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IniciarMi WebLinkAcerca deHIDALGO VILLANUEVA LUIS Acuerdo No. 661-96-MGr. . I 661- 96- AIG. —San José, 15 de julio de 1996. EL PRESIDENTE DE LA,REPUBLICA . 1 EL MINISTRO DE GOBERNACION Y POLICIA, Con fundamento en la Ley de Radio N' 1758 del 19 de junio de 1954 y sus reformas y el Regl mento N' 63 del 11 de diciembre de 1956 y { sus reformas y Considerando: 1 °—Que el señor Hidalgo Villanueva Luis Alberto, cédula número 2.300 -661, ha presentado formal solicitud tendiente a que se le autorice un sistema de radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia entre sus bases ubicadas en San José y Alajuela, Unidades Móviles y Portátiles. 2'—Que la Oficina de Control \acional de Radio, hizo el análisis correspondiente del expediente de Hidalgo \ illanueva Luis Albérto con cédula N' 2- 300 -661 encontrándolo ajustado a derecho, por lo que ha dado su parecer favorable para que dicho sistema sea - autorizado. Por tanto: ACUERDAN: J- - Otorgar la frecuencia: RX 42.52 MHZ -TX 45.64 -MHz con las G siguientes características: 1 Indicativo _ Zona de acción Potencia máxima Clase de servicio TE -BOR Todo el país 25 Ritts Comercial Con repetí$ ora en el Volcán Irazú. L -- _ ` - - Í Queda entendido el consecionario de esta frecuencia que es . obligación de su parte observar la Legislación'V ¡gente ola que en el futuro 1 se dicte: acatando las indicaciones & la Oficina de Control Nacional de diRao. JOSE MARIA FIGUERES OLSEN. —El Ministro de Gobernación y Pólicía, Bernardo Arce Gutiérrez -1 vez — (Solicitud N' 4723). —C- 2800.-- 90160). Ula- q G2 004 1 0