IniciarMi WebLinkAcerca deMELENDEZ LOPEZ ANGEL CARLOS Acuerdo No. 075-2006 MGPACUERDO E.1ECurIVO (; U 4 0
No. 075-2006 MGP
El: PRESIDENTE DE L.-Y REPúBLIt A Y EL
TRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 121 inciso 14) aparte
c), 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, el Convenio Internacional de
Telecomunicaciones, ratificado mediante Ley No. 8100 del 04 de abril del 2002; los
artículos 1 y 6 de la Ley de Radio No. 1758 del 19 de- junio de 1954 y sus reformas; los
artículos 2, 3, 5, 9, 11, 19 y 30, del Reglamento de Radiocomunicaciones, Decreto
Ejecutivo No. 31608 -G del 24 de junio del 2004 y sus reformas; y el articulo 2 del
Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto Ejecutivo No.
27554 -G del 06 de noviembre de 1998 y sus reformas.
CONSIDERANDO:
1.- Que el señor ÁNGEL CARLOS NULÉNDEZ LÓPEZ, modula de identidad número 7-
077 -715, ha presentado formal solicitud tendiente a que se le otorgue concesión de
derecho de uso de las frecuencias TX 466.575 MHz y RX 461.600 MHz, para un
servicio de radiocomunicación en Ultra Alta Frecuencia (UHF), entre sus bases
ubicadas en la provincia de San José y sus portátiles.
2.- Que la frecuencia solicitada se enc1,:wr.tran. según lo establecido en el "R,-- arnento al
Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto Ejecutivo No. 27554 -G del 06 de
noviembre de 1998 y sus reformas.
3.- Que según la Oficina de Control Nacional de Radio hizo el análisis correspondiente
al expediente del señor ANGEL CARLOS MELÉNDEZ LóPEZ, encontrándolo ajustado a
derecho, por lo que ha dado su parecer favorable para que dicha concesión de derecho
de uso de las frecuencias solicitadas sean otorgadas por un período de 5 anos (cinco
años).
POR TANTO
ACUFRD AN:
Otorgar-al señor ÁNGEL CARLOS MELÉNDEZ LóPE2, concesión de derecho de usókde .
las frecuencias TX 466.575 MHz y RX 461.600 MHz, pata un servicio j`de
radiocomunicación en Ultra Alta Frecuencia (UHF), según las siguientes característicass- :. - . `á1
2rá.39
INDICATIVO ZONA POTENCIA CLASE DE REPETIDoRA
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DE ACCIóN INIA SERVICIO
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TE -EBH VALLE 25 «ATTs ComERCIAL VOLCÁN
CENTRAL PRIVADO I.RAZU
PLAZO DE LA CONCESIÓN: CINCO A1\os (5 AÑos Pudiendo ser renovada por un
periodo igual, a solicitud del interesado, siempre y cuando cumpla con lo establecido en
la Ley de Radio y su Reglamento.
Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación de su parte
observar la legislación vigente o la que en el futuro se dicte, acatando las indicaciones
de la Oficina de Control Nacional de Radio.
Dado en la Presidencia de la República el día veintitrés de mayo del año dos mil
seis. V- DE L.,
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