IniciarMi WebLinkAcerca deAcuerdo 143-2005 MSP Sociedad Periodística Extra LTDA.No.013 z s isP- t-
S?• 000308
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y EL
MINISTRO DE GOBERNACION Y POLICIA
Y SEGURIDAD PUBLICA
Con fundamento en la Ley de Radio No.1758 del 19 de junio de 1954 y sus reformas y el
Reglamento de radiocomunicaciones Decreto Ejecutivo No 31608-G del 24 de junio del 2004 y el
Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias Decreto No.27554-G, con fecha 06 de
noviembre de 1998 y sus reformas.
Considerando:
1.- Que según Acuerdo Ejecutivo No.2849-2002 MSP, del 18 de julio de 2002, se le
otorgó concesión de derecho de uso de la frecuencia 850 KHz a la SOCIEDAD
PERIODISTICA EXTRA LTDA., la cual ha presentado formal solicitud tendiente a que
se le modifique dicho acuerdo, en cuanto a la ubicación del transmisor principal.
2.- Que el señor LIC. WILLIAM GOMEZ VARGAS, con cédula de identidad número 2-
273-010, en calidad de Gerente con Facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de
suma de SOCIEDAD PERIODISTICA EXTRA LTDA., ha presentado formal solicitud
tendiente a que se le modifique el Acuerdo Ejecutivo No 2849-2002 MSP, del 18 de julio
de 2002 en cuanto a que se le permita la instalación del transmisor principal de la
frecuencia 850 KHz Amplitud Modulada (AM), en el cantón de El Guarco, distrito Tejar,
provincia de Cartago, con el fin de llevar su señal a todo el país.
3.- Que según certificación del Notario Público Carlos Manuel Serrano Castro, el señor
Lic. William Gómez Vargas, mayor, casado una vez, empresario, vecino de Alajuela,
detrás del Estadio Alejandro Morera Soto, con cédula de identidad número 2-273-010, es
Gerente con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de SOCIEDAD
PERIODISTICA EXTRA LTDA; con cédula jurídica No.3-102-038255.
4.-Que la frecuencia 850 KHz se encuentra según lo establecido en el Reglamento al Plan
Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto No.27554-G con fecha 06 de noviembre
de 1998 y sus reformas.
5.-Que el Departamento de Control Nacional de Radio hizo el análisis correspondiente al
expediente de SOCIEDAD PERIODISTICA EXTRA LTDA encontrándolo ajustado a
derecho, por lo que ha dado su parecer favorable para que se modifique el Acuerdo
Ejecutivo No 2849-2002 MSP, del 18 de julio de 2002 en cuanto a que se le permita la
instalación del transmisor principal de la frecuencia 850 KHz Amplitud Modulada (AM),
en el cantón de El Guarco, distrito Tejar, provincia de Cartago, con el fin de llevar su
señal a todo el país, conforme lo establece el Reglamento de Radiocomunicaciones, por
un período de 20 años(VEINTE AMOS)..
POR TANTO, . • 0 0 0407
AUERDAN:
Modificar el Acuerdo Ejecutivó No 2849-2002 MSP, del 18 de julio de 2002 de
concesión de derecho de uso de la frecuencia 850 KHz Amplitud Modulada (AM) a
SOCIEDAD PERIODISTICA EXTRA LTDA, autorizando la instalación del transmisor
principal en el cantón de El Guarco, distrito Tejar, provincia de Cartago, con las
siguientes características:
1-SERVICIO: RADIODIFUSIÓN SONORA
2-CLASE: COMERCIAL
3-INDICATIVO: TI-RDR
4-FRECUENCIA OPERACION:850 KHz
5-TIPO DE SEÑAL DE RF: AMPLITUD MODULADA
6-PORCENTAJE DE MODULACION: 100 %
7-TIPO DE EMISON:10 A3 E
8-TOLERANCIA MÁXIMA DE
FRECUENCIA: 200 KHz
9-ANCHO DE BANDA: 10 KHZ
10-POTENCIA DEL TRANSMISOR
PRINCIPAL: 5000 WATTS
11-TIPO DE ANTENA: TORRE IRRADIADA
12-ALTURA CON RESPECTO A LA
SUPERFICIE: 48 METROS
13-TIPO DE LINEA DEL TRANSMISOR: RIGIDA 1 5/8" DIAMETRO
14-PATRON DE IRRADIACION: OMNIDIRECCIONAL
15-UBICACIÓN DEL TRANSMISOR: TEJAR DEL GUARCO, CARTAGO
16-ZONA DE COBERTURA: TODO EL PAIS
PLAZO DE LA CONCESIÓN: VEINTE AÑOS (20 AÑOS). Pudiendo ser renovada por
un período igual, a solicitud del interesado, siempre y cuando cumpla con lo establecido
en la Ley de Radio y su Reglamento.
Queda entendido el concesionario de esta frecuencia que es obligación de su parte
observar la legislación vigente o la que en el futuro se dicte, acatando las indicaciones de
la Oficina de Control Nacional de Radio y que a partir de la publicación del presente
Acuerdo tendrá un plazo de seis meses para la puesta en funcionamiento del servicio de
Radiodifusión Sonora.
Dado en la Presidencia de la Repúblicá: l.d a64de mayo de 2005.
fri0/
7,.(
01.,115)8S 4
ABEL PACHECO DE LA ESPRIEÑ.A
F
id.0 \b 80`J O
LIC. ROGELIOVVIOS MARTINE
MINISTRO DE GOBERNACION Y POLICIA
Y SEGURIDAD PÚBLICA