IniciarMi WebLinkAcerca deMINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA Acuerdo No. 173 1993N° 173.—San José, 15 de noviembre de 19930RCETR V
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,0_1_ 1
Y EL MINISTRO DE GOBERNACION,POLICIA Y SEGURIDAD PUBLICA,
Considerando:
I°—Que el señor Juan Rafael Lizano Sáenz,cédula °1-379-262,en calidad de
0 Ministro del Ministerio de Agricultura y Ganadería, ha presentado formal solicitud "
tendiente a que se le autorice a su representada un sistema de radiocomunicación en t
muy alta frecuencia entre sus bases situadas en H eredia,Cartago,Guanacaste,Limón,
Alajuela,San José y Puntarenas. 1 -
2°'Que según certificación del Director de Asesoría Jurídica del Ministerio de
Agricultura y Ganadería, Lic. Eduardo Zumbado Salas,el señor Juan Rafael Lizano
Sáenz es el Ministro del Ministerio de Agricultura y Ganadería.
3°—Que la Oficina de Control Nacional de Radio, hizo el análisis
correspondiente a la solicitud del Ministerio de Agricultura y Ganadería,
encontrándola ajustada a derecho por lo que se ha dado su parecer favora ue
dicho sistema sea autorizado.Por tanto,
ACUERDAN:
Con fundamentó en la Ley do-Radio N° 1758 del 19 de jum sus
reformas y el Reglamento N°63 del 11 de diciembre de 1956 y sus reformas,.otorgar
las frecuencias: 260.15 MHz(Rx), 265.15 MHz (Tx), 260.725 MHz (Rx),-265.725
MHz(Tx),260.275 MHz(Rx),265:125 MHz(Tx),263.05 MHz(CD),263.45 MHz
CD),264.45 MHz(CD)y 264.10 MHz(CD)al Ministerio de Agricultura y Ganadería,
con las siguientes características:
Indicativo Zona de acción Potencia máxima Tipo de servicio
Te-Nlag Todo el país 25 watts Oficial -
Debe utilizar el sistema silenciador controlado por tono continuo (tonos
subaudibles CTCSS,similar o mejor).
Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación suya
observar la legislación vigente o la que en el futuro se dicte acatando las indicaciones
de la Oficina de Control Nacional de Radio. t
Publíquese.—R. A.CALDERON F.—E1 Ministro de Gobernación, Policía y f
Seguridad Pública,Luis Fishman Z.—(Sol.N°5621).--C-1500.—(19532).