IniciarMi WebLinkAcerca de02126-SUTEL-SCS-2015 - Resolución de Ampliación de Números Especiales 001517
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TELacowJ J:RGCNES
0514'
2126-SUTEL-SCS-201 S
El suscrito, Secretario del Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, en ejercicio de las
competencias que le atribuye el inciso b) del artículo 50 de la Ley General de la Administración Pública,
Ley 6227, y el artículo 35 del Reglamento Interno de Organización y Funciones de la,Autoridad
Reguladora de los Servicios Públicos y su Órgano Desconcentrado, me permito comunicarle(s) que en
sesión ordinaria ° 015-2015, celebrada el 18 de marzo del 2015, mediante acuerdo 019-015-2015, de
las 15:00 horas, el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones aprobó por unanimidad, la
siguiente resolución:
• RCS-043-2015
"ASIGNACION ADICIONAL DE RECURSO DE NUMERACION ESPECIAL SERVICIO 800's
A FAVOR DE LA EMPRESA CALLMYWAY NY, S.A."
EXPEDIENTE SUTEL-C0059-STT-NUM-OT-00140-2011
RESULTANDO
•
1. Que mediante los oficios 42_CMW_2015 (NI-01754-2015) y 43_CMW_2015 (NI-01755-2015)
recibidos el 20 de febrero de 2015 y los oficios 52_CMW_2015 (NI-02206-2015) y 51_CMW_2015
(NI-02207-2015) recibidos el 4 de marzo de 2015, la empresa CaIIMyWay NY, S.A., presentó
"solicitudes de asignación de cuatro (4) números de cobro revertido 800 y "solicitud de traslado del
número 800 6853737 del operador ICE hacia el operador CaIIMyWay"; respectivamente, según el
siguiente detalle:
• 800-5783667 a solicitud de la empresa 3-101-645492 S.A.
• 800-6853737 a solicitud de la empresa Corporación de Gimnasios Unidos CGU S.A.
• 800-7775007 a solicitud de la empresa Compañía de servicios Móviles, S.A.
• 800-1111117 a solicitud del señor Russell Glenn Lovell
2. Que mediante correo electrónico, con fecha del 24 de febrero del 2015, enviado a la dirección
electrónico iprada@callmyway.com perteneciente al señor Ignacio Prada Prada representante legal
de la compañía CaIIMyWay, se le indico que estaban pendientes los números de registro de 8
dígitos, como identificadores a los números de cobro revertido solicitados en los oficios
CMW_42_2015 (NI-01754-2015) y CMW_43_2015 (NI-01754-2015).
3. Que mediante correo electrónico, con fecha del 25 de febrero del 2015, la empresa CaIIMyWay, por
medio del señor Ignacio Prada Prada indica que los números de registro corresponde a los
siguientes:
a. 40004248 para la 42_CMW_2015.
b. 40004249 para la 43_CMW_2015
4. Que mediante oficio 1587-SUTEL-DGM-2015 del 11 de marzo de 2015, la Dirección General de
Mercados rindió su informe técnico y jurídico mediante el cual acredita que la empresa CaIIMyWay
NY, S.A. ha cumplido con los requisitos exigidos tanto en el Plan Nacional de Numeración como en
el procedimiento para la asignación de recurso según resoluciones del Consejo de Sutel RCS-590-
2009, RCS-131-2010, RCS-412-2010 y RCS-239-2013.
T+506 4000-0000 Apartado 151-1200
F+506 2215-6821 San José—Costa Rica Página 1 de
g RCS-043-2015
LUIS ALBERTO CASCANTE AL AIIRÁDÓ(FlRMA)i5ALBERTOCAS S5I8B-SUTEL gestiondocumental@sutel.go.cr
Dale:2015.03.2614:05:19-05:00 800-88-78835
ALVARADO (FIRMA) Reason:Secretario del Consejo,Publicación en La Gaceta
Location:Casta Rica
001518
5. Que se han realizado las diligencias útiles y necesarias para el dictado de la presente resolución.
CONSIDERANDO:
I. Que conforme al artículo 60 inciso g)de la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos,
Ley 7593, le corresponde a la Sutel controlar y comprobar el uso eficiente de los recursos de
numeración.
•
II. Que el artículo 73 inciso j) de la Ley 7593 establece que el Consejo de la Superintendencia de
Telecomunicaciones debe de velar porque los recursos escasos se administren de manera eficiente,
oportuna,transparente y no discriminatoria, de manera tal que tengan acceso a estos recursos todos
los operadores y proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones.
III. Que de conformidad con los artículos 3 y 22 del Plan Nacional de Numeración (Decreto Ejecutivo
35187-MINAET) corresponde a la Sutel la administración del Plan Nacional de Numeración y su
cumplimiento, así como mantener un registro actualizado referente a la asignación del recurso
numérico.
IV. Que mediante resolución número RCS-590-2009 de las 15:00 horas del 30 de noviembre del 2009,
publicada en el Diario Oficial La Gaceta número 9 el 14 de enero del 2010, modificada y
complementada mediante las resoluciones RCS-131-2010, RCS-412-2010 y RCS-239-2013, el
Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones (Sutel) dictó el procedimiento de solicitud
de numeración, establecimiento de números especiales, códigos de preselección y el registro de
numeración vigente.
V. Que para efectos de resolver el presente asunto, se tiene que el informe rendido por la Dirección
General de Mercados mediante oficio 01587-SUTEL-DGM-2015, indica que la empresa CaIIMyWay
NY, S.A. ha cumplido con los requisitos exigidos tanto en el Plan Nacional de Numeración, como en
el procedimiento de asignación de recurso numérico regulado por la Sutel en las resoluciones RCS-
590-2009, RCS-131-2010, RCS-412-2010 y RCS-239-2013. El citado informe, que es acogido en su
totalidad por este Consejo como parte de la motivación del presente acto administrativo, indica en lo
que interesa, lo siguiente:
2) Sobre las solicitudes de los números especiales de llamadas de cobro revertido: 800-5783667, 800-
6853737,800-7775007 y 800-1111117:
• En el caso particular, el operador cuenta ya con la asignación numeración 800 para el servicio de cobro
revertido.
• Por la naturaleza de la solicitud y del recurso de numeración objeto de ésta, en este caso no se considera
necesario acreditar que el operador ha llegado al 60% del uso de la numeración previamente asignada.
Esto en vista de que este tipo de numeración se solicita un número a la vez y no en bloques.
• La solicitud del oficio 43 CMW 2015 (NI-01755-2015); concuerda con la petición del cliente Gabriel
Valverde Tristán, cédula de identidad 1-0793-0244, representante legal de la empresa Corporación de
• Gimnasios Unidos CGU S.A., cedula jurídica 3-101-432035,para hacer el traslado del número comercial
del operador ICE hacia el operador CaIIMyWay NY, S.A.Aportando el entendimiento de realizar el traslado
de operador y compromiso de estar al día con el pago de servicios con el Instituto Costarricense de
Electricidad.
• Se tiene que las solicitudes se relacionan con la petición particular de empresas comerciales que
pretenden obtener el servicio de cobro revertido por parte de la empresa CaIIMyWay NY, S.A., según lo
que consta en el siguiente cuadro:
T+506 4000-0000 Apartado 151-1200
F+506 2215-6821 San José—Costa Rica
RCS-043-2015 Página 2 de 6
800-88-SUTEL gestiondocumental@sutel.go.cr
800-88-78835
519
Servicio = Nombre Operador de Ñombre Cliente'Solrcitante,
Especial Comercrat �.,_ _ x _ _Senric`ios x_ $.. .a.�x :.... w . _
800 800-5783667 CallMyWay NY, S.A. 3-101-645492 sociedad anónima
800 800-MUJERES CallMyWay NY, S.A. Corporación de Gimnasios Unidos CGU S.A.
800 800-7775007 CallMyWay NY, S.A. Compañía de servicios Móviles, S.A.
800 800-1111117 CallMyWay NY, S.A. Russell Glenn Lovell
• Al contar con numeración asignada para los servicios de los números 800's de cobro revertido y
habiéndose comprobado la interoperabilidad para dicho servicio, resulta solo necesario verificar la
disponibilidad de los números:800-5783667, 800-6853737 800-7775007 y 800-1111117 solicitados, en el
registro de numeración cuyo control está a cargo de la Dirección General de Mercados.
• Efectuada dicha verificación, se tiene que los números:800-5783667, 800-6853737 800-7775007 y 800-
1111117 se encuentran disponibles, por lo que habiéndose acreditado el cumplimiento de los requisitos
que el procedimiento de asignación exige,según lo que consta en el primer apartado de este informe, se
recomienda efectuarla asignación de los números anteriormente indicados.
IV.- Conclusiones y Recomendaciones:
• De acuerdo con lo expuesto en los apartados anteriores, se recomienda la asignación a favor de la
empresa CallMyWay NY, S.A., cedula jurídica 3-101-334658, de la siguiente numeración, conforme fue
solicitado en los oficios 42 CMW 2015 (NI-01754-2015), 43 CMW 2015 (NI-01755-2015),
52_CMW 2015(NI-02206-2015)y 51_CMW 2015(NI-02207-2015)a saber.
Servicio , Nu!r ero #Registro • Nombre Cobro Revenido Operador de Nombre Cliente •-
Comercial
Especial Numeráciat� Comercial automatico Servicios Sohcífáhfe
800 5783667 40004248 800-5783667 Cobro Revertido CallMyWay 3-101-645492
Automático NY, S.A. Sociedad Anónima
800 6853737 40004249 800 MUJERES Cobro Revertido CallMyWay Corporación Gimnasio
Automático NY, S.A. Unidos GCU S.A.
800 7775007 40004250 800-7775007 Cobro Revertido CallMyWay Compañía de servicios
Automático NY, S.A. Móviles, S.A.
800 1111117 40004251 800-1111117 Cobro Revertido CallMyWay Russell Glenn Lovell
Automático NY, S.A.
(...)',
VI. Que la Sutel debe satisfacer las necesidades actuales y potenciales de nuevos operadores de
servicios de telecomunicaciones, asegurando la máxima disponibilidad del recurso numérico, para lo
cual debe de garantizar la equidad y la transparencia de los procedimientos de asignación de
numeración y ampliación de la numeración asignada previamente,tanto para redes de telefonía básica
tradicional,telefonía móvil y telefonía por voz IP.
VII. Que de conformidad con los resultandos y considerandos que preceden, de acuerdo al mérito de los
autos, lo procedente es asignar el recurso de numeración a la empresa CallMyWay NY, S.A.,
acogiendo al efecto la recomendación efectuada por la Dirección General de Mercados de esta Sutel.
POR TANTO
Con fundamento en las competencias otorgadas por la Ley General de Telecomunicaciones, Ley 8642, la
Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, Ley 7593, la Ley General de Administración
Pública, Ley 6227, y el Plan Nacional de Numeración (Decreto Ejecutivo 35187-MINAET).
T+506 4000-0000 Apartado 151-1200
F+506 2215-6821 San José—Costa Rica
RCS-043-2015 Página 3 de 6
800-88-SUTEL gestiondocumental@sutel.go.cr
800-88-78835
o O 1520
EL CONSEJO DE LA
SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES
RESUELVE:
1. Asignar a la empresa CallMyWay NY, S.A., cédula de persona jurídica 3-101334658, la siguiente
numeración:
I.úmerto Cobro : Óperadór
'Servlcto #Reglstr�o Nombre Nombre Cliente
Gorerctál IZeüertldo de
Especjái a Numeracto�n Comercial Solicitante
ST D1gttos) . autora tttco Senylcios'
800 5783667 40004248 800-5783667 Cobro Revertido CallMyWay 3-101-645492 Sociedad
Automático NY, S.A. Anónima
800 6853737 40004249 800 MUJERES Cobro Revertido CallMyWay Corporación Gimnasio
Automático NY, S.A. Unidos GCU S.A.
800 7775007 40004251 800 7775007 Cobro Revertido CallMyWay Compañía de servicios
Automático NY, S.A. Móviles, S.A.
800 1111117 40004250 800-1111117 Cobro Revertido CallMyWay Russell Glenn Lovell
Automático NY, S.A.
2. Apercibir a la empresa CallMyWay NY, S.A, que debe asegurar y garantizar la interoperabilidad de los
servicios y de toda la numeración asignada por la Sutel, en cumplimiento de lo establecido por el
Reglamento de Acceso e Interconexión de Redes de Telecomunicaciones, el Plan Nacional de
Numeración y el Procedimiento de Asignación de Numeración establecido por la Sutel.
3. Apercibir a la empresa CallMyWay NY, S.A., que debe asegurar y garantizar que dicha numeración no
será otorgada a terceros operadores o proveedores, para la explotación de servicios de
telecomunicaciones disponibles al público.
4. Notificar esta resolución a todos los operadores con numeración asignada.
5. Apercibir a la empresa CallMyWay NY, S.A., que de acuerdo a lo establecido en el artículo 23 del Plan
Nacional de Numeración, respecto al monitoreo y auditoría de la numeración,deberá entregar un reporte
semestral de la utilización de todos los códigos numéricos asignados.
6. Apercibir a la empresa CallMyWay NY, S.A., que de conformidad con el artículo 74 de la Ley General de
Telecomunicaciones, Ley 8642, y las condiciones y términos de su título habilitante, es obligación de los
operadores y proveedores de servicios, permitir a sus clientes el acceso al sistema de emergencias.
7. Advertir que de conformidad con el artículo 23 del Plan Nacional de Numeración, la Sutel podrá llevar a
cabo actividades de supervisión sobre la utilización de los recursos numéricos asignados a la empresa
CallMyWay NY, S.A., con el objetivo de verificar la interoperabilidad de toda la numeración asignada por
la Sutel y así evitar y verificar la retención de códigos numéricos sin uso realmente planificado o
requerido.
8. Apercibir a la empresa CallMyWay NY, S.A., que el recurso numérico asignado está sujeto al
cumplimiento de las condiciones dispuestas en el artículo 16 del Reglamento sobre el Régimen de
Protección al Usuario Final de las Telecomunicaciones que indica que los cliente y usuarios tendrán
derecho a acceder en iguales condiciones a cualquiera de las redes o plataformas de los operadores o
proveedores interconectados; y lo dispuesto en el artículo 8 del mismo reglamento que indica que todo
servicio será brindado a los clientes o usuarios por parte del operador o proveedor sin restricción alguna
para el acceso a las distintas redes de telecomunicaciones. Por ello, los operadores y proveedores deben
asegurar la naturaleza demanial y universal de los recursos numéricos asignados y en razón de ello
deberán permitir irrestrictamente la accesibilidad e interoperabilidad total a los demás operadores y
proveedores que cuenten con recursos de numeración asignados por la Sutel.
T+506 4000-0000 Apartado 151-1200
F+506 2215-6821 San José—Costa Rica Página4deó
RCS-043-2015
800-88-SUTEL gestiondocumental@sutel.go.cr
800-88-78835
001521
9. En razón de lo anterior y de conformidad con el acuerdo 010-035-2012, de la sesión 035-2012 del 6 de
junio del 2012, de comprobarse el incumplimiento de las disposiciones adoptadas por el Consejo de la
Sutel, se procederá recuperar del recurso numérico y/o aplicar la sanción correspondiente de
conformidad con el artículo 67 de la Ley General de Telecomunicaciones, Ley 8642.
10. Inscribir la presente asignación de recurso numérico a favor de la empresa CalIMyWay NY, S.A., en el
Registro Nacional de Telecomunicaciones, el cual debe estar disponible en la página electrónica de la
Sutel, según artículo 80 de la Ley General de Telecomunicaciones y punto XVI de la resolución No RCS-
590-2010.
En cumplimiento de lo que ordenan los artículos 345 y 346 de la Ley General de la Administración Pública,
se indica que contra esta resolución cabe el recurso ordinario de revocatoria o reposición ante el Consejo
de la Superintendencia de Telecomunicaciones, a quien corresponde resolverlo, y deberá interponerse en
el plazo de 3 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la notificación de la presente resolución.
NOTIFIQUESE
INSCRIBASE EN EL REGISTRO NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES.
La anterior transcripción se realiza a efectos de comunicar el acuerdo citado adoptado
por el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones.
Atentamente,
CONSEJO DE LA SUPER9FwTEI' .:ENE CIA DE TELEC0'.1L ICACIOI'IES
Luis Alberto Cascante Alvarado
Secretario del Consejo
T+506 4000-0000 Apartado 151-1200
F+506 2215-6821 San José—Costa Rica
RCS-043-2015 Página 5 de 6
800-88-SUTEL gestiondocumental@sutel.go.cr
800-88-78835
00152'2 .
CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN
RCS-043-2015
"ASIGNACION ADICIONAL DE RECURSO DE NUMERACION ESPECIAL SERVICIO 800's
A FAVOR DE LA EMPRESA CALLMYWAY NY,S.A."
EXPEDIENTE SUTEL-C0059-STT-NUM-OT-00140-2011
Se notifica la presente resolución a:
CallMyWay NY, S.A., a través del correo electrónico info@callmyway.com
Registro Nacional de Telecomunicaciones a través del correo electrónico
inscripcionesdelconseiosutel aa.sutel.do.cr
Se notifica el POR TANTO de la presente resolución a los siguientes operadores con numeración
asignada:
'MEDIO
OPERADOR/PROVEEDOR
E-MAIL FAX
CALL MY WAY info@callmyway.com 4000-4001
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD Notificaciones_drr@ice.go.cr 2291-5444
R&H INTERNATIONAL TELECOM SERVICES, S.A. notificacion@rhitcr.com 4010-0010
TELEVISORA DE C. R., S.A. (CABLE MÓVIL) notificacionessutel@teletica.com 2231-6258
MULTICOM, S.A. jmagnin@multicom.cr 2520-1223
E-DIAY S.A. servicioalcliente@ediay.cr 4040-0404
AMERICAN DATA NETWORKS, S.A. sutel@data.cr 4050-5099
RACSA racsafullmovil@racsa.co.cr 22870360
MILLICOM CABLE COSTA RICA notificaciones@tigo.co.cr 2203-1337
TELEFÓNICA DE COSTA RICA TC, S.A notificacioneslegal.cr@telefonica.com 4100-9977
CLARO CR TELECOMUNIC. S.A notificaciones.sutel@claro.cr 25827575
INTERPHONE, S.A. administracion@interphoneline.com 22887670
TELECABLE notificaciones@telecablecr.com 2219-0607
PRD INTERNACIONAL S.A. servicioalcliente@telecom506.com
OTHOS TELECOMUNICACIONES, S.A. info@othos.cr 2248-1323
/íf
MARIBEL ROJAS VARELA /
NOTIFICA: FIRMA: J
T+506 4000-0000 Apartado 151-1200
F+506 2215-6821 San José—Costa Rica Páginaódeó
RCS-043-2015
800-88-SUTEL gestiondocumental@sutel.go.cr
800-88-78835
001523
Maribel Rojas
De: Maribel Rojas en nombre de Notificaciones
Enviado el: viernes 27 de marzo de 2015 10:22 a.m.
Para: 'info@callmyway.com'; Inscripciones del Consejo Sutel
CC: Josue Carballo; 'Alfaro Hernández María Fernanda'
Asunto: RCS-043-2015
Datos adjuntos: RCS-043-2015 Asignación de 4 número 800 a CMW_01587-SUTEL-DGM-2015.pdf
RCS-043-2015
"ASIGNACION ADICIONAL DE RECURSO DE NUMERACION ESPECIAL SERVICIO 800's
A FAVOR DE LA EMPRESA CALLMYWAY NY, S.A."
EXPEDIENTE SUTEL-C0059-STT-NUM-OT-00140-2011
d r.ed.
su el
Secretaría del Consejo
T:4000 0052
F:2215-6208
maribel.roias@sutel.go.cr
1
•
001524
rilAH,,,,1 Ute
2126-SUTEL-SCS-2015
El suscrito, Secretario del Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, en ejercicio de las
competencias que le atribuye el inciso b) del artículo 50 de la Ley General de la Administración Pública,
Ley 6227, y el artículo 35 del Reglamento Interno de Organización y Funciones de la Autoridad Reguladora
de los Servicios Públicos y su Órgano Desconcentrado, me permito comunicarle(s)que en sesión ordinaria
° 015-2015, celebrada el 18 de marzo del 2015, mediante acuerdo 019-015-2015, de las 15:00 horas, el
Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones aprobó por unanimidad, la siguiente resolución:
RCS-043-2015
"ASIGNACION ADICIONAL DE RECURSO DE NUMERACION ESPECIAL SERVICIO 800's
A FAVOR DE LA EMPRESA CALLMYWAY NY,S.A."
EXPEDIENTE SUTEL-C0059-STT-NUM-OT-00140-2011
POR TANTO
Con fundamento en las competencias otorgadas por la Ley General de Telecomunicaciones, Ley 8642, la
Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, Ley 7593, la Ley General de Administración
Pública, Ley 6227, y el Plan Nacional de Numeración (Decreto Ejecutivo 35187-MINAET).
EL CONSEJO DE LA
SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES
RESUELVE:
1. Asignar a la empresa CaIIMyWay NY, S.A., cédula de persona jurídica 3-101334658, la siguiente
numeración:
Numero Cobro bpedrador ���
Servicio #Régistro Nó íSbre Nombré Cuenteé
Cómerciai' ReVertrdó ae
Especial ° Numejacton` Comercial ` �.�� Solicitante
(7 Drgrtos) automatrco Servtctos
800 5783667 40004248 800-5783667 Cobro Revertido CallMyWay 3-101-645492 Sociedad
Automático NY, S.A. Anónima
800 6853737 40004249 800 MUJERES Cobro Revertido CallMyWay Corporación Gimnasio
Automático NY, S.A. Unidos GCU S.A.
800 7775007 40004251 800-7775007 Cobro Revertido CallMyWay Compañía de servicios
Automático NY, S.A. Móviles, S.A.
800 1111117 40004250 800-1111117 Cobro Revertido CaIIMyWay Russell Glenn Lovell
Automático NY, S.A.
2. Apercibir a la empresa CallMyWay NY, S.A, que debe asegurar y garantizar la interoperabilidad de los
servicios y de toda la numeración asignada por la Sutel, en cumplimiento de lo establecido por el
Reglamento de Acceso e Interconexión de Redes de Telecomunicaciones, el Plan Nacional de
Numeración y el Procedimiento de Asignación de Numeración establecido por la Sutel.
3. Apercibir a la empresa CallMyWay NY, S.A., que debe asegurar y garantizar que dicha numeración no
será otorgada a terceros operadores o proveedores, para la explotación de servicios de
telecomunicaciones disponibles al público.
4. Notificar esta resolución a todos los operadores con numeración asignada.
T+506 4000-0000 Apartado 151-1200
F+508 2215-6821 San José—Costa Rica
y RCS-043-2015 Página 1 de 3
LUIS ALBERTO CASCANTE ñwálAoó(FlRYA>ISALBERTOCASSI8BSUTEL gestlondocumental@sutet.go.cr
ALVARADO (FIRMA) Date 2015.03.26 14:05:43-06:00 800-88-78835
Reason:Secretan°del Consejo,Publicación en La Gaceta
Location:Costa Rica
gut
FrTEt4:,e
904
5. Apercibir a la empresa CaIIMyWay NY, S.A., que de acuerdo a lo establecido en el artículo 23 del Plan
Nacional de Numeración, respecto al monitoreo y auditoría de la numeración, deberá entregar un
reporte semestral de la utilización de todos los códigos numéricos asignados.
6. Apercibir a la empresa CallMyWay NY, S.A., que de conformidad con el artículo 74 de la Ley General
de Telecomunicaciones, Ley 8642, y las condiciones y términos de su título habilitante, es obligación
de los operadores y proveedores de servicios, permitir a sus clientes el acceso al sistema de
emergencias.
7. Advertir que de conformidad con el artículo 23 del Plan Nacional de Numeración, la Sutel podrá llevar
a cabo actividades de supervisión sobre la utilización de los recursos numéricos asignados a la empresa
CallMyWay NY, S.A., con el objetivo de verificar la interoperabilidad de toda la numeración asignada
por la Sutel y así evitar y verificar la retención de códigos numéricos sin uso realmente planificado o
requerido.
8. Apercibir a la empresa CallMyWay NY, S.A., que el recurso numérico asignado está sujeto al
cumplimiento de las condiciones dispuestas en el artículo 16 del Reglamento sobre el Régimen de
Protección al Usuario Final de las Telecomunicaciones que indica que los cliente y usuarios tendrán
derecho a acceder en iguales condiciones a cualquiera de las redes o plataformas de los operadores o
proveedores interconectados; y lo dispuesto en el artículo 8 del mismo reglamento que indica que todo
servicio será brindado a los clientes o usuarios por parte d'el operador o proveedor sin restricción alguna
para el acceso a las distintas redes de telecomunicaciones. Por ello, los operadores y proveedores
deben asegurar la naturaleza demanial y universal de los recursos numéricos asignados y en razón de
ello deberán permitir irrestrictamente la accesibilidad e interoperabilidad total a los demás operadores
y proveedores que cuenten con recursos de numeración asignados por la Sutel.
9. En razón de lo anterior y de conformidad con el acuerdo 010-035-2012, de la sesión 035-2012 del 6 de
junio del 2012, de comprobarse el incumplimiento de las disposiciones adoptadas por el Consejo de la
Sutel, se procederá recuperar del recurso numérico y/o aplicar la sanción correspondiente de
conformidad con el artículo 67 de la Ley General de Telecomunicaciones, Ley 8642.
10. Inscribir la presente asignación de recurso numérico a favor de la empresa CallMyWay NY, S.A., en el
Registro Nacional de Telecomunicaciones, el cual debe estar disponible en la página electrónica de la
Sutel, según artículo 80 de la Ley General de Telecomunicaciones y punto XVI de la resolución No
RCS-590-2010.
En cumplimiento de lo que ordenan los artículos 345 y 346 de la Ley General de la Administración Pública,
se indica que contra esta resolución cabe el recurso ordinario de revocatoria o reposición ante el Consejo
de la Superintendencia de Telecomunicaciones, a quien corresponde resolverlo, y deberá interponerse en
el plazo de 3 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la notificación de la presente resolución.
NOTIFIQUESE
INSCRIBASE EN EL REGISTRO NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES.
La anterior transcripción se realiza a efectos de comunicar el acuerdo citado adoptado por el
Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones.
• Atentamente,
CONSEJO DE LA SUPERVNTENDENICVA DE TELECOMUNOCACOONIES
Luis Alberto Cascante Alvarado
Secretario del Consejo
T+506 4000-0000 Apartado 151-1200
F+506 2215-6821 San José—Costa Rica Página2de3
RCS-043-2015
800-88-SUTEL gestiondocumental@sutel.go.cr
800-88-78835
• 00 526
Maribel Rojas
De: Maribel Rojas en nombre de Notificaciones
Enviado el: viernes 27 de marzo de 2015 10:28 a.m.
Para: numeracion
Asunto: POR TANTO RCS-043-2015, POR TANTO RCS-044-2015, POR TANTO RCS-045-2015
Datos adjuntos: RCS-043-2015 POR TANTO.pdf; RCS-044-2015 POR TANTO.pdf; RCS-045-2015 POR
TANTO.pdf
RCS-043-2015
"ASIGNACION ADICIONAL DE RECURSO DE NUMERACION ESPECIAL SERVICIO 800's
A FAVOR DE LA EMPRESA CALLMYWAY NY, S.A."
EXPEDIENTE SUTEL-C0059-STT-NUM-OT-00140-2011
RCS-044-2015
"ASIGNACION ADICIONAL DE RECURSOS DE NUMERACION ESPECIAL SERVICIOS 800's
A FAVOR DEL INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD"
EXPEDIENTE 10053-STT-NUM-OT-00136-2011
RCS-045-2015
"ASIGNACION ADICIONAL DE RECURSOS DE NUMERACION ESPECIAL SERVICIOS 800's
A FAVOR DEL INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD"
EXPEDIENTE 10053-STT-NUM-OT-00136-2011
glitiJead gni ÓrItieda
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Secretaría del Consejo
T:4000 0052
F:2215-6208
maribel.roias@sutel.go.cr
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