IniciarMi WebLinkAcerca deNI-03151-2015 Acuerdo del Poder Ejecutivo Otorgando el Permiso27/3/2015 Inscripci6nAcuerdo Ejecutivo No 141-2014-TEL-MICITT- Inscripciones RNT
Inscri cion Acuerdo Ejecutivo No 141-2014-TEL-MICITT 0000�6
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Melissa Porras<melissa.porras@micit.go.cr>
lun 23/03/2015 09:03 a.m.
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Para:lnscripciones RNT <inscripcionesrnt@sutel.go.cr>;
Buenos dias, con instrucciones superiores y tal y como se acord6 mediante el oficio No 343-SUTEL-2011 del 25 de febrero de 2011,
se les remite en forma digital a esta cuenta de correo electr6nico el Acuerdo Ejecutivo No 141-2014-TEL-MICITT mediante el
cual el Poder Ejecutivo resolvi6 la solicitud de permiso presentada por el senor Eduardo Morua Gomez para su debida
inscripci6n en el Registro Nacional de Telecomunicaciones.
No omito manifestarle que el respectivo Acuerdo Ejecutivo fue notificado a la empresa el dia 13 de marzo de 2015 via correo
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electronico.
Saludos,
u sutel
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o con derechos reservados y privilegios legales asociados, para el use de su destinatario. Si usted no es el interesado por
favor eliminelo, no to divulgue, reproduzca o distribuya a terceros. La Superintendencia de Telecomunicaciones no se
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soporte@sutel.go.cr.
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haps://outlook.office365.com/owafinscripcionesrnt@sutel.go.cr/projection.aspx 1/1
ACUERDO EJECUTIVO No 141-2014-TEL-MICITT
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y
LA MINISTRA DE CIENCIA, TECNOLOGIA Y TELECOMUNICACIONES
En ejercicio de las atribuciones conferidas en los artfculos 11, 121 inciso 14) subinciso c) y
129 de la Constituci6n Polftica de la Republica de Costa Rica; y en raz6n de to dispuesto en
los articulos 11, 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2) sub incisos a) y b) de la Ley N°
6227, "Ley General de la Administracion Ptiblica", publicada on el Diario Oficial La
Gaceta N° 102, Alcance N° 90, del 30 de mayo de 1978; en los articulos 9 inciso b), 26,
siguientes y concordantes de la Ley N° 8642, "Ley General de Telecomunicaciones"
(LGT), publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 125 del 30 de junio de 2008; en la Ley
N° 8660, "Ley de Fortalecimiento y Modernizacion de Entidades P6blicas del Sector de
Telecomunicaciones", publicada el Diario Oficial La Gaceta N° 156, Alcance N° 31, del 13
de agosto de 2008; en los articulos 45, 46, siguientes y concordantes del Decreto Ejecutivo
N° 34765-MINAET, "Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones" (RLGT),
publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 186 del 26 de setiembre de 2008 y sus
reformas; en to dispuesto en el Decreto Ejecutivo N° 35257-MINAET, "Plan Nacional de
Atribucion de Frecuencias" (PNAF), publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 103,
Alcance N° 19, del 29 de mayo de 2009 y sus reformas; y en el inforine tecnico jurfdico N°
MICITT-GNP-PT-083-2014 del 07 de junio de 2014, de la Gerencia de Normas y
Procedimientos del Viceministerio de Telecomunicaciones, sobre la solicitud de use de
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digitatmente
frecuencias para operacion de radioaficionado, presentada por el senor Minor Eduardo
Morua G6mez, portador de la cedula de identidad numero 1-0966-0169.
PRIMERO: Que mediante el "Formulario de Solicitud de Permiso para Licencia del
Servicio de Radioaficionado o Banda Ciudadana" el dfa 12 de julio de 2013, el senor
Minor Eduardo Morua Gomez, portador de la cedula de identidad numero 1-0966-0169,
solicit6 ante el Viceministerio de Telecomunicaciones, permiso para radioaficionados para
operas en el territorio nacional. (Folios 01 a 04 y 06 del expediente administrativo N° GCP-
329-2013)
SEGUNDO: Que mediante oficio N° 2031-SUTEL-DGC-2014 de fecha 02 de abril de
2014, el cual fue aprobado mediante Acuerdo de su Consejo N° 035-022-2014 la
Superintendencia de Telecomunicaciones recomend6 al Poder Ejecutivo otorgar al senor
Minor Eduardo Morda G6mez, permiso de radioaficionado categorfa Novicio (Clase Q.
Para to cual adjunt6 en el apendice 1 de su informe, la propuesta de permiso a otorgar.
(Folios 07 a120 del expediente administrativo N° GCP-329-2013)
TERCERO: Que la Gerencia de Administraci6n del Espectro Radioel6ctrico, mediante
informe tecnico N° MICITT-GAER-INF-097-2014, acogi6 integralmente las
recomendaciones tecnicas planteadas por la SUTEL, y recomend6 a su vez otorgar el
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digknLmente
permiso solicitado por el senor Minor Eduardo . Morda Gomez. (Folios 25 al 29 del
expediente administrativo N GCP-329-2013)
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I
CUARTO: Que la Gerencia de Normas y Procedimientos, establecio mediante informe
I
tecnico N° IT-GCP-2013-122 de 05 de noviembre de 2014, denominado "Informe sobre
i
Permisos de use de frecuencia del espectro radioelectrico para operacion de
radioaficionados", los pardinetros para otorgar un permiso de use del espectro para
operacion de
QUINTO: Que mediante informe tecnico N° MICITT-GNP-IT-083-2014 de fecha 07 de
junio de 2014, la Gerencia dl Nonnas y Procedimientos, emitio el informe tecnico jurfdico
respecto de la solicitud presentada por el senor Minor Eduardo Mortia Gomez. (Folios 30 al
34 del expediente.administrativo N° GCP-329-2013)
i
I
SEXTO: Que con fundamento en las consideraciones expuestas por el Viceministerio de
I
Telecomunicaciones en su Oficio N° D-VT-093-MICITT-2014, el Poder Ejecutivo acoge
integralmente, en el presentei acto, su contenido y recomendaciones. Dicho Oficio consta en
el expediente N° GCP-329-2013, de la Gerencia de Normas y Procedimientos del
l
Viceministerio de Telecomunicaciones (MICITT) para mayor abundamiento.
POR TANTO,
i
i
ACUERDAN:
3
digitatmenke
ARTICULO 1.- Otorgar al senor Minor Eduardo Morfia Gomez, portador de la c6dula de
identidad ndmero 1-0966-0169, el permiso de radioaficionado categorfa Novicio (Clase C)
seg6n se detalla a continuaci6n:
...
....... ....:.. .... . . .. ':: DET:A:LLE:DEL; TITLILO:IIABILITANTE ...: , . :. ; .... ..................
Pennisionario
Minor Eduardo Morda G6mez
Cedula de identidad 1-0966-0169
Clasificaci6n del Espectro
Uso no comercial
Categorfa
Novicio (Clase C)
Frecuencias de Operaci6n
Los rangos de frecuencias
detallados en el Adendum V del
PNAF para. ]a categorfa Novicio
Indicativo
TI2EMG
Vigencia
5 anos a partir de ]a notificaci6n de
este Acuerdo Ejecutivo
Altura del punto de radiaci6n de antena (m)
Base 1 Base 2
3 6
Ganancia de antena de direcci6n (dBi)
3 2
EMPLAZAMIENTOS .. ; ::; . ..
Emplazamientos Provincia Cant6n Distrito Latitud (N)
Longitud (0)
Base 1 y Base 2 San Josh Aserrf Barrio Coraz6n 1 09°52'22,00"
-84005'35,00
ESPE�GIFICA:CIONES`;TECNICAS:DE:LOSEQUI.... ..
_....RADTO:C0MUNICACION ...::... .. :: ..::. :..... ..:......:
Base
(Informaci6n extrafda del Anexo 1)
Marca
Kenwood
Modelo
TM -733A
Rangos de
Operaci6n
RX
144 MHz a 148 MHz
430 MHz 440 MHz
TX
144 MHz a 148 MHz
430 MHz a 440 MHz
Potencia Mdxima
de Transmisi6n
(W)I
Segdn especifi caci ones del
PNAF
Sensibilidad (pV)
de 0,16 a 0,25
Marca
Yaesu
Modelo
FT -2278
Rangos de
Operacidn
144 MHz a 148 MHz
Potencia Maxima
de Transmisi6n
(W)
Segdn especificaciones del
PNAF
Sensibilidad
(µV)
0,30
0
f - .14,T)EIGCD.
digitalmente
000031
:...:::E UIPOSIVIOVItiES;Y,P..RTATtiES:i::::
Marca
Modelo
Potencia
Antena
Modelo
Ganancia
Boafeng
UV -5R
Segdn especificaciones del
---
---
0 dBi
PNAF'
La potencia maxima de transmision estd limitada segdn ]o establecido en el PNAF en cuanto a ]a
cate orfa recomendada y la banda a transmitir.
ARTICULO 2.- Indicar al radioaficionado que si desea instalar un nuevo equipo de
radiocomunicaci6n o cambiar la localidad del sitio de transmisi6n, debera notificarlo a la
SUTEL para su respectiva valoraci6n y aprobaci6n.
ARTICULO 3.- Indicar al permisionario que queda sujeto a las disposiciones establecidas
en la Ley General de Telecomunicaciones, su Reglamento y demes normative vigente en
esta materia o la que en el futuro se dicte.
ARTICULO 4.- Indicar al pennisionario que queda sujeto a las disposiciones establecidas
en el Adendum V del Plan Nacional de Atribuci6n de Frecuencias, sobre las caracterfsticas
tecnicas de los equipos y las bandas de frecuencias en las que podrd operar este servicio.
ARTICULO 5.- Indicar al permisionario queda sujeto a las disposiciones del Manual del
Radioaficionado de Costa Rica en cuanto a la forma de operacibn del servicio, el c6digo de
etica y los demds temas contenidos en dicho documento.
ARTICULO 6.- Indicar al permisionario que de conformidad con el articulo 9 de la Ley
General de Telecomunicaciones; y de acuerdo con el use pretendido para las frecuencias
otorgadas, el permiso se ajusta a la clasificaci6n del espectro radioelectrico de `uso no
61
fir MSCIO.
digltalmente
000032
comercial' por tratarse de un sistema de radiocomunicaci6n en banda de use para
radioaficionado y banda ciudadana, que implica un use exclusivo y no comercial, y de
acuerdo al artfculo 26 de la Ley General de Telecomunicaciones, tendril una vigencia de
cinco (5) anos, mismo que pods renovarse por un perfodo igual a solicitud del interesado.
ARTICULO 7.- Indicar al permisionario que en atencion a to dispuesto en el artfculo 63 de
la Ley General de Telecomunicaciones, debera cancelar anuahnente un canon de reserva
del espectro radioel6ctrico, por las bandas de frecuencias que se asignen, independiente de
que haga use de dichas bandas o no, y durante la vigencia del plazo de este tftulo
habilitante.
ARTICULO 8.- Indicar al permisionario que sumado a las obligaciones establecidas para el
titular, en las leyes y reglamentacion correspondiente, debera operar el servicio sin generar
interferencias perjudiciales a este u otro servicio, y en estricto apego de las caracterfsticas
establecidas en el presente permiso; y ademAs estara obligado a aceptar y responder con
prioridad absoluta las llamadas y mensajes de socorro del origen que sea.
ARTICULO 9.- Indicar al permisionario, que existe la prohibicion expresa del pr6stamo,
alquiler, comparticidn o venta de frecuencias objeto de este permiso, asf como su
limitaci6n a un "Uso no comercial" (inicamente, por cuanto el espectro radioel6ctrico es un
recurso natural que constituye un biers de doininio pdblico sobre el cual el Estado ejerce su
soberanfa, de conformidad con el artfculo 121 inciso 14) aparte c) de la Constituci6n
Polftica.
1.1
Fir
diglKmente
ARTICULO 10.- Informar al permisionario, sobre su derecho a recurrir este Acuerdo
Ejecutivo, mediante el recurso de reposici6n el cual debera ser presentado ante el Poder
Ejecutivo en el plazo de tres (3) dfas a partir de la notificaci6n de este acuerdo, debiendo
presentar su escrito en el Despacho de la senora Ministra de Ciencia, Tecnologfa y
Telecomunicaciones, sita de la esquina sureste de la Plaza de la Democracia, 150 metros al
este; Avenida Segunda, calles 17 y 19 San Josh. Lo anterior de conformidad con el artfculo
346 inciso 1) de la Ley N° 6227, Ley General de Administraci6n Pdblica.
ARTICULO 11.- Notificar este Acuerdo al solicitante, por el medio senalado dentro del
expediente administrativo. Y que este mismo sea notificado a la SUTEL con el fin de ser
inscrito en el Registro Nacional de Telecomunicaciones.
ARTICULO 12.- Rige a partir de su notificaci6n.
Dado en 1a Presidencia de la Republica, el dfa trece de agosto del ano dos mil catorce.
LUIS GUILLERMO SOLIS RIVERA
GISELLA KOPPER ARGUEDAS
MINISTRA DE CIENCIA, TECNOLOGIA
Y TELECOMUNICACIONES
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digitatmente