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IniciarMi WebLinkAcerca deVARGAS DUARTE LEONIDAS Acuerdo Ejecutivo No.459-MGP-2008• , AcuÉRbo E.recutivo No.459 MGP EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y LA MINiSTRA DE GOBERNACION Y POLICLA s • • •If Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 121 incisó aot(é": c), 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, el Convenio Internacional de Telecomunicaciones, ratihcado mediante Ley No. 8100. del 04 de abril del 2002; los artículos 1 v 6 de la Ley de Radio No. 1758. del 19 de junio de 1954 v sus reformas: los aniculos 2, 3, 5, 9, I 1, 19. 30. 32 v 33 del Resdamento de Radiocomunicaciones, Decreto Ejecutivo No. 31608-G, del 24 de junio del 2004 v sus relormas; y el artículo 2 del Retalamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias. Decreto Ejecutivo No. 27554-G. del 06 de noviembre de 1998 v sus reformas. CONSIDERANDO: Uno- Que mediante Acuerdo Ejecutivo No. 50 del 11 de enero de 1990, publicado en el V Diario Oficial La Gaceta No 50 del 12 de matzo de 1990; se otorgó concesión de derecho de uso de la frecuencia 155.080 MHz, al señor JOsÉ J. SANCHO HERNÁNDEZ 1)os- Que el señor JoSÉ J SANCHO HERNÁNDEZ, cédula de identidad número 6-057- 301, cedió la concesión de derecho de uso de la frecuencia 155.080 MHz, al señor LEONIDAS VARGAS DUARTE (ver folio 023 expediente Leonidzis Varv.as Duarte). Tres- Que de conformidad con lo establecido en el Resilamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto Ejecutivo No. 27554-G, del 06 de noviembre de 1998 v sus reformas, la frecuencia 155.080 MHz, se modifica a 155.075 MHz. Cuatro-Que el señor LEONIDAS VARGAS DUARTE, cédula de identidad número 1-651- 509, ha presentado formal solicitud tendiente a que se le °torque concesión de derecho de uso de la frecuencia, CD 155.075 MHz para ser utilizada en el servicio de radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia (VHF), entre sus bases ubicadas en la prIvincia de Guanacaste y unidades móviles (ver folio 194 expeclieine Leonidas Varstas Duarte). (into- Que el Departamento de Control Nacional de Radio hizo el análisis correspondiente a los expedientes de Jost J. Sc-to HERNÁNDEZ y del señor LEoNitms VARGAs DuARTE. encontrándolos ajustalos a derecho, por lo que ha dado su parecer .favorable( oficio N° S45-08 CNR del 2 de junio de 2008) para que dicha cesión v,concesión de derecho de uso de las frecuencias solicitadas sea otorg.ada en las mismas condiciones bajo las cuales rue otoraada originalmente y, de conformidad con lo dispuesto en el Ree.lamento de Radiocomunicaciones, Decreto Ejecutivo No. 31608-G, del 24 de junio del 2004 y sus reformas; por un plazo de 5 años (cinco años), contados a partir de la entrada en vig_encia del citado Reglamento. 1 7 . l'ar Tanto: • ACUERDAN: ARTiCULO 1: OTORGAR al señor LEONIDAS VARGAS DUARTE. concesión de derecho de uso de Ia frecuencia CD 1 55.075 MHz, que le cede JosÉ J. SA\CHO HERNÁ\TDEz; para ser utilizadas en el servicio de radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia (VH.F), según las siguientes caracte.rísticas: I,V°DICATItiO ZONA DE ACC10\ POTENCIA MÁ\Ia1A CLASE DE $ERN°ICIO TE-EDF GUA•\ACASTE 25 WATTS COMERCIAL PRIVADO° ARTÍCULO 2: PLAZO DE LA CONCESIÓN: El cesionario explotará los derechos cedidos en los mismos términos que fue otorgada la concesión originalmente. Podrá ser rcnovada por un per-íodo igual al que fue otorgada (CI\CO AÑOS), previa solicitud del interesado, siempre y cuando cumpla con lo establecido en la Ley de Radio y su Reglamento. Plazo contado a partir de la entrada en vigencia del Reglamento de Radiocomunicaciones, Decreto Ejecutivo No. 31608-G, del 24 de junio del 2004 v sus reformas. Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obliQación de su parte observar Ia Iegislación vigente o la que en el futuro se dicte; acatárido. Ías indicaciones de la Oticina de Control Nacional de Radio. ARTiCUTA 3: Rige a partir de surnotifrcación. Dado en la Presidencia de Ia República el día dieciséis de junio del año dos mil ocho. /yu%,‘ OSCAR ARIAS SANC 4 l/wv •..� w 5 - 020 s' 0 9 OCT. 200g � aA\INA DEL VECCHIO UGALDE M1\ISTR:\ DE GOBER\ACIÓi\, NOLICIA 1° SEGURIDAD PI;FBLIC:1 9