Loading...
Se puede utilizar el URL para hacer el vínculo a esta página
Su navegador no admite la etiqueta de video.
Iniciar
Mi WebLink
Acerca de
LACHNER VICTORY MANUEL Acuerdo No. 58-2006-MGP
N ACUERDO EJECUTIVO 65 d> tt7 No. 58-2006-MGP EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 121 inciso 14) aparte c), 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, el Convenio Internacional de Comunicaciones, ratificado mediante Ley No. 3100 del 04 de abril del 2002; los artículos 1 y 6 dé la Ley de Radio y Televisión No. 1755 del 19 de junio de 1954 y sus reformas; los artículos 2, 3, 5, 9, 11, 19 }, 30, del Reglamento de Radiocomunicaciones, Decreto Ejecutivo No. 31608 -G del 24 de junio del 2004 y sus reformas; y el artículo 2 del Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto Ejecutivo No. 27554 -G del 06 de noviembre de 1998 y sus reformas. CONSIDERANDO: 1.- Que el señor MA,NtUEL LACHNER VICTORY, cédula de identidad número 1 -462 -0002, ha presentado formal solicitud `tendiente a que se le otorgue concesión de derecho de uso de las frecuencias TX 424.100 MHz. Y RX 428.050 MHz., para un servicio de radiocomunicación en Ultra Alta Frecuencia (UHF), entre sus bases ubicadas en las provincias de Limón, Heredia, San José y sus unidades móviles y portátiles. 2.- Que la frecuencia solicitada se encuentran según lo establecido en el Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto No. 27554 -G del 06 de noviembre de 1998 y sus reformas. 3.- Que segúrVa Oficina de Control Nacional de Radio hizo el análisis correspondiente al expediente del señor INIA, \UEL LACHNER VICTORY, encontrándolo ajustado a derecho, por lo que ha dado su parecer favorable para que dicha concesión de derecho de usó de las frecuencias solicitadas sean otorgadas por un período de 5 años (CINCO AÑOS). POR TANTO ACUERDAN: Otorgar al señor MANUEL LACHNER VICTORY, concesión de derecho de uso de las frecuencias TX 424.100 MHz. Y RX 428.050 MHz., para un servicio de radiocomunicación en Ultra Alta Frecuencia (UHF), según las siguientes características: E 11 INDICATIVO ZONA POTENCIA CLASE DE REPETIDORAS DE ACCIÓN MÁXI:MIA SERVICIO TE -DUF TODO EL PAÍS 25 «WATTS COMERCIAL VOLCÁN IRAZÚ PRIVADO ofi?TI PLAZO DE LA CONCESIóN: CINCO AÑOS (S Ai OS). Pudiendo ser renovada por un período igual, a solicitud del interesado, siempre y cuando cumpla con lo establecido en la Ley de Radio y su Reglamento. Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación de su parte observar la legislación vigente o la que en el futuro se dicte, acatando las indicaciones de la Oficina de Control Nacional de Radio. Dado en la Presidencia de la República el día diez de mayo del año dos mil seis. óoa i O s Q Y C. rSE,ft1 LIC. R'ÍNAINDO BERROCA SOTO MINISTRO DE GOBEMNACIÓN, POLICÍA Y SEGURIDAD PÚBLICA bSCAR ARLAS SÁNCH] IE DE L4 Q Sf. c©St