IniciarMi WebLinkAcerca deVEGA JIMENEZ RICARDO Acuerdo Ejecutivo No.48-2007 MGP• -s
ACUExDO EJECUTIVO
NO, 48-2007 IMP
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL
MPtISTRO DE GOBERNACYÓN Y POLICÍA
Con fundamento en las airibuciones que les confieren los artículos 121 inciso 14) aparte
c), 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Politica, el Convenio Internacional de
Tetecomuiiicáciones ratificado mediante Ley No. 8100, del 04 de abril del 2002; los
• articulos 1 y 6 de la Ley de Radio No. 1758, del 19 de junio de 1954 y sus reformas; los
articulos 2, 3, 5, 9, II, 19 y 30 del Reglamento de Radiocomunicaciones, Decreto
Ejecutivo No. 31608-G, del 24 de junio del 2004 y sus reformas; y el articulo 2 del
Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias Decreto Ejecutivo No.
27554-G, deI 06 de noviembre de 1998 y sus reformas.
CONSIDERANDO:
1.- Que el señor RICARDo VEGA JIMENEZ, cédula de identidad número 9-022-585, ha
presentado formal solicitud tendiente a que se le otorgue concesión de derecho de uso
de la frecuencia CD 258.000 MHz., para un servicio de radiocomunicación en Muy Alta
Frecuencia (VHF), entre su base ubicada en la provincia de Alajuela y sus unidades
móviles.
2.- Que la frecuencia solicitadn se encuentra según lo establecido en el Reglamento al
Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto Ejecutivo No. 27554-G, del 06 de
noviembre de 1998 y sus reformas.
3: Que el Departamento de Control Nacional de Radio hizo el análisis correspondiente
al expediente del señor RICARDO VEGA JIMENEZ., encontrándolo ajustado a derecho,
por lo que ha dado su parecer favorable para que dicha concesión de derecho de uso de
la frecuencia solicitada, sea otorgada por un periodo de 5 años (CnNeo AÑos).
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ÍR, 4 JUL. 2007
•
POR TANTO;
ACUERDAN:
OTORGAR al sefior RICARDO VEGA JIM.ÉNEZ, cédula de identidad número 9-022-585,
concesión de derecho de uso de la frecuencia CD 258.000 MHz, para ser utili7M2 en el
servicio de radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia (VHF), según las siguientes
caracteristicas:
INDICATIyO
ZONA
DE ACC3ÓN
POTENCTA
MAXIMA
CLASE DE
SEltVICIO
TE-EBT
,
ZONA NORTE
DE ALAJUELA
COiERC3AL
PRIVADO
25 WATTS
PLAZO DE LA CONCESIÓN: CGYCO AÑOS (5 Allios). Pudiendo ser renovada por un
periodo igual, a solicitud del interesado, siempre y cuando cumpla con 10
establecído en la Ley de Radio y su Reglamento.
Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación de su parte
observar la legislación vigente o la que en el futuro se dictéy acatando las indicaciones
de la Oficina de Control Nacional de Radio.
Dado en la Presidencia de el día veintitrés de mayo del año dos mil
siete.
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MINISTRO DE GOBERNACJÓN, POLICÍA
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