, resulta solo necesario,verificarla disponibilidad de
los números 800-8446677 y 800-68446796 solicitados, en eÍ registro de numeración cuyo control esté a
cargo de la Dirección General de Mercados.
• Efectuada dicha verificación, se tiene que los números 800-8446677 y 800-68446796, se encuentran
disponibles, por lo que habiéndose acreditado el cumplimiento de los requisitos que el procedimiento de
asignación exige, según lo que consta en el primer apartado de este informé, se recomienda efectuar la
asignación de los números anteriormente indicados.
W Conclusiones y Recomendaciones:
• De acuerdo con lo expuesto en los apartados anteriores, se recomienda asignar a favor de Millicom Cable
Costa Rica, S.A. la siguiente numeración conforme a las solicitudes en'los oficios sin número de
consecutivo NI -08063-2015 y NI -08567-2015.
7 Servia°
C,omerc á(r
#„Registro, °
Nombre ,.,
Tipo k F l ",”
Operador y
i Nombre CÍ►ente 3olrcrtantér
Especial
Dr rtós r
' Ñumeracitiñ
Ct merciá/''
Cobro
800
8446677 1
4030-9200
800-
Revertido
T1GO
Millicom Cable Costa Rica, S.A.
TIGOOPER
automático,
Cobro
800
8446796
4030-9200
800-
Revertido
rTIGO
Millicom Cable Costa Rica, S.A.
TIGOPYME
automático
T +506 4000-0000 Apartado 151-1200
F+5062215-6821 San José — Costa Rica Página2de5
RCS -176-2015
800M I8SUTEL gestiondocumental@sutel.go.cr _
800-88-78835
.'I
®Q ,a'3�l
sute
�� ' SUPERINTENDENCIA OE. .
r TELECOMUNICACIONES
VI. Que la Sute] debe satisfacer las necesidades actuales y •potenciales de nuevos operadores de
servicios de telecomunicaciones; asegurando, la máxima disponibilidad ,del recurso numérico, para
lo cual debe de garantizar la equidad y la transparencia de los procedimientos de asignación. de
numeración y ampliación de la numeraciónasignada .previamente, tanto,para redes de telefonía ' , .
básica tradicional, :telefonía móvil y telefonía por voz IP.
VII. Que de conformidad 'con los resultandos y considerandos que preceden, de acuerdo al mérito de los
autos, lo procedente es asignar el recurso de numeración � a TIGO, acogiendo al efecto la
' recomendación efectuada por la Dirección General de Mercados de esta Sute¡.
I I
POR TANTO
Con fundamento en las competencias otorgadas por la Ley General de Telecomunicaciones, Ley 8642,
la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios'Públicos, Ley 7593, la Ley General de Administración
Pública, Ley 6227, y el Plan Nacional de Numeración (Decreto Ejecutivo 35187-MINAET).
EL CONSEJO DE LA 1
Í ' , SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES 1 ,
RESUELVE:
1. Asignar a Millicom Cable Costa Rica, S.Á., cédula de persona jurídica 3, 101-577518, la siguiente
numeración:
,Servicio
.°Número
Comercial.
��> . •, ,-i
ÍVombre
Operador de
.. -: . ,
Nombré Cliente Solicitante
Especial
7 Dí ittis) I •
Comercial I
; I .
Servicios
;
800
8446677 '
800-TIGOOPER
TIGO
Millicom Cable Costa Rica, SA.'
800
8446796
800-TIGOPYME :
TIGO
Millicom Cable Costa Rica, S.A.
2. Apercibir á Millicom Cable Costa Rica, S.A., que debe asegurar y garantizar la interoperabilidad, de
los servicios y.de toda la, numeración asignada por la Sute¡, en cumplimiento de lo establecido por el ,
Reglamento de Acceso e Interconexión de Redes de Telecomunicaciones, el Plan Nacional de
Numeración y el Procedimiento de Asignación de Numeración establecido por la Sute¡.
3. Notificar esta resolución a todos los operadores con numeración asignada, con el propósito de que
se configuren las rutas necesarias que aseguren, la interoperabilidad de la numeración asignada en
esta resolución en: un plazo, máximo de cinco días hábiles.
4. Apercibir a Millicom Cable Costa Rica, S.A. qué debe asegurary garantizar que dicha numeración
no será otorgada', a terceros operadores o, proveedores, para la explotación de serviciosde
telecomunicaciones disponibles al público.
S. Apercibir al Instituto Costarricense de Electricidad, que de acuerdo a lo establecido en el artículo 23
del Plan Nacional de. Numeración, respecto al monitoreo y auditoría de la numeración, deberá
entregar un reporté semestral utilizando el formato y cumpliendo con los plazos establecidos por la
Sute¡ en la resolución RCS -016-2015 de la utilización de todos los códigos numéricos asignados.
6. Apercibir a Millicom Cable Costa Rica, S.A. que de conformidad con el artículo 74 de la Ley General
'de Telecomunicaciones,, Ley 8642, y las condiciones y'términos de su título habilitante, es obligación
de los operadores y proveedores de servicios, permitir a sus' clientes'el acceso al sistema, de
emergencias.
7. Advertir quede conformidad con el artículo 23 del Plan Nacional de Numeración, la Sute¡ podrá llevar
a cabo actividades de supervisión, sobre la utilización de los recursos numéricos asignados a Millicom
Cable Costa Rica', &A., con el objetivo de verificar la interoperabilidad de toda la numeración
asignada por la Sute¡ y así evitar y verificar la retención de códigos numéricos' sin uso realmente
planificado o requerido.: ,
T+5064000-0000 Apartado 151-1200 1 ;
' ' ' F +506 2215-6821 San José — Costa Rica ; 1'
RCS -176-2015 Página 3 de 5
800-88SUTEL gestiondocumental@sutel.go.cr _
800-88-78835
000038:,'
Sute
SUPERINTENDENCIA DE ,
OLP TELECOMONICACIONE5, '
8. Apercibir a Millicom Cable Costa Rica, S.A. que el recurso numérico asignado está sujeto al
cumplimiento dé las condiciones dispuestas en el artículo 16 del Reglamento sobre el Régimen de � 1 '
Protección al Usuario Final de las Telecomunicaciones que indica que los cliente y usuarios tendrán
derecho a acceder en iguales condiciones a cualquiera de las redes o plataformas de los operadores
o proveedores interconectados; y lo dispuesto- en el artículo •8 del mismo reglamento que indica que! . • 1
. todo servicio será brindado arios clientes o usuarios por parte del operador o proveedor sin restricción
alguna para el acceso a las distintas redes de telecomunicaciones. Por ello, los' operadores y
proveedores deben asegurarla naturaleza demanial y universal de los recursos numéricos asignados . 1
Y en razón de ello deberán permitir irrestrictamente la accesibilidad, e interoperabilidad total a los
demás operadores y proveedores que cuenten con recursos de numeración asignados por la Sute¡..
9. En razón de lo anterior y de conformidad con el acuerdo 010-035-2012, de la sesión 035-2012 del 6
de junio del 2012, de comprobarse el incumplimiento de las disposiciones adoptadas por el Consejo !
de la Sutel, se procederá recuperar del recurso numérico y/o la aplicación de la sanción
correspondiente de conformidad con el artículo 67 de la Ley General de Telecomunicaciones, Ley
8642.
10. Inscribir la presente asignación de recurso numérico a favor de Millicom Cable Costa Rica, S.A., en
él Registro Nacional de Telecomunicaciones, el cual debe estar disponible en la página electrónica
de la Sutel, según.artículo 80 de la Ley General de Telecomunicaciones y punto XVI -de la resolución ,
RCS -590-2010.
i
En cumplimiento de' lo que ordena el ártículo 345 y el artículo 346 de la Ley General de la Administración ' '
Pública, se indica que contra esta resolución cabe el recurso ordinario de revocatoria o reposición ante
el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, a quien corresponde resolverlo, y deberá
interponerse en el plazo de 3 días hábiles, contadas a partir del día siguiente a la notificación de la ,
presenteresolución.
ACUERDO FIRME
NOTIFIQUESE E INSCRIBASE, EN EL REGISTRO NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES.' ;
i
. La anterior transcripción se realiza a, efectos de comunicar él acuerdo citado adoptado por el Consejo
de la Superintendencia de Telecomunicaciones.
Atentamente,
CONSEJO DE LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES ' '
Luis Alberto Cascante Alvarado'
Secretario del Consejo , .. i
'Í
T +506 4000-0000 Apartado 951-1200
F+50622156821 San José — Costa Rica.
P�gÍf184'C1@5 7 i
RCS -176-2015 ' '
800-88SUTEL gestiondocumental@sutel.go.cr
800-88-78835
000039
gut
SUPERINTENOENCIA DE
TELECOMUNICACIONES
1 .. CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN
RCS -176-2015
"ASIGNACION DE RECURSO DE NUMERACION ESPECIAL SERVICIOS 800's
A FAVOR DE MILLICOM CABLE COSTA RICA, S.A."
EXPEDIENTE SUTEL, M0391-STT=NUM-OT-01711-2015
i
Se notifica la presente resolución a:.
MILLICOM,CABLE COSTA'RICA, S.A., a través del correo electrónico notificaciones(ffitigo.co.cr
RÉGISTRO NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES a 'través - del correo . electrónico
inscripcionesdelconceiosutéi@sutel.go.cr
I
i
Se notifica el POR TANTO de la: ptesente resolución a los siguientes operadores con numeracion
asignada:
-CALL MY WAY
B
info@callmyway.com
4000-4001'
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
Notificaciones drr@ice.go.cr
2291-5444
R&H INTERNATIONAL TELECOM SERVICES, S.A.
notificacion@rhitcr.com
4010-0010
TELEVISORA DE C. R., S.A. (CABLE MÓVIL)
notificacionessutel@teletica.com
2231-6258
MULTICOM, S.A.,
'ma nin multicom.cr,
2520-1223
E-DIAY S.A.
servicioalcliente@ediay.dr
4040-0404;
AMERICAN DATA NETWORKS, S.A.
sute)@data.cr
4050-5099
RACSA
racsa.notificaciones@racsa.co.cr 1
racsafulimovii@-racsa.co.cr
22870360
AMNET
notificaciones@tigo.co.cr•
2203-1337,
TELEFÓNICA DE COSTA RICA TC, S. A
notificacioneslegal.cr@telefonica.com
4100-9977
CLARO CR TELECOMUNIC. S. A
notificaciones.sutel@claro.cr
25827575
INTERPHONE; S.A.
administracion@interphoneline.com
22887670
TELECABLE
notificaciones@telecablecccorñ
2219-0607
1 PRD INTERNACIONAL SA- ' `
I servicioalcliente@telecom5Ó6.com
OTHOS TELECOMUNICACIONES, S.A.
info@othos.cr .
2248-1323
BÉL PÚJAS VAUIA
NOTIFICA: FIRMA:
T+506 4000-0000 Apartado 151-1200
F+506221"821 SanJosé — Costa Rica Página 5 de 5
RCS -176-2015
800-88SUTEL . gestiondocumental@sutel.go.cr
800-88-78835
000040,
Maribel Rojas
De: Maribel Rojas en nombre.de Notificaciones
Enviado el: viernes 18 dé: septiembre de 2015 11:57 a.m.
Para: notificaciones@tigo.co.cr'; Inscripciones de¡ Consejo Sute¡
CC: Josue Carbalib, Juan Gabriel Garcia
Asuntoi RCS -176-2015
RCS -176-2015
1 "ASIGNACION DE RECURSO DE NUMERACION ESPECIAL SERVICIOS 800's i
A FAVOR DE MILLICOM: CABLE COSTA RICA, S.A."
EXPEDIENTE SUTEL- M0391 -STT -NUM -OT -01711-2015
ra
RC57,176-2015
I Asignaéión de 2 ..,.
00094.
4 sut&
SUPERINTENDENCIA DE
TELECOMUNICACIONES
6540-SUTEL-SCS-2015
El suscrito, Secretario del Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, en ejercicio de las
competencias que le atribuye el inciso b) del artículo 50 de, la Ley General dela Administración Pública,
ley 6227, y el artículo 35 del Reglamento interno de organización y funciones de, la Autoridad Reguladora
de los Servicios Públicos y su órgano • desconcentrado, me permito comúnicarle(s) que en sesión
ordinaria 050=2015, celebrada el 16 de setiembre del 2015, mediante acuerdo 016-050-2015, de las
15:50 horas, el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones aprobó por unanimidad, la
siguiente resolución:
RCS -176-2015
.: "ASIGNACION DE RECURSO DE NUIOERACION ESPECIAL SERVICIOS 800's
A FAVOR DE MILLICOM CABLE COSTA RICA, S.A."
EXPEDIENTE SUTEL- M0391 -STT -NUM -OT -01711-2015
POR TANTO
Con fundamento en las competencias otorgadas por la Ley General de Telecomunicaciones, Ley 8642,
la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios'Públicos, Ley 7593, la Ley General de Administración
Pública, Ley 6227, y el Plan Nacional de Numeración (Decreto Ejecutivo 35187-MINAET).
EL CONSEJO DE LA '
SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES .
RESUELVE:
1. Asignar a M¡Ilicorrm Cable Costa Rica, S.A., cédula de persona jurídica 3-101-577518, la siguiente
numeración:
2.
Apercibir a Millicom Cable Costa Rica, S.A., que, debe asegurar y garantizar la interoperabi¡idad'de
I .
'los servicios y dé toda la numeración asignáda, por la Sute¡, en cumplimiento de lo establecido por el
Reglamento de Deceso e Interconexión de' Redes de Telecomunicaciones, el Plan Nacional de
1 1 .
.. ,Servicio,
Especial
Número
Comercial;
7 Dí itos)
., Nombre , .; �
Comercial
.-Operador'de �
. Servidos , .
Nombre Oliente Solicitante `°
800
8446677
800-TIG00PER
TIGO
Millicom Cable Costa Rica, S.A.
800 `'
8446796
800-TIG013YME .
TIGO
Millicom Cable Costa Rica, S.A.
2.
Apercibir a Millicom Cable Costa Rica, S.A., que, debe asegurar y garantizar la interoperabi¡idad'de
I .
'los servicios y dé toda la numeración asignáda, por la Sute¡, en cumplimiento de lo establecido por el
Reglamento de Deceso e Interconexión de' Redes de Telecomunicaciones, el Plan Nacional de
1 1 .
Numeración y el Procedimiento de Asignación de Numeración establecido por la Sutel. ,
3.
Notificar esta resolución.a todos los operadores con numeración asignada, con el propósito de que
se configuren las rutas necesarias que aseguren la interoperabilidad de la, numeración asignada, en
esta resolución en; un plazo, máximo de cinco días hábiles.
. 4.
Apercibir a Millicom Cable Costa Rica, S.A. que debe asegurar ¡y garantizar que dicha numeración
no será otorgada: a terceros operadores o proveedores, para la explotación de servicios de
telecomunicaciones disponibles al público.
' • 5.
Apercibir al Instituto Costarricense de Electricidad, que de acuerdo a lo establecido en el artículo 23
' ,
del Plan Nacional de Numeración, respecto al monitoreo y auditoría de la numeración, deberá'
entregar un reporte semestral utilizando el formato y cumpliendo con los plazos establecidos por la
Sute¡ en la resolución RCS -016-2015 de la utilización de todos los códigos numéricos asignados.
¡ 6.
Apercibir a Millicom Cable Costa Rica, S:A. que de conformidad con el artículo 74 dela Ley General
de Telecomunicaciones,, Ley 8642, y las condiciones y términos de su título habilitante, es obligación
T+5064000-0000 Apartado 151-1200
Dighally signedby LUIS ALBERTO CAsCAt�fffi2215-6821 San José—Costa Rica Página 1 de 2
LUIS QLBERTO'CASCANTÉ ALVARADOIFIRMA1 RCS-�76-2015 9
,' ALVARADO (FIRMA)
Date:2ots.os.tett:ao:z7-os:oo estiondocumental sutel. o.cr
Reason:Se«etadode¡Consejo,Pebl�aaeseae � e e
Location: Cdsta Rica 600-88-78835
0GO0V).
su ,0
SUPERIMTENDENCIA DE
TELECOMUNICACIONES
de los operadores : y proveedores de servicios, permitir a sus clientes elacceso al sistema de
emergencias.
7. Advertir que de conformidad con el artículo 23 del Plan Nacional de Numeración, la Sute¡ podrá llevar
a cabo actividades de supervisión sobre la utilización de los recursos numéricos asignados a Millicom
Cable Costa Rica, S.A., con el objetivo de verificar la interoperabilidad, de toda la numeración
asignada por la Sute¡ y así evitar y verificarla retención de códigos numéricos sin uso realmente
planificado o requerido.
8. Apercibir a Millicom Cable Costa Rica, S.A. que el recurso numérico ;asignado está sujeto al
cumplimiento de las condiciones dispuestas en el artículo 16 del Reglamentó sobre el Régimen de
Protección al Usuario Final de las Telecomunicaciones que indica que los cliente y usuarios' tendrán
derecho a acceder en iguales condiciones a cualquiera dé las redes o plataformas de•ios operadores .
o proveedores interconectados; y lo dispuesto.en el artículo 8 del mismo, reglamento que indica que
todo servicio será brindado a los clientes o usuarios por parte, del operador o proveedor sin restricción
alguna para el acceso a las distintas redes de telecomunicaciones. Por ello, los operadores y ' ¡
proveedores deben asegurarla naturaleza demanial y universal de los recursos numéricos asignados
y en razón de ello deberán permitir irrestrictamente la accesibilidad e interoperabilidad total a los ,
demás operadores y proveedores que cuenten'con recursos de numeración asignados por la Sute¡. •
9. En razón de lo anterior y de conformidad con el acuerdo 010-035-2012, deja sesión 035-2012 del 6 1
de junio del 2012, de comprobarse el incumplimiento de las disposiciones adoptadas por el Consejo ' . ,
de la Sute¡, se ,procederá recuperar del recurso numérico ylo la aplicación de la sanción
correspondiente de conformidad con el artículo 67 de la Ley General de Telecomunicaciones, Ley
8642.
10. Inscribir la presente asignación dé recurso numérico a favor de Millicom Cable Costa Rica, S.A., en. ' .
el Registro Nacional de Telecomunicaciones, él cual debe estar disponible en la página electrónica
de la Sute¡, según artículo 80 de la Ley General de Telecomunicaciones y punto XV[de la resolución
RCS -590-2010.
En cumplimiento de lo que ordena el artículo 345 y el artículo 346 de la Ley General de la Administración
Pública, se indica que contra esta resolución cabe el recurso ordinario de revocatoria o reposición ante
el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, a quien corresponde resolverlo, y deberá
interponerse en el plazo de 3 días hábiles, contadas a partir del día siguiente a la notificación de la
presente resolución.
ACUERDO FIRME
NOTIFIQUESE E INSCRIBASE EN EL REGISTRO NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES.
La anterior transcripción se realiza a efectos de comunicar el acuerdo citado adoptado por el Consejo
de la Superintendencia de Telecomunicaciones.
Atentamente, ,
CONSEJO DE LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES
Luis Alberto Cascante Alvarado
Secretario del Consejo
T +506 4000-0000 Apartado 151-1200
F+5062215-6821 SanJosé — Costa Rica Página 2 de 2 '
RCS -176-2015
800-88SUTEL gestiondocumental@sutel.go.cr .
800-88-78835
00U,43
Maribél Rojas
De:
Maribel Rojas en nombre de Notificaciones
Enviado el:
viernes 18 de septiembre de 2015 12:00 p.m.
Para:
numeracion
Asunto:
POR TANTOS: RCS -173-2015, RCS -176-2015 Y RCS -177-2015
RCS -173-2015 RC5-176-2015
RCS -177-2015
'POR TANTO.pdf POR TANTO.pdf
POR TANTO.pdf
Ola, "i
Secretaría M Consejo
i •
T: 4000 0052
!F: 2215-6208
maribél.ro¡as@sutel.go.cr
i