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IniciarMi WebLinkAcerca deAcuerdo 143-2005 MSP Sociedad Periodística Extra LTDA.No.013 z s isP- t- S?• 000308 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y EL MINISTRO DE GOBERNACION Y POLICIA Y SEGURIDAD PUBLICA Con fundamento en la Ley de Radio No.1758 del 19 de junio de 1954 y sus reformas y el Reglamento de radiocomunicaciones Decreto Ejecutivo No 31608-G del 24 de junio del 2004 y el Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias Decreto No.27554-G, con fecha 06 de noviembre de 1998 y sus reformas. Considerando: 1.- Que según Acuerdo Ejecutivo No.2849-2002 MSP, del 18 de julio de 2002, se le otorgó concesión de derecho de uso de la frecuencia 850 KHz a la SOCIEDAD PERIODISTICA EXTRA LTDA., la cual ha presentado formal solicitud tendiente a que se le modifique dicho acuerdo, en cuanto a la ubicación del transmisor principal. 2.- Que el señor LIC. WILLIAM GOMEZ VARGAS, con cédula de identidad número 2- 273-010, en calidad de Gerente con Facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de SOCIEDAD PERIODISTICA EXTRA LTDA., ha presentado formal solicitud tendiente a que se le modifique el Acuerdo Ejecutivo No 2849-2002 MSP, del 18 de julio de 2002 en cuanto a que se le permita la instalación del transmisor principal de la frecuencia 850 KHz Amplitud Modulada (AM), en el cantón de El Guarco, distrito Tejar, provincia de Cartago, con el fin de llevar su señal a todo el país. 3.- Que según certificación del Notario Público Carlos Manuel Serrano Castro, el señor Lic. William Gómez Vargas, mayor, casado una vez, empresario, vecino de Alajuela, detrás del Estadio Alejandro Morera Soto, con cédula de identidad número 2-273-010, es Gerente con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de SOCIEDAD PERIODISTICA EXTRA LTDA; con cédula jurídica No.3-102-038255. 4.-Que la frecuencia 850 KHz se encuentra según lo establecido en el Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto No.27554-G con fecha 06 de noviembre de 1998 y sus reformas. 5.-Que el Departamento de Control Nacional de Radio hizo el análisis correspondiente al expediente de SOCIEDAD PERIODISTICA EXTRA LTDA encontrándolo ajustado a derecho, por lo que ha dado su parecer favorable para que se modifique el Acuerdo Ejecutivo No 2849-2002 MSP, del 18 de julio de 2002 en cuanto a que se le permita la instalación del transmisor principal de la frecuencia 850 KHz Amplitud Modulada (AM), en el cantón de El Guarco, distrito Tejar, provincia de Cartago, con el fin de llevar su señal a todo el país, conforme lo establece el Reglamento de Radiocomunicaciones, por un período de 20 años(VEINTE AMOS).. POR TANTO, . • 0 0 0407 AUERDAN: Modificar el Acuerdo Ejecutivó No 2849-2002 MSP, del 18 de julio de 2002 de concesión de derecho de uso de la frecuencia 850 KHz Amplitud Modulada (AM) a SOCIEDAD PERIODISTICA EXTRA LTDA, autorizando la instalación del transmisor principal en el cantón de El Guarco, distrito Tejar, provincia de Cartago, con las siguientes características: 1-SERVICIO: RADIODIFUSIÓN SONORA 2-CLASE: COMERCIAL 3-INDICATIVO: TI-RDR 4-FRECUENCIA OPERACION:850 KHz 5-TIPO DE SEÑAL DE RF: AMPLITUD MODULADA 6-PORCENTAJE DE MODULACION: 100 % 7-TIPO DE EMISON:10 A3 E 8-TOLERANCIA MÁXIMA DE FRECUENCIA: 200 KHz 9-ANCHO DE BANDA: 10 KHZ 10-POTENCIA DEL TRANSMISOR PRINCIPAL: 5000 WATTS 11-TIPO DE ANTENA: TORRE IRRADIADA 12-ALTURA CON RESPECTO A LA SUPERFICIE: 48 METROS 13-TIPO DE LINEA DEL TRANSMISOR: RIGIDA 1 5/8" DIAMETRO 14-PATRON DE IRRADIACION: OMNIDIRECCIONAL 15-UBICACIÓN DEL TRANSMISOR: TEJAR DEL GUARCO, CARTAGO 16-ZONA DE COBERTURA: TODO EL PAIS PLAZO DE LA CONCESIÓN: VEINTE AÑOS (20 AÑOS). Pudiendo ser renovada por un período igual, a solicitud del interesado, siempre y cuando cumpla con lo establecido en la Ley de Radio y su Reglamento. Queda entendido el concesionario de esta frecuencia que es obligación de su parte observar la legislación vigente o la que en el futuro se dicte, acatando las indicaciones de la Oficina de Control Nacional de Radio y que a partir de la publicación del presente Acuerdo tendrá un plazo de seis meses para la puesta en funcionamiento del servicio de Radiodifusión Sonora. Dado en la Presidencia de la Repúblicá: l.d a64de mayo de 2005. fri0/ 7,.( 01.,115)8S 4 ABEL PACHECO DE LA ESPRIEÑ.A F id.0 \b 80`J O LIC. ROGELIOVVIOS MARTINE MINISTRO DE GOBERNACION Y POLICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA