IniciarMi WebLinkAcerca deHERRERA ARIAS EFRAIN Acuerdo 569 -MG 16 de julio de 1996MINISTERIO OE 60BERNACION Y POIICIA
SAN JOSE, COSTA RICA
Al CONTESTAR ESTE OFICIO REFIERASE A-ESTE HUME10
No. CU052
N* 569 -MG.- -San José, 16 de julio de 1996.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Y EL MINISTRO DE GOBERNACION Y- POLICIA
lis Con fundamento en la Ley de Radio N° 1758 del 19 de junio de
1954 y sus reformas y el Reglamento N, - 63 del 11 de diciembre de 1956 y
Sus reformas, y,
Considerando: I
P° Que el señor Herrera Arias Efaín, cédula número 2 -221 -642,
ha presentado formal solicitud tendiente a que se le autorice un sistema de
radiocomunicación en muy alta frecuencia entre su base ubicada en
Atenas, Alajuela'y unidades móviles.
2°â€” Que la Oficina de Control Nacional de Radio, hizo el análisis
correspondiente del expediente del señor Herrera Arias Efrain, cédula N°
2-221-642,- encontrándolo ajustado a dererJto, por lo que ha dado su
parecer favorable para que dicho sistema sea autorizado. Por tanto, `
ACUERDAN:
Otorgar la frecuencia 38.30 C.D. MHz al séflor Herrera Arias Efraín
con las siguientes características:
i Indicativo Zona de "da Potencia má :ima Clase de servicio
TE~ Valle Central 25 WATTS Comercial
Queda entendido el concesionario de esta frecuencia qee esEobligacióndesuparteobservarlaLegislaciónvigenteolaqueenelfuturo
se dicte, acatando las indicaciones de la Oficina de Control Nacional de '
Radio.
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JOSE MARÍA FIGUERES OLSEN. —El Ministro de Gobernación
Y Policía, Bemardo Arce Gutiérrez —I vez -- (Solicitud N° 942).—0-
2600. -- (63711 }
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