IniciarMi WebLinkAcerca deSEGURIDAD SEM DE CR S.A Acuerdo Ejecutivo No.385-MGP•
ACUERDO EJECUTIVO
No. 385 - MG P
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y LA
MINISTRA DE GOBERNACIÓ\ Y POLICÍA
-25�,
092
Con fundatnento en las atribuciones que les confieren los artículos 121 inciso 14) aparte
c), 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, el Convenio de la Unión
lnternacional de Telecomunicaciones ratificado mediante Ley No. 8100 del 04 de abril
del 2002, los artículos 1 -y 6 de la Ley de Radio No. 1758 del 19 de junio de 1954 y sus
reformas; los articulos 2, 3, 5, 9, 11, 19 y 30 del Reglamento de Radiocomunicaciones,
Decreto Ejecutivo No. 31608-G del 24 de junio del 2004 y sus reformas; y el artículo 2
del Re2lamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias Decreto Ejecutivo No.
27554-G del 06 de noviembre de 1998 y sus refornms.
CONSIDERANDO:
UN0- Que la señora L[LLI:aNA CORNIER CARPIO, cédula de identidad número 3-256-
549, Presidente con facultades de apoderada generalísima de la sociedad SEGURIDAD
Sh.M CR., SOCIEDAD ANÓ\11tA, ha presentado formal solicitud tendiente a que se le
otorguea su representada concesión de derecho de uso de las frecuencias TX 466.4625
MHz, RX 461.4375 MHz, para ser utilizada en un servicio de radiocomunicación en
Ultra Alta Frecuencia (UHF), entre su base ubicada en la provincia de San José y sus
portátiles.
DOS- Que las frecuencias solicitadas se encuentran se2ún lo establecido en el
Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto Ejecutivo No.
27554-G del 06 de noviembre de 1998 y sus reforms.
TRES- Que según certificación del Notario Público MARVIN ALFONSO COLLADO
PARRALES, la señora LILLIANA CORNIER CARPIO, mayor, casada una vez,
comerciante, vecina de Pavas, cédula de identidad número 3-236-549, es Presidenta con
facultades de apoderada 2eneralísima sin limite de suma de la sociedad SECUR[DAD
SI:º\1 CR. SOCIEDAD ANÓNINt A, cédula jurídica número 3-101-313847.
CUATRO- Que el Departamento de Control Nacional de Radio hizo el análisis
correspondiente al expediente de la sociedad SEGURIDAD SEM CR. SOCIEDAD
.aNÓNtMA, encontrándolo ajustado a derecho, por lo que ha dado su parecer favorable
para que dicha concesión de derecho de uso de las frecuencias solicitadas, sea otorgada
por un period() de 5 años (clNCo AÑOs).
Por Tanto;
ACUERDAN:
ARTÍCULO 1: OTORGAR a la sociedad SEGURIDAD SEM CR. SOCIEDAD ANÓNIMA , Ú 9 .l
concesión de derecho de uso de las frecuencias TX 466.4625 MHz, RX 461.4375 MHz,
para ser utilizada en el servicio de radiocomunicación en Ultra Alta Frecuencia (UHF),
según las siguientes caracteristicas:
I,\'DICATIVO
ZO\A
DE ACCION
POTENCIA
M:á\1N1A
CLASE DE
SERVICIO
UBICACIÓ\` 1)E LA
REPETIDORA
TE-EGG
TODO EL PAÍS
COMERCIAL
PRIVADo
CERRO BEBEDERO
ESCA"ZÚ
25 WATTS
ARTÍCULO 2: PLA"LO DE LA CONCESIÓN: CI\CO AÑOS (5 ANOS). Pudiendo ser
rcnovada por un período igual, a solicitud del interesado, siempre y cuando
cumpla con lo establecido en Ia Ley de Radio y su Reglamento.
Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación de su parte
observar Ia le.gislación uigente o la que en el futuro se dicte, acatando las indicaciones
de la Oficina de Control Nacional de Radio.
Artículo 3: Rige a partir de su notifrcación.
Dado en Ia Presidencia de la República el día veintiocho demayo del año dos mil
ocho.
OSAR ARIAS
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JANINA DEL VECCHICY��G°Á�B�>
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