IniciarMi WebLinkAcerca de05298-SUTEL-SCS-2014 - Resolución de Ampliación de Números Especialestl
TELE ODUNMACiGNES
13 QB
5298-SUTEL-SCS-2014
EI suscrito, Secretario del Consejo de la Superintendencia de Telecom unicaciones, en ejercicio de las
competencias que le atribuye el inciso b) del articulo 50 de la Ley General de la Administraci6n Publica,
ley 6227, y el articulo 35 del Reglamento interno de organizaci6n y funciones de la Autoridad Reguladora
de los Servicios Publicos y su organo desconcentrado, me permito comunicarle(s) que en sesi6n ordinaria
No 046-2014, celebrada el 13 de agosto del 2014, mediante acuerdo 036-046-2014, de las 15:00 horas, el
Consejo de la Superintendencia de Telecom unicaciones aprob6 por unanimidad, la siguiente resoluci6n:
RCS -196-2014
"ASIGNACION ADICIONAL DE RECURSO DE NUMERACION ESPECIAL SERVICIO 800's
A FAVOR DE LA EMPRESA CALLMYWAY NY, S.A."
EXPEDIENTE NUM -OT -00140-2011
RESULTANDO
Que mediante oficio 118_CMW_2014 (NI -6225-2014), recibido el 22 de julio del 2014, la empresa
CaIIMyWay NY, S.A. present6 la siguiente solicitud de asignacion adicional de numeraci6n especial:
un (1) numero para el servicio 800, a saber: 800-1111121 para la empresa Amerikalink de Mexico
S.A. de CV cedula de persona juridica AME1 001 139F6., radicada en Tijuana, Mexico.
2. Que mediante oficio N04895-SUTEL-DGM-2014 de fecha 31 de julio del 2014, la Direcci6n General
de Mercados rindi6 informe en el cual acredita que en este tramite la empresa CaIIMyWay NY, S.A.
ha cumplido con los requisitos exigidos tanto en el Plan Nacional de Numeraci6n como tambien en el
procedimiento de asignaci6n de recurso numerico regulado por la SUTEL en las resoluciones RCS -
590 -2009, RCS -131-2010, RCS -412-2010 y RCS -239-2013; y emite su recomendaci6n acerca de
dicha solicitud.
3. Que se han realizado las diligencias utiles y necesarias para el dictado de la presente resoluci6n.
CONSIDERANDO:
�y l
I. Que conforme al articulo 60 inciso g) de la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Publicos,
Ley No 7593, le corresponde a la SUTEL controlar y comprobar el use eficiente de los recursos de
numeracion.
H. Que el articulo 73 inciso j) de la Ley N° 7593 establece que el Consejo de la Superintendencia de
Telecom unicaciones debe de velar porque los recursos escasos se administren de manera eficiente,
oportuna, transparente y no discriminatoria, de manera tal que tengan acceso a estos recursos todos
los operadores y proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones.
III. Que de conformidad con los articulos 3 y 22 del Plan Nacional de Numeracion (Decreto Ejecutivo
N035187-MINAET) corresponde a la SUTEL la administraci6n del Plan Nacional de Numeracion y su
cumplimiento, asi como mantener un registro actualizado referente a la asignacion del recurso
numerico.
IV. Que mediante resoluci6n numero RCS -590-2009 de las 15:00 horas del 30 de noviembre del 2009,
publicada en el Diario Oficial La Gaceta numero 9 el dia 14 de enero del 2010, modificada y
complementada mediante las resoluciones RCS -131-2010, RCS -412-2010 y RCS -239-2013, el
Consejo de la Superintendencia de Telecom unicaciones (SUTEL) dict6 el procedimiento de solicitud de
IN sutel
SUPERINTENDENCIA I
TELECOMUNICACIONES
numeraci6n, establecimiento de numeros especiales, c6digos de preselecci6n y el registro de
numeraci6n vigente.
V. Que para efectos de resolver el presente asunto, se tiene que el informe rendido por la Direcci6n General
de Mercados mediante officio N04895-SUTEL-DGM-2014, indica que en este asunto la empresa
CaIIMyWay NY, S.A. ha cumplido con los requisitos exigidos tanto en el Plan Nacional de Numeraci6n,
como tambi6n en el procedimiento de asignaci6n de recurso numero regulado por la SUTEL en las
resoluciones RCS -590-2009, RCS -131-2010, RCS -412-2010 y RCS -239-2013. EI citado informe, que es
acogido en su totalidad por este Consejo como parte de la motivaci6n del presente acto administrativo,
indica en to que interesa, to siguiente:
2) Sobre la solicitud del numero 800-1111121 mediante officio 118 CMW 2014 (NI -6225-2014):
• En el caso particular, el operador cuenta ya con la asignaci6n numeraci6n 800 para cobro revertido.
• Por la naturaleza de la solicitud y del recurso de numeraci6n objeto de dsta, en este caso no se considers
necesario acreditar que el operador ha Ilegado al 60% del use de la numeraci6n previamente asignada.
Esto en vista de que este Lipo de numeraci6n se solicita un numero a la vez y no en bloques.
• Se tiene que la citada solicitud del oficio 118 CMW 2014 (NI -6225-2014), se relaciona con la petici6n del
cliente comercial, a saber: AMERIKALINK DE MEXICO S.A. DE CV c6dula de persona jurfdica
AME1001139F6, radicada en Tijuana Mexico, para obtener los servicios de telecomunicaciones
correspondientes, por parte del operador CaIIMyWay NY, S.A. seg6n to que consta en el siguiente cuadro:
Servicio
Nombre°
'Operador deServ�ci Nombre Cliente Solicitante
Es ectal
,,' Co'ri►erciat
Nombre ,
800
800-1111121
CallM Wa NY, S.A AMERIKALINK DE MEXICO S.A. DE CV
• Esto permite establecer que se dan las condiciones derivadas del articulo 23 del Plan Nacional de
Numeraci6n, en el tanto la solicitud del operador hate ver que dste dari un use planificado al recurso de
numeraci6n correspondiente, conforme a un requerimiento previo y en funci6n de una relaci6n comercial
en proceso de negociacidn. Lo anterior sin perjuicio de la supervision que en cualquier caso puede hater la
SUTEL conforme a sus potestades y deberes, para corroborar el use debido de los c6digos asignados.
• Al tener ya numeraci6n asignada para los servicios 800 relacionados con el cobro revertido, solo es
necesario verificar la disponibilidad del numero 800-1111121 solicitado mediante oficio 118 CMW 2014
(NI -6225-2014), en el registro de numeraci6n cuyo control est! a cargo de la Direcci6n General de
Mercados.
• Que luego de esa verificacidn, se ha corroborado que el numero 800-1111121 solicitado mediante oficio
118 CMW 2014 (NI -6225-2014) puede ser asignado, por to que habi6ndose acreditado el cumplimiento de
los requisitos que el procedimiento de asignaci6n exige, segun to que consta en el primer apartado de este
informe, procederfa efectuar la asignaci6n del numero anteriormente indicado.
IV.- Conclusiones y Recomendaciones:
• De acuerdo con to expuesto en los apartados anteriores, se recomienda la asignaci6n a favor de la empresa
CallMyWay NY, S.A. cedula jurfdica 3-101-334658, de la siguiente numeraci6n, conforme fue solicitado en
el oficio 118 CMW 2014 (NI -6225-2014) a saber.
T+50s 4000-0000
Apartado 151-1200
Servicfo
Numero
Coriiercial
# fieg►stro
Nombre ,
Cobro Revertido
Operatlor de
Nombre Cliente
800-88-78835
.Especial
Niii»eraci®n:
Coinercia!'I
automaticof
ervic'ios ,,
Solleitante
7 ®i itos
Cobro Revertido
CallMyWay
AMERIKALINK DE
800
1111121
4000-4239
800-1111121
Automltico
NY, S.A.
MEXICO S.A. DE CV
T+50s 4000-0000
Apartado 151-1200
Pagina 2 de 5
F +SOs 2215-s821
San Jose — Costa Rica
800-88-SUTEL
gestiondocumental@sutel.go.cr
800-88-78835
`�
sutel
SUPERINTENDENCIA DE
TELECOM�UyN ICACION E S(
VI. Que la SUTEL debe satisfacer las necesidades actuales y potenciales de nuevos operadores de
servicios de telecomunicaciones, asegurando la maxima disponibilidad del recurso numerico, para to
cual debe de garantizar la equidad y la transparencia de los procedimientos de asignaci6n de numeraci6n
y ampliaci6n de la numeracion asignada previamente, tanto para redes de telefonia basica tradicional,
telefonia m6vil y telefonia por voz IP.
VII. Que de conformidad con los resultandos y considerandos que preceden, de acuerdo al merito de los
autos, to procedente es asignar el recurso de numeracion a la empresa CaIIMyWay NY, S.A., acogiendo
al efecto la recomendaci6n efectuada por la Direcci6n General de Mercados de esta SUTEL.
POR TANTO
Con fundamento en las competencias otorgadas por la Ley General de Telecom unicaciones, Ley N° 8642,
la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Publicos, Ley N'7593, la Ley General de Administraci6n
Publica, Ley N° 6227, y el Plan Nacional de Numeration (Decreto Ejecutivo N°35187-MINAET).
EL CONSEJO DE LA
SUPERINTENDENCIA DE TELECOM UNICACIONES
RESUELVE:
1. Asignar a la empresa CaIIMyWay NY, S.A., cedula de persona juridica 3-101334658, la siguiente
numeracion:
Servicio
Numero
` Nombre
Operador de
Nombre`Cliente°Soltcitante
Especial
Comercial.
'Di "itos) Cortierciaf
Servicio"s
E�.
(7
800
1111121 800-1111121
CaIIMyWay NY, S.A.
AMERIKALINK DE MEXICO S.A. DE CV
2. Apercibir a la empresa CaIIMyWay NY, S.A, que debe asegurar y garantizar la interoperabilidad de los
servicios y de toda la numeracion asignada por la SUTEL, en cumplimiento de to establecido por el
Reglamento de Acceso a Interconexi6n de Redes de Telecom unicaciones, el Plan Nacional de
Numeraci6n y el Procedimiento de Asignaci6n de Numeracion establecido por la SUTEL.
3. Notificar esta resoluci6n a todos los operadores con numeracion asignada. Para estos efectos se
adjunta en el Anexo 1, la lista de contactos.
4. Apercibir a la empresa CaIIMyWay NY, S.A., que debe asegurar y garantizar que dicha numeracion no
sera otorgada a terceros operadores o proveedores, para la explotaci6n de servicios de
telecomunicaciones disponibles al publico.
5. Apercibir a la empresa CaIIMyWay NY, S.A., que de acuerdo a to establecido en el articulo 23 del Plan
Nacional de Numeracion, respecto al monitoreo y auditoria de la numeracion, deberA entregar un
reporte semestral de la utilizaci6n de todos los c6digos numericos asignados.
6. Apercibir a la empresa CaIIMyWay NY, S.A., que de conformidad con el articulo 74 de la Ley General
de Telecom unicaciones, ley 8642, y las condiciones y terminos de su titulo habilitante, es obligaci6n de
los operadores y proveedores de servicios, permitir a sus clientes el acceso al sistema de emergencias.
7. Advertir que de conformidad con el articulo 23 del Plan Nacional de Numeracion, la SUTEL podnA Ilevar
a cabo actividades de supervision sobre la utilizacion de los recursos numericos asignados a la empresa
CaIIMyWay NY, S.A., con el objetivo de verificar la interoperabilidad de toda la numeracion asignada
por la SUTEL y asi evitar y verificar la retenci6n de codigos numericos sin use realmente planificado o
requerido.
8. Apercibir a la empresa CaIIMyWay NY, S.A., que el recurso numerico asignado est6 sujeto al
cumplimiento de las condiciones dispuestas en el articulo 16 del Reglamento sobre el Regimen de
T+5064000-0000
Apartado 151-1200
PAgina 3 de 5
F +506 2215-6821
San Jose — Costa Rica
800-88-SUTEL
gestiondocumental@sutel.go.cr
800-88-78835
4""'. sutel
SUPERINTENDENCIA DE
TELECOMUNICACIONES
k f, 1- 12 �-) (Q)
Protecci6n al Usuario Final de las Telecom unicaciones que indica que los cliente y usuarios tendran
derecho a acceder en iguales condiciones a cualquiera de las redes o plataformas de los operadores o
proveedores interconectados; y to dispuesto en el articulo 8 del mismo reglamento que indica que todo
servicio sera brindado a los clientes o usuarios por parte del operador o proveedor sin restricci6n alguna
para el acceso a las distintas redes de telecomunicaciones. Por ello, los operadores y proveedores
deben asegurar la naturaleza demanial y universal de los recursos numericos asignados y en raz6n de
ello deberan permitir irrestrictamente la accesibilidad a interoperabilidad total a los demas operadores
y proveedores que cuenten con recursos de numeraci6n asignados por la SUTEL.
9. En razon de to anterior y de conform idad con el acuerdo 010-035-2012, de la sesi6n 035-2012 del 6 de
junio del 2012, de comprobarse el incumplimiento de las disposiciones adoptadas por el Consejo de la
SUTEL, se procedera recuperar del recurso numerico y/o la aplicaci6n de la sanci6n correspondiente
de conformidad con el articulo 67 de la Ley General de Telecom unicaciones, Ley No.8642.
10. Inscribir la presente asignaci6n de recurso numerico a favor de la empresa CallMyWay NY, S.A., en el
Registro Nacional de Telecom unicaciones, el cual debe estar disponible en la pagina electr6nica de la
SUTEL, segun articulo 80 de la Ley General de Telecom unicaciones y punto XVI de la resoluci6n No
RCS -590-2010.
En cumplimiento de to que ordenan los articulos 345 y 346 de la Ley General de la Administraci6n Publica,
se indica que contra esta resoluci6n cabe el recurso ordinario de revocatoria o reposici6n ante el Consejo
de la Superintendencia de Telecom unicaciones, a quien corresponde resolverlo, y debera interponerse en
el plazo de 3 dias habiles, contadas a partir del dia siguiente a la notificaci6n de la presente resoluci6n.
ACUERDO FIRME.
NOTIFIQUESE.
INSCRIBASE EN EL REGISTRO NACIONAL DE TELECOM UNICACIONES.
La anterior transcripcion se realiza a efectos de comunicar el acuerdo citado adoptado por el
Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones.
Atentamente,
CONSEJO DE LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOM UNICACIONES
uis Alberto Ca
ano del Consejo
COST+ WGA
T+5064000-0000 Apartado 151-1200 Pagina 4 de 5
F +506 2215-6821 San Jose — Costa Rica
800-88-SUTEL gestiondocumental@sutel.go.cr
800-88-78835
Maribel Rojas
De: Maribel Rojas en nombre de Notificaciones
Enviado el: jueves, 14 de agosto de 2014 02:46 p.m.
Para: 'info@callmyway.com'
CC: Jolene Knorr; Josue Carballo
Asunto: RCS -196-2014
RCS -196-2014
"ASIGNACION ADICIONAL DE RECURSO DE NUMERACION ESPECIAL SERVICIO 800's
A FAVOR DE LA EMPRESA CALLMYWAY NY, S.A."
EXPEDIENTE NUM -OT -00140-2011
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t
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ktEC0r1v A("sa:d."a
Secretaria del Consejo
T: 4000 0052
F: 2215-6208
naribel.roias@sutel.go.cr
!L _ N
TELECOFLUHrZACICNE5
5298-SUTEL-SCS-2014
EI suscrito, Secretario del Consejo de la Superintendencia de Telecom unicaciones, en ejercicio de las
competencias que le atribuye el inciso b) del articulo 50 de la Ley General de la Administracion Publica,
ley 6227, y el articulo 35 del Reglamento interno de organizacion y funciones de la Autoridad Reguladora
de los Servicios Publicos y su organo desconcentrado, me permito comunicarle(s) que en sesion ordinaria
NO 046-2014, celebrada el 13 de agosto del 2014, mediante acuerdo 036-046-2014, de las 15:00 horas, el
Consejo de la Superintendencia de Telecom unicaciones aprobo por unanimidad, la siguiente resolucion:
RCS -196-2014
"ASIGNACION ADICIONAL DE RECURSO DE NUMERACION ESPECIAL SERVICIO 800's
A FAVOR DE LA EMPRESA CALLMYWAY NY, S.A."
EXPEDIENTS NUM -OT -00140-2011
POR TANTO
Con fundamento en las competencias otorgadas por la Ley General de Telecom unicaciones, Ley NO 8642,
la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Publicos, Ley N'7593, la Ley General de Administracion
Publica, Ley NO 6227, y el Plan Nacional de Numeracion (Decreto Ejecutivo N035187-MINAET).
EL CONSEJO DE LA
SUPERINTENDENCIA DE TELECOM UNICACIONES
RESUELVE:
Asignar a la empresa CaIIMyWay NY, S.A., cedula de persona jur(dica 3-101334658, la siguiente
numeracion:
Servicio
Numero
Nombre Operador de "
a
Especial,
Corriercial ,4
Coinercialb� S;eruiaos
NombreClilente�3olicit me =
..
(7 Di itos)
800
1111121
800-1111121 CaIIMyWay NY, S.A.
AMERIKALINK DE MEXICO S.A. DE CV
2. Apercibir a la empresa CaIIMyWay NY, S.A, que debe asegurar y garantizar la interoperabilidad de los
servicios y de toda la numeracion asignada por la SUTEL, en cumplimiento de to establecido por el
Reglamento de Acceso a Interconexion de Redes de Telecom unicaciones, el Plan Nacional de
Numeracion y el Procedimiento de Asignaci6n de Numeracion establecido por la SUTEL.
3. Notificar esta resolucion a todos los operadores con numeracion asignada. Para estos efectos se
adjunta en el Anexo 1, la lista de contactos.
4. Apercibir a la empresa CaIIMyWay NY, S.A., que debe asegurar y garantizar que dicha numeracion no
sera otorgada a terceros operadores o proveedores, para la explotacion de servicios de
telecomunicaciones disponibles al publico.
5. Apercibir a la empresa CaIIMyWay NY, S.A., que de acuerdo a Io establecido en el articulo 23 del Plan
Nacional de Numeracion, respecto al monitoreo y auditoria de la numeracion, debera entregar un
reporte semestral de la utilizacion de todos los codigos numericos asignados.
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SUPERINTENDENCIA DE
TELECOMUNICACIONES
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6. Apercibir a la empresa CaIIMyWay NY, S.A., que de conformidad con el articulo 74 de la Ley General
de Telecom unicaciones, ley 8642, y las condiciones y terminos de su titulo habilitante, es obligacion de
los operadores y proveedores de servicios, permitir a sus clientes el acceso al sistema de emergencias.
7. Advertir que de conformidad con el articulo 23 del Plan Nacional de Numeracion, la SUTEL podr6. Ilevar
a cabo actividades de supervision sobre la utilizacien de los recursos numericos asignados a la empresa
CaIIMyWay NY, S.A., con el objetivo de verificar la interoperabilidad de toda la numeracion asignada
por la SUTEL y asi evitar y verificar la retencion de codigos numericos sin use realmente planificado o
requerido.
8. Apercibir a la empresa CaIIMyWay NY, S.A., que el recurso numerico asignado est6 sujeto al
cumplimiento de las condiciones dispuestas en el articulo 16 del Reglamento sobre el Regimen de
Proteccion al Usuario Final de las Telecom unicaciones que indica que los cliente y usuarios tendran
derecho a acceder en iguales condiciones a cualquiera de las redes o plataformas de los operadores o
proveedores interconectados; y to dispuesto en el articulo 8 del mismo reglamento que indica que todo
servicio sera brindado a los clientes o usuarios por parte del operador o proveedor sin restriccion alguna
para el acceso a las distintas redes de telecomunicaciones. Por ello, los operadores y proveedores
deben asegurar la naturaleza demanial y universal de los recursos numericos asignados y en razon de
ello deberan permitir irrestrictamente la accesibilidad a interoperabilidad total a los demas operadores
y proveedores que cuenten con recursos de numeracion asignados por la SUTEL.
9. En razon de to anterior y de conformidad con el acuerdo 010-035-2012, de la sesion 035-2012 del 6 de
junio del 2012, de comprobarse el incumplimiento de las disposiciones adoptadas por el Consejo de la
SUTEL, se procederA recuperar del recurso numerico y/o la aplicacion de la sancion correspondiente
de conformidad con el articulo 67 de la Ley General de Telecom unicaciones, Ley No.8642.
10. Inscribir la presente asignacion de recurso numerico a favor de la empresa CaIIMyWay NY, S.A., en el
Registro Nacional de Telecom unicaciones, el cual debe estar disponible en la pagina electrdnica de la
SUTEL, segun articulo 80 de la Ley General de Telecom unicaciones y punto XVI de la resolucion No
RCS -590-2010.
En cumplimiento de to que ordenan los articulos 345 y 346 de la Ley General de la Administracion Publica,
se indica que contra esta resolucion cabe el recurso ordinario de revocatoria o reposicion ante el Consejo
de la Superintendencia de Telecom unicaciones, a quien corresponde resolverlo, y deberA interponerse en
el plazo de 3 dias habiles, contadas a partir del dia siguiente a la notificacion de la presente resolucion.
ACUERDO FIRME.
NOTIFIQUESE.
INSCRIBASE EN EL REGISTRO NACIONAL DE TELECOM UNICACIONES.
La anterior transcripcion se realiza a efectos de comunicar el acuerdo citado adoptado por el
Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones.
Atentamente,
CONSEJO DE LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOM UNICACIONES
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is Alberto C ante Alvarado tiE
Secretario del Consejo a a
d
T+50064,0110-0000
Apartado 151-1200
Nglna 2 de 2
F +506 2215-6821
San Jose — Costa Rica
800-88-SUTEL
gestiondocumental@sutel.go.cr
800-88-78835
Maribel Rojas
De:
Maribel Rojas en nombre de Notificaciones
Enviado el:
jueves, 14 de agosto de 2014 02:47 p.m.
Para:
numeracion
Asunto:
RCS -196-2014
RCS -196-2014
"ASIGNACION ADICIONAL DE RECURSO DE NUMERACION ESPECIAL SERVICIO 800's
A FAVOR DE LA EMPRESA CALLMYWAY NY, S.A."
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CttC��tati.a n., S.:
Secretaria del Consejo
T: 4000 0052
F: 2215-6208
maribel.roias@sutel.go.cr
EXPEDIENTE NUM -OT -00140-2011
1
11111
SUPERINTE D Ne l
TELECOMUNICACIONES
CONSTANCIA DE NOTIFICACION
"ASIGNACION ADICIONAL DE RECURSO DE NUMERACION ESPECIAL SERVICIO 800's
A FAVOR DE LA EMPRESA CALLMYWAY NY, S.A."
EXPEDIENTE NUM -OT -00140-2011
Se notifica la presente resoluci6n a:
Call My Way, NY, S.A., a traves del correo electr6nico info@callmvway.com
Registro Nacional de Telecom unicaciones a traves del correo electronico iolene.knorr@sutel.go.cr
Se notifica el POR TANTO de la presente resoluci6n a los siguientes operadores con numeraci6n
asignada:
MARIBEL ROJAS VARELA
NOTIFICA:
FIRMA:
T+5064000-0000
.•
Pagina 5 de 5
CALL MY WAY
E-MAIL
info@callmyway.com a
FAX
4000-4001
INSTITUTO COSTARRICENSE DE
ELECTRICIDAD
Notificaciones drr@ice.go.cr
2291-5444
800-88-78835
R&H INTERNATIONAL TELECOM SERVICES,
S.A.
notificacion@rhitcr.com —
4010-0010
TELEVISORA DE C. R., S.A. (TUYO)
notificacionessutel@teletica.com
2231-6258
MULTICOM, S.A.
6magnin@multicom.cr
2520-1223
E-DIAY S.A.
servicioalcliente@ediay.cr
4040-0404
AMERICAN DATA NETWORKS, S.A.
sutel @ data.cr
4050-5099
RACSA
racsafullmovil @ racsa.co.cr
notificaciones@tigo.co.cr
2284-0399
AMNET
2203-1337
TELEFONICA DE COSTA RICA TC, S. A
notificacioneslegal.cr@telefonica.com _
4100-9977
CLARO CR TELECOMUNIC. S. A
notificacionessutel@claro.cr --
25827575
INTERPHONE, S.A.
administracion@interphoneline.com e.
22887670
TELECABLE
notificaciones@telecablecr.com
2219-0607
PRD INTERNACIONAL S.A.
re ulacion@i tica.cr
OTHOS TELECOMUNICACIONES, S.A.
info@othos.cr
2248-1323
MARIBEL ROJAS VARELA
NOTIFICA:
FIRMA:
T+5064000-0000
Apartado 151-1200
Pagina 5 de 5
F +506 2215-6821
San Josh — Costa Rica
800-88-SUTEL
gestiondocumental@sutel.go.cr
800-88-78835