Loading...
IniciarMi WebLinkAcerca deResolución de Asignación de Recurso Numérico (3)JE :� TO:i��SUPERINTENDENCIA DE O5 (�io u 0# ��1t l COr, ." ���� � � � � TELECOMUNICA IONES .� S� El suscrito, Secretario del Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, en ejercicio de las competencias que le atribuye el inciso b) del artículo 50 de la Ley General de la Administración Pública, ley 6227, y el inciso 10) del artículo 22 del Reglamento Interno de Organización y Funciones de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos y sus órganos desconcentrados, me permito comunicarle (s) que en Sesión Ordinaria No. 051 -2012 del Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, celebrada el día 30 de agosto del 2012, mediante acuerdo 014 - 051 -2012, se ha aprobado la siguiente resolución: RCS - 254 -2012 RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DE LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES SAN JOSÉ, A LAS 10:15 HORAS DEL 30 DE AGOSTO DE 2012 "ASIGNACION ADICIONAL DE RECURSOS DE NUMERACION ESPECIAL A FAVOR DE CALLMY WAY NY S.A." EXPEDIENTE SUTELEOT,�140:201:11 En relación con la solicitud de asignación adicional de recurso numérico especial, presentada por la CaIIMy Way NY S.A. (en adelante CaIIMy Way NY), cédula de persona jurídica 3 -101- 334658; el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones ha adoptado, en el artículo 4, acuerdo 014 - 051 -2012, de la sesión ordinaria 051 -2012 celebrada el 30 de agosto del 2012, la siguiente resolución: RESULTANDO I. Que mediante el oficio número 54 CMW 2012, recibidos por esta Superintendencia en fecha del 30 de junio del 2012 (Ni: 4249), la empresa CaIIMy Way NY presentó una solicitud para la asignación adicional de numeración especial con el siguiente detalle: Un (1) número 800 a saber 800 - 2663946 (conforme a la solicitud en el oficio 54 CMW 2012). Véanse los folios 462 -471. II. Que mediante oficio N °3466 - SUTEL -DGM -2012 del 27 de agosto de 2012, la Dirección General de Mercados, rindió un informe mediante el cual acredita que en este trámite la empresa CaIIMy Way ha cumplido con los requisitos exigidos tanto en el Plan Nacional de Numeración como también en el procedimiento de asignación de recurso número regulado por la SUTEL en las resoluciones RCS- 590 -2009, RCS- 131 -2010 y RCS- 412 -2010; y emite su recomendación acerca de la solicitud. III. Que se han realizado las diligencias útiles y necesarias para el dictado de la presente resolución. CONSIDERANDO: RCS - 254 -2012 w Q: sud l SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES I. Que conforme al artículo 60 inciso g) de la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, Ley N° 7593, corresponde a la SUTEL controlar y comprobar el uso eficiente de los recursos de numeración. H. Que el artículo 73 inciso j) de la Ley N° 7593 establece que el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones debe de velar porque los recursos escasos se administren de manera eficiente, oportuna, transparente y no discriminatoria, de manera tal que tengan acceso a estos recursos todos los operadores y proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones. III. Que de conformidad con los artículos 3 y 22 del Plan Nacional de Numeración (Decreto Ejecutivo N 035187- MINAET) corresponde a la SUTEL la administración del Plan Nacional de Numeración y su cumplimiento, así como mantener un registro actualizado referente a la asignación del recurso numérico. W. Que mediante resolución número RCS- 590 -2009 de las 15:00 horas del 30 de noviembre del 2009, publicada en el Diario Oficial La Gaceta número 9 el día 14 de enero del 2010, modificada y complementada mediante las resoluciones No RCS- 131 -2010 de las 10:55 horas del 26 de febrero del 2010, el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL) dictó el procedimiento de solicitud de numeración, establecimiento de números especiales, códigos de preselección y el registro de numeración vigente. V. Que para efectos de resolver el presente asunto, se tiene qué el informe rendido por la Dirección General de Mercados mediante oficio 3466 - SUTEL -DGM -2012, sostiene que en este asunto que la empresa CaIIMy Way S.A. ha cumplido con los requisitos exigidos tanto en el Plan Nacional de Numeración como también en el procedimiento de asignación de recurso número regulado por la SUTEL en las resoluciones RCS- 590 -2009, RCS- 131 -2010 y RCS- 412 -2010. El citado informe, que es acogido en su totalidad por este Consejo como parte de la motivación del presente acto administrativo, indica en lo que interesa, lo siguiente: 1) Sobre la solicitud de los números 800- 266 -3946. • En el caso particular, el operador cuenta ya con la asignación numeración 800 para cobro revertido. Por la naturaleza de las solicitudes y del recurso de numeración objeto de éstas, en estos casos no se considera necesario acreditar que el operador ha llegado al 60% del uso de la numeración previamente asignada. Esto en vista de que este tipo de numeración se solicita un número a la vez y no en bloques. Se tiene que las citadas solicitudes se relacionan con peticiones de clientes comerciales que pretenden obtener los servicios de telecomunicaciones correspondientes a cada caso, por parte del CaIIMy Way NY, según lo que consta en el siguiente cuadro: RCS - 254 -2012 Esto permite establecer que se dan las condiciones derivadas del artículo 23 del Plan Nacional de Numeración, en el tanto las solicitudes del operador hacen ver que éste dará un uso planificado al recurso de numeración correspondiente, conforme a un requerimiento previo y en función de una relación comercial en proceso de negociación. Lo anterior sin perjuicio de la supervisión que en cualquier caso puede hacer la SUTEL conforme a sus potestades y deberes, para corroborar el uso debido de los códigos asignados. Al tener ya numeración asignada para los servicios 800 relacionados con el cobro revertido, siendo solo necesario verificar la disponibilidad y el entendimiento indicado en la solicitud por parte del interesado Jorge Antonio Asch Revilla de migrar el número del operador Instituto Costarricense de Electricidad a la empresa CallMyWay NY del número 800- 2663946 solicitado, en el registro de numeración cuyo control está a cargo de la Dirección General de Mercados y que se encuentra actualizado al 24 de agosto 2012 (visible folios 468 al 471). • Efectuada dicha verificación, se tiene que los números 800- 2663946 se encuentran disponibles, por lo que habiéndose acreditado el cumplimiento de los requisitos que el procedimiento de asignación exige, según lo que consta en el primer apartado de este informe, procedería efectuarla asignación de los números anteriormente indicados. IV.- Conclusiones y Recomendaciones: De acuerdo con lo expuesto en los apartados anteriores, se recomienda asignar a favor de la empresa Ca/1114y Way NY S.A. la siguiente numeración, conforme fue solicitado en los oficio 54_CMW 2012 (NI- 4249). Nombre � . 1 Q Q� ` - sute SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES 1 I ¢� Vo 800 Comercial 1-3 Esto permite establecer que se dan las condiciones derivadas del artículo 23 del Plan Nacional de Numeración, en el tanto las solicitudes del operador hacen ver que éste dará un uso planificado al recurso de numeración correspondiente, conforme a un requerimiento previo y en función de una relación comercial en proceso de negociación. Lo anterior sin perjuicio de la supervisión que en cualquier caso puede hacer la SUTEL conforme a sus potestades y deberes, para corroborar el uso debido de los códigos asignados. Al tener ya numeración asignada para los servicios 800 relacionados con el cobro revertido, siendo solo necesario verificar la disponibilidad y el entendimiento indicado en la solicitud por parte del interesado Jorge Antonio Asch Revilla de migrar el número del operador Instituto Costarricense de Electricidad a la empresa CallMyWay NY del número 800- 2663946 solicitado, en el registro de numeración cuyo control está a cargo de la Dirección General de Mercados y que se encuentra actualizado al 24 de agosto 2012 (visible folios 468 al 471). • Efectuada dicha verificación, se tiene que los números 800- 2663946 se encuentran disponibles, por lo que habiéndose acreditado el cumplimiento de los requisitos que el procedimiento de asignación exige, según lo que consta en el primer apartado de este informe, procedería efectuarla asignación de los números anteriormente indicados. IV.- Conclusiones y Recomendaciones: De acuerdo con lo expuesto en los apartados anteriores, se recomienda asignar a favor de la empresa Ca/1114y Way NY S.A. la siguiente numeración, conforme fue solicitado en los oficio 54_CMW 2012 (NI- 4249). Nombre 800 Comercial 800 800 - CONEXIO Esto permite establecer que se dan las condiciones derivadas del artículo 23 del Plan Nacional de Numeración, en el tanto las solicitudes del operador hacen ver que éste dará un uso planificado al recurso de numeración correspondiente, conforme a un requerimiento previo y en función de una relación comercial en proceso de negociación. Lo anterior sin perjuicio de la supervisión que en cualquier caso puede hacer la SUTEL conforme a sus potestades y deberes, para corroborar el uso debido de los códigos asignados. Al tener ya numeración asignada para los servicios 800 relacionados con el cobro revertido, siendo solo necesario verificar la disponibilidad y el entendimiento indicado en la solicitud por parte del interesado Jorge Antonio Asch Revilla de migrar el número del operador Instituto Costarricense de Electricidad a la empresa CallMyWay NY del número 800- 2663946 solicitado, en el registro de numeración cuyo control está a cargo de la Dirección General de Mercados y que se encuentra actualizado al 24 de agosto 2012 (visible folios 468 al 471). • Efectuada dicha verificación, se tiene que los números 800- 2663946 se encuentran disponibles, por lo que habiéndose acreditado el cumplimiento de los requisitos que el procedimiento de asignación exige, según lo que consta en el primer apartado de este informe, procedería efectuarla asignación de los números anteriormente indicados. IV.- Conclusiones y Recomendaciones: De acuerdo con lo expuesto en los apartados anteriores, se recomienda asignar a favor de la empresa Ca/1114y Way NY S.A. la siguiente numeración, conforme fue solicitado en los oficio 54_CMW 2012 (NI- 4249). VI. Que la SUTEL debe satisfacer las necesidades actuales y potenciales de nuevos operadores de servicios de telecomunicaciones, asegurando la máxima disponibilidad del recurso numérico, para lo cual debe de garantizar la equidad y la transparencia de los procedimientos de asignación de numeración y ampliación de la numeración asignada RCS -254 -2012 R Registro Operador o 800 Comercial Nombre Comercial Cobro revertido automático proveedor de itos ( 7 di 9� 1 Numeración Servicios 800 2663946 4000 -4211 800- CONEXIO Cobro revertido automático CaIIMy Woy NY VI. Que la SUTEL debe satisfacer las necesidades actuales y potenciales de nuevos operadores de servicios de telecomunicaciones, asegurando la máxima disponibilidad del recurso numérico, para lo cual debe de garantizar la equidad y la transparencia de los procedimientos de asignación de numeración y ampliación de la numeración asignada RCS -254 -2012 � , I ( I Q� sute¡ � � SUPERINTENDENCIA DE � TELECOMUNICACIONES previamente, tanto para redes de telefonía básica tradicional, telefonía móvil y telefonía por voz IP. VII. Que de conformidad con los resultandos y considerandos que preceden, de acuerdo al mérito de los autos, lo procedente es asignar el recurso de numeración al CaIIMy Way S.A., acogiendo al efecto la recomendación efectuada por la Dirección General de Mercados de esta SUTEL. POR TANTO Con fundamento en las competencias otorgadas por la Ley General de Telecomunicaciones, Ley N° 8642, la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, Ley N° 7593, la Ley General de Administración Pública, Ley N° 6227, y el Plan Nacional de Numeración (Decreto Ejecutivo N °35187- MINAET). EL CONSEJO DE LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES RESUELVE: Asignar al CALLMY WAY NY, S.A. cédula de persona jurídica 3- 101- 334658, la siguiente numeración: H. Notificar esta resolución a todos los operadores de sistemas de telefonía convencional y telefonía IP, que cuenten a la fecha con contratos de acceso e interconexión con el INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD. Para estos efectos, se adjunta lista de contactos. W. Apercibir al CALL MY WAY NY S. A que debe asegurar y garantizar que dicha numeración no será otorgada a terceros operadores o proveedores, para la explotación de servicios de telecomunicaciones disponibles al público. W. Apercibir al CALL MY WAY NY S. A, que de acuerdo a lo establecido en el articulo 23 del Plan Nacional de Numeración, respecto al monitoreo y auditoría de la numeración, deberá entregar un reporte semestral de la utilización de todos los códigos numéricos asignados. V. Asimismo, apercibir a CALL MY WAY NY S. A que para todos los recursos de numeración que le han sido asignados, deberá respetar el derecho de los usuarios a portar su número sí estos deciden cambiar de operador o proveedor de servicios; todo conforme con el Régimen de Protección a la Intimidad y Derechos del Usuario Final de la Ley N° 8642 Ley General de Telecomunicaciones, artículo 45, inciso 17, y a lo establecido en el artículo 29 del Reglamento sobre el Régimen de Protección al Usuario Final de los Servicios de Telecomunicaciones. Por lo tanto, el CALL MY WAY NY S. A deberá habilitar sus redes para permitir la portabilidad de acuerdo a lo definido en la resolución RCS- 090 -2011 publicada en la Gaceta N° 95 el 18 de mayo del 2011. RCS - 254 -2012 # Operador o 800 Comercial # Registro Nombre Comercial Cobro revertido automático proveedor de (7 digitos) Numeración Servicios 800 2663946 4000 -4211 800- CONEXIO Cobro revertido automático CaIIMy Way NY H. Notificar esta resolución a todos los operadores de sistemas de telefonía convencional y telefonía IP, que cuenten a la fecha con contratos de acceso e interconexión con el INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD. Para estos efectos, se adjunta lista de contactos. W. Apercibir al CALL MY WAY NY S. A que debe asegurar y garantizar que dicha numeración no será otorgada a terceros operadores o proveedores, para la explotación de servicios de telecomunicaciones disponibles al público. W. Apercibir al CALL MY WAY NY S. A, que de acuerdo a lo establecido en el articulo 23 del Plan Nacional de Numeración, respecto al monitoreo y auditoría de la numeración, deberá entregar un reporte semestral de la utilización de todos los códigos numéricos asignados. V. Asimismo, apercibir a CALL MY WAY NY S. A que para todos los recursos de numeración que le han sido asignados, deberá respetar el derecho de los usuarios a portar su número sí estos deciden cambiar de operador o proveedor de servicios; todo conforme con el Régimen de Protección a la Intimidad y Derechos del Usuario Final de la Ley N° 8642 Ley General de Telecomunicaciones, artículo 45, inciso 17, y a lo establecido en el artículo 29 del Reglamento sobre el Régimen de Protección al Usuario Final de los Servicios de Telecomunicaciones. Por lo tanto, el CALL MY WAY NY S. A deberá habilitar sus redes para permitir la portabilidad de acuerdo a lo definido en la resolución RCS- 090 -2011 publicada en la Gaceta N° 95 el 18 de mayo del 2011. RCS - 254 -2012 0 , I , I � I Q� sute¡ I SUPERINTENDENCIA DE � � - TELECOMUNICACIONES VI. Apercibir al CALL MY WAY NY S. A que de conformidad con el artículo 74 de la Ley General de Telecomunicaciones, ley 8642, y las condiciones y términos de su título habilitante, es obligación de los operadores y proveedores de servicios, permitir a sus clientes el acceso al sistema de emergencias. VII. Advertir que de conformidad con el artículo 23 del Plan Nacional de Numeración, la SUTEL podrá llevar a cabo actividades de supervisión sobre la utilización de los recursos numéricos asignados a CALL MY WAY NY S. A. con el objetivo de verificar la interoperabilidad de toda la numeración asignada por la SUTEL y así evitar y verificar la retención de códigos numéricos sin uso realmente planificado o requerido. VIII. De conformidad con el acuerdo 010 - 035 -2012, de la sesión 035 -2012 del 6 de junio del 2012, de comprobarse el incumplimiento de las disposiciones adoptadas por el Consejo de la SUTEL, se procederá a valorar la recuperación del recurso numérico y/o la aplicación de la sanción correspondiente de conformidad con el artículo 67 de la Ley General de Telecomunicaciones, Ley No.8642. IX. Inscribir la presente asignación de recurso numérico a favor del CALL MY WAY NY S. A, en el Registro Nacional de Telecomunicaciones, el cual debe estar disponible en la página electrónica de la SUTEL, según artículo 80 de la Ley General de Telecomunicaciones y punto XVI de la resolución No RCS- 590 -2010. En cumplimiento de lo que ordena el artículo 345 y el artículo 346 de la Ley General de la Administración Pública, se indica que contra esta resolución cabe el recurso ordinario de revocatoria o reposición ante el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, a quien corresponde resolverlo, y deberá interponerse en el plazo de 3 días hábiles, contadas a partir del día siguiente a la notificación de la presente resolución. ACUERDO FIRME. NOTIFIQUESE E INSCRIBASE EN EL REGISTRO NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES. El presente acto de comunicación adicionalmente certifica que la anterior resolución, se encuentra aprobada mediante acuerdo firme, y se expide al amparo de lo previsto en el artículo 65, párrafo 2 de la Ley General de la Administración Pública, y en inciso 9) del citado artículo 22 del Reglamento interno de organización y funciones de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos y sus órganos desconcentrados, con posterioridad a la aprobación del Acta de la sesión correspondiente. Atentamente, CONSEJO DE LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES Luis Al erto Al Consejo RCS - 254 -2012 � sute¡ � SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES � CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN Se notifica a la empresa CaIIMyWay NY,S.A, a través del Sr. Ignacio Prada Prada, Presidente CaIIMyWay NY, S.A. en el correo electrónico iprada @callmyway.com o al Fax 2234 -1846 a las horas del de septiembre de 2012. NOTIFICADOR (A) RCS - 254 -2012 03/09/12 � SlJte{ Correo de SuteI -RE SOLUCIbN RCS- 254 -2012 RESOLUCIÓN RCS - 254 -2012 Gabriela Miranda Robinson <gabriela.miranda @sutel.go.cr> Para: jprada @callmyway.com Buenas tardes. Adjunto para lo que corresponda la resolución RCS -254 -2012. Sal udos mrdi al es Gabdela Miranda Robinson v sutel T +506 -4000 -0011 F+ 506 - 2215 -0821 gabs a Ia.mi rand a @site I,go.cr 800-88-sute 1 (800-88-7-8835 �.sutel.go,cr Forwarded message From: <scanner @sutel.go.cr> Date: 2012/9/3 Subject: To: Gabriela Miranda <gabdela.miranda @ sutel.go.cr> This E -mail was sent from "RICOH001" (Alicio MP C4000). Scan Date: 09.03.2012 14:48:25 ( -0400) Queries to: scanner @sutel.go.cr � 20120903144825688.pdf 385K 3 de septiembre de 2012 15:00 � I � I I I � � � https. / /mail. 9oogle.com/ mail/ ca/? ui= 2&ik= 49cfaOb334&Aew= pt&search= sent &th= 1398def7acb677f7 1/1 03109/12 Correo de Sute¡- RESOLUCIÓN RCS- 254 -2012 ,p a� RESOLUCIÓN RCS - 254 -2012 Oz Gabriela Miranda Robinson <gabdela.miranda @sutel.go.cr> Para: jprada @callmyway.com Buenas tardes. Adjunto para lo que corresponda la resolución RCS -254 -2012. Saludos cordiales Gabdela Miranda Robinson sutel �--, ---� � T+506 -4000-0011 F+ 506 -2215-6821 gabriela.miranda@atel.go.cr 800-88-st te I (800-8 8-7-8835 www.sutel.go.cr Forwarded message From: < scanner @sutel.go.cr> Date: 2012/9/3 Subject: To: Gabriela Miranda <gabdela.miranda @ sutel.go.cr> This E -mail was sent from "RICOH001" (Alicio MP C4000). Scan Date: 09.03.2012 14:48:25 ( -0400) Queries to: scanner @sutel.go.cr � 20120903144825688.pdf� 385K 3 de septiembre de 2012 15:00 https ,.// mail. google. com /maii /ca / ?Ui= 2 &ik= 49cfaOb334 &view =pt& search= sent8tth= 1398def7acb677f7 1/1 Informe del resultado de la comunlcaclón ( Sep. 1 2012 2:57PM { z) I Fecha /Hora: Sep. 3. 2012 2:49PM e� Carp Pág. N°- Modo Destino P g, Result No env. 0897 TX en mernoria 22341846 P. 5 ---- - - - - -- ---------------- - - - - -- Causa del Error E. 1)Col Raron o fallo línea E. 2)Ccmuni Da E. 3)No .testa E. 4) N. es un fax. E. 5) S. tamaña m3.. del e —mall (� sutel El suscda. Seaamb del Canejo do la SNpalnWnE4rab E4 TebcamwleaMnes, c elemHo de lal oaapeleada5 We le a0lbula el Incmo e) de¡ aGoBo NJ de la Lay Geneml de . Adminisllndón Piüllca Icy 0222, y d indro 101 del mllmlo 22 dd ReglamenW InWrnO tle 0r0ani4ad5n y Pundonea de Iu Aublidatl RaOUlndw da üa Sam:dae PobOcae y mo órganoo daaceneafM1ndoe, me pamub Coamalenda In1 que en 5em0n UYMAit Nd. 0542012 dtl Coneejo de la SupedlMndemAo de Tdecamunkadol'ee, celehrada el tlIn 00 de eOVW del 2012, metlienb ocaaNO 014.0562012, ea Fe apmhado la dpuicnl0lcroü.dón: RCS-2862012 . RESOLUCION DEL CONSEJO DE LA SIIPERMENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES SAN JOSÉ, A LA810:15 HORAS DEL ib DE AO09Y0 DE 2012 "ASIGNACION ADICIONAL DE RECURSOS DE NUMERACION ESPECIAL A FAVOR OE CALLMY ' WAY NYS.A• EYPEDIENTE SUiEI-3T-1<0-ID11 En Itledón con la saldWC de a90mtlón adlcbnal ee lewen numMUa eepae.l, prenenWda por Ia CaaMy Way NY 6 0. (nn aEe.de CeIIMy Way NY). 9du1a da pvaona jvldka 3401- 3N850; el CamwM de la SquuiMelldenda de Telecunugcadanoe Na anoplado, en el adlaW 4, acueNO 014.051-2012, d0 W w.Id. wtllno.. 0513(112 celeUada M 3D de aroero da 2012, laelgiiaMe Wsoluclón: RESULTANDO I. Due ...dardo d viltla nWnrtO 54 CMW 2012, rxibtl0a par eNa Sap(alleMnncb en IecM Ud 30 dc lunn tlal 2012 (NI: 4240), la etrylna CdIMy Way Ny pmaenld u.0 e IIC8u8paab.aelUnedMedEOreldenumelacións.Uolwnd5i&ia.bdelnlb:Un(1) n5mem 000 a aebar 800 2683518 (codanno a Ia wecMk en el a40b 54CMW 20121 vécrx los N11m 482-171. 11. Due mefienW ardo N°3406SUTELDGM-2012 de¡ 71 de aOaMa de 2012, la namcclón Gweml de MeleWOa, Yndld ul Informe natllsnle 9 Wal evada. qua en e.vb 114NIn I} emp.oa CaIIMy Wny ha vinp:ido con Ioe requNllm ~des Unto en el PIw1 Nadonel de Numer.cWn mmOlamrcén en el p~ienb do a9gnadón de rewrsp n4n n reguledo par la SUTEL en Iaa resoluden¢a RUS 590-2002. RCS-1312010 y RCSJ123010; y emlW eu .ecvmgNaAY. aKrca de b sgLaNa, 10. olw se han mdmeao We difpaldaa u1Jea y nemsanaa para el aaam de la phaanle reeoWd5n. CONSIOERANOO: RC03843pi2 A I I � I I sute¡ SUPERINTENDENCIA DE � TELECOMUNICACIONES � -n- El suscrito, Secretario del Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, en ejercicio de las competencias que le atribuye el inciso b) del artículo 50 de la Ley General de la Administración Pública, ley 6227, y el inciso 10) del artículo 22 del Reglamento Interno de Organización y Funciones de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos y sus órganos desconcentrados, me permito comunicarle (s) que en Sesión Ordinaria No. 051 -2012 del C, —e¡o de la Superintendencia de Telecomunicaciones, celebrada el día 30 de agosto del 2012, me - tlerdo 014 - 051 -2012, se ha aprobado la siguiente resolución: RCS - 254 -2012 RESOLUCIÓN DEL CONSE SUPERINTENDENCIA DE TELEC v ' SAN JOSÉ, A LAS 10:15 HORAS DEL 3u "ASIGNACION ADICIONAL DE RECURSOS DE NUMERACION L, ✓OR DE CALLMY WAY NY S.A." EXPEDIENTE SUTEL -OT- 140 -2011 En relación con la solicitud de asignación adicional de recurso numérico especial, presentada por la CaIIMy Way NY S.A. (en adelante CaIIMy Way NY), cédula de persona jurídica 3- 101 - 334658; el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones ha adoptado, en el artículo 4, acuerdo 014 -051- 2012, de la sesión ordinaria 051 -2012 celebrada el 30 de agosto del 2012, la siguiente resolución: POR TANTO Con fundamento en las competencias otorgadas por la Ley General de Telecomunicaciones, Ley N° 8642, la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, Ley N° 7593, la Ley General de Administración Pública, Ley N° 6227, y el Plan Nacional de Numeración (Decreto Ejecutivo N035187- MINAET). EL CONSEJO DE LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES RESUELVE: Asignar al CALLMY WAY NY, S.A. cédula de persona jurídica 3- 101 - 334658, la siguiente numeración: RCS - 254 -2012 # #Registro Operador o 800 Comercial Numeración Nombre Comercial Cobro revertido automático proveedor de (7 digitos) Servicios 800 2663946 1 4000 -4211 800- CONEXIO Cobro revertido automático CaIIMy Way NY RCS - 254 -2012 sute¡ �SUPERINTENDENCIA DE , TELECOMUNICACIONES Notificar esta resolución a todos los operadores de sistemas de telefonía convencional y telefonía IP, que cuenten a la fecha con contratos de acceso e interconexión con el INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD. Para estos efectos, se adjunta lista de contactos. III. Apercibir al CALL MY WAY NY S. A que debe asegurar y garantizar que dicha numeración no será otorgada a terceros operadores o proveedores, para la explotación de servicios de telecomunicaciones disponibles al público. IV. Apercibir al CALL MY WAY NY S. A, que de acuerdo a lo establecido en el artículo 23 del Plan Nacional de Numeración, respecto al monitoreo y auditoría de la numeración, deberá entregar un reporte semestral de la utilización de todos los códigos numéricos asignados. V. Asimismo, apercibir a CALL MY WAY NY S. A que para todos los recursos de numeración que le han sido asignados, deberá respetar el derecho de los usuarios a portar su número si estos deciden cambiar de operador o proveedor de servicios; todo conforme con el Régimen de Protección a la Intimidad y Derechos del Usuario Final de la Ley N° 8642 Ley General de Telecomunicaciones, artículo 45, inciso 17, y a lo establecido en el artículo 29 del Reglamento sobre el Régimen de Protección al Usuario Final de los Servicios de Telecomunicaciones. Por lo tanto, el CALL MY WAY NY S. A deberá habilitar sus redes para permitir la portabilidad de acuerdo a lo definido en la resolución RCS- 090 -2011 publicada en la Gaceta N° 95 el 18 de mayo del 2011. VI.Apercibir al CALL MY WAY NY S. A que de conformidad con el artículo 74 de la Ley General de Telecomunicaciones, ley 8642, y las condiciones y términos de su título habilitante, es obligación de los operadores y proveedores de servicios, permitir a sus clientes el acceso al sistema de emergencias. VII. Advertir que de conformidad con el artículo 23 del Plan Nacional de Numeración, la SUTEL podrá llevar a cabo actividades de supervisión sobre la utilización de los recursos numéricos asignados a CALL MY WAY NY S. A. con el objetivo de verificar la interoperabilidad de toda la numeración asignada por la SUTEL y así evitar y verificar la retención de códigos numéricos sin uso realmente planificado o requerido. VIII. De conformidad con el acuerdo 010 - 035 -2012, de la sesión 035 -2012 del 6 de junio del 2012, de comprobarse el incumplimiento de las disposiciones adoptadas por el Consejo de la SUTEL, se procederá a valorar la recuperación del recurso numérico y/o la aplicación de la sanción correspondiente de conformidad con el artículo 67 de la Ley General de Telecomunicaciones, Ley No.8642. IX. Inscribir la presente asignación de recurso numérico a favor del CALL MY WAY NY S. A, en el Registro Nacional de Telecomunicaciones, el cual debe estar disponible en la página electrónica de la SUTEL, según artículo 80 de la Ley General de Telecomunicaciones y punto XVI de la resolución No RCS- 590 -2010. En cumplimiento de lo que ordena el artículo 345 y el artículo 346 de la Ley General de la Administración Pública, se indica que contra esta resolución cabe el recurso ordinario de revocatoria o reposición ante el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, a quien RCS - 254 -2012 � , t I í t.nr+ � � O � I � sute¡ ' SUPERINTENDENCIA DE � f . TELECOMUNICACIONES � �a corresponde resolverlo, y deberá interponerse en el plazo de 3 días hábiles, contadas a partir del día siguiente a la notificación de la presente resolución. ACUERDO FIRME. NOTIFIQUESE E INSCRIBASE EN EL REGISTRO NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES. El presente acto de comunicación adicionalmente certifica que la anterior resolución, se encuentra aprobada mediante acuerdo firme, y se expide al amparo de lo previsto en el artículo 65, párrafo 2 de la Ley General de la Administración Pública, y en inciso 9) del citado artículo 22 del Reglamento interno de organización y funciones de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos y sus órganos descon centrados, con posterioridad a la aprobación del Acta de la sesión correspondiente. Atentamente, CONSEJO DE LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES Luis Alberto ado Cascante ecretarlo del Consejo RCS - 254 -2012 Anexo 1 Lista de operadores de telefonía autorizados. á � r sute¡ José Luis Eletricidad Navarra INavarro @ice.go.cr \ . � TELECOMUNICACIONES � INTERTEL WORLDWIDE, S.A. Guardia Tinoco .� � Anexo 1 Lista de operadores de telefonía autorizados. RCS - 254 -2012 Instituto Costarricense de José Luis Eletricidad Navarra INavarro @ice.go.cr Federico INTERTEL WORLDWIDE, S.A. Guardia Tinoco federicoguardia@intertelworldwide.com g @intertelworldwide . com R &H INTERNATIONAL Nissim Hugnu nhugnu @rhitcr.com TELECOM SERVICES, S.A. Degauquier TELECOMUNICACIONES INTEGRALES DE COSTA RICA, Jorge ón Barrios BarTrios TICOM S.A. jantillon @ticom.co.cr TELEVISORA DE COSTA RICA, Román Fallas S.A. (TUVO) Cordero r.fallas @teletica.com /FAX: 2231 -6258 Jan Magnin y MULTICOM, S.A. Mauricio FAX (506) 2520 -1406 Magnin E -DIAY S.A. Luis as FAX(506) 2234 -3004, EMAIL:Izuniga @ediay.cr Salas AMERICAN DATA Arturo Saénz NETWORKS, S.A. Soto FAX (506) 4050 -5050, amelendez @data.cr, mcampos @data.cr Sebastian Haedo- Apoderado VIRTUALES S.A.(FULLMÓVIL) Generalísimo: manfred. cerdas @fullmovil.cr /FAX: 2201 -5963 Alberto Davison, Gerente General AMNET Juan Manuel FAX (506) 2203 -1337; EMAIL: notificaciones @cr.amnetcorp.com Mara Guardia TELEFÓNICA DE COSTA RICA Mario Salvador TC, S. A Torres; notificacioneslegal .cr @telefonica.com /FAX 25829771 CLARO CR Victor Manuel FAX =( 506)2290- 7221/2290- 7226/25827575 / TELECOMUNICACIONES, S. A García Talavera victor.garcia @claro.com.ni Interphone, S.A. José Guillermo Ampiée Vigil info @interphoneline.com /FAX: 2232 -7552 TELECABLE Gerardo Chacón Gerardo Chacon gchacon @telecablecr.com y al FAX 2219 -0607 I RCS - 254 -2012 03109/12 Correo de Sute¡ -POR TANTO RESOLUCIÓN RC5- 254 -2012 d sute¡ da , POR TANTO RESOLUCIÓN RCS- 254 -2012 Gabriela Miranda Robinson <gabdela.miranda @ sutel.go.cr> 3 de septiembre de 2012 15:22 Para: jnavarro @ice.go.cr, fededcoguardia @intertelwodd.com, nhugnu @rhitcr.com, Jorge Antillon <jantillon @ticom.co.cr>, Roman Fallas <r.fallas @teletica.com >, Izuniga @ediay.cr, amelendez @data.cr, mcampos @data.cr, manfred.cerdas @fullmodl.cr, notificacioneslegalcr @telefonica.com. "victor.garcia" <victor.garcia @clam.com.ni >, info @interphoneline.com, gchacon @telecablecr.com Saludosoordlales Gabriela Miranda Robimmt z� sutel T+506 4000-0011 �t 506 -2215£821 abn e I a.m ¡2nda@sutel.go.0 800-88salel (800-88-7-8835 wviw.sitel.go.cr — Forwarded message — From: < scanner @sutel.go.cr> Date: 2012/9/3 Subject: To: Gabriela Miranda <gabdela.miranda @ sutel.go.cr> This E -mail was sent from "RIC01-1001" (Aficio MP C4000). Scan Date: 09.03.2012 15:17:26 ( -0400) Queries to: scanner @sulel.go.cr r� 20120903151726711.pdf 191K postmaster @telefonica.com <postmaster @telefonica.com> 3 de septiembre de 2012 15:21 Para: gabdela.miranda @ sutel.go.cr Delivery has failed to these recipients or groups: notificacioneslegalcr@telefbnica.com The e-mail address you entered couldn't be found. Please check the recipient's e-mail address and try to resend the message. If the problem continues, please contact your helpdesk. Diagnostic information for administrators: Generating server: telefonica.com https: / /mail.google. com /maillc Pui= 2 &ik= 49cfaDb334& view =pt& search = sent &th= 1398e02fa4abb7lf 1/3 03109112 Correo de Sute¡ - POR TANTO RESOLUCIÓN RCS -254 -2012 notiftcacioneslegalcr @telefonica.com #550 5.1.1 RESOLVER.ADR.RecipNotFound; not found # #rfc822; notificacioneslegalcr @telefonica.com Original message headers: Received: from smtptgtar4.telefonica.c0m (10.167.193.62) by SMTPDID. LATAM. TELEFUNICA. CORP (10.167 .17 .2D 3} with Microsoft SMTP Server íd 14.1.355.2; Mon, 3 Sep 2012 18:21:04 -0300 Received: from smtptgtar4.telefonica.ccm (unknown [121.0.0.1]) by IMSVA (Postfix) with ESMTP id 06EB3160052 for cnotificacioneslegalcr @telefonica.com>; Mon, 3 Sep 2012 18:22:09 -0300 (ART) Received: from na3sys010aog112.obsmtp.com (unknown [74.125.245.921) by smtptgtar4.telefonica.com (Postfix{ with ESMTP id OBID0160074 for < notificacioneslegalcr @telefonica.com>; Mon, 3 Sep 2012 18:22:05 -0300 (ART) Received: from mail- pb0- f42.google.com ([209.85.160.42]) (using TLSvl) by na3sys0I0aob112.postini,com ([74.125.244.12]) with SMTP TD DSNKUEUffGC+ nC/ NMn +xoaDEBXOaohEp39iO @postini.com; Mon, 03 Sep 2012 14:22:06 PDT Received: by pbbrp8 with SMTP id rp85o8346317pbb.29 for < notificacioneslegalcr @telefonica.com>; Mon, 03 Sep 2012 14:22:03 -0700 (PDT) X- Google- DKIM-Signature: v =1; a= rsa- sha256; c= relaxed /relaxed; d= google.com; s= 20120113; h= mime- version:date: message- id:subject:from:to:content -type :x -gm- message - state; bh= 60LprTV/ S607TdEHírm7o2Zys6Hhu4r4 72OF21ZpsSI =; b= M7b1ARVSAXBhvW7/ D43JQgz1PQ/ bFYHaVY2Ue41KGAwp /7BbAWbozanuhCxyulZZvY _ C8jyN/ 9VIGiEjgdbzkbXBqu/ 9cwkC+ SPKoepMcy4Pa +hlNgym /KZrkMIHrzP9NtyCTSx rPb3t/ cAdcMlu9uswF6HL9ABAJEnnGahDOcir4NJOAB +kkVRObLZd7.BKBggWXgzlkZLk beRkKM47MqutpvZgI /4mnB +gWfv4Y5DQgVp8j Fg8gLkn6fRys6raplrYkoDkGi7InOF1 nLdcdJ3RgxzzvdAaF,dOZeNdFvgzyurxse4w9b ?io8Uvb%bpukLSmgSfU3oMehDBvoZDn hHtw == MIME - Version: 1.0 Received: by 10.68.236.200 with SMTP id uw8mr40764l4Opbc .94.1346707323665; Mon, 03 Sep 2012 14:22:03 -0700 (PDT) Received: by 10.68.39.228 with HTTP; Mon, 3 Sep 2012 14:22:03 -0700 (PDT1 Date: Mon, 3 Sep 2012 15:22:03 -0600 Message -ID: <CAH3Uac +85f F77vJeaRDLMn9RDrmMac_ H- HiK -5YHvrj3UnNQw @mail.gmail.com> Subject: = ?ISO- 8859- 1? Q? P0R_ TANTO_ RESOLUCI= D3N_RCS= 2D254= 2D2012 ?= From: Gabriela Miranda Robinson < gabriela.miranda@sutel.go.cr> To: <jnavarro @ice.go.cr >, <f edericoguardia @intertelworld.com>, <nhugnu @rhitcr.com>, Jorge Antillon <jantillon @ticom.co.cr >, Roman Fallas <r.fallas @teletica.com>, <lzuniga @ediay.cr>, <amelendez @data.cr>, <mcampos @data.cr >, <manfred.cerdas @fullmovil.cr>, < notificacioneslegalcr @telefonica.com >, victor.garcía <victor.garcia @claro.com.ni>, <info@interphoneline.com>, <gchacon@telecablecr.com> Content -Type: multipart /mixed; boundary= "047dlb33d12ea4bf4504c8d2bbf0" X -Gm- Message- State: ALOCoQ1YhUOWT174WWXf hH/ ZECSHlEwyldGeV+ BuK+ VD9e8Aaljn92XoslzJmUSggGKMUycmrqSv X- TM -AS- Product -Ver. IMSVA- 6.2.0.1391- 6.8.0.1017- 19160.002 X- TM- AS- Result: No -- 24.946- 4.5 -31 -10 : -imss- scan - details: No - -24, 946- 4.5- 31- 10;No - -24. 946- 5.0- 31- IO;No -- 24.946-7.0 -31 -10 X-TM-AS-User-Approved-Sender: No;NO;No X-TMASE-VersioO: IMSVA-8.2.0.1391-6.8.1017-19160.002 X-TMASE-Result: 10--24.945800-5.000000 X-TMASE-MatchedRID: 9L/nRQCOj8k0uBY41QkXu0+IO+RgKdN8ZJ4tUEBOFdwkt9BigJAcVgRw YAM+Z+g1SxCYoxrC8COsaL7CHRECKR/yubtiMTIS4jRkIImnXONHnUwOrKeHj6vM+2z1/BST7KB BZ2QBUywL/rn9cjOlgVovg7CuwgPKzc/sg6o0g8xmNCKOCsW/Omv34qCfzeB4o55KfxwJSiz+Y8 ++26SLseLzNWBegCW2DFuFwhrWhlQdFwhcbRvogPrCsD/XX9gRa0xzv+31B1NJVW6USpskuhEK+ kazaxoyURBfLE2arizSjKYmWkawoiARAopEd76v+QZn2aYW1AdDOHWq/os2057uEschUgU5diBf In4UxMYvo2pUhPGGXA== Return-Path: gabriela.miranda@sutel.go.cr Original- Recipient: rfc822; notificacioneslegalcr @telefonica.com Final- Recipient: rfc822: notificacioneslegalcr @telefonica.com Actiom failed Status: 5.1.1 Diagnostic -Code: smtp;550 5.1.1 RESOLVER.ADR.RecipNotFound; not found Mensaje reemiado ----- https:// mail.google.com /maillca/?ui= 2 &ik= 49cfaOb334 &view =pt& search = sent &th =1398eO2fa4abb71f 2/3 03/09/12 Correo de Su -POR TANTO RESOLUCIÓN RCS- 254 -2012 From: Gabriela Miranda Robinson <gabdela.miranda @sutel.go.cr> To: <jnamrro@ice.go.cr>, < fede6coguardia @intertelwodd.com >, <nhugnu @rhitcr.com >, Jorge Antillon <jantillon @ticom.co.cr>, Roman Fallas <r.fallas @teletica.com >, <Izuniga @ediay.cr>, <amelendez @data.cr>, <mcampos @data.cr>, <manfred.cerdas @fullmovil.cr>, < notificacioneslegalcr @telefonica.com >, victor.gamia <�ictor.garcia @claro.com.ni >, <info @interphoneline.com >, <gc hacon @tel ecablec r. com> Cc: Dale: Mon, 3 Sep 2012 15:22:03 -0600 Subject: POR TANTO RESOLUC16N RCS -254 -2012 Saludos wrcliales Gabdela Miranda Robinion sutel T.506 .4000-0011 F+ 506 -2215ó821 gabri el a.mi renda@si tel.go.or 800ó8+vlel (800ó8-7ó835 www.snel.go.cr — Forwarded message — From: <scanner @sutel.go.cr> Date: 2012/913 Subject: To: Gabriela Miranda <gabriela.miranda @sutel.go.cn This E -mail was sent from "RIC01-1001" (Aficio MP C4000). Scan Date: 09.03.2012 15:17:26 ( -0400) Queries to: scanner @sutel.go.cr 4S 20120903151726711.ptlf 191K https: /(mail.google.com /mail /ca!?u i= 2 &Ik= 49cta0b334& view =pt& search = sent &th = 1398e02fa4abb71f 313 06109112 1 Correo de Sute¡ -SO LICrrUOPUBLICACIÓN RNT -RCS- 254 -2012 � I J suteI - I SOLICITUD PUBLICACIÓN RNT - RCS- 254 -2012 Gabriela Miranda Robinson <gabdela.miranda @sutel.go.cr> 6 de septiembre de 2012 10:56 Para: Alexander Herrera Céspedes <alexander.herrera @sutel.go.cr> Buenos días. Adjunto para lo que corresponda la resolución RCS -254 -2012. Saludos cordiales Gabriela Miranda Robinson sutel T +506 -4000 -0011 F+ 506 - 2215-6821 gabd ela.rni randa @sutel.go.cr 800.88 sutel(800 -88- 7-8835 v✓ww.sitel.go.cr Forwarded message From: <scanner @sutel.go.cr> Date: 2012/9/6 Subject: To: Gabriela Miranda <gabriela.miranda @sutel.go.cr> This E -mail was sent from "RIC01-1001" (Añcio MP C4000). Scan Date: 09.06.2012 10:54:31 ( -0400) Queries to: scanner @sutel.go.cr 19 20120906105431166.pdf 386K https: // mail. google .com /maiVca /?ui= 2&ik- 49cfaOb334 &New= pt&seamh= sent &th= 1399c &2dcbS5ae76 1/1