IniciarMi WebLinkAcerca deSERVICIOS DE SEGURIDAD CIS, C.R. S.A. ACUERDO N°345-97 MSP (González Montero Arturo)No 3115-9? MSP
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y LA
MINISTRA DE GOBERNACION Y POLICIA
Con fundamento en la Ley de Radio No. 1758 del 19
de 1954 y.sus reformas y el Reglamento No. 63 de
diciembre de 1956 y sus reformas y
Considerando:
1-Que según Acuerdo Ejecutivo No_62 del 29 de abril de 1994 al
señor SERGIO ARTUR(3 GONZALEZ MONTERO, se le otorgaron las
frecuencias 441.045 y 446.045 MHz
2-Que el señor GONZALEZ MONTERO SERGIO ARTURO, cédula°número 1-
405-713; ha presentado formal solicitud para que las frecuencias
le sean cambiadas por otras que guarden la separación adecuada
entre canales para un servicio de radiocomunicación en ULTRA
ALTA FRECUENCIA, entre sus bases ubicadas en Todo el Pais y sus
Unidades Móviles y Portátiles.
3.-Que la oficina de Control Nacional de Radio hizo el análisis
correspondiente del expediente al señor González Montero Sergio
Arturo; encontrándolo ajustado a derecho, por cuanto las
frecuencias 441_045 y 446.045 MHz efectivamente no guardan la
separación adecuada entre canales por lo que ha dado su parecer
favorable para que dicho cambia sea autorizado_
POR TANTO:
ACUERDAN:
Autorizar el cambio de las frecuencias: 441.045 y 446.045 MHz
por TX 424.675 y RX 429.675 MHz; al señor González Montero
Sergio Arturo; con las siguientes características:
INDICATIVO
ZONA DE ACCION
POTENCIA MAXIMA CLASE DE SERVICIO
TE-CVQ TODO EL PAIS 25 WATTS COMERCIAL-PRIVADO
REPETIDORA_ VOLCAN IRAZU-CARTAGO, CERRO BUBIS-CARTAGO, ,CERRO
SANTA ELENA-PUNTARENAS Y CERRO ESPERANZA-GUANACASTE_
Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es
obligación de su parte observar la Legislación Vigente o la que
en el futuro se dicte, acatando las indicaciones de la Oficina
de Control Nacional de Radio.
Dado en la Pr dencia, de -1a Republica el día 13
novecientos 111
.nta y ;siete .
JOSE MARIAf S OLSEN
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CHINCHILLA MIRAND
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