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IniciarMi WebLinkAcerca de02126-SUTEL-SCS-2015 - Resolución de Ampliación de Números Especiales 001517 sutel � .;,:r l:Clei!rYC1.CErü;v,LlC TELacowJ J:RGCNES 0514' 2126-SUTEL-SCS-201 S El suscrito, Secretario del Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, en ejercicio de las competencias que le atribuye el inciso b) del artículo 50 de la Ley General de la Administración Pública, Ley 6227, y el artículo 35 del Reglamento Interno de Organización y Funciones de la,Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos y su Órgano Desconcentrado, me permito comunicarle(s) que en sesión ordinaria ° 015-2015, celebrada el 18 de marzo del 2015, mediante acuerdo 019-015-2015, de las 15:00 horas, el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones aprobó por unanimidad, la siguiente resolución: • RCS-043-2015 "ASIGNACION ADICIONAL DE RECURSO DE NUMERACION ESPECIAL SERVICIO 800's A FAVOR DE LA EMPRESA CALLMYWAY NY, S.A." EXPEDIENTE SUTEL-C0059-STT-NUM-OT-00140-2011 RESULTANDO • 1. Que mediante los oficios 42_CMW_2015 (NI-01754-2015) y 43_CMW_2015 (NI-01755-2015) recibidos el 20 de febrero de 2015 y los oficios 52_CMW_2015 (NI-02206-2015) y 51_CMW_2015 (NI-02207-2015) recibidos el 4 de marzo de 2015, la empresa CaIIMyWay NY, S.A., presentó "solicitudes de asignación de cuatro (4) números de cobro revertido 800 y "solicitud de traslado del número 800 6853737 del operador ICE hacia el operador CaIIMyWay"; respectivamente, según el siguiente detalle: • 800-5783667 a solicitud de la empresa 3-101-645492 S.A. • 800-6853737 a solicitud de la empresa Corporación de Gimnasios Unidos CGU S.A. • 800-7775007 a solicitud de la empresa Compañía de servicios Móviles, S.A. • 800-1111117 a solicitud del señor Russell Glenn Lovell 2. Que mediante correo electrónico, con fecha del 24 de febrero del 2015, enviado a la dirección electrónico iprada@callmyway.com perteneciente al señor Ignacio Prada Prada representante legal de la compañía CaIIMyWay, se le indico que estaban pendientes los números de registro de 8 dígitos, como identificadores a los números de cobro revertido solicitados en los oficios CMW_42_2015 (NI-01754-2015) y CMW_43_2015 (NI-01754-2015). 3. Que mediante correo electrónico, con fecha del 25 de febrero del 2015, la empresa CaIIMyWay, por medio del señor Ignacio Prada Prada indica que los números de registro corresponde a los siguientes: a. 40004248 para la 42_CMW_2015. b. 40004249 para la 43_CMW_2015 4. Que mediante oficio 1587-SUTEL-DGM-2015 del 11 de marzo de 2015, la Dirección General de Mercados rindió su informe técnico y jurídico mediante el cual acredita que la empresa CaIIMyWay NY, S.A. ha cumplido con los requisitos exigidos tanto en el Plan Nacional de Numeración como en el procedimiento para la asignación de recurso según resoluciones del Consejo de Sutel RCS-590- 2009, RCS-131-2010, RCS-412-2010 y RCS-239-2013. T+506 4000-0000 Apartado 151-1200 F+506 2215-6821 San José—Costa Rica Página 1 de g RCS-043-2015 LUIS ALBERTO CASCANTE AL AIIRÁDÓ(FlRMA)i5ALBERTOCAS S5I8B-SUTEL gestiondocumental@sutel.go.cr Dale:2015.03.2614:05:19-05:00 800-88-78835 ALVARADO (FIRMA) Reason:Secretario del Consejo,Publicación en La Gaceta Location:Casta Rica 001518 5. Que se han realizado las diligencias útiles y necesarias para el dictado de la presente resolución. CONSIDERANDO: I. Que conforme al artículo 60 inciso g)de la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, Ley 7593, le corresponde a la Sutel controlar y comprobar el uso eficiente de los recursos de numeración. • II. Que el artículo 73 inciso j) de la Ley 7593 establece que el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones debe de velar porque los recursos escasos se administren de manera eficiente, oportuna,transparente y no discriminatoria, de manera tal que tengan acceso a estos recursos todos los operadores y proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones. III. Que de conformidad con los artículos 3 y 22 del Plan Nacional de Numeración (Decreto Ejecutivo 35187-MINAET) corresponde a la Sutel la administración del Plan Nacional de Numeración y su cumplimiento, así como mantener un registro actualizado referente a la asignación del recurso numérico. IV. Que mediante resolución número RCS-590-2009 de las 15:00 horas del 30 de noviembre del 2009, publicada en el Diario Oficial La Gaceta número 9 el 14 de enero del 2010, modificada y complementada mediante las resoluciones RCS-131-2010, RCS-412-2010 y RCS-239-2013, el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones (Sutel) dictó el procedimiento de solicitud de numeración, establecimiento de números especiales, códigos de preselección y el registro de numeración vigente. V. Que para efectos de resolver el presente asunto, se tiene que el informe rendido por la Dirección General de Mercados mediante oficio 01587-SUTEL-DGM-2015, indica que la empresa CaIIMyWay NY, S.A. ha cumplido con los requisitos exigidos tanto en el Plan Nacional de Numeración, como en el procedimiento de asignación de recurso numérico regulado por la Sutel en las resoluciones RCS- 590-2009, RCS-131-2010, RCS-412-2010 y RCS-239-2013. El citado informe, que es acogido en su totalidad por este Consejo como parte de la motivación del presente acto administrativo, indica en lo que interesa, lo siguiente: 2) Sobre las solicitudes de los números especiales de llamadas de cobro revertido: 800-5783667, 800- 6853737,800-7775007 y 800-1111117: • En el caso particular, el operador cuenta ya con la asignación numeración 800 para el servicio de cobro revertido. • Por la naturaleza de la solicitud y del recurso de numeración objeto de ésta, en este caso no se considera necesario acreditar que el operador ha llegado al 60% del uso de la numeración previamente asignada. Esto en vista de que este tipo de numeración se solicita un número a la vez y no en bloques. • La solicitud del oficio 43 CMW 2015 (NI-01755-2015); concuerda con la petición del cliente Gabriel Valverde Tristán, cédula de identidad 1-0793-0244, representante legal de la empresa Corporación de • Gimnasios Unidos CGU S.A., cedula jurídica 3-101-432035,para hacer el traslado del número comercial del operador ICE hacia el operador CaIIMyWay NY, S.A.Aportando el entendimiento de realizar el traslado de operador y compromiso de estar al día con el pago de servicios con el Instituto Costarricense de Electricidad. • Se tiene que las solicitudes se relacionan con la petición particular de empresas comerciales que pretenden obtener el servicio de cobro revertido por parte de la empresa CaIIMyWay NY, S.A., según lo que consta en el siguiente cuadro: T+506 4000-0000 Apartado 151-1200 F+506 2215-6821 San José—Costa Rica RCS-043-2015 Página 2 de 6 800-88-SUTEL gestiondocumental@sutel.go.cr 800-88-78835 519 Servicio = Nombre Operador de Ñombre Cliente'Solrcitante, Especial Comercrat �.,_ _ x _ _Senric`ios x_ $.. .a.�x :.... w . _ 800 800-5783667 CallMyWay NY, S.A. 3-101-645492 sociedad anónima 800 800-MUJERES CallMyWay NY, S.A. Corporación de Gimnasios Unidos CGU S.A. 800 800-7775007 CallMyWay NY, S.A. Compañía de servicios Móviles, S.A. 800 800-1111117 CallMyWay NY, S.A. Russell Glenn Lovell • Al contar con numeración asignada para los servicios de los números 800's de cobro revertido y habiéndose comprobado la interoperabilidad para dicho servicio, resulta solo necesario verificar la disponibilidad de los números:800-5783667, 800-6853737 800-7775007 y 800-1111117 solicitados, en el registro de numeración cuyo control está a cargo de la Dirección General de Mercados. • Efectuada dicha verificación, se tiene que los números:800-5783667, 800-6853737 800-7775007 y 800- 1111117 se encuentran disponibles, por lo que habiéndose acreditado el cumplimiento de los requisitos que el procedimiento de asignación exige,según lo que consta en el primer apartado de este informe, se recomienda efectuarla asignación de los números anteriormente indicados. IV.- Conclusiones y Recomendaciones: • De acuerdo con lo expuesto en los apartados anteriores, se recomienda la asignación a favor de la empresa CallMyWay NY, S.A., cedula jurídica 3-101-334658, de la siguiente numeración, conforme fue solicitado en los oficios 42 CMW 2015 (NI-01754-2015), 43 CMW 2015 (NI-01755-2015), 52_CMW 2015(NI-02206-2015)y 51_CMW 2015(NI-02207-2015)a saber. Servicio , Nu!r ero #Registro • Nombre Cobro Revenido Operador de Nombre Cliente •- Comercial Especial Numeráciat� Comercial automatico Servicios Sohcífáhfe 800 5783667 40004248 800-5783667 Cobro Revertido CallMyWay 3-101-645492 Automático NY, S.A. Sociedad Anónima 800 6853737 40004249 800 MUJERES Cobro Revertido CallMyWay Corporación Gimnasio Automático NY, S.A. Unidos GCU S.A. 800 7775007 40004250 800-7775007 Cobro Revertido CallMyWay Compañía de servicios Automático NY, S.A. Móviles, S.A. 800 1111117 40004251 800-1111117 Cobro Revertido CallMyWay Russell Glenn Lovell Automático NY, S.A. (...)', VI. Que la Sutel debe satisfacer las necesidades actuales y potenciales de nuevos operadores de servicios de telecomunicaciones, asegurando la máxima disponibilidad del recurso numérico, para lo cual debe de garantizar la equidad y la transparencia de los procedimientos de asignación de numeración y ampliación de la numeración asignada previamente,tanto para redes de telefonía básica tradicional,telefonía móvil y telefonía por voz IP. VII. Que de conformidad con los resultandos y considerandos que preceden, de acuerdo al mérito de los autos, lo procedente es asignar el recurso de numeración a la empresa CallMyWay NY, S.A., acogiendo al efecto la recomendación efectuada por la Dirección General de Mercados de esta Sutel. POR TANTO Con fundamento en las competencias otorgadas por la Ley General de Telecomunicaciones, Ley 8642, la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, Ley 7593, la Ley General de Administración Pública, Ley 6227, y el Plan Nacional de Numeración (Decreto Ejecutivo 35187-MINAET). T+506 4000-0000 Apartado 151-1200 F+506 2215-6821 San José—Costa Rica RCS-043-2015 Página 3 de 6 800-88-SUTEL gestiondocumental@sutel.go.cr 800-88-78835 o O 1520 EL CONSEJO DE LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES RESUELVE: 1. Asignar a la empresa CallMyWay NY, S.A., cédula de persona jurídica 3-101334658, la siguiente numeración: I.úmerto Cobro : Óperadór 'Servlcto #Reglstr�o Nombre Nombre Cliente Gorerctál IZeüertldo de Especjái a Numeracto�n Comercial Solicitante ST D1gttos) . autora tttco Senylcios' 800 5783667 40004248 800-5783667 Cobro Revertido CallMyWay 3-101-645492 Sociedad Automático NY, S.A. Anónima 800 6853737 40004249 800 MUJERES Cobro Revertido CallMyWay Corporación Gimnasio Automático NY, S.A. Unidos GCU S.A. 800 7775007 40004251 800 7775007 Cobro Revertido CallMyWay Compañía de servicios Automático NY, S.A. Móviles, S.A. 800 1111117 40004250 800-1111117 Cobro Revertido CallMyWay Russell Glenn Lovell Automático NY, S.A. 2. Apercibir a la empresa CallMyWay NY, S.A, que debe asegurar y garantizar la interoperabilidad de los servicios y de toda la numeración asignada por la Sutel, en cumplimiento de lo establecido por el Reglamento de Acceso e Interconexión de Redes de Telecomunicaciones, el Plan Nacional de Numeración y el Procedimiento de Asignación de Numeración establecido por la Sutel. 3. Apercibir a la empresa CallMyWay NY, S.A., que debe asegurar y garantizar que dicha numeración no será otorgada a terceros operadores o proveedores, para la explotación de servicios de telecomunicaciones disponibles al público. 4. Notificar esta resolución a todos los operadores con numeración asignada. 5. Apercibir a la empresa CallMyWay NY, S.A., que de acuerdo a lo establecido en el artículo 23 del Plan Nacional de Numeración, respecto al monitoreo y auditoría de la numeración,deberá entregar un reporte semestral de la utilización de todos los códigos numéricos asignados. 6. Apercibir a la empresa CallMyWay NY, S.A., que de conformidad con el artículo 74 de la Ley General de Telecomunicaciones, Ley 8642, y las condiciones y términos de su título habilitante, es obligación de los operadores y proveedores de servicios, permitir a sus clientes el acceso al sistema de emergencias. 7. Advertir que de conformidad con el artículo 23 del Plan Nacional de Numeración, la Sutel podrá llevar a cabo actividades de supervisión sobre la utilización de los recursos numéricos asignados a la empresa CallMyWay NY, S.A., con el objetivo de verificar la interoperabilidad de toda la numeración asignada por la Sutel y así evitar y verificar la retención de códigos numéricos sin uso realmente planificado o requerido. 8. Apercibir a la empresa CallMyWay NY, S.A., que el recurso numérico asignado está sujeto al cumplimiento de las condiciones dispuestas en el artículo 16 del Reglamento sobre el Régimen de Protección al Usuario Final de las Telecomunicaciones que indica que los cliente y usuarios tendrán derecho a acceder en iguales condiciones a cualquiera de las redes o plataformas de los operadores o proveedores interconectados; y lo dispuesto en el artículo 8 del mismo reglamento que indica que todo servicio será brindado a los clientes o usuarios por parte del operador o proveedor sin restricción alguna para el acceso a las distintas redes de telecomunicaciones. Por ello, los operadores y proveedores deben asegurar la naturaleza demanial y universal de los recursos numéricos asignados y en razón de ello deberán permitir irrestrictamente la accesibilidad e interoperabilidad total a los demás operadores y proveedores que cuenten con recursos de numeración asignados por la Sutel. T+506 4000-0000 Apartado 151-1200 F+506 2215-6821 San José—Costa Rica Página4deó RCS-043-2015 800-88-SUTEL gestiondocumental@sutel.go.cr 800-88-78835 001521 9. En razón de lo anterior y de conformidad con el acuerdo 010-035-2012, de la sesión 035-2012 del 6 de junio del 2012, de comprobarse el incumplimiento de las disposiciones adoptadas por el Consejo de la Sutel, se procederá recuperar del recurso numérico y/o aplicar la sanción correspondiente de conformidad con el artículo 67 de la Ley General de Telecomunicaciones, Ley 8642. 10. Inscribir la presente asignación de recurso numérico a favor de la empresa CalIMyWay NY, S.A., en el Registro Nacional de Telecomunicaciones, el cual debe estar disponible en la página electrónica de la Sutel, según artículo 80 de la Ley General de Telecomunicaciones y punto XVI de la resolución No RCS- 590-2010. En cumplimiento de lo que ordenan los artículos 345 y 346 de la Ley General de la Administración Pública, se indica que contra esta resolución cabe el recurso ordinario de revocatoria o reposición ante el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, a quien corresponde resolverlo, y deberá interponerse en el plazo de 3 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la notificación de la presente resolución. NOTIFIQUESE INSCRIBASE EN EL REGISTRO NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES. La anterior transcripción se realiza a efectos de comunicar el acuerdo citado adoptado por el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones. Atentamente, CONSEJO DE LA SUPER9FwTEI' .:ENE CIA DE TELEC0'.1L ICACIOI'IES Luis Alberto Cascante Alvarado Secretario del Consejo T+506 4000-0000 Apartado 151-1200 F+506 2215-6821 San José—Costa Rica RCS-043-2015 Página 5 de 6 800-88-SUTEL gestiondocumental@sutel.go.cr 800-88-78835 00152'2 . CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN RCS-043-2015 "ASIGNACION ADICIONAL DE RECURSO DE NUMERACION ESPECIAL SERVICIO 800's A FAVOR DE LA EMPRESA CALLMYWAY NY,S.A." EXPEDIENTE SUTEL-C0059-STT-NUM-OT-00140-2011 Se notifica la presente resolución a: CallMyWay NY, S.A., a través del correo electrónico info@callmyway.com Registro Nacional de Telecomunicaciones a través del correo electrónico inscripcionesdelconseiosutel aa.sutel.do.cr Se notifica el POR TANTO de la presente resolución a los siguientes operadores con numeración asignada: 'MEDIO OPERADOR/PROVEEDOR E-MAIL FAX CALL MY WAY info@callmyway.com 4000-4001 INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD Notificaciones_drr@ice.go.cr 2291-5444 R&H INTERNATIONAL TELECOM SERVICES, S.A. notificacion@rhitcr.com 4010-0010 TELEVISORA DE C. R., S.A. (CABLE MÓVIL) notificacionessutel@teletica.com 2231-6258 MULTICOM, S.A. jmagnin@multicom.cr 2520-1223 E-DIAY S.A. servicioalcliente@ediay.cr 4040-0404 AMERICAN DATA NETWORKS, S.A. sutel@data.cr 4050-5099 RACSA racsafullmovil@racsa.co.cr 22870360 MILLICOM CABLE COSTA RICA notificaciones@tigo.co.cr 2203-1337 TELEFÓNICA DE COSTA RICA TC, S.A notificacioneslegal.cr@telefonica.com 4100-9977 CLARO CR TELECOMUNIC. S.A notificaciones.sutel@claro.cr 25827575 INTERPHONE, S.A. administracion@interphoneline.com 22887670 TELECABLE notificaciones@telecablecr.com 2219-0607 PRD INTERNACIONAL S.A. servicioalcliente@telecom506.com OTHOS TELECOMUNICACIONES, S.A. info@othos.cr 2248-1323 /íf MARIBEL ROJAS VARELA / NOTIFICA: FIRMA: J T+506 4000-0000 Apartado 151-1200 F+506 2215-6821 San José—Costa Rica Páginaódeó RCS-043-2015 800-88-SUTEL gestiondocumental@sutel.go.cr 800-88-78835 001523 Maribel Rojas De: Maribel Rojas en nombre de Notificaciones Enviado el: viernes 27 de marzo de 2015 10:22 a.m. Para: 'info@callmyway.com'; Inscripciones del Consejo Sutel CC: Josue Carballo; 'Alfaro Hernández María Fernanda' Asunto: RCS-043-2015 Datos adjuntos: RCS-043-2015 Asignación de 4 número 800 a CMW_01587-SUTEL-DGM-2015.pdf RCS-043-2015 "ASIGNACION ADICIONAL DE RECURSO DE NUMERACION ESPECIAL SERVICIO 800's A FAVOR DE LA EMPRESA CALLMYWAY NY, S.A." EXPEDIENTE SUTEL-C0059-STT-NUM-OT-00140-2011 d r.ed. su el Secretaría del Consejo T:4000 0052 F:2215-6208 maribel.roias@sutel.go.cr 1 • 001524 rilAH,,,,1 Ute 2126-SUTEL-SCS-2015 El suscrito, Secretario del Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, en ejercicio de las competencias que le atribuye el inciso b) del artículo 50 de la Ley General de la Administración Pública, Ley 6227, y el artículo 35 del Reglamento Interno de Organización y Funciones de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos y su Órgano Desconcentrado, me permito comunicarle(s)que en sesión ordinaria ° 015-2015, celebrada el 18 de marzo del 2015, mediante acuerdo 019-015-2015, de las 15:00 horas, el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones aprobó por unanimidad, la siguiente resolución: RCS-043-2015 "ASIGNACION ADICIONAL DE RECURSO DE NUMERACION ESPECIAL SERVICIO 800's A FAVOR DE LA EMPRESA CALLMYWAY NY,S.A." EXPEDIENTE SUTEL-C0059-STT-NUM-OT-00140-2011 POR TANTO Con fundamento en las competencias otorgadas por la Ley General de Telecomunicaciones, Ley 8642, la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, Ley 7593, la Ley General de Administración Pública, Ley 6227, y el Plan Nacional de Numeración (Decreto Ejecutivo 35187-MINAET). EL CONSEJO DE LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES RESUELVE: 1. Asignar a la empresa CaIIMyWay NY, S.A., cédula de persona jurídica 3-101334658, la siguiente numeración: Numero Cobro bpedrador ��� Servicio #Régistro Nó íSbre Nombré Cuenteé Cómerciai' ReVertrdó ae Especial ° Numejacton` Comercial ` �.�� Solicitante (7 Drgrtos) automatrco Servtctos 800 5783667 40004248 800-5783667 Cobro Revertido CallMyWay 3-101-645492 Sociedad Automático NY, S.A. Anónima 800 6853737 40004249 800 MUJERES Cobro Revertido CallMyWay Corporación Gimnasio Automático NY, S.A. Unidos GCU S.A. 800 7775007 40004251 800-7775007 Cobro Revertido CallMyWay Compañía de servicios Automático NY, S.A. Móviles, S.A. 800 1111117 40004250 800-1111117 Cobro Revertido CaIIMyWay Russell Glenn Lovell Automático NY, S.A. 2. Apercibir a la empresa CallMyWay NY, S.A, que debe asegurar y garantizar la interoperabilidad de los servicios y de toda la numeración asignada por la Sutel, en cumplimiento de lo establecido por el Reglamento de Acceso e Interconexión de Redes de Telecomunicaciones, el Plan Nacional de Numeración y el Procedimiento de Asignación de Numeración establecido por la Sutel. 3. Apercibir a la empresa CallMyWay NY, S.A., que debe asegurar y garantizar que dicha numeración no será otorgada a terceros operadores o proveedores, para la explotación de servicios de telecomunicaciones disponibles al público. 4. Notificar esta resolución a todos los operadores con numeración asignada. T+506 4000-0000 Apartado 151-1200 F+508 2215-6821 San José—Costa Rica y RCS-043-2015 Página 1 de 3 LUIS ALBERTO CASCANTE ñwálAoó(FlRYA>ISALBERTOCASSI8BSUTEL gestlondocumental@sutet.go.cr ALVARADO (FIRMA) Date 2015.03.26 14:05:43-06:00 800-88-78835 Reason:Secretan°del Consejo,Publicación en La Gaceta Location:Costa Rica gut FrTEt4:,e 904 5. Apercibir a la empresa CaIIMyWay NY, S.A., que de acuerdo a lo establecido en el artículo 23 del Plan Nacional de Numeración, respecto al monitoreo y auditoría de la numeración, deberá entregar un reporte semestral de la utilización de todos los códigos numéricos asignados. 6. Apercibir a la empresa CallMyWay NY, S.A., que de conformidad con el artículo 74 de la Ley General de Telecomunicaciones, Ley 8642, y las condiciones y términos de su título habilitante, es obligación de los operadores y proveedores de servicios, permitir a sus clientes el acceso al sistema de emergencias. 7. Advertir que de conformidad con el artículo 23 del Plan Nacional de Numeración, la Sutel podrá llevar a cabo actividades de supervisión sobre la utilización de los recursos numéricos asignados a la empresa CallMyWay NY, S.A., con el objetivo de verificar la interoperabilidad de toda la numeración asignada por la Sutel y así evitar y verificar la retención de códigos numéricos sin uso realmente planificado o requerido. 8. Apercibir a la empresa CallMyWay NY, S.A., que el recurso numérico asignado está sujeto al cumplimiento de las condiciones dispuestas en el artículo 16 del Reglamento sobre el Régimen de Protección al Usuario Final de las Telecomunicaciones que indica que los cliente y usuarios tendrán derecho a acceder en iguales condiciones a cualquiera de las redes o plataformas de los operadores o proveedores interconectados; y lo dispuesto en el artículo 8 del mismo reglamento que indica que todo servicio será brindado a los clientes o usuarios por parte d'el operador o proveedor sin restricción alguna para el acceso a las distintas redes de telecomunicaciones. Por ello, los operadores y proveedores deben asegurar la naturaleza demanial y universal de los recursos numéricos asignados y en razón de ello deberán permitir irrestrictamente la accesibilidad e interoperabilidad total a los demás operadores y proveedores que cuenten con recursos de numeración asignados por la Sutel. 9. En razón de lo anterior y de conformidad con el acuerdo 010-035-2012, de la sesión 035-2012 del 6 de junio del 2012, de comprobarse el incumplimiento de las disposiciones adoptadas por el Consejo de la Sutel, se procederá recuperar del recurso numérico y/o aplicar la sanción correspondiente de conformidad con el artículo 67 de la Ley General de Telecomunicaciones, Ley 8642. 10. Inscribir la presente asignación de recurso numérico a favor de la empresa CallMyWay NY, S.A., en el Registro Nacional de Telecomunicaciones, el cual debe estar disponible en la página electrónica de la Sutel, según artículo 80 de la Ley General de Telecomunicaciones y punto XVI de la resolución No RCS-590-2010. En cumplimiento de lo que ordenan los artículos 345 y 346 de la Ley General de la Administración Pública, se indica que contra esta resolución cabe el recurso ordinario de revocatoria o reposición ante el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, a quien corresponde resolverlo, y deberá interponerse en el plazo de 3 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la notificación de la presente resolución. NOTIFIQUESE INSCRIBASE EN EL REGISTRO NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES. La anterior transcripción se realiza a efectos de comunicar el acuerdo citado adoptado por el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones. • Atentamente, CONSEJO DE LA SUPERVNTENDENICVA DE TELECOMUNOCACOONIES Luis Alberto Cascante Alvarado Secretario del Consejo T+506 4000-0000 Apartado 151-1200 F+506 2215-6821 San José—Costa Rica Página2de3 RCS-043-2015 800-88-SUTEL gestiondocumental@sutel.go.cr 800-88-78835 • 00 526 Maribel Rojas De: Maribel Rojas en nombre de Notificaciones Enviado el: viernes 27 de marzo de 2015 10:28 a.m. Para: numeracion Asunto: POR TANTO RCS-043-2015, POR TANTO RCS-044-2015, POR TANTO RCS-045-2015 Datos adjuntos: RCS-043-2015 POR TANTO.pdf; RCS-044-2015 POR TANTO.pdf; RCS-045-2015 POR TANTO.pdf RCS-043-2015 "ASIGNACION ADICIONAL DE RECURSO DE NUMERACION ESPECIAL SERVICIO 800's A FAVOR DE LA EMPRESA CALLMYWAY NY, S.A." EXPEDIENTE SUTEL-C0059-STT-NUM-OT-00140-2011 RCS-044-2015 "ASIGNACION ADICIONAL DE RECURSOS DE NUMERACION ESPECIAL SERVICIOS 800's A FAVOR DEL INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD" EXPEDIENTE 10053-STT-NUM-OT-00136-2011 RCS-045-2015 "ASIGNACION ADICIONAL DE RECURSOS DE NUMERACION ESPECIAL SERVICIOS 800's A FAVOR DEL INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD" EXPEDIENTE 10053-STT-NUM-OT-00136-2011 glitiJead gni ÓrItieda tel tri Q ccn;.-ti.ai't;s+az Secretaría del Consejo T:4000 0052 F:2215-6208 maribel.roias@sutel.go.cr 1