Loading...
Se puede utilizar el URL para hacer el vínculo a esta página
Su navegador no admite la etiqueta de video.
Iniciar
Mi WebLink
Acerca de
UNIVERSIDAD NACIONAL Acuerdo Ejecutivo No.001-2009
AcUERDO EJECUTIVO No.Ooi-200Q 1biINAET )i3u35 EL PRESIDE:IITE DE LA REPIJBLICA Y EL IVIINISrRO DE AMBIENTE ENERGIA Y TELECOMUNICACIONES Con fundamento en Ias atribuciones que les confieren la Constitución Política, artículos 139, 140 inciso 20) y 146, el Convenio de la IJnión .In *anal de Telecomunica.ciones, ratificado mediante Ley No. 8100 del 04 de abril del 2002; la Ley No. 8642 Ley General de Telecomunicaciones dado el cuatro de junio del 2008, y publicado en el periódico oficial La Gaceta el 30 de junio del 2008, artículos 11 y 19; la Ley No 8660 Ley de Fortalecimiento y Modernización de las dades Públicas del Sector Telecomumcaciones, dado el 08 de agosto del 2008, y publicado en el Alcance N° 31 al periódico oficial La Gaceta del 13 de agosto del 2008, artículos 39 y 40, el Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones Decreto Ejecutivo No. 34765- MIITAET, dado el 22 de setiembre del 2008, publicado en el diario oficial La GacetaN° 186 del Vier.nes 26 de setiembre del 2008, articulo 4. CONSIDERANDO PRIMERO- Que por Acuerdo Ejecutivo No 06-2006 MGP, del 18 de noviembre del 2005, se le otorgó concesión de derecho de uso de lós rangos de frecuencia 4149.5 a 4152.8 MHz y 6374.5 a 6377.8 MHz; y por Acuerdo Ejecutivo No 45-2008 MGP, del 30 de octubre del 2007 se le otorgó concesión de uso de los rangos de frecuencia TX 5850 MHz a 6425 MHz y RX 3800 MHz a 4200 MHz, a la UNIVERSIDAD NACIONAL para ser utiiizados por el Observatorio Vulcanológico y Sismológico de Costa Rica. (OVSICORI), en la transmisión de dates sismicos de las estaciones ubicadas en las Juntas de Abangares, Guanacaste, como parte de la red intemacional de la Organización del Tratado de Prohibición Completa. de F.nsayos Nucleares (CTBTO). SEGUNDO- Que el señor OuvIAN SEGIJRA BoNILLA, con ce'dula de identidad número 4-113-272, en su carácter de Rector de la UNIVERSIDAD NACIONAL, ha presentado formal sol.icitud tendiente a que se le modifiquen los Acuerdos Ejecutivos No 06-2006 ivIGP, del 18 de noviembre del 2005 y el No 45-2008 MGP, del 30 de octubre del 2007, en cuanto a los rangos de frecuencia concesionados a su representada y se le otorguen los rangos: TX 14437.8760 a 14438.1240 MHz y RX 12137.7070 a 12137.8630 MHz, fundamentados en que la Organización del Tratado de Prohibiciór. Completa de Ensayos Nucleares (CTBTO) cambio de satélite, el cual transmite y recibe en bandas de frecuencias diferentes a las originalmente otorgadns. 1 TERCERO- Que según certificación de la Vicerrectora Académica de la Universidad Nacional, SANDRA MARIA LEÓN COTO, el seiior OLMAN SEGURA BONILLA, mayor de edad, casado una vez, doctor en economia, vecino de Mercedes Norte de Heredia, cédula de identictad número 4-113-272, es Rector con representación judicial y extrajudicial de la UNIVERSIDADNACIONAL, cédula juridica número 4-000-042155 1p U 3 4 CUARTO- Que según establece la Ley 8642, Ley General de Telecomunicaciones en su articulo 16 de la concesión directa, las mismas se pueden otorgar por orden de llegada de la solicitud cuando se trate de redes privadas que no requieran de asignación exclusiva para su óptima utilización, en la que la SUTEL instnürá el procedimiento de otorgamiento de la concesión. Que según oficio 323-RG-2008l25129 del 26 de setiembre de 2008 del señor Fernando Herrero, Regulador General, a la fecha la Junta Directiva de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos se encuentra en proceso de nombramiento de los miembros del Consejo de la Sutel, por consiguiente éste aün no ha sido conforrnado. QUINTO- Que las bancia_s de frecuencias solicitadas están atribuidas intemacionalmente para servicios qatelitales de diferente indole, por lo que esta concesión no representa un uso exclusivo de las bandas de frecuencias solicitadas pudiéndose otorgar el derecho de uso de las misma frecuencias en forma compartida con otras instituciones, para la operación de servicios similares u otros. POR TANTo ACUERDAN ARTICULO 1: MODIhTCAR los Acuerdos Ejecutivos No 06-2006 MGP, del 18 de noviernbre del 2005 y el No 45-2008 MGP, del 30 de octubre del 2007, en cuanto a los rangos de frecuencia y se le otorgan los rangos: TX 14437.8760 a 14438.1240 MHz y RX 12137.7070 a 12137.8630 . MHz, para ser utilizados por el Observatorio Vulcanológico y Sismológico de Costa Rica (OVSICORI), én la transsnrisión de datos sismicos de las estaciones ubicadás en las Juntas de Abangares, Guanacaste, como parte de la red internacional de la Organi7ac;ión del Tratado de Prohibición Completa de Ensayos Nucleares (CTBTO)., según las siguientes caracteristicas: ZONA Oí\A DE ACCIÓN POTENCIA MAXIMA CLASE DE SERVICIO TE-U�A T©im EL PAÍS 49.2 dBm OFIciAL ARTICULO 2: Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación de su parte observar la legislación vigente o la que en el futuro se dicte, acatando las indicaciones de la Superintendencia de Telecomunicaciones. 2 ARTICULO 3: Rige a partir de su publicación Dado en la Presid epública el dia diecisiete de noviembre del aim dos mil ocho. ,.���?� -- .0 3 3 ENE RáIA y , a���`, /4C� � O�' ,�` � 33 � � v`� 'i • c i � +* ��p���(� �• �FiiC flitlt�a7 �.7 ' ` � � "~ �� _ � ROBERTO DOBLES 1VIORA 11+ínNnsTto Dg AMBIErrrE., TELECOMUNICACIONES .�« 3 [ t Y ..-yr.r � . .�, �t. r. �^ B° -3�•'» � `fi• �� i � 4 •f :1Z:• 'NW �. 3