IniciarMi WebLinkAcerca deNI-02991-2015 Acuerdo del Poder Ejecutivo Otorgando el Permiso24/3/2015 RV: Inscripci6n Acuerdo Ejecutivo No 127-2014-TEL-MICITT - Gestion Documental
RV: I nscripcion Acuerdo Ejecutivo No 127 -2014 -TEL -M ICITT 0 0 0 0 2 8
Inscripciones RNT
mar 24/03/2015 09:03 a.m.
Bandeja de entrada
Para:Gestion Documental <gestiondocumental@sutel.go.cr>; ---- — ---
cc:Daniel Castro <daniel.castro@sutel.go.cr>; Mario Vega <mario.vega@sutel.g6.r
9 1 dato adjunto
Acuerdo No. 127-2014-TEL-MICITT Carlos Wiliam Diez (1).pdf,
Buenos dias companeros de Gesti6n Documental,
Off° S TOCUMENTAL '
NI:��`- 2C`�15
Pe.a co'1.3'4m3 x„nres astsdo d, asta trgmlta frvor 2�J
Por favor colocar NI a incluir el archivo y el correo electr6nico adjuntos en el expediente D0085-ERC-DTO-
ER-01361-2013.
Es de suma importancia que se incluya el correo del MICITT, porque en este se indica cuando se notific6 el
acuerdo ejecutivo al regulado.
Le copio a Mario y Daniel para que actualicen la base de datos.
Gracias
M6nica Salazar A.
Ingeniera en Telecom unicaciones
Direcci6n General de Calidad
Tel: 4000-0000 ext. 77
Fax: 2215-6821
monica.salazar@sutel.go.cr
www.sutel.go.cr
De: Melissa Porras <melissa.porras@micit.go.cr>
Enviado: lunes 23 de marzo de 2015 09:07 a.m.
Para: Inscripciones RNT
Asunto: Inscripci6n Acuerdo Ejecutivo N° 127-2014-TEL-MICITT
Buenos dias, con instrucciones superiores y tal y como se acord6 mediante el oficio No 343-SUTEL-2011 del 25 de febrero de 2011,
se les remite en forma digital a esta cuenta de correo electr6nico el Acuerdo Ejecutivo No 127-2014-TEL-MICITT mediante el
cual el Poder Ejecutivo resolvi6 la solicitud de permiso presentada por el senor Carlos William, Diez Menk para su
debida inscripci6n en el Registro Nacional de Telecomunicaciones.
https://outlook.office365.comlowalprojection.aspx 1/2
ACUERDO EJECUTIVO No 127-2014-TEL-MICITT
EL PRESIDENTE DE LA REPT.JBLICA Y
LA MINISTRA DE CIENCIA, TECNOLOGIA Y TELECOMUNICACIONES
En ejercicio de las atribuciones conferidas en los artfculos 11, 121 inciso -14) subinciso c) y
129 de la Constituci6n Polftica de la Republica de Costa Rica; y en raz6n de to dispuesto en
los artfculos 11, 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2) sub incisos a) y b) de la Ley N°
6227, "Ley General de la Administraci6n Publica", publicada en el Diario Oficial La
Gaceta N° 102, Alcance N° 90, del 30 de mayo de 1978; en los artfculos 9 inciso b), 26,
siguientes y concordantes de la Ley N° 8642, "Ley General de Telecomunicaciones"
(LGT), publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 125 del 30 de junio de 2008; en la Ley
N° 8660, "Ley de Fortalecimiento y Modernizaci6n de Entidades Publicas del Sector de
Telecomunicaciones", publicada el Diario Oficial La Gaceta N° 156, Alcance N° 31, del 13
de agosto de 2008; en los artfculos 45, 46, siguientes y concordantes del Decreto Ejecutivo
No 34765-MINAET, "Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones" (RLGT),
publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 186 del 26 de setiembre de 2008 y sus
reformas; en to dispuesto en el Decreto Ejecutivo N° 35257-MINAET, "Plan Nacional de
Atribuci6n de Frecuencias" (PNAF), publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 103,
Alcance N° 19, del 29 de mayo de 2009 y sus reformas; y en el informe tecnico jurfdico
MICITT-GNP-IT-094-2014, del 11 de agosto de 2014, de la Gerencia de Normas y
Procedimientos, sobre la solicitud de use de frecuencias para operaci6n de radioaficionado,
1f.j-..�..)�-«(�.
AdjIgitaLmente
presentada por el senor Carlos William Diez Menk, portador de la cedula de identidad
numero 9-0038-0277.
CONSIDERANDO:
PRIMERO: Que mediante el "Formulario de Solicitud de Permiso para Licencia del
Servicio de Radioaficionado o Banda Ciudadana" el dfa 12 de julio de 2013, el senor
Carlos William Diez Menk, portador de la cedula de identidad numero 9-0038-0277
solicito ante el Viceministerio de Telecomunicaciones, permiso para radioaficionados para
operar en el territorio nacional. (Folios 01 a 05 y 07 a 10 del expediente administrativo N°
GCP-GCP-314-2013).
SEGUNDO: Que mediante oficio N° 2016-SUTEL-DGC-2014 de fecha 02 de abril de
2014, el cual fue aprobado mediante Acuerdo de su Consejo N° 029-022-2014, la
Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL) realizo la respectiva recomeridacion al
Poder Ejecutivo sobre la solicitud presentada por el administrado. (Folios 11 a 22 del
expedients administrativo N° GCP-GCP-314-2013).
TERCERO: Que la Gerencia de Administracibn del Espectro Radioelectrico, mediante
informe t6cnico N° MICITT-GAER-INF-105-2014, emitio su recomendacion acerca de la
solicitud realizada por el administrado. (Folios 25 a 27 del expediente administrativo N°
GCP-GCP-314-2013).
2R,-,rr..iac,c).
digitaUnente
CUARTO: Que la Gerencia de Normas y Procedimientos, estableci6 mediante informe
tecnico N° IT-GCP-2013-122 de 05 de noviembre de 2013, denominado "Inform sobre
Permisos de use de frecuencia del espectro radioeldctrico para operaci6n de
radioaficionados", los parametros para otorgar un permiso de use del espectro para
operaci6n de radioaficionados.
QUINTO: Que mediante informe N° MICITT-GNP-IT-094-2014 del 11 de agosto de
2014, la Gerencia de Normas y Procedimientos, emiti6 el informe tecnico jurfdico respecto
de la solicitud presentada por el senor Carlos William Diez Menk. (Folios 30 al 32 del
expediente administrativo N° GCP-314-2013).
SEXTO: Que con fundamento en las consideraciones expuestas por el Viceministerio de
Telecomunicaciones en el oficio N° D-VT-080-MICITT-2014, el Poder Ejecutivo acoge
integralmente, en el presente acto, su contenido y recomendaciones. Dicho Oficio consta en
el expediente N° GCP-314-2013, de la Gerencia de Normas y Procedimientos del
Viceministerio de Telecomunicaciones (MICITT) para mayor abundamiento.
POR TANTO,
ACUERDAN:
ARTICULO 1.- Otorgar al senor CAR -LOS WILLIAM DIEZ MENK, portador de la
cedula de identidad numero 9-0038-0277, el permiso de radioaficionado categorfa superior
(Clare A) con las siguientes indicaciones:
000031
3
digitatmente
000032
4.
7ixTii3Ox1E[ASBI<Lll`ANTE
Carlos William Diez Menk
Permisionario
Cedula de identidad 9-0038-0277
Clasificaci6n del es ectro Uso no comercial
Categorfa Superior (Clase A)
Los rangos de frecuencias detallados en el
Frecuencias de operaci6n Adendum V del PNAF para la categorfa
Superior
Indicativo TI5KD
5 anos a partir de la notificaci6n de este
Vigencia
Acuerdo Ejecutivo
Base
Altura del punto de radiaci6n de antena (m)
10
Ganancia de antena direccional (dBi) 4
`. F fir. Elti%PLAZANIlE>!Ix OSSINA,_
- . , _, F
Em lazamientos Provincia Canton Distrito Latitud (N) Lon stud (0)
Base Alajuela Central La Gudcima 9,972147 -84,241652
AAOm,
F �s� "
asp �_ ,._..:._
;
__,_.s .: ..�,..,.. �: .b�,..u...
f €,.+.�. �itl'AmetrOS
.�'_....�..,,.g
Marca
Icom
Modelo
706 PRO MKIIG
0,030 MHz a 199,999 MHz
RX
400 MHz a 470 MHz
1,8 MHz a 1,999 MHz
3,5 MHz a 3,999 MHz
7 MHz a 7,3 MHz
10,1 MHz a 10,15 MHz
Rangos de
14 MHz a 14,35 MHz
Base
operaci6n
TX
18,068 MHz a 18,168 MHz
(Informaci6n extrafda del Anexo 1)
21 MHz a 21,45 MHz
24,89 MHz a 24,99 MHz
28 MHz a 29,7 MHz
50 MHz a 54 MHz
144 MHz a 140 MHz
430 MHZ a 450 MHz
Potencia maxima
de transmisi6n
Segdn
especificaciones del PNAF
(W)'
Sensibilidad ( V)
de 0,10 a 13
ARTICULO 2.- Indicar al senor Carlos William Diez Menk que en el caso de que desee
instalar un nuevo equipo de radiocomunicaci6n o cambiar la localidad del sitio de
transmisi6n, debera notificarlo a la SUTEL para s respectiva valoraci6n y aprobaci6n.
1 La potencia maxima do trasmisi6n cstd limitada seg6n to establecido on cl PNAF on cuanto a la categoria recomendada y
la bandy a transmitir.
4 �I�'fl' lei( ttu
digiLalmente
ARTICULO 3.- Indicar al senor Carlos William Diez Menk, que queda sujeto a las
disposiciones establecidas en la Ley General de Telecomunicaciones, su Reglamento, y
demas normativa vigente en esta materia o la que en el futuro se dicte.
ARTICULO 4.- Indicar al senor Carlos William Diez Menk, que queda sujeto a las
disposiciones establecidas en el Adendum V del Plan Nacional de Atribuci6n de Frecuencias
sobre las caracterfsticas tecnicas de los equipos y las bandas de frecuencias en las que podra
operar este servicio.
ARTICULO 5.- Indicar al senor Carlos William Diez Menk, que queda sujeto a las
disposiciones del Manual del Radioaficionado de Costa Rica en cuanto a la forma de
operaci6n del servicio, el c6digo de etica y los demas temas contenidos en dicho documento.
ARTICULO 6.- Indicar al senor Carlos William Diez Menk, que deberd operar el servicio
sin generar interferencias perjudiciales a este u otro servicio en estricto apego de las
caracteristicas establecidas en el presente tftulo habilitante.
ARTICULO 7.- Advertir al senor Carlos William Diez Menk que sumado a las obligaciones
establecidas en las leyes y reglamentaci6n correspondiente, el mismo estara obligado a
aceptar y responder con prioridad absoluta las llamadas y mensajes de socorro del origen
que sea.
000033
fir
digitatmente
ARTICULO 8.- Indicar al senor Carlos William Diez Menk, que de conformidad con el
artfculo 9 de la Ley General de Telecomunicaciones y de acuerdo con el uso pretendido para
las frecuencias recomendadas, el permiso se ajusta a la clasificaci6n del espectro
radioelectrico de `uso no comercial' por tratarse de un sistema de radiocomunicaci6n en
banda de uso para radioaficionado o banda ciudadana, segdn sea el caro, que implica un uso
exclusivo y no comercial, y de acuerdo al artfculo 26 de la Ley General de
Telecomunicaciones tendra una vigencia de cinco (5) anos, mismo que podra renovarse por
un perfodo igual a solicitud del interesado.
ARTICULO 9.- Indicar al senor Carlos William Diez Menk, que existe la prohibici6n
expresa del prestamo, alquiler, compartici6n o venta de frecuencias objeto de este permiso,
asf Como su limitaci6n a un "Uso no comercial" unicamente, por cuanto el espectro
radioelectrico es un recurso natural que constituye un bien de dominio publico sobre el cual
el Estado ejerce su soberanfa, de conformidad con el artfculo 121 inciso 14) aparte c) de la
Constituci6n Politica.
ARTICULO 10.- Advertir al senor Carlos William Diez Menk, que en atenci6n a to
dispuesto en el artfculo 63 de la Ley General de Telecomunicaciones, debera cancelar,
anualmente un canon de reserva del espectro radioel6ctrico, por las bandas de frecuencias
que se le asignen, independientemente de que haga uso de dichas bandas o no, y durante la
vigencia del plazo de este tftulo habilitante.
6 l::ir rr tt r� .
digitalmente
n
000015
ARTICULO 11.- Informar at senor Carlos William Diez Menk, sobre su derecho a recurrir
el presente Acuerdo Ejecutivo, mediante el recurso de reposici6n el cual debera ser
presentado ante el Poder Ejecutivo en el plazo de tres (3) dfas hdbiles a partir de la
notificaci6n del mismo, debiendo presentar su escrito en el Despacho de la senora Ministra
de Ciencia, Tecnologfa y Telecomunicaciones, sita en San Josh, de la esquina sureste de la
Plaza de la Democracia, 150 metros at este; Avenida Segunda, calles 17 y 19. Lo anterior de
conformidad con el artfculo 346 inciso 1) de la Ley N° 6227, Ley General de
Administraci6n Publica.
ARTICULO 12.- Notificar el presente Acuerdo Ejecutivo at senor Carlos William Diez
Menk, por el medio senalado dentro del expediente administrativo. Y que este mismo sea
notificado a la SUTEL con el fin de ser inscrito en el Registro Nacional de
Telecomunicaciones.
ARTICULO 13.- Rige a partir de su notificaci6n.
Dado en la Presidencia de la Repdblica, el dfa trece de agosto del ano dos mil catorce
LUIS GUILLERMO SOLIS RIVERA
GISELLA KOPPER ARGUEDAS
MINISTRA DE CIENCIA, TECNOLOGIA
7fi, YT 00f. D .
digitalmente
Y TELECOMUNICACIONES
000036
8Fir'l-r-KEBO
digltalmenka