IniciarMi WebLinkAcerca deSU TAXI YELLOW CAB C.R. S.A. Acuerdo No. 162-2005 MSPNo.162-2005 MSP
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL
MINISTRO DE GOBER:\'ACIÓ\4 Y POLICÍA
000047
Con fundamento en la Ley de Radio No.1758 del 19 de junio de 1954 y sus reformas y
el Reglamento de radiocomunicaciones Decreto Ejecutivo No 31608-G del 24 de junio
del 2004 y el Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias Decreto
No.27554-G, con fecha 06 de noviembre de 1998 y sus reformas.
CONSIDERANDO:
1.- Que el señor CARLOs Luís SALAZAR BARRANTES, con cédula número 4-133-482,
4110 en su carácter de presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de
suma de la sociedad Su TAXI YELLOW CAB CR S.A., ha presentado formal solicitud
tendiente a que se le otorgue a su representada concesión de derecho de uso de las
frecuencias TX 446.1625 MHz. y RX 441.1625 ívII-lz., para ser utilizadas en el servicio
de radiocomunicación en Ultra Alta Frecuencia (UHF), entre sus base ubicada en la
provincia de San José y sus unidades móviles.
2.- Que la frecuencia solicitada se encuentran según lo establecido en el Reglamento al
Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto No.27554-G con fecha 06 de
noviembre de 1998 y sus reformas.
3.- Que según certificación de la Notario Público, Licda. Ana Gabriela Santiesteban
Álvarez, el señor CARLos Luís SALAZAR BARRA�\rrES, comerciante, portador de la
cédula de identidad número 4-133-482, es apoderado generalísimo sin límite de suma
de la sociedad Su TAXI YELLOW CAB CR S.A., con cédula jurídica número 3-101-
�
312885.
4.- Que la Oficina de Control Nacional de Radio hizo el análisis correspondiente al
expediente de la sociedad Su TAxi YELLOW CAB CR S.A., encontrándolo ajustado a
derecho, por lo que ha dado su parecer favorable para que dicha concesión de derecho
de uso de las frecuencias solicitadas sean otorgadas por un periodo de 5 años (cinco
años).
PoR TANTo
ACUERDAN:
Otorgar a la sociedad Su TAXI YELLOW CAB CR S.A., concesión de derecho de uso de
las frecuencias TX 446.1625 MHz. y RX 441.1625 MHz., para ser utilizadas en el
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0O0G4\•
servicio de radiocomunicación en Ultra Alta Frecuencia (UHF), según las siguientes
características:
INDICATIYO
ZONA
DE ACCIÓN
POTENCIA CLASE DE REPETIDORAS
iVIAXItiIA SERVICIO
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TE-DSQ VALLE
CENTRAL
25 WATTS COMERCIAL VOLCÁN IRAZÚ,
PRIVADO CARTAGO
PLAZO DE LA CONCESIÓN: CL\7CO AÑOS (5 AÑOS). Pudiendo ser renovada por un
período igual, a solicitud del interesado, siempre y cuando cumpla con lo
establecido en la Ley de Radio y su Reglamento.
Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación de su parte
observar la legislación vigente o la que en el futuro se dicte, acatando las indicaciones
de la Oficina de Control Nacional de Radio.
Dado en la Presidencia de la República el día quince de abril del año dos mil cinco.
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ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA
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ROGEO RAMOS MAR
MINISTRO DE GOBERNACIÓ\T Y POL