IniciarMi WebLinkAcerca deNI-02920-2015 Acuerdo del Poder Ejecutivo Otorgando el Permiso2313/2015 Re: Inscripci6n Acuerdo gecutivo N° 076-2014-TEL-MICITT - Gestion Documental
Ree Inscripcion Acuerdo Ejecutivo No 076-2014-TEL-MICITT 000027
Inscripciones RNT
vie 20/03/2015 04:23 p.m.
Bandeja de entrada
Para:Gestion Documental<gestiondocumental@sutel.go.cr>;
Buenas tardes,
GEsv6N DOCUMENTAL
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I Psrn gx new''khi
Por favor colocar NI a incluir el archivo y el correo electr6nico adjuntos en el expediente V0151-ERC-DTO-
ER-00205-2013.
Es de suma importancia que se incluya el correo del MICITT, porque en este se indica cuando se notific6 el
acuerdo ejecutivo al regulado.
Gracias
De: Melissa Porras <melissa.porras@micit.go.cr>
Enviado: viernes 20 de marzo de 2015 02:58 p.m.
Para: Inscripciones RNT
Asunto: Inscripci6n Acuerdo Ejecutivo N° 076-2014-TEL-MICITT
Buenos dfas, con instrucciones superiores y tal y como se acord6 mediante el oficio N° 343-SUTEL-2011 del 25 de febrero de 2011,
se les remite en forma digital a esta cuenta de correo electronico el Acuerdo Ejecutivo No 076-2014-TEL-MICITT mediante el
cual el Poder Ejecutivo resolvi6 la solicitud de permiso presentada por el senor Carlos Luis Vargas Vega, para su
debida inscripci6n en el Registro Nacional de Telecomunicaciones.
No omito manifestarle que el respectivo Acuerdo Ejecutivo fue notificado a la empresa el dfa 25 de febrero de 2015 vfa correo
electronico.
Saludos,
----LIBERACION DE RESPONSABILIDAD---- Este mensaje de correo, puede contener informaci6n confidencial, propietaria o con
derechos reservados y privilegios legales asociados, para el use de su destinatario. Si usted no es el interesado por favor elimfnelo,
no to divulgue, reproduzca o distribuya a terceros. La Superintendencia de Telecomunicaciones no se hace responsable por ning6n
dano causado por su difusi6n. Agradecemos informar su use indebido a soporte@sutel.go.cr.
----DISCLAIMER---- This email message may contain confidential, proprietary or copyrighted and legal privileges associated to the
use of the addressee. If you are not the intended recipient please erase it, do not disclose, reproduce or distribute to others. The
Superintendencia de Telecomunicaciones is not responsible for any damage caused by its dissemination. Thank you for report the
abuse sending an email to soporte@sutel.go.cr.
https://outlook.office365.com/awalprojecton.aspx 1/2
ACUERDO EJECUTIVO No 076-2014-TEL-MICITT
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y
LA MINISTRA DE CIENCIA, TECNOLOGIA Y TELECOMUNICACIONES
En ejercicio de las atribuciones conferidas en los artfculos 11, 121 inciso 14) subinciso c) y
129 de la Constituci6n Polftica de la Repdblica de Costa Rica; en los artfculos 9 inciso b),
26 siguientes y concordantes de la Ley N° 8642, "Ley General de Telecomunicaciones"
(LGT), publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 125 del 30 de junio de 2008; en la Ley
N° 8660, "Ley de Fortalecimiento y Modemizaci6n de Entidades Pdblicas del Sector de
Telecomunicaciones", publicada el Diario Oficial La Gaceta N° 156, Alcance N° 31, del 13
de agosto de 2008; en los artfculos 45, 46 siguientes y concordantes del Decreto Ejecutivo
N° 34765-MINAET, "Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones" (RLGT),
publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 186 del 26 de setiembre de 2008; en to
dispuesto en el Decreto Ejecutivo N° 35257-MINAET, "Plan Nacional de Atribuci6n de
Frecuencias" (PNAF), publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 103, Alcance N° 19, del
29 de mayo de 2009, y sus reformas; y en el informe tecnico-juridico N° MICITT-GNP-
041-2014 del 17 de junio de 2014 de la Gerencia de Normas y Procedimientos del
Viceministerio de Telecomunicaciones, sobre la solicitud de use de frecuencias para
operaci6n de radioaficionado, presentada por el senor Carlos Luis Vargas Vega, portador de
la cedula de identidad ndmero 2-0326-0221.
ter
Fir-rnacb, .
digitatmente
CONSIDERANDO:
PRIMERO: Que mediante el "Formulario de Solicitud de Permiso para Licencia del
Servicio de Radioaficionado o Banda Ciudadana" el dfa 25 de junio de 2013, el senor
Carlos Luis Vargas Vega, solicit6 ante el Viceministerio de Telecomunicaciones, permiso
para radioaficionados para operar en el territorio nacional. (Folios 01 a 04 del expediente
administrativo N° GCP-195-2013)
SEGUNDO: Que mediante oficio N° 00031-SUTEL-DGC-2014 de fecha 07 de enero de
2014, el cual fue aprobado mediante Acuerdo de su Consejo N° 025-001-2014 la
Superintendencia de Telecomunicaciones recomend6 al Poder Ejecutivo otorgar al senor
Carlos Luis Vargas Vega, penniso de radioaficionado categorfa Superior (Clare A).
Finalmente, adjuntando en el apendice 1 de su informe, la propuesta de permiso a otorgar.
(Folios 08 a 15 del expediente administrativo N° GCP-195-2013)
TERCERO: Que la Gerencia de Administracibn del Espectro Radioelectrico, mediante
informe tecnico N° MICITT-GAER-053-2014, acogi6 integralmente las recomendaciones
tecnicas planteadas por la SUTEL, y recomend6 a su vez otorgar el permiso solicitado por
el senor Carlos Luis Vargas Vega. (Folios 21 a 25 del expediente administrativo N° GCP-
195-2013)
2
000029
fig MacIr
digltalmente
CUARTO: Que la Gerencia de Normas y Procedimientos, establecio mediante informe
tecnico N° IT-GCP-2013-122 de 05 de noviembre de 2014, denominado "Informe sobre
Permisos de use de frecuencia del espectro radioelectrico para operacion de
radioaficionados", los parametros para otorgar un penniso de use del espectro para
operacion de radioaficionados.
QUINTO: Que mediante informe t6cnico N° MICITT-GNP-041-2014 de fecha 17 de junio
de 2014, la Gerencia de Normas y Procedimientos, enuti6 el informe tecnico jurfdico
respecto de la solicitud presentada por el senor Carlos Luis Vargas Vega.
SEXTO: Que con fundamento en las considerations expuestas por el Viceministerio de
Telecomunicaciones en su Oficio N° D-VT-029-MICITT-2014, el Poder Ejecutivo acoge
integralmente, en el presente acto, su contenido y recomendaciones. Dicho officio consta en
et expediente N° GCP-195-2013 de la Gerencia de Normas y Procedimientos del
Vicerninisterio de Telecomunicaciones (MICITT) para mayor abundamiento.
POR TANTO,
ACUERDAN:
ARTICULO 1.- Otorgar senor Carlos Luis Vargas Vega, cedula de identidad 2-0326-0221,
el permiso de radioaficionado categorfa Superior (Clase A) segun se detalla a continuaci6n:
3
digIatmente
000031
T:.41A'k'aS r�,�
,.�''N"S`,``ayak..,;,":.p°
Carlos Luis Vargas Vega
Permisionario
Cedula de identidad 2-0326-0221
Clasificaci6n del es ectro
Uso no comercial
Categorfa
Superior (Clase A)
Los rangos de frecuencias detallados en el
Frecuencias de operaci6n
Adendum V del PNAF para la categorfa
Superior
Indicativo
T12ZZM
5 anos a partir de su notificaci6n de este
Vigencia
Acuerdo
Bases
Altura del punto de radiaci6n de la antena
7,5 m y 10 m
Gana]ncia de la antena direccional
10, 14 dBi y 8,14dBi
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Emplazamientos
Provincia
Cant6n Distrito Latitud (N)
Longitud(0)
San
Base 1
San Jose
Moravia 09°57'59,45"
84002'55,46"
Vicente
Base 2
09°57'59,45"
84002'55,46"
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l�"a ie��ras
,
Marca: Kenwood
Modelo: TS430S
Base 1
Rango de operaci6n: TX: 1,8 kHz a 30 kHz y RX
0,150 MHz a 30 MHz
Sensibilidad: 0,25µV- 40 µV
Marca :Yaesu
Modelo: FT2400H
Rangos de operaci6n: TX 144MHz a 148 MHz, 140
Base 2
MHz a 150 MHz y RX 140 MHz a 174 MHZ.
Sensibilidad: 0.2µV
ARTICULO 2.- Indicar al permisionario que en el caso de que el radioaficionado desea
instalar un nuevo equipo de radiocomunicaci6n o cambiar la localidad del sitio de
transmisi6n, debera notificarlo a la SUTEL para su respectiva valoraci6n y aprobaci6n.
4
Fir-rnacic ).
digitatmente
ARTICULO 3.- Indicar at permisionario que queda sujeto a las disposiciones establecidas
en la Ley General de Telecomunicaciones, su Reglamento y demas normativa vigente en
esta materia o la que en el futuro se dicte.
ARTICULO 4.- Indicar at permisionario que queda sujeto a las disposiciones establecidas
en el Adendum V del Plan Nacional de Atribuci6n de Frecuencias, sobre las caracterfsticas
t6cnicas de los equipos y las bandas de frecuencias en las que podra operar este servicio.
ARTICULO 5.- Indicar at permisionario que queda sujeto a las disposiciones del Manual
del Radioaficionado de Costa Rica en cuanto a la forma de operaci6n del servicio, el c6digo
de 6tica y los demas temas contenidos en dicho documento.
ARTICULO 6.- Indicar at permisionario que de conformidad con el artfculo 9 de la Ley
General de Telecomunicaciones; y de acuerdo con el uso pretendido para las frecuencias
otorgadas, el permiso se ajusta a la clasificaci6n del espectro radioel6ctrico de `uso no
comercial' por tratarse de un sistema de radiocomunicaci6n en banda de uso para
radioaficionado y banda ciudadana, que implica un uso exclusivo y no comercial, y de
acuerdo at artfculo 26 de la Ley General de Telecomunicaciones, tendra una vigencia de
cinco (5) anos, mismo que podra renovarse por un perfodo igual a solicitud del interesado.
ARTICULO 7.- Indicar at permisionario que existe la prohibici6n expresa del pr6stamo,
alquiler, compartici6n o venta de frecuencias objeto del presente permiso, asf como su
limitaci6n a un "Uso no comercial" unicamente, por cuanto el espectro radioel6ctrico es un
5
00003-2
digikalmenke
recurso natural que constituye un Bien de dominio publico sobre el cual el Estado ejerce su
soberanfa, de conformidad con el artfculo 121 inciso 14) aparte c) de la Constituci6n
Polftica.
ARTICULO 8.- Informar at permisionario que, en atenci6n a to dispuesto en el artfculo 63
de la Ley General de Telecomunicaciones, el titular deberd cancelar, anualmente un canon
de reserva del espectro radioel6ctrico, por las bandas de frecuencias que se le asignen,
independientemente de que haga use de dichas bandas o no, y durante la vigencia del plazo
de este tftulo habilitante.
ARTICULO 9.- Indicar at permisionario que sumado a las obligaciones establecidas para el
titular, en las leyes y reglamentaci6n correspondiente, el mismo deberd operar el servicio
sin generar interferencias peLjudiciales a este u otro seivicio, y en estricto apego de las
caracterfsticas establecidas en el presente permiso; y adernas estara obligado a aceptar y
responder con prioridad absoluta las llamadas y mensajes de socorro del origen que sea.
ARTICULO 10.- Informar at permisionario, sobre su derecho a recurrir este Acuerdo
Ejecutivo, mediante el recurso de reposici6n el cual deberd ser presentado ante el Poder
Ejecutivo en el plazo de tres (3) dfas a partir de la notificaci6n del respective, acuerdo,
debiendo presentar su escrito en el Despacho de la senora Ministra de Ciencia, Tecnologfa
y Telecomunicaciones, sita de la esquina sur este de la Plaza de la Democracia, 150 metros
at este; Avenida Segunda, calles 17 y 19 San Josh.
000033
fir-;; tc3cc).
dig[IaLmente
ARTICULO 11.- Notificar este Acuerdo al solicitante, por el medio sefialado dentro del
expediente administrativo, y que este mismo sea notiiicado a la SUTEL con el fin de ser
inscrito en el Registro Nacional de Telecomunicaciones.
ARTICULO 12.- Rige a partir de su notificacion.
Dado en la Presidencia de la Republica, el dfa veinticinco de junio del alio dos mil catorce.
LUIS GUILLERMO SOUS RIVERA
GISELLA KOPPER ARGUEDAS
MINISTRA DE CIENCIA, TECNOLOGIA
Y TELECOMUNICACIONES
Fi-i tads
digitatmente