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IniciarMi WebLinkAcerca de05298-SUTEL-SCS-2014 - Resolución de Ampliación de Números Especialestl TELE ODUNMACiGNES 13 QB 5298-SUTEL-SCS-2014 EI suscrito, Secretario del Consejo de la Superintendencia de Telecom unicaciones, en ejercicio de las competencias que le atribuye el inciso b) del articulo 50 de la Ley General de la Administraci6n Publica, ley 6227, y el articulo 35 del Reglamento interno de organizaci6n y funciones de la Autoridad Reguladora de los Servicios Publicos y su organo desconcentrado, me permito comunicarle(s) que en sesi6n ordinaria No 046-2014, celebrada el 13 de agosto del 2014, mediante acuerdo 036-046-2014, de las 15:00 horas, el Consejo de la Superintendencia de Telecom unicaciones aprob6 por unanimidad, la siguiente resoluci6n: RCS -196-2014 "ASIGNACION ADICIONAL DE RECURSO DE NUMERACION ESPECIAL SERVICIO 800's A FAVOR DE LA EMPRESA CALLMYWAY NY, S.A." EXPEDIENTE NUM -OT -00140-2011 RESULTANDO Que mediante oficio 118_CMW_2014 (NI -6225-2014), recibido el 22 de julio del 2014, la empresa CaIIMyWay NY, S.A. present6 la siguiente solicitud de asignacion adicional de numeraci6n especial: un (1) numero para el servicio 800, a saber: 800-1111121 para la empresa Amerikalink de Mexico S.A. de CV cedula de persona juridica AME1 001 139F6., radicada en Tijuana, Mexico. 2. Que mediante oficio N04895-SUTEL-DGM-2014 de fecha 31 de julio del 2014, la Direcci6n General de Mercados rindi6 informe en el cual acredita que en este tramite la empresa CaIIMyWay NY, S.A. ha cumplido con los requisitos exigidos tanto en el Plan Nacional de Numeraci6n como tambien en el procedimiento de asignaci6n de recurso numerico regulado por la SUTEL en las resoluciones RCS - 590 -2009, RCS -131-2010, RCS -412-2010 y RCS -239-2013; y emite su recomendaci6n acerca de dicha solicitud. 3. Que se han realizado las diligencias utiles y necesarias para el dictado de la presente resoluci6n. CONSIDERANDO: �y l I. Que conforme al articulo 60 inciso g) de la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Publicos, Ley No 7593, le corresponde a la SUTEL controlar y comprobar el use eficiente de los recursos de numeracion. H. Que el articulo 73 inciso j) de la Ley N° 7593 establece que el Consejo de la Superintendencia de Telecom unicaciones debe de velar porque los recursos escasos se administren de manera eficiente, oportuna, transparente y no discriminatoria, de manera tal que tengan acceso a estos recursos todos los operadores y proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones. III. Que de conformidad con los articulos 3 y 22 del Plan Nacional de Numeracion (Decreto Ejecutivo N035187-MINAET) corresponde a la SUTEL la administraci6n del Plan Nacional de Numeracion y su cumplimiento, asi como mantener un registro actualizado referente a la asignacion del recurso numerico. IV. Que mediante resoluci6n numero RCS -590-2009 de las 15:00 horas del 30 de noviembre del 2009, publicada en el Diario Oficial La Gaceta numero 9 el dia 14 de enero del 2010, modificada y complementada mediante las resoluciones RCS -131-2010, RCS -412-2010 y RCS -239-2013, el Consejo de la Superintendencia de Telecom unicaciones (SUTEL) dict6 el procedimiento de solicitud de IN sutel SUPERINTENDENCIA I TELECOMUNICACIONES numeraci6n, establecimiento de numeros especiales, c6digos de preselecci6n y el registro de numeraci6n vigente. V. Que para efectos de resolver el presente asunto, se tiene que el informe rendido por la Direcci6n General de Mercados mediante officio N04895-SUTEL-DGM-2014, indica que en este asunto la empresa CaIIMyWay NY, S.A. ha cumplido con los requisitos exigidos tanto en el Plan Nacional de Numeraci6n, como tambi6n en el procedimiento de asignaci6n de recurso numero regulado por la SUTEL en las resoluciones RCS -590-2009, RCS -131-2010, RCS -412-2010 y RCS -239-2013. EI citado informe, que es acogido en su totalidad por este Consejo como parte de la motivaci6n del presente acto administrativo, indica en to que interesa, to siguiente: 2) Sobre la solicitud del numero 800-1111121 mediante officio 118 CMW 2014 (NI -6225-2014): • En el caso particular, el operador cuenta ya con la asignaci6n numeraci6n 800 para cobro revertido. • Por la naturaleza de la solicitud y del recurso de numeraci6n objeto de dsta, en este caso no se considers necesario acreditar que el operador ha Ilegado al 60% del use de la numeraci6n previamente asignada. Esto en vista de que este Lipo de numeraci6n se solicita un numero a la vez y no en bloques. • Se tiene que la citada solicitud del oficio 118 CMW 2014 (NI -6225-2014), se relaciona con la petici6n del cliente comercial, a saber: AMERIKALINK DE MEXICO S.A. DE CV c6dula de persona jurfdica AME1001139F6, radicada en Tijuana Mexico, para obtener los servicios de telecomunicaciones correspondientes, por parte del operador CaIIMyWay NY, S.A. seg6n to que consta en el siguiente cuadro: Servicio Nombre° 'Operador deServ�ci Nombre Cliente Solicitante Es ectal ,,' Co'ri►erciat Nombre , 800 800-1111121 CallM Wa NY, S.A AMERIKALINK DE MEXICO S.A. DE CV • Esto permite establecer que se dan las condiciones derivadas del articulo 23 del Plan Nacional de Numeraci6n, en el tanto la solicitud del operador hate ver que dste dari un use planificado al recurso de numeraci6n correspondiente, conforme a un requerimiento previo y en funci6n de una relaci6n comercial en proceso de negociacidn. Lo anterior sin perjuicio de la supervision que en cualquier caso puede hater la SUTEL conforme a sus potestades y deberes, para corroborar el use debido de los c6digos asignados. • Al tener ya numeraci6n asignada para los servicios 800 relacionados con el cobro revertido, solo es necesario verificar la disponibilidad del numero 800-1111121 solicitado mediante oficio 118 CMW 2014 (NI -6225-2014), en el registro de numeraci6n cuyo control est! a cargo de la Direcci6n General de Mercados. • Que luego de esa verificacidn, se ha corroborado que el numero 800-1111121 solicitado mediante oficio 118 CMW 2014 (NI -6225-2014) puede ser asignado, por to que habi6ndose acreditado el cumplimiento de los requisitos que el procedimiento de asignaci6n exige, segun to que consta en el primer apartado de este informe, procederfa efectuar la asignaci6n del numero anteriormente indicado. IV.- Conclusiones y Recomendaciones: • De acuerdo con to expuesto en los apartados anteriores, se recomienda la asignaci6n a favor de la empresa CallMyWay NY, S.A. cedula jurfdica 3-101-334658, de la siguiente numeraci6n, conforme fue solicitado en el oficio 118 CMW 2014 (NI -6225-2014) a saber. T+50s 4000-0000 Apartado 151-1200 Servicfo Numero Coriiercial # fieg►stro Nombre , Cobro Revertido Operatlor de Nombre Cliente 800-88-78835 .Especial Niii»eraci®n: Coinercia!'I automaticof ervic'ios ,, Solleitante 7 ®i itos Cobro Revertido CallMyWay AMERIKALINK DE 800 1111121 4000-4239 800-1111121 Automltico NY, S.A. MEXICO S.A. DE CV T+50s 4000-0000 Apartado 151-1200 Pagina 2 de 5 F +SOs 2215-s821 San Jose — Costa Rica 800-88-SUTEL gestiondocumental@sutel.go.cr 800-88-78835 `� sutel SUPERINTENDENCIA DE TELECOM�UyN ICACION E S( VI. Que la SUTEL debe satisfacer las necesidades actuales y potenciales de nuevos operadores de servicios de telecomunicaciones, asegurando la maxima disponibilidad del recurso numerico, para to cual debe de garantizar la equidad y la transparencia de los procedimientos de asignaci6n de numeraci6n y ampliaci6n de la numeracion asignada previamente, tanto para redes de telefonia basica tradicional, telefonia m6vil y telefonia por voz IP. VII. Que de conformidad con los resultandos y considerandos que preceden, de acuerdo al merito de los autos, to procedente es asignar el recurso de numeracion a la empresa CaIIMyWay NY, S.A., acogiendo al efecto la recomendaci6n efectuada por la Direcci6n General de Mercados de esta SUTEL. POR TANTO Con fundamento en las competencias otorgadas por la Ley General de Telecom unicaciones, Ley N° 8642, la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Publicos, Ley N'7593, la Ley General de Administraci6n Publica, Ley N° 6227, y el Plan Nacional de Numeration (Decreto Ejecutivo N°35187-MINAET). EL CONSEJO DE LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOM UNICACIONES RESUELVE: 1. Asignar a la empresa CaIIMyWay NY, S.A., cedula de persona juridica 3-101334658, la siguiente numeracion: Servicio Numero ` Nombre Operador de Nombre`Cliente°Soltcitante Especial Comercial. 'Di "itos) Cortierciaf Servicio"s E�. (7 800 1111121 800-1111121 CaIIMyWay NY, S.A. AMERIKALINK DE MEXICO S.A. DE CV 2. Apercibir a la empresa CaIIMyWay NY, S.A, que debe asegurar y garantizar la interoperabilidad de los servicios y de toda la numeracion asignada por la SUTEL, en cumplimiento de to establecido por el Reglamento de Acceso a Interconexi6n de Redes de Telecom unicaciones, el Plan Nacional de Numeraci6n y el Procedimiento de Asignaci6n de Numeracion establecido por la SUTEL. 3. Notificar esta resoluci6n a todos los operadores con numeracion asignada. Para estos efectos se adjunta en el Anexo 1, la lista de contactos. 4. Apercibir a la empresa CaIIMyWay NY, S.A., que debe asegurar y garantizar que dicha numeracion no sera otorgada a terceros operadores o proveedores, para la explotaci6n de servicios de telecomunicaciones disponibles al publico. 5. Apercibir a la empresa CaIIMyWay NY, S.A., que de acuerdo a to establecido en el articulo 23 del Plan Nacional de Numeracion, respecto al monitoreo y auditoria de la numeracion, deberA entregar un reporte semestral de la utilizaci6n de todos los c6digos numericos asignados. 6. Apercibir a la empresa CaIIMyWay NY, S.A., que de conformidad con el articulo 74 de la Ley General de Telecom unicaciones, ley 8642, y las condiciones y terminos de su titulo habilitante, es obligaci6n de los operadores y proveedores de servicios, permitir a sus clientes el acceso al sistema de emergencias. 7. Advertir que de conformidad con el articulo 23 del Plan Nacional de Numeracion, la SUTEL podnA Ilevar a cabo actividades de supervision sobre la utilizacion de los recursos numericos asignados a la empresa CaIIMyWay NY, S.A., con el objetivo de verificar la interoperabilidad de toda la numeracion asignada por la SUTEL y asi evitar y verificar la retenci6n de codigos numericos sin use realmente planificado o requerido. 8. Apercibir a la empresa CaIIMyWay NY, S.A., que el recurso numerico asignado est6 sujeto al cumplimiento de las condiciones dispuestas en el articulo 16 del Reglamento sobre el Regimen de T+5064000-0000 Apartado 151-1200 PAgina 3 de 5 F +506 2215-6821 San Jose — Costa Rica 800-88-SUTEL gestiondocumental@sutel.go.cr 800-88-78835 4""'. sutel SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES k f, 1- 12 �-) (Q) Protecci6n al Usuario Final de las Telecom unicaciones que indica que los cliente y usuarios tendran derecho a acceder en iguales condiciones a cualquiera de las redes o plataformas de los operadores o proveedores interconectados; y to dispuesto en el articulo 8 del mismo reglamento que indica que todo servicio sera brindado a los clientes o usuarios por parte del operador o proveedor sin restricci6n alguna para el acceso a las distintas redes de telecomunicaciones. Por ello, los operadores y proveedores deben asegurar la naturaleza demanial y universal de los recursos numericos asignados y en raz6n de ello deberan permitir irrestrictamente la accesibilidad a interoperabilidad total a los demas operadores y proveedores que cuenten con recursos de numeraci6n asignados por la SUTEL. 9. En razon de to anterior y de conform idad con el acuerdo 010-035-2012, de la sesi6n 035-2012 del 6 de junio del 2012, de comprobarse el incumplimiento de las disposiciones adoptadas por el Consejo de la SUTEL, se procedera recuperar del recurso numerico y/o la aplicaci6n de la sanci6n correspondiente de conformidad con el articulo 67 de la Ley General de Telecom unicaciones, Ley No.8642. 10. Inscribir la presente asignaci6n de recurso numerico a favor de la empresa CallMyWay NY, S.A., en el Registro Nacional de Telecom unicaciones, el cual debe estar disponible en la pagina electr6nica de la SUTEL, segun articulo 80 de la Ley General de Telecom unicaciones y punto XVI de la resoluci6n No RCS -590-2010. En cumplimiento de to que ordenan los articulos 345 y 346 de la Ley General de la Administraci6n Publica, se indica que contra esta resoluci6n cabe el recurso ordinario de revocatoria o reposici6n ante el Consejo de la Superintendencia de Telecom unicaciones, a quien corresponde resolverlo, y debera interponerse en el plazo de 3 dias habiles, contadas a partir del dia siguiente a la notificaci6n de la presente resoluci6n. ACUERDO FIRME. NOTIFIQUESE. INSCRIBASE EN EL REGISTRO NACIONAL DE TELECOM UNICACIONES. La anterior transcripcion se realiza a efectos de comunicar el acuerdo citado adoptado por el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones. Atentamente, CONSEJO DE LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOM UNICACIONES uis Alberto Ca ano del Consejo COST+ WGA T+5064000-0000 Apartado 151-1200 Pagina 4 de 5 F +506 2215-6821 San Jose — Costa Rica 800-88-SUTEL gestiondocumental@sutel.go.cr 800-88-78835 Maribel Rojas De: Maribel Rojas en nombre de Notificaciones Enviado el: jueves, 14 de agosto de 2014 02:46 p.m. Para: 'info@callmyway.com' CC: Jolene Knorr; Josue Carballo Asunto: RCS -196-2014 RCS -196-2014 "ASIGNACION ADICIONAL DE RECURSO DE NUMERACION ESPECIAL SERVICIO 800's A FAVOR DE LA EMPRESA CALLMYWAY NY, S.A." EXPEDIENTE NUM -OT -00140-2011 �X d, " ,� CUi' lal s u ;... t A"A ktEC0r1v A("sa:d."a Secretaria del Consejo T: 4000 0052 F: 2215-6208 naribel.roias@sutel.go.cr !L _ N TELECOFLUHrZACICNE5 5298-SUTEL-SCS-2014 EI suscrito, Secretario del Consejo de la Superintendencia de Telecom unicaciones, en ejercicio de las competencias que le atribuye el inciso b) del articulo 50 de la Ley General de la Administracion Publica, ley 6227, y el articulo 35 del Reglamento interno de organizacion y funciones de la Autoridad Reguladora de los Servicios Publicos y su organo desconcentrado, me permito comunicarle(s) que en sesion ordinaria NO 046-2014, celebrada el 13 de agosto del 2014, mediante acuerdo 036-046-2014, de las 15:00 horas, el Consejo de la Superintendencia de Telecom unicaciones aprobo por unanimidad, la siguiente resolucion: RCS -196-2014 "ASIGNACION ADICIONAL DE RECURSO DE NUMERACION ESPECIAL SERVICIO 800's A FAVOR DE LA EMPRESA CALLMYWAY NY, S.A." EXPEDIENTS NUM -OT -00140-2011 POR TANTO Con fundamento en las competencias otorgadas por la Ley General de Telecom unicaciones, Ley NO 8642, la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Publicos, Ley N'7593, la Ley General de Administracion Publica, Ley NO 6227, y el Plan Nacional de Numeracion (Decreto Ejecutivo N035187-MINAET). EL CONSEJO DE LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOM UNICACIONES RESUELVE: Asignar a la empresa CaIIMyWay NY, S.A., cedula de persona jur(dica 3-101334658, la siguiente numeracion: Servicio Numero Nombre Operador de " a Especial, Corriercial ,4 Coinercialb� S;eruiaos NombreClilente�3olicit me = .. (7 Di itos) 800 1111121 800-1111121 CaIIMyWay NY, S.A. AMERIKALINK DE MEXICO S.A. DE CV 2. Apercibir a la empresa CaIIMyWay NY, S.A, que debe asegurar y garantizar la interoperabilidad de los servicios y de toda la numeracion asignada por la SUTEL, en cumplimiento de to establecido por el Reglamento de Acceso a Interconexion de Redes de Telecom unicaciones, el Plan Nacional de Numeracion y el Procedimiento de Asignaci6n de Numeracion establecido por la SUTEL. 3. Notificar esta resolucion a todos los operadores con numeracion asignada. Para estos efectos se adjunta en el Anexo 1, la lista de contactos. 4. Apercibir a la empresa CaIIMyWay NY, S.A., que debe asegurar y garantizar que dicha numeracion no sera otorgada a terceros operadores o proveedores, para la explotacion de servicios de telecomunicaciones disponibles al publico. 5. Apercibir a la empresa CaIIMyWay NY, S.A., que de acuerdo a Io establecido en el articulo 23 del Plan Nacional de Numeracion, respecto al monitoreo y auditoria de la numeracion, debera entregar un reporte semestral de la utilizacion de todos los codigos numericos asignados. sutel SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES 3 S r..f 6. Apercibir a la empresa CaIIMyWay NY, S.A., que de conformidad con el articulo 74 de la Ley General de Telecom unicaciones, ley 8642, y las condiciones y terminos de su titulo habilitante, es obligacion de los operadores y proveedores de servicios, permitir a sus clientes el acceso al sistema de emergencias. 7. Advertir que de conformidad con el articulo 23 del Plan Nacional de Numeracion, la SUTEL podr6. Ilevar a cabo actividades de supervision sobre la utilizacien de los recursos numericos asignados a la empresa CaIIMyWay NY, S.A., con el objetivo de verificar la interoperabilidad de toda la numeracion asignada por la SUTEL y asi evitar y verificar la retencion de codigos numericos sin use realmente planificado o requerido. 8. Apercibir a la empresa CaIIMyWay NY, S.A., que el recurso numerico asignado est6 sujeto al cumplimiento de las condiciones dispuestas en el articulo 16 del Reglamento sobre el Regimen de Proteccion al Usuario Final de las Telecom unicaciones que indica que los cliente y usuarios tendran derecho a acceder en iguales condiciones a cualquiera de las redes o plataformas de los operadores o proveedores interconectados; y to dispuesto en el articulo 8 del mismo reglamento que indica que todo servicio sera brindado a los clientes o usuarios por parte del operador o proveedor sin restriccion alguna para el acceso a las distintas redes de telecomunicaciones. Por ello, los operadores y proveedores deben asegurar la naturaleza demanial y universal de los recursos numericos asignados y en razon de ello deberan permitir irrestrictamente la accesibilidad a interoperabilidad total a los demas operadores y proveedores que cuenten con recursos de numeracion asignados por la SUTEL. 9. En razon de to anterior y de conformidad con el acuerdo 010-035-2012, de la sesion 035-2012 del 6 de junio del 2012, de comprobarse el incumplimiento de las disposiciones adoptadas por el Consejo de la SUTEL, se procederA recuperar del recurso numerico y/o la aplicacion de la sancion correspondiente de conformidad con el articulo 67 de la Ley General de Telecom unicaciones, Ley No.8642. 10. Inscribir la presente asignacion de recurso numerico a favor de la empresa CaIIMyWay NY, S.A., en el Registro Nacional de Telecom unicaciones, el cual debe estar disponible en la pagina electrdnica de la SUTEL, segun articulo 80 de la Ley General de Telecom unicaciones y punto XVI de la resolucion No RCS -590-2010. En cumplimiento de to que ordenan los articulos 345 y 346 de la Ley General de la Administracion Publica, se indica que contra esta resolucion cabe el recurso ordinario de revocatoria o reposicion ante el Consejo de la Superintendencia de Telecom unicaciones, a quien corresponde resolverlo, y deberA interponerse en el plazo de 3 dias habiles, contadas a partir del dia siguiente a la notificacion de la presente resolucion. ACUERDO FIRME. NOTIFIQUESE. INSCRIBASE EN EL REGISTRO NACIONAL DE TELECOM UNICACIONES. La anterior transcripcion se realiza a efectos de comunicar el acuerdo citado adoptado por el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones. Atentamente, CONSEJO DE LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOM UNICACIONES \�E is ; . is Alberto C ante Alvarado tiE Secretario del Consejo a a d T+50064,0110-0000 Apartado 151-1200 Nglna 2 de 2 F +506 2215-6821 San Jose — Costa Rica 800-88-SUTEL gestiondocumental@sutel.go.cr 800-88-78835 Maribel Rojas De: Maribel Rojas en nombre de Notificaciones Enviado el: jueves, 14 de agosto de 2014 02:47 p.m. Para: numeracion Asunto: RCS -196-2014 RCS -196-2014 "ASIGNACION ADICIONAL DE RECURSO DE NUMERACION ESPECIAL SERVICIO 800's A FAVOR DE LA EMPRESA CALLMYWAY NY, S.A." (A, sutel k.Ar r CttC��tati.a n., S.: Secretaria del Consejo T: 4000 0052 F: 2215-6208 maribel.roias@sutel.go.cr EXPEDIENTE NUM -OT -00140-2011 1 11111 SUPERINTE D Ne l TELECOMUNICACIONES CONSTANCIA DE NOTIFICACION "ASIGNACION ADICIONAL DE RECURSO DE NUMERACION ESPECIAL SERVICIO 800's A FAVOR DE LA EMPRESA CALLMYWAY NY, S.A." EXPEDIENTE NUM -OT -00140-2011 Se notifica la presente resoluci6n a: Call My Way, NY, S.A., a traves del correo electr6nico info@callmvway.com Registro Nacional de Telecom unicaciones a traves del correo electronico iolene.knorr@sutel.go.cr Se notifica el POR TANTO de la presente resoluci6n a los siguientes operadores con numeraci6n asignada: MARIBEL ROJAS VARELA NOTIFICA: FIRMA: T+5064000-0000 .• Pagina 5 de 5 CALL MY WAY E-MAIL info@callmyway.com a FAX 4000-4001 INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD Notificaciones drr@ice.go.cr 2291-5444 800-88-78835 R&H INTERNATIONAL TELECOM SERVICES, S.A. notificacion@rhitcr.com — 4010-0010 TELEVISORA DE C. R., S.A. (TUYO) notificacionessutel@teletica.com 2231-6258 MULTICOM, S.A. 6magnin@multicom.cr 2520-1223 E-DIAY S.A. servicioalcliente@ediay.cr 4040-0404 AMERICAN DATA NETWORKS, S.A. sutel @ data.cr 4050-5099 RACSA racsafullmovil @ racsa.co.cr notificaciones@tigo.co.cr 2284-0399 AMNET 2203-1337 TELEFONICA DE COSTA RICA TC, S. A notificacioneslegal.cr@telefonica.com _ 4100-9977 CLARO CR TELECOMUNIC. S. A notificacionessutel@claro.cr -- 25827575 INTERPHONE, S.A. administracion@interphoneline.com e. 22887670 TELECABLE notificaciones@telecablecr.com 2219-0607 PRD INTERNACIONAL S.A. re ulacion@i tica.cr OTHOS TELECOMUNICACIONES, S.A. info@othos.cr 2248-1323 MARIBEL ROJAS VARELA NOTIFICA: FIRMA: T+5064000-0000 Apartado 151-1200 Pagina 5 de 5 F +506 2215-6821 San Josh — Costa Rica 800-88-SUTEL gestiondocumental@sutel.go.cr 800-88-78835