IniciarMi WebLinkAcerca deMENDOZA MATARRITA LUIS Acuerdo No. 323-2007 MGPre-- -- _-
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ACUERDO E.IECUTIVO
NO. -3L3-2007 iN1GP
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EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL
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MINISTRO DE GOBERNACIóN Y POLICÍA 000042
Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 121 inciso 14) aparte
c), 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; el Convenio Internacional de
Telecomunicaciones ratificado mediante Ley No. 8100 "del 04 de abril del 2002; los
artículos 1 y 6 de la Ley de Radio No. 1758 del 19 de junio de 1954 y sus reformas; los
artículos 2, 3, 5, 9, 11, 19 y 30, del Reglamento de Radiocomunicaciones, Decreto
Ejecutivo No. 31608 -G del 24 de junio del 2004 y sus reformas; y el artículo 2 del
Reglament/ al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias Decreto Ejecutivo
No.27554 -G del 06 de noviembre de 1998 y sus reformas.
CONSIDERANDO:
1.- Que el señor Luis MENDOZA MATARRTTA, con cédula de identidad número 9 -053-
226, ha presentado formal solicitud tendiente a que se le otorgue concesión de derecho
de uso de la frecuencia CD 41.880 MHz, para ser utilizada en un servicio de
radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia (VHF), entre su base ubicada en la
provincia de San José y sus unidades móviles.
2.- Que la frecuencia solicitada se encuentran según lo establecido en el Reglamento al
Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto Ejecutivo No.27554 -G del 06 de
noviembre de 1998 y sus reformas.
3.- Que el Departamento de Control Nacional de Radio hizo el análisis correspondiente
al expediente del señor Luis MENDOZA MATARRTTA, encontrándolo ajustado a
derecho, por lo que ha dado su parecer favorable para que dicha concesión de derecho
de uso de la frecuencia solicitada sea otorgada por un período de 5 años (CINCO años).
POR TANTO
ACUERDAN:
Otorgar al señor Luis MENDOZA MATARRTTA, concesión de derecho de uso de la
frecuencia CD 41.880 MHz, para un servicio de radiocomunicación en Muy Alta
Frecuencia (VHF), según las siguientes características:
INDICATivO
TE-DBS
ZONA
DE ACCIó\'
VALLE
CENTRAL
I
POTENCIA
IÁXINíA
25 WATTS
CLASE DE
SERVICIO
COMERCIAL
000041
PLAZO DE LA CONCESIóN: CL\CO AAOS (5 AÑOS). Pudiendo ser renovada por un
período igual; a solicitud del interesado, siempre y cuando cumpla con lo establecido en
la Ley de Radio y su Reglamento.
Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación de su parte
observar la legislación vigente o la que en el futuro se dicte, acatando las indicaciones
de la Oficina de Control Nacional de Radio.
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Rige a partir de su notificación.
Dado en la Presidencia de la República el día veinticinco de julio del año dos mil -
siete.
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LIC. F+ERUÑA\`DO BERR,O_é*"
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