IniciarMi WebLinkAcerca deINVERSIONES SUSIN, S.A. Acuerdo No. 341-2005 MSPACUERDO EJECUTIVO
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N0. 341-2005 MSP
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL
MINrISTRO DE GOBERNiACIÓN Y POLICÍA
Con fundamento 'en la Ley de Radio No. 1758 del 19 de junio de 1954 y sus reformas, el
Reglamento de Radiocomunicaciones Decreto Ejecutivo No. 31608 -G del 24 de junio
del 2004; sus reformas, y el reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias
Decreto No. 27554 -G, del 06 de noviembre de 1998 y sus reformas.
0 CONSIDERA NDO:
I.- Que el señor FRAINCESCO CALDART CASSOL, con cédula de identidad número
8- 0058 -0987, en su carácter de presidente con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma de INVERSIONES SUSIN SOCIEDAD ANóNENIA, ha presentado formal
solicitud tendiente a que se le otorgue concesión a su representada, para el uso de las
frecuencias rangos 3700 MHz. a 4200 MHz. y 11950 MHz. a 12200 MHz., para ser
utilizados en el descenso de la señal de televisión del satélite y distribuirla mediante
cable en forma analógica o digital, con el fin de brindar el servicio de televisión por
suscripción, mejor conocido como "televisión por cable ", en el Área Metropolitana.
II.- Que las frecuencias solicitadas se encuentran según lo establecido en el
Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto No.27554 -G con
fecha 06 de noviembre de 1998 y sus reformas.
III.- Que según certificación de la Notaria Público, Licda. Verónica Mora Vega,
el señor Francesco Caldart Cassol, mayor, casado una vez, empresario, vecino de
Moravia, San José, cédula de identidad No. 8 -0058 -0987, es presidente con facultades
de apoderado generalísimo sin límite de suma de I\IVERSIONES SUSINi SOCIEDAD
ANÓNIMA; con cédula jurídica No. 3 -101- 027905.
IV.- Que el Departamento de Control Nacional de Radio hizo el análisis
correspondiente al expediente de LN`jERSIONES SUSLN° SOCIEDAD ANTóNIMA,
encontrándolo ajustado a derecho, por lo que ha dado su parecer favorable para que
dicha concesión de derecho de uso de los rangos de frecuencia solicitados para el
descenso de la señal de televisión del satélite sea otorgada por un período de veinte años
20 años).
POR TANTO
s • . ..
ACUERDAN: f'01) 0 31
Otorgar a IYkTRSION`ES SUSINi SOCIEDAD ANóNI A, concesión de derecho de uso de las
frecuencias rangos 3700 MHz. a 4200 MHz. y 11950 ~. a 12200 MHz., únicamente
para ser utilizadas en el descenso de la señal satelital de televisión, para brindar el
servicio de televisión por cable, según las siguientes características:
CLASIFICACIÓN DEL SERVICIO A PRESTAR:
TIPO DE ACTI"IDAD:
L \DICATIVO:
lo ZONA DE COBERTURA:
UBICACIÓN DE LOS RECEPTORES
HEADENDS):
TELEVISIÓN POR SUSCRIPCIÓN VÍA
CABLE HASTA EL USUARIO FINAL
COMERCIAL
TE -DYI.
ÁREA METROPOLITANA.
SEGÚN SEAN NECESARIOS PARA LA
COBERTURA DE LA ZONA, PREVIA
NOTIFICACIÓN A CONTROL NACIONAL
DE RADIO.
PLAZO DE LA CONCESIÓN: VEME A os (20 AÑos). Pudiendo ser renovada por un
período igual, a solicitud del interesado, siempre y cuando cumpla con lo establecido
en la Ley de Radio y su Reglamento.
Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación de su parte
observar la legislación vigente o la que en el futuro se dicte, acatando las indicaciones de
la Oficina de Control Nacional de Radio.
Dado en la Presidencia de la República a los dieciocho días del mes de julio del año
dos mil cinco.
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LIC. ROGE IO RAMOS MARTÍN A y sÉ
MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA