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IniciarMi WebLinkAcerca deINVERSIONES BETANCI S.A. Acuerdo No. 91-2006 MGPACUERDO E.)ECU'rlvO rz.. 1 c, ( ., :; S No. 91-2006- MGP EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 121 inciso 14) aparte c), 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, gel Convenio Internacional de Telecomunicaciones, ratificado mediante Ley No. 8100 del 04 de abril del 2002; los artículos 1 y 6 de la Ley de Radio y Televisión No. 1758'de1 19 de junio de 1954 y sus reformas; los artículos 2, 3, 5, 9, 11, 19 y 30 del Reglamento de Radiocomunicaciones, Decreto Ejecutivo No. 31608 -G del 24 de junio del 2004 y sus reformas; y el artículo 2 del Reglamento al Plan Nacional de Atribución de ' Frecuencias Decreto Ejecutivo No. 27554 -G del 06 de noviembre de 1998 y sus reformas. CONSIDERA114DO: 1.- Que el señor SIMÓN JUAN DE BEDOuT GUERRA, carné de residente rentista en Costa Rica. número 8939, en su carácter de secretario con facultades de apoderado generalisimo sin límite de suma de la sociedad INVERSIONES BETANCI S.A., ha presentado formal solicitud tendiente a que se le otorgue a su representada concesión de derecho de uso de las frecuencias TX 141.125 MHz. y RX 137.075MHz., para ser utilizadas en un servicio de radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia (VI1F), entre sus bases ubicadas en las provincias de Limón y San José, sus unidades móviles y portátiles. 2.- Que la frecuencia solicitada se encuentra según lo establecido en el Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto No.27554 -G del 06 de noviembre de 1998 y sus reformas. 3: Que según certificación del Notario Público, JOSÉ MANUEL HIDALGO BARRANTES, el señor SIMóN JUAN DE BEDOUT GUERRA, mayor, casado, administrado de empresas, de nacionalidad colombiano, carné de residente rentista en Costa Rica número 8939, es apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad INVERSIONEs BETANCI S.A., con cédula jurídica número 3- 101 - 132977. 4.- Que la Oficina de Control Nacional de Radio hizo el análisis correspondiente al expediente de la sociedad LNvERSIONES BETANCI S.A., encontrándolo ajustado a derecho, por lo que ha dado su parecer favorable para que dicha concesión de derecho de uso de las frecuencias solicitadas sean otorgadas por un período de 5 años (cinco años). 1 POR TAnvro ACUERDA\': 11 1 '7 i OTORGAR a la sociedad IN- vERSIONES BETANCI S.A., concesión de derecho de uso de las frecuencias TX 141.125 MHz. y RX 137.075 MHz., como enlace, para ser utilizadas en el servicio de radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia (VHF), según las siguientes características: INDICATIVO ZONA POTENCIA CLASE DE REPETIDORAS DE ACCIÓN IYIÁXü11A SERVICIO TE -DIM TODO EL PAÍS 25 WATTs CO`IERCIAL VOLCÁN IRAZú PRIVADO PLAZO DE LA CONCESIóN: CINCO AiN7 os (5 AÑOS). Pudiendo ser renovada por un período igual, a solicitud del interesado, siempre y cuando cumpla con lo establecido en la Ley de Radio y su Reglamento. Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación de su parte observar la legislación vigente o la que en el futuro se dicte, acatando las indicaciones de la Oficina de Control Nacional de Radio. Dado en la Presidencia de la República el día treinta de mayo del año dos mil seis. DE Go9aEofL9Q- jkq o` Muy ¡PQsti A 2 Q Q 4 T YÓ1,r / ZOSCASSÁNCHEZ Q J. a, X42 Sr S a\ vQ LIC. RNAND0 BERRO S` c. CO MINISTRO DE GOBERNACIÓN, Y SEGURIDAD PÚBLICA u (Y:) G3rY-<--- -- l -' nG IYlatilo 6amc -Z V-Jce 9