IniciarMi WebLinkAcerca deTRANSPORTES PRIVADOS CAROLINA S.A. Acuerdo Ejecutivo No.380-2005v.i
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NO. 3 80- m s MSP
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL
MIlYISTRO DE GoBERNACIÓN Y POLICÍA
0s,i
Con fundamento en la Ley de Radio No.1758 del 19 de junio de 1954 y sus 'refornias y
el Reglamento de radiocomunicaciones Decreto Ejecutivo No 31608-G del 24 de junio
del 2004 y sus reform as y el Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias
Decreto No.27554-G, con fecha 06 de noviembre de 1998 y sus reform as.
CONsmERANDo:
1.- Que el señor EDGAR SoTo FLOREs, con cédula de identidad número 4-154-647, en
su carácter de presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma
de la sociedad TRANSPORTES PRIVADos CAROLINA SoCIEDAD ANÓNIMA, ha
presentado formal solicitud tendiente a que se le otorgue a su representada concesión de
derecho de uso de la frecuencia CD 142.825 MHz, para ser utilizada en el servicio de
radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia (VHF), entre sus bases ubicadas en la
provincia de Alajuela y sus unidades móviles.
2.- Que la frecuencia solicüada se encuentra según lo establecido en el Reglamento al
Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto No.27554-G con fecha 06 de
noviembre de 1998 y sus reformas.
3.- Que según certificación del Notario Público, LICENCIADo ROGER ARTURO
TRIGIIBROS GARCIA, el señor EDGAR SOTO FLORES, mayor, casado, una vez,
empresario, vecino de Heredia, portador de la cédula de identidad número 4-154-647, es
presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad
TRANSPORTES PRIVADOs CAROLINA SOCIEDAD ANÓNIlYIA, con cédula jurídica núm ero
3-101-270882.
4.- Que la Oficina de Control Nacional de Radio hizo el análisis correspondiente al
expediente de la sociedad TRANSPORTES PBIVADos CAROLINA SoCIEDAD ANóNIMA,
encontrándolo ajustado a derecho, por lo que ha dado su parecer favorable para que
dicha concesión de derecho de uso de las frecuencias solicitadas sean otorgadas por un
período de 5 años (cinco años).
POR TANTo
AcuERDAN:
063
Otorgar a la sociedad TRANSPORTTS PRIVADOs CAROLIÑA_So,CEDAD ANÓNZMA,
concesión de derecho de uso de lafrecuencia CD 142.825 MHz, para ütilizadas en el
servicio de radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia (VHF), según las siguientes
caracteristicas:
INDICATIVo ZONA PoTBNCIA CLAS% DE
DE ACCIÓN MÁXIMA SBRYICIO
TE-DWE Tono EL 25 WATrs - COMBRCIAL
PAIS PRIVADo
•
PLAZO DE LA CONCE SIÓN: CINCo AÑos (5 A1NOs). Pudiendo ser renovada por un
periodo igual, a solicitud del interesado, siempre -y •cúandó , cúmpla, con lo
establecido en la Ley de Radio y su Reglamento.
Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación de su pane
observar la legislación vigente o la que en el futuro se dicte, acatando las indicaciones
de la Oficina de Control Nacional de Radio.
Dado en la Presidencia de la República el día veintiséis de agosto del año dos mil
cinco.
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ABEL PACHBCO DE LA ESPRIE
LIC. RoGELio RADIOS MAR
MINISTRo DE GOBBRPIACIÓN Y PoLICÍA, ... •,
Y SEGURIDAD PÚBLICA `--�--��
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