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IniciarMi WebLinkAcerca deSEGURIDAD SEM DE CR S.A Acuerdo Ejecutivo No.385-MGP• ACUERDO EJECUTIVO No. 385 - MG P EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y LA MINISTRA DE GOBERNACIÓ\ Y POLICÍA -25�, 092 Con fundatnento en las atribuciones que les confieren los artículos 121 inciso 14) aparte c), 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, el Convenio de la Unión lnternacional de Telecomunicaciones ratificado mediante Ley No. 8100 del 04 de abril del 2002, los artículos 1 -y 6 de la Ley de Radio No. 1758 del 19 de junio de 1954 y sus reformas; los articulos 2, 3, 5, 9, 11, 19 y 30 del Reglamento de Radiocomunicaciones, Decreto Ejecutivo No. 31608-G del 24 de junio del 2004 y sus reformas; y el artículo 2 del Re2lamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias Decreto Ejecutivo No. 27554-G del 06 de noviembre de 1998 y sus refornms. CONSIDERANDO: UN0- Que la señora L[LLI:aNA CORNIER CARPIO, cédula de identidad número 3-256- 549, Presidente con facultades de apoderada generalísima de la sociedad SEGURIDAD Sh.M CR., SOCIEDAD ANÓ\11tA, ha presentado formal solicitud tendiente a que se le otorguea su representada concesión de derecho de uso de las frecuencias TX 466.4625 MHz, RX 461.4375 MHz, para ser utilizada en un servicio de radiocomunicación en Ultra Alta Frecuencia (UHF), entre su base ubicada en la provincia de San José y sus portátiles. DOS- Que las frecuencias solicitadas se encuentran se2ún lo establecido en el Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto Ejecutivo No. 27554-G del 06 de noviembre de 1998 y sus reforms. TRES- Que según certificación del Notario Público MARVIN ALFONSO COLLADO PARRALES, la señora LILLIANA CORNIER CARPIO, mayor, casada una vez, comerciante, vecina de Pavas, cédula de identidad número 3-236-549, es Presidenta con facultades de apoderada 2eneralísima sin limite de suma de la sociedad SECUR[DAD SI:º\1 CR. SOCIEDAD ANÓNINt A, cédula jurídica número 3-101-313847. CUATRO- Que el Departamento de Control Nacional de Radio hizo el análisis correspondiente al expediente de la sociedad SEGURIDAD SEM CR. SOCIEDAD .aNÓNtMA, encontrándolo ajustado a derecho, por lo que ha dado su parecer favorable para que dicha concesión de derecho de uso de las frecuencias solicitadas, sea otorgada por un period() de 5 años (clNCo AÑOs). Por Tanto; ACUERDAN: ARTÍCULO 1: OTORGAR a la sociedad SEGURIDAD SEM CR. SOCIEDAD ANÓNIMA , Ú 9 .l concesión de derecho de uso de las frecuencias TX 466.4625 MHz, RX 461.4375 MHz, para ser utilizada en el servicio de radiocomunicación en Ultra Alta Frecuencia (UHF), según las siguientes caracteristicas: I,\'DICATIVO ZO\A DE ACCION POTENCIA M:á\1N1A CLASE DE SERVICIO UBICACIÓ\` 1)E LA REPETIDORA TE-EGG TODO EL PAÍS COMERCIAL PRIVADo CERRO BEBEDERO ESCA"ZÚ 25 WATTS ARTÍCULO 2: PLA"LO DE LA CONCESIÓN: CI\CO AÑOS (5 ANOS). Pudiendo ser rcnovada por un período igual, a solicitud del interesado, siempre y cuando cumpla con lo establecido en Ia Ley de Radio y su Reglamento. Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación de su parte observar Ia le.gislación uigente o la que en el futuro se dicte, acatando las indicaciones de la Oficina de Control Nacional de Radio. Artículo 3: Rige a partir de su notifrcación. Dado en Ia Presidencia de la República el día veintiocho demayo del año dos mil ocho. OSAR ARIAS .--5� JANINA DEL VECCHICY��G°Á�B�> �i :�,,, a�tINISTRA DE GOBERNA iÓN„1� Y SEGURIDAD PÚBC`� c► �-0 7