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IniciarMi WebLinkAcerca deINVERSIONES PAMIR S.A. Acuerdo No. 386-2007-MGPP 0 U 5C 9 ACUERDO EJECUTIVO No. 386- 2007 -MGP EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL WNISTRO DE GOBERNACIóN Y POLICÍA r:: ` ."/% Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 121 inciso 14) aparte c), 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, el Convenio Internacional de Telecomunicaciones ratificado mediante Ley No. 8100 del 04 de abril del 2002, los artículos 1 y 6 de la Ley de Radio No. 1758 del 19 de junio de 1954 y sus reformas; los artículos 2, 3, 5, 9, 11, 19 y 30 del Reglamento de Radiocomunicaciones, Decreto Ejecutivo No. 31608 -G del 24 de junio del 2004 y sus reformas; y el artículo 2 del Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias Decreto Ejecutivo No. 27554 -G del 06 de noviembre de 1998 y sus reformas. CONSIDERA\`DO: 1.- Que el señor EDGAR ARINOLDO CÉSPEDES MURILLO, cédula de identidad número 3 -299 -044, Presidente con facultades de Apoderado Generalísimo sin limite de suma de la sociedad L \WERSIONES PAAZIR S.A., ha presentado formal solicitud tendiente a que se le otorgue a su representada concesión de derecho de uso de las frecuencias TX 453.025 MHz y RX 458.0875 M z., para ser utilizadas en un servicio de radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia (VHF), entre su base ubicada en la provincia de Cartago y sus portátiles. 2.- Que las frecuencias solicitadas se encuentran según lo establecido en el Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto Ejecutivo No. 27554 -G del 06 de noviembre de 1998 y sus reformas. 3.- Que según certificación del Notario Público, HERiNÁiN GERARDO COTO MORALES, el señor EDGAR ARNOLDO CÉSPEDES MURILLO, mayor, casado una vez, cédula de identidad número 3- 299 -044, es Presidente con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de la sociedad LN1,yrERSIONES PAMIR S.A., cédula jurídica número 3- 101 - 184826. 4.- Que el Departamento de Control Nacional de Radio hizo el análisis correspondiente al expediente de la sociedad INIrERSIONES PAimIR S.A., encontrándolo ajustado a derecho, por lo que ha dado su parecer favorable para 0 I 0055 que dicha concesión de derecho de uso de las frecuencias solicitadas, sea otorgada por un período de 5 años (cLNco AiiNos). POR TANTO; ACUERDAN: OTORGAR a la sociedad WVERSIONES PAmaR S.A., concesión de derecho de uso de las frecuencias TX 453.025 MHz y RX 458.0875 MHz., para ser utilizadas en el servicio de radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia (VHF), según las siguientes características: INDICATIVO ZONA POTENCIA CLASE DE UBICACIÓN DE LA DE ACCIóN 1V NilA SERVICIO REPETIDORA TE -DNX TODO EL 25 WATTS CO«RCIAL CERRO SOCOLA, PAÍS a PRIVADO 1 SAN JOSÉ PLAZO DE LA CONCESIóN °: CINCO AÑOS (5 AÑOS). Pudiendo ser renovada por un período igual, a solicitud del interesado, siempre y cuando cumpla con lo establecido en la Ley de Radio y su Reglamento. Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación de su parte observar la legislación vigente o la que en el futuro se dicte, acatando las indicaciones de la Oficina de Control Nacional de Radio. Rige a partir de su notificación. Dado en la Presidencia de la República el día veinticuatro de julio del año dos mil siete. OCR ARIAS DL 1" ^ rl i st. Lost O 0o E Eigs y9 C z e. 4/ LIC. FERNANDO BERROC SOTO ML\'ISTRO DE GOBERNACIÓN, POLICÍA Y 15EGURIDAIZPÚBLICA 11 fi/)c., rJ ) as 6 S! 6,0 2 4_