IniciarMi WebLinkAcerca deTRANSPORTES UGALDE Y CASTRO S.A. Acuerdo Ejecutivo No.151-2005-MSP•
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No. 151-2005 MSP
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL
1VI.L\rISTRO DE GOBERl\ACIÓ\' Y POLICÍA
Con fundamento en la Ley de Radio No.1758 del 19 de junio de 1954 y sus reformas y
el Reglamento de radiocomunicaciones Decreto Ejecutivo No 31608-G del 24 de junio
del 2004 y el Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias Decreto
No.27554-G, con fecha 06 de noviembre de 1998 y sus reformas.
CONSIDERAs\Do:
1.- Que el señor JORGE ARTURO UGALDE UNIA\A, con cédula número 2-286-532, en su
carácter de presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de
la sociedad TRANSUCA SOCIEDAD A,NÓ\7s17A, ha presentado formal solicitud tendiente a
que se le otorgue a su representada concesión de derecho de uso de las frecuencias TX
281.350 MHz. y RX 286.350 ivlIlz., para ser utilizadas en el servicio de
radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia (VHF), entre sus base ubicada en la
provincia de Heredia y sus unidades móviles.
2.- Que la frecuencia solicitada se encuentran según lo establecido en el Reglamento al
Plan Nacional de Atribución de Frecuencias. Decreto No.27554-G con fecha 06 de
noviembre de 1998 y sus reformas.
3.- Que según certificación del Notario Público, Lic. Roy Zumbado Ulate, el señor
JORGE ARTURO UGALDE UMAÑA mayor, casado una vez, empresario, vecino de Santa
Bárbara de Heredia, portador de la cédula de identidad número 2-286-532, es presidente
con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad TRANSUCA
SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula jurídica número 3-101-114312-08.
.4.- Que la Oficina de Control Nacional de Radio hizo el análisis correspondiente al
expediente de la sociedad TRANSUCA SOCIEDAD As\ÓNLl'iA, encontrándolo ajustado a
derecho, por lo que ha dado su parecer favorable para que dicha concesión de derecho
de uso de las frecuencias solicitadas sean otorgadas por un período de 5 años (cinco
años).
POR TANTO
ACUERDAN:
Otorgar a la sociedad TRANSUCA SOCIEDAD ANÓNIMA, concesión de derecho de uso de
las frecuencias TX 281.350 MHz. y RX 286.350 MHz., para ser utilizadas en el servicio
de radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia (VHF), según las siguientes
características:
INDICATIVO ZONA POTENCIA CLASE DE REPETIDORA
DE ACCIÓ\i MÁ,MZA SERVICIO
TE-DKO ToDo 25 WATTS COMERCIAL VOLCÁN IRAZÚ,
EL PAÍS pRIVADO CARTAGO
PLAZO DE LA CONCESIÓN: CLNCO AÑOS (5 AÑOs). Pudiendo ser renovada por un
período igual, a solicitud del interesado, siempre y cuando cumpla con lo
establecido en la Ley de Radio y su Reglamento.
Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obli.gación de su parte
observar la legislación vigente o la que en el futuro se dicteacatando las indicaciones
de la Oficina de Control Nacional de Radio.
Dado en la Presidencia de la República el día treinta y uno de marzo del año dos
mil cinco.
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ABEL PACHECO DE LA ESPRIEL• LA
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