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IniciarMi WebLinkAcerca deVIVES MURILLO RICARDO ACUERDO EJECUTIVO No. 454 MG-2008• ACUERDO EjECUTIVO No. 454 MG P EL PRESIDENTDE LA REPÚBLICA Y LA MINISTRA DE GOBERNACIóN POLICÍA 8 A. Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 121 inciso 14) aparte c), 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, el Convenio de la Union 3 6 Internacional de Telecomunicaciones ratificado mediante Ley No. 8100 del 04 de abril del 2002, los artículos 1 y 6 de la Ley de Radio No. 1758 del 19 de junto de Li 1954 y sus reformas; los artículos 2, 3, 5, 9, 11, 19 y 30 del Reolament° de Radiocomunicaciones, Decreto Ejecutivo No. 31608-G del 24 de junio del 2004 y sus reformas; y el artículo 2 del Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias Decreto Ejecutivo No. 27554-G del 06 de noviembre de 1998 y sus reformas. CONSIDERANDO: UNO.- Que el kñor RICARDO ALBERTO VIVES NIURILLO, cédula de identiclad número 1-372-119, ha presentado formal solicitud tendiente a que se le otorgue a su representada concesión de derecho de uso de Ia frecuencia CD 26.5650 KHz, para set- utilizada en un servicio de radiocomunicación en Alta Frecuencia entre sus bases ubicadas en Ia provincia de Alajuela y unidades móviles. DOS.- Que la frecuencia solicitada se encuentra según lo establecido en el /Regiamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto Ejecutivo No. I 27554-G del 06 de noviembre de 1998 y sus reformas. TRES.- Que el Departamento de Control Nacional de Radio hizo el análisis correspondiente al expediente del señor RICARDO ALBERTO \JIVES MURILLO, encontrándolo ajustado a derecho, pot lo que ha dado st.1 parecer távorable ( oficio N° 797-08 CNR del 23 de mayo de 2008) para que dicha concesión de derecho de uso de la frecuencia solicitada, sea otorqada por un period() de 5 años (ciNco AÑos). ACUERDAN: ARTÍCULO 1: OTORGAR al señor RICARDO ALBERT° VivEs URILLO, concesión de derecho de uso de Ia frecuencia CD 26.5650 KHz, para ser utilizada en el servicio de radiocomunicación en Alta Frecuencia (11F), según las siguientes caracteristicas: • • INDICáTIVO' r ZONA DE ACCIÓN POTENCIA MláXla•IA CLASE DE SERVICIO TE-DCC VALLE CENTRAL COMERCIAL PRI VADO 25 WATTS ARTÍCULO 2: PLAZO DE LA CONCESIÓN: CINCO A\OS (5 AÑOS). Pudiendo ser renovada por un período igual, a solicitud del interesado, siempre y cuando cumpla con lo establecido en Ia Ley de Radio y su Reglamento. Queda entendido el concesionario de esta frecuencia que es obliUación de su parte obserVar Ia leltislación vigente o Ia que en el futuro se dicte, acatando las indicaciones de Ia Ofrcina de Control Nacional de Radio. Artículo 3: Rige a partir de su notificación. Dado en Ia Presidencia de la República el día diecisiete de junio del año dos mil ocho. � /u� �^"'F' i -! OS(,.�R ARIAS S:�\'í� �F,r -,- 7 � �� ��Z JANIN:� DEL VECCHI<O k�Í)G, MINISTR.A DE COBERN4IONIN> 1' SEGl1RIDAD PUB. I1.oAD N55.1' 9 03�í .