IniciarMi WebLinkAcerca deHERNANDEZ VIVES OLMAN Acuerdo No. 228-1992a )
N"228.—San José, 19 de noviembre de 19925Rcarn N'
EL PRESIDE:NTE DE LA REPIBLICA 9-2-q
Y EL MINISTRO DE GOBER:NACION. POLICIA Y SEGURIDAD PCB ICA,
Considerando:
1.—Que el señor Olman Hernández Vives, cédula número 3- 262 -704, ha presen-
tado formal solicitud tendiente a que se le autorice un sistema de radiocomunicación
en muy alta frecuencia entre su bases situadas en Cartago, repetidora en el Volcán
Iraní _Y unidades móviles.
2. —Que la Oficina de Control Nacional de Radio, hizo el análisis correspondiente
al expediente de Olman Hernández Vives, encontrándolo ajustado a derecho por lo
que ha dado su parecer faYorable para que dicho sistema sea autorizado.
Por tanto
ACUERDAN:
Con fundamento en la Ley de Radio N° 1758 del 19 de junio de 1954 y sus
reformas y el reglamento N° 63 del 11 de diciembre de 1956 y sus reformas, otorgar
las frecuencias TX: 137.20 Y RX: 136.55 mHz, (Volcán Irazú, Cartago), a Olman
Hernández Vives, con las siguientes caracteristicas:
Indicativo Zona de acción Potencia máxima Clase de servicio
TE -AJF Cartago 25 watts Comercial
Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación de su
parte observar la legislación %¡gente o la que en el futuro se dicte, acatando las indica-
ciones de la oficina de Control Nacional de Radio.
Publíquese. —R- A. CALDERON F.—El Ministro de Gobernación, Policía y Segu-
ridad Pública, Luis Ftshman Z..— (Solicitud N° 12374).- C -2895.