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IniciarMi WebLinkAcerca deHERRERA ARIAS EFRAIN Acuerdo 569 -MG 16 de julio de 1996MINISTERIO OE 60BERNACION Y POIICIA SAN JOSE, COSTA RICA Al CONTESTAR ESTE OFICIO REFIERASE A-ESTE HUME10 No. CU052 N* 569 -MG.- -San José, 16 de julio de 1996. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y EL MINISTRO DE GOBERNACION Y- POLICIA lis Con fundamento en la Ley de Radio N° 1758 del 19 de junio de 1954 y sus reformas y el Reglamento N, - 63 del 11 de diciembre de 1956 y Sus reformas, y, Considerando: I P° Que el señor Herrera Arias Efaín, cédula número 2 -221 -642, ha presentado formal solicitud tendiente a que se le autorice un sistema de radiocomunicación en muy alta frecuencia entre su base ubicada en Atenas, Alajuela'y unidades móviles. 2°â€” Que la Oficina de Control Nacional de Radio, hizo el análisis correspondiente del expediente del señor Herrera Arias Efrain, cédula N° 2-221-642,- encontrándolo ajustado a dererJto, por lo que ha dado su parecer favorable para que dicho sistema sea autorizado. Por tanto, ` ACUERDAN: Otorgar la frecuencia 38.30 C.D. MHz al séflor Herrera Arias Efraín con las siguientes características: i Indicativo Zona de "da Potencia má :ima Clase de servicio TE~ Valle Central 25 WATTS Comercial Queda entendido el concesionario de esta frecuencia qee esEobligacióndesuparteobservarlaLegislaciónvigenteolaqueenelfuturo se dicte, acatando las indicaciones de la Oficina de Control Nacional de ' Radio. i JOSE MARÍA FIGUERES OLSEN. —El Ministro de Gobernación Y Policía, Bemardo Arce Gutiérrez —I vez -- (Solicitud N° 942).—0- 2600. -- (63711 } t1% J A arcJ 4 `l t `:: L ry- CL- t 4 Q 4.