IniciarMi WebLinkAcerca de05798-SUTEL-SCS-2013 - Resolución de Ampliación de Números Especiales000990
da4 squtel
LELECOMIINICPCIONE5
5798 - SUTEL -SCS -2013
El suscrito, Secretario del Consejo de la Superintendencia de Telecom unicaciones, en ejercicio de las
competencies que le atribuye el inciso b) del articulo 50 de la Ley General de la Administraci6n
Publica, ley 6227, y el articulo 35 del Reglamento interno de organizaci6n y funciones de la Autoridad
Reguladora de los Servicios P01blicos y sus 6rganos desconcentrados, me permito comunicarle(s) que
en sesi6n ordinaria NO 059 -2013, celebrada el 6 de noviembre del 2013, mediante acuerdo 006 -059-
2013, de las 09:30 horas, el Consejo de la Superintendencia de Telecom unicaciones aprob6 por
unanimidad, la siguiente resoluci6n:
RCS - 301 -2013
"ASIGNACION ADICIONAL DE RECURSOS DE NUMERACION 800's
PARA SERVICIOS DE COBRO REVERTIDO A FAVOR DE
TELEFONICA DE COSTA RICA TC, SA."
EXPEDIENTE SUTEL- T0053 -STT- NUM -OT- 00139 -2011
RESULTANDO
1. Que mediante el oficio sin numero de consecutivo (NI- 8695 -13) recibido el dia 17 de octubre de
2013, TELEFONICA DE COSTA RICA TC, S.A., c6dula de persona juridica 3- 101 - 610198,
present6 la solicitud para la asignaci6n adicional de recurso de numeraci6n especial con el
siguiente detalle: i) Un (1) numero especial 800's para servicio de cobro revertido, a saber 800-
7825988 (800- QUALYTV); correspondiente a la solicitud recibida el 17 de octubre del 2013.
2. Que mediante el oficio N °5465 - SUTEL -DGM -2013 del 29 de octubre de 2013, la Direcci6n General
de Mercados rindi6 un informe mediante el cual acredita que an este tramite TELEFONICA ha
cumplido con los requisitos exigidos tanto en el Plan Nacional de Numeraci6n como tambi6n en el
procedimiento de asignaci6n de recurso numero regulado por la SUTEL en las resoluciones RCS -
590 -2009, RCS - 131 -2010, RCS - 412 -2010 y RCS - 239 -2013; y emite su recomendaci6n acerca de
la solicitud.
3. Que se han realizado las diligencias utiles y necesarias para el dictado de la presente resoluci6n.
CONSIDERANDO:
I. Que conforme al articulo 60 inciso g) de la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios
Publicos, Ley N° 7593, le corresponde a la SUTEL controlar y comprobar el use eficiente de los
recursos de numeraci6n.
II. Que el articulo 73 inciso j) de la Ley N° 7593 establece que el Consejo de la Superintendencia de
Telecom unicaciones debe de velar porque los recursos escasos se administren de manera
eficiente, oportuna, transparente y no discriminatoria, de manera tal que tengan acceso a estos
recursos todos los operadores y proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones.
III. Que de conformidad con los articulos 3 y 22 del Plan Nacional de Numeraci6n (Decreto Ejecutivo
N °35187- MINAET) corresponde a la SUTEL la administraci6n del Plan Nacional de Numeraci6n y
su cumplimiento, asi como mantener un registro actualizado referente a la asignaci6n del recurso
numArico.
IV. Que mediante resoluci6n numero RCS -590 -2009 de las 15:00 horas del 30 de noviembre del 2009,
publicada en el Diario Oficial La Gaceta numero 9 el dia 14 de enero del 2010, modificada y
complementada mediante las resoluciones No RCS - 131 -2010, RCS - 412 -2011 y RCS - 239 -2013, el
Consejo de la Superintendencia de Telecom unicaciones (SUTEL) dict6 el procedimiento de
T .5064000 -0000 I ApaO8dO 151-1200 I PSgina 1 de 5
F +5062215E821 San JOSA -Costa Rica
80688 -SUTEL gestlondocumeMalthwel.go.cr
80688 -78835
00
da sutel
TELECOYUNICACIONES
solicitud de numeraci6n, establecimiento de nOmeros especiales, c6digos de preselecci6n y el
registro de numeraci6n vigente.
V. Que pars efectos de resolver el presente asunto, se tiene que el informe rendido por la Direcci6n
General de Mercados mediante oficio No 5465 - SUTEL -DGM -2013, sostiene que en este asunto el
ICE ha cumplido con los requisitos exigidos tanto en el Plan National de Numeraci6n, como tambien
an el procedimiento de asignaci6n de recurso numero regulado por la SUTEL en las resoluciones
RCS -590 -2009, RCS - 131 -2010, RCS - 412 -2010 y RCS - 239 -2013. El citado informe, que es acogido
en su totalidad por este Consejo como parte de la motivaci6n del presente acto administrativo, indica
en to que interesa, to siguiente:
2) Sobre la solicitud del numero especial de Ilamadas cobra revertido: 800 - 7825988.
• En el caso particular, el operador cuenta ya con la asignaci6n de numeraci6n 800 para servicio de cobro
revertido.
• Por la naturaleza de la solicitud y del recurso de numeraci6n objeto de esta, an este caso no se
considera necesario acreditar que el operador ha llegado at 60% del use de la numeraci6n previamente
asignada. Esto en vista de que este tipo de numeraci6n se solicita tin numero a la vez y no an bloques.
• Se tiene que la cicada solicitud se relaciona con la petici6n de los ctlentes comerciales que pretende
obtener Ins servicios de telecomunicaciones correspondientes a cada caso, por parte de Telef6nica,
segun to que consfa an el siguiente cuadro:
•
At tener ya numeraci6n asignada para los servicios de los ntimeros 800's de cobro revertido y
habiendose comprobado la interoperabilidad pars dichos servicios, resulla solo necesario venticar la
disponibilidad del numero 800 - 7825988 solicitado, en el registro de numeraci6n cuyo control est6 a cargo
de la Direcci6n General de Mercados y que se encuenlra actualizado at 18 de octubre de 2013.
Efectuade dicha verificaci6n, se fiene que at numero 800 - 7825988 se encuenlra disponible, por to que
habiendose acreditado el cumplimiento de los requisitos que el procedimiento de asignaci6n exige,
segun to que consfa en at primer apartado de este informe, se recomienda efectuar la asignaci6n del
numero antenormente indicado.
IV. Conclusiones y Recomendaciones:
• De acuerdo con to expuesto en los apartados anteriores, se recomienda asignar a favor de Telef6nica de
Costa Rica TC, S.A. la siguiente numeraci6n.
Numero Nombre
Servicio # Registro Nombre Operador de
Especial Comercial Numeraci6n Comercial TWO servicios licitae
7 Di itos Son[e
800 7825988 41111 -1100 800- Qualyty Cobro Reverido Telef6nica de Qualy TV
Aulomafico Costa Rica TC
VI. Que la SUTEL debe satisfacer las necesidades actuales y potenciales de nuevos operadores de
servicios de telecomunicaciones, asegurando la maxima disponibilidad del recurso numerico, para
to cual debe de garantizar la equidad y la transparencia de los procedimientos de asignaci6n de
numeraci6n y ampliaci6n de la numeration asignada previamente, tanto para redes de telefonia
basica traditional, telefonia m6vil y telefonia por voz IP.
T •50641x10 -0000 I Apanado 151 -1200 I P3gina 2 de 5
506
F - 22150821 San Jose — Costa Rica
E00- W- -SUTEL gestiondocumental@suteLgo.cr
BW -88 -78835
Servicio Especial N
Numero Comercial N
Nombre Comercial N
Nombre Cliente
800 1
1 7825988 1
1 800- QUALYTV I
I Qualy TV
At tener ya numeraci6n asignada para los servicios de los ntimeros 800's de cobro revertido y
habiendose comprobado la interoperabilidad pars dichos servicios, resulla solo necesario venticar la
disponibilidad del numero 800 - 7825988 solicitado, en el registro de numeraci6n cuyo control est6 a cargo
de la Direcci6n General de Mercados y que se encuenlra actualizado at 18 de octubre de 2013.
Efectuade dicha verificaci6n, se fiene que at numero 800 - 7825988 se encuenlra disponible, por to que
habiendose acreditado el cumplimiento de los requisitos que el procedimiento de asignaci6n exige,
segun to que consfa en at primer apartado de este informe, se recomienda efectuar la asignaci6n del
numero antenormente indicado.
IV. Conclusiones y Recomendaciones:
• De acuerdo con to expuesto en los apartados anteriores, se recomienda asignar a favor de Telef6nica de
Costa Rica TC, S.A. la siguiente numeraci6n.
Numero Nombre
Servicio # Registro Nombre Operador de
Especial Comercial Numeraci6n Comercial TWO servicios licitae
7 Di itos Son[e
800 7825988 41111 -1100 800- Qualyty Cobro Reverido Telef6nica de Qualy TV
Aulomafico Costa Rica TC
VI. Que la SUTEL debe satisfacer las necesidades actuales y potenciales de nuevos operadores de
servicios de telecomunicaciones, asegurando la maxima disponibilidad del recurso numerico, para
to cual debe de garantizar la equidad y la transparencia de los procedimientos de asignaci6n de
numeraci6n y ampliaci6n de la numeration asignada previamente, tanto para redes de telefonia
basica traditional, telefonia m6vil y telefonia por voz IP.
T •50641x10 -0000 I Apanado 151 -1200 I P3gina 2 de 5
506
F - 22150821 San Jose — Costa Rica
E00- W- -SUTEL gestiondocumental@suteLgo.cr
BW -88 -78835
VI. Que la SUTEL debe satisfacer las necesidades actuales y potenciales de nuevos operadores de
servicios de telecomunicaciones, asegurando la maxima disponibilidad del recurso numerico, para
to cual debe de garantizar la equidad y la transparencia de los procedimientos de asignaci6n de
numeraci6n y ampliaci6n de la numeration asignada previamente, tanto para redes de telefonia
basica traditional, telefonia m6vil y telefonia por voz IP.
T •50641x10 -0000 I Apanado 151 -1200 I P3gina 2 de 5
506
F - 22150821 San Jose — Costa Rica
E00- W- -SUTEL gestiondocumental@suteLgo.cr
BW -88 -78835
00099^
da sputel
.- TELECOMUNtCACIONEE
VII. Que de conformidad con los resultandos y considerandos Clue preceden, de acuerdo al merito de
los autos, lo procedente es asignar el recurso de numeraci6n a TELEFONICA, acogiendo al efecto
la recomendaci6n efectuada por la Direcci6n General de Mercados de esta SUTEL.
POR TANTO
Con fundamento en las competencias otorgadas por la Ley General de Telecom unicaciones, Ley N°
8642, la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Publicos, Ley N° 7593, la Ley General de
Administraci6n Nblica, Ley N° 6227, y el Plan Nacional de Numeraci6n (Decreto Ejecutivo N °35187-
MINAET).
EL CONSEJO DE LA
SUPERINTENDENCIA DE TELECOM UNICACIONES
RESUELVE:
1. Asignar a TELEFONICA DE COSTA RICA TC, S.A., cedula de persona juridica 3- 101 - 610198, la
siguiente numeraci6n:
Servicio
Numero
# Registro
Nombre
TWO
Operador de
Nombre
Cliente
Especial
Comercial
Numeraci6n
Comercial
Servicios
Solicitante
(7 Digitos)
Cobro
TELEFONICA DE
800
7825988
41111 -1100
800 - Qualytv
Revertido
COSTA RICA TC, S.A.
Qualy TV
Automatico
2. Notificar esta resoluci6n a todos los operadores con numeraci6n asignada.
3. Apercibir a TELEFONICA DE COSTA RICA TC, S.A que debe asegurar y garantizar que dicha
numeraci6n no sera otorgada a terceros operadores o proveedores, para la explotaci6n de servicios
de telecomunicaciones disponibles al publico.
4. Apercibir a TELEFONICA DE COSTA RICA TC, S.A, que de acuerdo a to establecido en el articulo
23 del Plan Nacional de Numeraci6n, respecto al monitoreo y auditoria de la numeraci6n, debera
entregar un reporte semestral de la utilizacion de todos los c6digos numericos asignados.
5. Asimismo, apercibir a TELEFONICA DE COSTA RICA TC, S.A que para todos los recursos de
numeraci6n que le han sido asignados, debera respetar el derecho de los usuarios a portar su
numero si estos deciden cambiar de operador o proveedor de servicios; todo conforme con el
Regimen de Protecci6n a la Intimidad y Derechos del Usuario Final de la Ley N° 8642 Ley General
de Telecom unicaciones, articulo 45, inciso 17, y a to establecido en el articulo 29 del Reglamento
sobre el Regimen de Protecci6n al Usuario Final de los Servicios de Telecomunicaciones. Por lo
tanto, el TELEFONICA DE COSTA RICA TC, S. A. debera habilitar sus redes para permitir la
portabilidad de acuerdo a lo definido en la resoluci6n RCS - 090 -2011 publicada en la Gaceta N° 95
el 18 de mayo del 2011.
6. Apercibir a TELEFONICA DE COSTA RICA TC, S.A que de conformidad con el articulo 74 de la Ley
General de Telecom unicaciones, ley 8642, y las condiciones y terminos de su titulo habilitante, es
obligaci6n de los operadores y proveedores de servicios, permitir a sus clientes el acceso al sistema
de emergencias.
7. Advertir que de conformidad con el articulo 23 del Plan Nacional de Numeraci6n, la SUTEL podra
Ilevar a cabo actividades de supervision sobre la utilizaci6n de los recursos numericos asignados a
TELEFONICA DE COSTA RICA TC, S.A, con el objetivo de verificar la interoperabilidad de toda la
numeraci6n asignada por la SUTEL y asi evitar y verificar la retenci6n de codigos numericos sin use
realmente planificado o requerido.
T :606400 00 I Apanado 151 -1200 I Pagina 3 de 5
F +5082215E821 San Jose - Costa Rica
80488-SUTEL I gestiondocumenta1@sutel.go.cr
00.8&
878835
00090
da sutel
SUVERINTENCENCIA OE
iEMCOMUNICAIONES
Apercibir a TELEF6NICA DE COSTA RICA TC, S.A que el recurso numerico asignado esta sujeto
al cumplimiento de las condiciones dispuestas en el articulo 16 del Reglamento sabre el Regimen
de Proteccion al Usuario Final de las Telecom unicaciones que indica que los cliente y usuarios
tendran derecho a acceder en iguales condiciones a cualquiera de las redes o plataformas de los
operadores o proveedores interconectados; y to dispuesto en el articulo 8 del mismo reglamento que
indica que todo servicio sera brindado a los clientes o usuarios par parte del operador o proveedor
sin restriccion alguna para el acceso a las distintas redes de telecomunicaciones. Par ello, los
operadores y proveedores deben asegurar la naturaleza demanial y universal de los recursos
numericos asignados y en raz6n de ello deberan permitir irrestrictamente la accesibilidad e
interoperabilidad total a los demas operadores y proveedores que cuenten con recursos de
numeracion asignados par la SUTEL.
9. En raz6n de to anterior y de conformidad con el acuerdo 010- 035 -2012, de la sesi6n 035 -2012 del 6
de junio del 2012, de comprobarse el incumplimiento de las disposiciones adoptadas par el Consejo
de la SUTEL, se proceder6 recuperar del recurso numerico y/o la aplicaci6n de la sancion
correspondiente de conformidad con el articulo 67 de la Ley General de Telecom unicaciones, Ley
No.8642.
10. Inscribir la presente asignaci6n de recurso numerico a favor de TELEFONICA DE COSTA RICA
TC, S.A, en el Registro Nacional de Telecom unicaciones, el cual debe estar disponible en la pagina
electr6nica de la SUTEL, seg6n articulo 80 de la Ley General de Telecom unicaciones y punto XVI
de la resoluci6n No RCS - 590 -2010.
En cumplimiento de to que ordena el articulo 345 y el articulo 346 de la Ley General de la
Administracion Publica, se indica que contra esta resoluci6n cabe el recurso ordinario de revocatoria o
reposici6n ante el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, a quien corresponde
resolverlo, y debera interponerse en el plaza de 3 dias habiles, contadas a partir del dia siguiente a la
notificaci6n de la presente resolucion.
NOTIFIQUESE E INSCRIBASE EN EL REGISTRO NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES.
La anterior transcripcion se realiza a efectos de comunicar el acuerdo citado adoptado por el
Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones.
Atentamente,
CONSEJO DE LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES
Luis Alberto Ca me Alvarado rr.\ e aria del Consejo SiA RICA
T In 4000 -0000 I Apanado 151 -1200 I Pagina 4 de 5
F �5062115E82t San JOSA —Costa Riw
800 -88 -SUTEL gestionaocumentalgsutel.go.cr
800 -88 -78835
11/1913 Cwreode Sutel- RCS - 301- 2013ASIGNACI6NADICIONALDERECURSOSDENUMERACi6N 800 A TELEFONICT'D
sutel
i G !!7�i n.Oj ^cs CIE. "3i2 CiYla r!Jei.rOja °�t—= t`_'31.0 :. :i%
RCS - 301 -2013 ASIGNACION ADICIONAL DE RECURSOS DE NUMERACION 800
A TELEFONICAM
I mensa /e
Maribel Rojas Varela <notificaciones @sutel.go.cr>
Para: notificacioneslegal .cr @telefonica.com
Cc: Jolene Knorr Briceno <jolene.knorr @sutel.go.cr>
15 de noAembre de 2013 10:58
RCS - 301 -2013 ASIGNACION ADICIONAL DE RECURSOS DE NUMERACION 800 A TELEFONICA
Saludos.
Maribel Rojas Varela
Q Sutel
T[1[[OMxCKron]
T +506 -40 -00 -00.12
F +506- 22- 15 -68 -21
m aribe I.rojas @s ute I.go.cr
Call Center 800- 88- 7 -88 -35
w w w.s ute I.go.cr
RCS301- 2013.pdf
878K
https:// mail. google. corrJmail /WO/?ui= 2&ilc-bi23c91670&,A �pt&search= sent &th= 1425cb312a72r4a2 1/1
as sutel
TELECOMUNiCPCIONES
5798 - SUTEL -SC S -2013-
0009P7 I,
El suscrito. Secretario del Consejo de la Superintendencia de Telecom unicaciones, en ejercicio de las
competencias que le atribuye el inciso b) del articulo 50 de la Ley General de la Administracion POblica,
ley 6227, y el articulo 35 del Reglamento interno de organization y funciones de la Autoridad Reguladora
de los Servicios POblicos y sus 6rganos desconcentrados, me permito comunicarle(s) que en sesi6n
ordinaria NO 059 -2013, celebrada el 6 de noviembre del 2013, mediante acuerdo 006 - 059 -2013, de las
09:30 horas, el Consejo de la Superintendencia de Telecom unicaciones aprob6 por unanimidad, la
siguiente resolution:
RCS - 301 -2013
"ASIGNACION ADICIONAL DE RECURSOS DE NUMERACION 800's
PARA SERVICIOS DE COBRO REVERTIDO A FAVOR DE
TELEF6NICA DE COSTA RICA TC, SA."
EXPEDIENTE SUTEL- T0053 -STT- NUM -OT- 00139 -2011
POR TANTO
Con funciamento en las competencias otorgadas por la Ley General de Telecomunicaciones, Ley N°
8642, la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios POblicos, Ley No 7593, la Ley General de
Administration POblica, Ley NO 6227, y el Plan Nacional de Numeraci6n (Decreto Ejecutivo N °35187-
MINAET).
EL CONSEJO DE LA
SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES
RESUELVE:
1. Asignar a TELEF6NICA DE COSTA RICA TC, S.A., cedula de persona juridica 3-101-610198, la
siguiente numeraci6n:
Servicio
Comercial
omerci
#Registro
Nombre
TWO
Operadorde
Nornbre
Cl'
Cl'
Especial
(7 Digitos)
Numeration
Comercial
Servicios
Solicitante
Cobro
TELEFONICA DE
800
7825988
41111 -1100
800 - Qualytv
Revertido
COSTA RICA TC, S.A.
Qualy TV
Autom9tico
2. Notificar esta resolution a todos los operadores con numeraci6n asignada.
3. Apercibir a TELEFONICA DE COSTA RICA TC, S.A que debe asegurar y garantizar que dicha
numeraci6n no sera otorgada a terceros operadores o proveedores, para la explotaci6n de servicios
de telecomunicaciones disponibles al p6blico.
4. Apercibir a TELEFONICA DE COSTA RICA TC, S.A, que de acuerdo a lo establecido en el articulo
23 del Plan Nacional de Numeraci6n, respecto al monitoreo y auditoria de la numeraci6n, debera
entregar un reporte semestral de la utilizaci6n de todos los c6digos numericos asignados.
5. Asimismo, apercibir a TELEFONICA DE COSTA RICA TC, S.A que pars todos los recursos de
numeraci6n que le han sido asignados, debera respetar el derecho de los usuarios a portar su numero
si estos deciden cambiar de operador o proveedor de servicios; todo conforme con el Regimen de
Protecci6n a la Intimidad y Derechos del Usuario Final de la Ley NO 8642 Ley General de
Telecom unicaciones, articulo 45, inciso 17, y a to establecido en el articulo 29 del Reglamento sobre
el Regimen de Protecci6n al Usuario Final de los Servicios de Telecom unicaciones. Por to tanto, el
T:1 04000-0000 I Apanado 11"-1200 I pAgina 1 de 3
F �5082215E821 San JOSH —Costa Riw
800E8 -SUTEL gestiOndocumental�su[el.go.cr
800-88-18835
000996
da sutel
TEIECOMONIUCIONEi
TELEFONICA DE COSTA RICA TC, S. A. debera habilitar sus redes para permitir la portabilidad de
acuerdo a to definido en la resolucion RCS - 090 -2011 publicada en la Gaceta No 95 el 18 de mayo del
2011.
6. Apercibir a TELEFONICA DE COSTA RICA TC, S.A que de conformidad con el articulo 74 de la Ley
General de Telecomunicaciones, ley 8642, y las condiciones y terminos de su titulo habilitante, es
obligation de los operadores y proveedores de servicios, permitir a sus clientes el acceso al sistema
de emergencias.
7. Advertir que de conformidad con el articulo 23 del Plan National de Numeration, la SUTEL podra
Ilevar a cabo actividades de supervision sobre la utilizaci6n de los recursos numericos asignados a
TELEFONICA DE COSTA RICA TC, S.A, con el objetivo de verificar la interoperabilidad de toda la
numeration asignada por la SUTEL y asi evitar y verificar la retention de c6digos numericos sin use
realmente planifcado o requerido.
8. Apercibir a TELEFONICA DE COSTA RICA TC, S.A que el recurso numerico asignado esta sujeto al
cumplimiento de las condiciones dispuestas en el articulo 16 del Reglamento sobre el Regimen de
Protection al Usuario Final de las Telecomunicaciones que indica que los cliente y usuarios tendran
derecho a acceder en iguales condiciones a cualquiera de las redes o plataformas de los operadores
o proveedores interconectados, y lo dispuesto en el articulo 8 del mismo reglamento que indica que
todo servicio sera brindado a los clientes o usuarios por parte del operador o proveedor sin restricci6n
alguna para el acceso a las distintas redes de telecomunicaciones. For ello, los operadores y
proveedores deben asegurar la naturaleza demanial y universal de los recursos numericos asignados
y en raz6n de ello deberan permitir irrestrictamente la accesibilidad a interoperabilidad total a los
demas operadores y proveedores que cuenten con recursos de numeration asignados por la SUTEL.
9. En razon de lo anterior y de conformidad con el acuerdo 010- 035 -2012, de la sesion 035 -2012 del 6
de junio del 2012, de comprobarse el incumplimiento de las disposiciones adoptadas por el Consejo
de la SUTEL, se procedera recuperar del recurso numerico y/o la aplicacion de la sancion
correspondiente de conformidad con el articulo 67 de la Ley General de Telecomunicaciones, Ley
No.8642.
10. Inscribir la presente asignaci6n de recurso numerico a favor de TELEF6NICA DE COSTA RICA TC,
S.A, en el Registro National de Telecomunicaciones, el cual debe estar disponible en la pagina
electronica de la SUTEL, segun articulo 80 de la Ley General de Telecomunicaciones y punto XVI de
la resolucion No RCS -590 -2010.
En cumplimiento de to que ordena el articulo 345 y el articulo 346 de la Ley General de la Administration
Pilblica, se indica que contra esta resolucion cabe el recurso ordinario de revocatoria o reposition ante
el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, a quien corresponde resolverlo, y debera
interponerse en el plazo de 3 dies habiles, contadas a partir del dia siguiente a la notification de la
presente resolucion.
NOTIFIQUESE E INSCRIBASE EN EL REGISTRO NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES.
La anterior transcription se realiza a efectos de comunicar el acuerdo citado adoptado por el Consejo
de la Superintendencia de Telecomunicaciones.
Atentamente,
CONSEJO DE LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES
Luis Alberto Casca Alvarado p�*t' �E TfIFCo
e Consejo
W � z
d COSTA RICA �n
T.sos 4000 -000g ( Aranado 151 -1 NO '� :t S gina 2 de 3
F.5062215b 21 San JOS6-Cost a Rica
B - 88-SUTEL gestlondocurnental @suteli
BM -BB -78835
11/1913 Corrwde Sutel- RCS - 301- 2013ASIGNACION ADICIONALDE RECURSOS DE NUMERACIbN 800 A TELEF6NIC1) ® 0 n n -
d sutei
RCS -301 -2013 ASIGNACION ADICIONAL DE RECURSOS DE NUMERACION 800
A TELEFONICA
mensaje
Maribel Rojas Varela <notificaciones @sutel.go.cr> 15 de noviembre de 2013 10:56
Para: administration @interphoneline.com, cfmonge @grupom.net, gchacon @telecablecr.com, info @callmyway.com,
info @ediay.cr, jmagnin @multicom.cr, Izuniga @datatell.net, manfred.cerdas @fullmovil.cr, notification @rhitcr.com,
notificaciones.sutel @claro.cr, notificaciones @tigo.co.cr, notificacioneslegal .cr@telefonica.com,
notificacionessutel @teletica.com, seNcioalcliente @telecom506.com, sutel @data.cr, Notificaciones DRR
<notificaciones_d rr @ice.go. cr>
Saludos.
Maribel Rojas Varela
sutei
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T +506- 40- 00 -00 -12
F +506- 22- 15 -68 -21
m aribe I.rojas @s ute I.go.cr
Call Center 800.88- 7 -88 -35
www.sutel.go.cr
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(100998
da sutel
�.' TELECOMONICACIONES
CONSTANCIA DE NOTIFICACI6N
RCS - 301 -2013
"ASIGNACION ADICIONAL DE RECURSOS DE NUMERACION 800's
PARA SERVICIOS DE COBRO REVERTIDO A FAVOR DE
TELEF6NICA DE COSTA RICA TC, SA."
EXPEDIENTE SUTEL- T0053 -STT- NUM -OT- 00139 -2011
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