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ACUERDo EJECUTIVO
No. 30 - 2006 MGP
0 S
EL PRESIDENTE DE LA REPÍJBLICA Y EL
MINISTRO DE GOBERNACIÓ\j Y POLICÍA
Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 121 inciso 14) aparte
c), 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; el Convenio Internacional de
Comunicaciones, ratificado mediante Ley No. 8100 del 19 de octubre de 1999; los
artículos 1 y 6 de la Ley de Radio No. 1758 del 19 de junio de 1954 y sus reformas; los
artículos 2, 3, 5, 9, 11, 19 y 30 del Reglamento de Radiocomunicaciones, Decreto
Ejecutivo No. 31608-G del 24 de junio del 2004 y sus reformas; y el artículo 2 del
Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto No.27554-G del 06
de noviembre de 1998 y sus reformas.
CONSIDERANDO:
1.- Que el señor EDGARDO ÁvILA CHACÓ\', cédula de identidad número 1-624-431, en
su carácter de presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma
de la sociedad SISTEN S.A., ha presentado formal solicitud tendiente a que se le otorgue
a su representada concesión de derecho de uso de la frecuencia CD 140.050 MHz, para
ser utilizada en un servicio de radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia (VHF), entre
sus base ubicada en la provincia de San José y sus unidades móviles.
2.- Que la frecuencia solicitada se encuentra según lo establecido en el Reglamento al
Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto No.27554-G con fecha 06 de
noviembre de 1998 y sus reformas.
3.- Que según certificación del Notario Público, RANDALL SALAS ALVARADO, el señor
EDGARDO AVILA CHACÓ', mayor, casado, empresario, portador de la cédula de
identidad número 1-624-431, es presidente con facultades de apoderado generalísimo
sin límite de suma de la sociedad SISTEN S.A., con cédula jurídica número 3-101-
039987.
4.- Que la Oficina de Control Nacional de Radio hizo el análisis correspondiente al
expediente de la sociedad SISTEN S.A., encontrándolo ajustado a derecho, por lo que ha
dado su parecer favorable para que dicha concesión de derecho de uso de las
frecuencias solicitadas sean otorgadas por un período de 5 años (cinco años).
PoR TANTO
ACUERDAN:
.1
OTORGAR a la sociedad SISTEI7 S.A., concesión de derecho de uso de la frecuencia CD
140.050 MHz., para ser utilizadas en el servicio de radiocomunicación en Muy Alta
Frecuencia (VHF), según las siguientes características:
INDICATIVO ZONA POTENCIA CLASE DE
DE ACCIÓ\t 11fIÁXIMr1 SER«CIO
TE-DUD VALLE 25 WATTS COMERCIAL
CENTRAL
PRIVADO
i
AIL PLAZO DE LA CO\7CESIÓN: CLNCO As\OS (5 AÑOS). Pudiendo ser renovada por un
período igual, a solicitud del interesado, siempre y cuando cumpla con lo
establecido en la Ley de Radio y su Reglamento.
Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación de su parte
observar la legislación vigente o la que en el futuro se dicte, acatando las indicaciones
de la Oficina de Control Nacional de Radio.
Dado en la Presidencia de la República el día veinticuatro de enero del año dos mil
seis.
ABEL PACHECO DE LA ESP
y
LIC. ROGIO RAMOS MARTPiEZ
171\TISTRO DE GOBERPIACIÓ\i Y POLICÍA
Y SEGURIDAD PÚBLICA