IniciarMi WebLinkAcerca deHIDALGO SALAZAR ELIECER Acuerdo 293-2007- MGPy
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EL PRESIDEIN—TE DE LA REPúBLIt`:A Y EL
1ltIE'ZSZRO DE GODERNACItá` Y POLICM
Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 121 inciso 14) aparte
c), 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política. el Convenio Internacional de
Telecomunicaciones, ratificado mediante Ley ?ayo. 8100, del 04 de abril del 2002; los
artículos 13; 6 de la Ley de Radio No. 1758, del 19 de junio de 1954 y su` reformas; los
artículos 2, 3, 5, 9, 11, 19, 30, 32 y 33 del Reglamento de Radiocomunicaciones.
Decreto Ejecutivo No. 31608 -G, del 24 de junio del 2004 y sus reformas; y el articulo 2
del Reglamento al Plan Racional de Retribución de Frecuencias, Decreto Ejecutivo ZTo.
27554 -G, del 06 de nouiernbre de 1998 y sus reformas.
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I.- Que mediante Recuerdo Ejecutivo No. 495 -9.7 MSP, del 09 de abril de 1997= se
otorgó concesión de derecho de uso de las frecuencias T-7. 31.54 MHz., 1 R-X 34.84
MHz., ala señora CECni, PAChT co '57ARc.u.
Que la señora CECILLa. PACHECO VÁReA.s, cédula de identidad número 2 -263 -6322,
cedió la concesión de derecho die uso de las frecuencias 77k?» 31.84 MHz.. y R_k 34.84
MHz., al señor ELIÉCER HIDALGO S.0 d ¡r: R (Ver íblio 016 expediente del citado).
3.- Que las frecuencias solicitadas se encuentran según lo establecido en el Reglamento
al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto Ejecutivo No. 27554 -G, del 06
de nouiernbre de 19981' sus reforma`.
4. -Que el señor EixÉcER SALGO SALAzAit.; cédula de identidad ninnero 2-424 -312,
ha presentado fonnal solicitud tendiente a que.,sse le otorgue concesión de derecho de uso
de las frecuencias TX 31.840 I.1Hz., y 111UX 34.5240 NIHz., paca sx ,t- z-adas en el
sZi'4T'lcio de radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia. k -VHF), entre sus bases ubicadas
en el cantón de San Cáelos y sus unidades inóvifes.
5.- Que el D epastame nt-o de Control Nacional de. Radio hizo el análisis correspondiente a
los expedientes de la señora CFCILLA PACRECO Y !kKr-S y del señor ELEcF-R H DALco
SAL.k.AF,-, encontrándolos ajustados: a derecho, por lo que ha dado su parecer faTorable
para que dicha cesión de desecho de uso de las frecuencias solicitadas sea otorgada en
las nusmas condiciones balo las cuales fue otorgada originahuente y, de conformidad
con lo dispuesto en el de Radiocomunicaciones, Decreto Ljecut.ivo xo.
31608-0, del 24 de junio del 2004 y sus, reforma_,, por m blazc de años (Cinco años),
contados a partir de la entrada en vigencia del citado Reglatnento. ... , - l '
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PoR T-ro;
AGLERDA_:
OTORGAR al señor ELÉcER HIDALw SAL. conce%s ón de
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frecuencias TX 31.840 MHz., y RX 34.840 MHz., que le. cede la señora CY_cU-LA
PACHICO VARGAS, para ser utilizadas en el servicio de. ;adiceo-Aiunicacián en Muy
Alta Frecuencia (VHF), segun las siguientes caractacístic.w
INDICATIVO ZONA PO'I`ENCbA CLASE DE EICACIÓN DE I.Ak
DE AcClóN R +
P`a3, riJC.: ..
r a.:'. .
TE-DTX ZOINA 2,5 WATTS
Át =.£Z,;'n:L.a.
CON-fEÍtC"LU
i'....•,1,...':.::..t...1a. w+
CIS-RO P.gLaNmal,
N ORTE P.D o ALr4 IIEL.
PLAZO DE LA CoNcESIó,í: El cesionario explotará los derechos cedidos en los
mismos términos que fue otorgada la concesión originalmente. Podrá ser renovada
por un período igual al que fue otorgada (Cwco AÑos), prel¡a solicitud del
interesado; siempre y cuando cumpla con lo establecido en la Ley de Radio $ su
Reglamento. Plazo contado a partir de la entrada en vigencia del_Reglaffientá de
Radiocomunicaciones. Decreto Ejecutivo No. 31608 -G, del 2-4--d1 , u pie ?1101 y
sus reformas.
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Queda entendido el conce~-ionario de esta, free =;encías que 0 &its- .i.;parte
observar la legislación vigente o la que en el gro se dicte, acatando las indicaciones
de la Oficina de Control Nacional de Radio.
Dado en la Presidencia de la
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ública eft día veinticinco de junio del año
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