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IniciarMi WebLinkAcerca deTICO PAGER S.A. ACUERDO EJECUTIVO N°53-2006-MGP4J � AcuERDo EJECUTIVO No. 53-2006-MGP EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA ti 53 Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 121 inciso 14) aparte c), 140 inciso 20) y 146 de la Constitucion Politica, el Convenio Internacional de Comunicaciones, ratificado mediante Ley No. 8100 del 04 de abril del 2002, los artículos 1 y 6 de la Ley de Radio y Television No. 1758 del 19 de junio de 1954 y sus reformas; los artículos 2, 3, 5, 9, 11, 19, 30, 32 y 33 del Reglamento de Radiocomunicaciones, Decreto Ejecutivo :No. 31608-G del 24 de junio del 2004 y sus reformas; y el artículo 2 del Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias Decreto No.27554-G del 06 de noviembre de 1998 y sus reformas. CONSIDERluNDO: 1.- Que el señor í1'IIGUEL GONZÁLEZ ASTÚA, cédula de identidad número 6-189- 788, apoderado generalísimo con límite de suma de la sociedad TICOPAGER S.A., ha pfsentado formal solicitud tendiente a que se le otorgue concesión de derecho de so de los rangos de frecuencia TX 929.500 a 929.525 MHz., frecuencia central 929.5125 MHz., TX 930.650 a 930.700 MHz., frecuencia central 930.675 MHz. y CD 901.250 a 901.300 MHz., para ser utilizadas en un sistema de radiocomunicación privado de busca de personas desde su base ubicada en la provincia de San José. 2.- Que de conformidad con el artículo 13 del Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto Ejeéútivo No. 27554-6, del 06 de noviembre de 1998 y sus reformas, los Servicios de Busca Personas son servicios al comercio entre particulares, según lo establecido en el artículo 4 inciso f) de la Ley de Radio y Televisión No. 1758 del 19 de junio de 1954 y sus reformas. 3.- Que según certificación de la Notaria Pública, SILVIA CALVO CALZADA, el señor MIGUEL GONZ_áLEZ AsTÚA, mayor, casado, ingeniero en telecomunicaciones, cédula de identidad número 6-189-788, es apoderado generalísimo con límite de suma de la sociedad TICOPAGER S.A., de la sociedad TICOPAGER S.A., cédula jurídica número 3-101-026882. • • 4.- Que la Oficina de Control Nacional de Radio hizo el análisis correspoñdiente del expediente de la sociedad TICOPAGER S.A., encontrándolo ajustado a derecho, por lo que ha dado su parecer favorable para que dicha cesión de concesión de derecho de uso de los rangos de frecuencia solicitados sean otorgadas, por un período de 15 años (quince años). POR TANTO ACUERDAN: Otorgar a la sociedad TICOPAGER S.A., concesión de derecho de los rangos de frecuencia TX 929.500 a 929.525 MHz., frecuencia central 929.5125 MHz., TX 930.650 a 930.700 MHz., frecuencia central 930.675 MHz. y CD 901.250 a 901.300 MHz., para ser utilizadas en un sistema de radiocomunicación privado de busca de personas desde su base ubicada en la provincia de San José, según las siguientes características: TIPO DE SERVICIO: BUSCA PERSONAS. CLASE: CONIERCIAL PRIVADO. INDICATIVO: TE-STP FRECUENCIA DE ENLACE: 901.275 MHZ. ZONA DE COBERTURA: TODO EL PAÍS. POTENCIA DE LA FRECUENCIA DE ENLACE: 1 WATT. POTENCIA DEL TRANSiVIISOR PRINCIPAL: 300 WATTS. . - REPETIDORAS: VOLCÁN IRAZti, CERRO GURDIAN, CERRO FRIO, CERRO BUVIS, CERRO ADAwIS, CERRO NÍSPERO, VOLCÁN POÁS, CERRO MON'I'I,RREY, CERRO LA PALMERA, CERRO BERLÍN, SANTA ELENA, CERRO CHIRIPA, CERRO AZUL, CERRO VISTA DE MAR, CERRO WATSI. PLAZO DE LA CONCESIÓN: QUINCE AÑOS (15 AÑOS). Pudiendo ser renovada por un período igual, a solicitud del interesado, siempre y cuando cumpla con lo establecido en la Ley de Radio y su Reglamento. 0 0 51 Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación de su parte observar la legislación vigente o la que en el futuro se dicte, acatando las indicaciones de la Oficina de Control Nacional de Radio. Dado en la Presidencia de la República el día once de mayo del año dos mil seis. o(3-<-0^ OSCAR ARIAS SÁs\iCHEZ • • LIC. FERNANDO BERROCAL SOTO MTi\TISTRO DE GOBERNACIÓN, POLICÍA Y SEGURIDAD PÚBLICA