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IniciarMi WebLinkAcerca deHERNANDEZ VIVES OLMAN Acuerdo No. 228-1992a ) N"228.—San José, 19 de noviembre de 19925Rcarn N' EL PRESIDE:NTE DE LA REPIBLICA 9-2-q Y EL MINISTRO DE GOBER:NACION. POLICIA Y SEGURIDAD PCB ICA, Considerando: 1.—Que el señor Olman Hernández Vives, cédula número 3- 262 -704, ha presen- tado formal solicitud tendiente a que se le autorice un sistema de radiocomunicación en muy alta frecuencia entre su bases situadas en Cartago, repetidora en el Volcán Iraní _Y unidades móviles. 2. —Que la Oficina de Control Nacional de Radio, hizo el análisis correspondiente al expediente de Olman Hernández Vives, encontrándolo ajustado a derecho por lo que ha dado su parecer faYorable para que dicho sistema sea autorizado. Por tanto ACUERDAN: Con fundamento en la Ley de Radio N° 1758 del 19 de junio de 1954 y sus reformas y el reglamento N° 63 del 11 de diciembre de 1956 y sus reformas, otorgar las frecuencias TX: 137.20 Y RX: 136.55 mHz, (Volcán Irazú, Cartago), a Olman Hernández Vives, con las siguientes caracteristicas: Indicativo Zona de acción Potencia máxima Clase de servicio TE -AJF Cartago 25 watts Comercial Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación de su parte observar la legislación %¡gente o la que en el futuro se dicte, acatando las indica- ciones de la oficina de Control Nacional de Radio. Publíquese. —R- A. CALDERON F.—El Ministro de Gobernación, Policía y Segu- ridad Pública, Luis Ftshman Z..— (Solicitud N° 12374).- C -2895.