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IniciarMi WebLinkAcerca deSOCIEDAD PERIODISTICA EXTRA, LTDA. Acuerdo No. 366-97 MSPNo 3.6Er-_97 ESP EL PRESIDENTE DE LA Y LA MINISTRA DE GOBERNACION Y POLICIA 0186 Con fundamento en la Ley de Radio No_ 1758 del 19 de junio de 1954 y sus reformas y el Reglamento No_ 63 del 11 de diciembre de 1956 y sus reformas y Considerando: 1-Que según Acuerdo No.294 del 07 de junio de 1982, Gaceta No_172 del 07 de septiembre de 1982, la señora ORIE'11'A.AGUILAR VILLA, con cédula número 1-450-758, es adjudicataria de la frecuencia 780 KHz, a presentado formal solicitud tendiente a que se le autorice el traspaso a nombre de SOCIEDAD PERIODISTICA EXTRA LIMITADA. 2.-Que según certificación de la Notaria Pública Licda. Mayling Larios Alegria, el señor William Gerardo Gomez Vargas, con cédula No.2-273-010, es Presidente con facultades de Apoderado Generalisimo sin limite de sums de SOCIEDAD PERIODISTICA EXTRA LIMITADA, con cédula Juridica No.3-102-038255-35. 3.-Que la oficina de Control Nacional de Radio hizo el análisis correspondiente de los:expedientes de la señora Orietta Aguilar Villa (780 KHz); y el`de SOCIEi3AD FERIODISTICA EXTRA LIMITADA; encontrándolos ajustados a derecho, por lo que ha dado su parecer favorable para que dicho TRASPASO sea autorizado. POR TANTO: Autorizar la cesión de la Frecuencia: 780 KHz que hace la señora ORIE'1TA AGUILAR VILLA a favor de SOCIEDAD PERIODISTICA EXTRA LIMITADA; con las siguientes caracteristicas: INDICATIVO ZONA DE ACCION POTENCIA MAXIMA CLASE DE SERVICIO TI-RA TODO EL PAIS 2000 WATTS RADIODIFUSION SONORA UBICACION DEL TRANSMISOR: SAN JOSE_ Queda entendido el concesionario de esta frecuencia que es obligación de su parte observar la Legislación Vigente o la que en el futuro se dicte, acatando las indicaciones de la Oficina de Control Nacional de Radio. Dado en la Presidencia de la República el dia 30 d aril de mil novecientos n•genta y sieté:` a �. ._ JOSE MARIA PRESI OLSEN INCHILLA M MINISTRA ,ate