IniciarMi WebLinkAcerca deSOCIEDAD PERIODISTICA EXTRA, LTDA. Acuerdo No. 366-97 MSPNo 3.6Er-_97 ESP
EL PRESIDENTE DE LA Y LA
MINISTRA DE GOBERNACION Y POLICIA
0186
Con fundamento en la Ley de Radio No_ 1758 del 19 de junio
de 1954 y sus reformas y el Reglamento No_ 63 del 11 de
diciembre de 1956 y sus reformas y
Considerando:
1-Que según Acuerdo No.294 del 07 de junio de 1982, Gaceta
No_172 del 07 de septiembre de 1982, la señora ORIE'11'A.AGUILAR
VILLA, con cédula número 1-450-758, es adjudicataria de la
frecuencia 780 KHz, a presentado formal solicitud tendiente a
que se le autorice el traspaso a nombre de SOCIEDAD PERIODISTICA
EXTRA LIMITADA.
2.-Que según certificación de la Notaria Pública Licda. Mayling
Larios Alegria, el señor William Gerardo Gomez Vargas, con
cédula No.2-273-010, es Presidente con facultades de Apoderado
Generalisimo sin limite de sums de SOCIEDAD PERIODISTICA EXTRA
LIMITADA, con cédula Juridica No.3-102-038255-35.
3.-Que la oficina de Control Nacional de Radio hizo el análisis
correspondiente de los:expedientes de la señora Orietta Aguilar
Villa (780 KHz); y el`de SOCIEi3AD FERIODISTICA EXTRA LIMITADA;
encontrándolos ajustados a derecho, por lo que ha dado su
parecer favorable para que dicho TRASPASO sea autorizado.
POR TANTO:
Autorizar la cesión de la Frecuencia: 780 KHz que hace la señora
ORIE'1TA AGUILAR VILLA a favor de SOCIEDAD PERIODISTICA EXTRA
LIMITADA; con las siguientes caracteristicas:
INDICATIVO ZONA DE ACCION POTENCIA MAXIMA CLASE DE SERVICIO
TI-RA TODO EL PAIS 2000 WATTS RADIODIFUSION SONORA
UBICACION DEL TRANSMISOR: SAN JOSE_
Queda entendido el concesionario de esta frecuencia que es
obligación de su parte observar la Legislación Vigente o la que
en el futuro se dicte, acatando las indicaciones de la Oficina
de Control Nacional de Radio.
Dado en la Presidencia de la República el dia 30 d aril de mil
novecientos n•genta y sieté:` a �. ._
JOSE MARIA
PRESI
OLSEN
INCHILLA M
MINISTRA
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