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IniciarMi WebLinkAcerca deTRANSPORTES UGALDE Y CASTRO S.A. Acuerdo Ejecutivo No.151-2005-MSP• • No. 151-2005 MSP EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL 1VI.L\rISTRO DE GOBERl\ACIÓ\' Y POLICÍA Con fundamento en la Ley de Radio No.1758 del 19 de junio de 1954 y sus reformas y el Reglamento de radiocomunicaciones Decreto Ejecutivo No 31608-G del 24 de junio del 2004 y el Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias Decreto No.27554-G, con fecha 06 de noviembre de 1998 y sus reformas. CONSIDERAs\Do: 1.- Que el señor JORGE ARTURO UGALDE UNIA\A, con cédula número 2-286-532, en su carácter de presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad TRANSUCA SOCIEDAD A,NÓ\7s17A, ha presentado formal solicitud tendiente a que se le otorgue a su representada concesión de derecho de uso de las frecuencias TX 281.350 MHz. y RX 286.350 ivlIlz., para ser utilizadas en el servicio de radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia (VHF), entre sus base ubicada en la provincia de Heredia y sus unidades móviles. 2.- Que la frecuencia solicitada se encuentran según lo establecido en el Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias. Decreto No.27554-G con fecha 06 de noviembre de 1998 y sus reformas. 3.- Que según certificación del Notario Público, Lic. Roy Zumbado Ulate, el señor JORGE ARTURO UGALDE UMAÑA mayor, casado una vez, empresario, vecino de Santa Bárbara de Heredia, portador de la cédula de identidad número 2-286-532, es presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad TRANSUCA SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula jurídica número 3-101-114312-08. .4.- Que la Oficina de Control Nacional de Radio hizo el análisis correspondiente al expediente de la sociedad TRANSUCA SOCIEDAD As\ÓNLl'iA, encontrándolo ajustado a derecho, por lo que ha dado su parecer favorable para que dicha concesión de derecho de uso de las frecuencias solicitadas sean otorgadas por un período de 5 años (cinco años). POR TANTO ACUERDAN: Otorgar a la sociedad TRANSUCA SOCIEDAD ANÓNIMA, concesión de derecho de uso de las frecuencias TX 281.350 MHz. y RX 286.350 MHz., para ser utilizadas en el servicio de radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia (VHF), según las siguientes características: INDICATIVO ZONA POTENCIA CLASE DE REPETIDORA DE ACCIÓ\i MÁ,MZA SERVICIO TE-DKO ToDo 25 WATTS COMERCIAL VOLCÁN IRAZÚ, EL PAÍS pRIVADO CARTAGO PLAZO DE LA CONCESIÓN: CLNCO AÑOS (5 AÑOs). Pudiendo ser renovada por un período igual, a solicitud del interesado, siempre y cuando cumpla con lo establecido en la Ley de Radio y su Reglamento. Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obli.gación de su parte observar la legislación vigente o la que en el futuro se dicteacatando las indicaciones de la Oficina de Control Nacional de Radio. Dado en la Presidencia de la República el día treinta y uno de marzo del año dos mil cinco. R,.v ABEL PACHECO DE LA ESPRIEL• LA • --•_�� ,�., �� ` LIC. ROGEL 0 A�OS MATli�EZV44,411,13"sfy,~` ?-int MLNISTRO DE GOBERNACIÓ\t Y POLICÍA