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IniciarMi WebLinkAcerca deROBERTHS Y YAMIR S.A.Acuerdo No. 273-08 MGy ACUERDO EJECUTIVO NO.273-08 MG LA PRIMERA VICEPRESIr7E\TiA E\ EL EJERCICIO . DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA _r V LA MINISTRA DE GOBERNACION Y POLICIA L�t�t-t/1 • 5 GO. zQQe Con fundamento en las atrihuciones que les confieren los artículos 121 inciso 14) lante e);•' • 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, el Convenio Internacion�y�sr�dc:_�y Tetecomunicaciones ratificado mediante Lev No. 8100 del 04 de ahril del 2002. los artículos 1 y 6 de la Ley de Radio No. 1758 del 19 de junio de 1954 y sus reformas; los artículos 2143, 5, 9, 11, 19 y 30 del Reglamento de Radiocomunicaciones, Decreto Ejecutivo No. 31608-G del 24 de junio del 2004 y sus reformas; y el artículo 2 del Reglamento al Plan \acional.de Atribucicin de Frecuencias Decreto Ejecutivo No. 27554-G del 06 de noviembre de 1998 y sus reformas. CO\SIDERA\DO: I.- Que el señor Roberto Angulo Brenis, cédula de residencia número 1604000(15733, Presidente con representación judicial v extrajudicial de la sociedad Roherths y Yamir Sociedad Anónima, ha presentado formal solicitud tendientc a que se le otorgue a su representada concesión de derecho de uso de las frecuencias T\ 2�7.800 MHz _ �� RX . 252.800 MHz, para ser utilizadas en un servicio de ratliocomunicación en Muy Alta Frecuencia (VHF), entre su base uhicada en la provincia de San .losé v sus portátiles. 2.- Que las frecuencias solicitadas se encuentran según lo estahlecido en el Reglamento al Plan Nacional de Atrihución de Frecuencias, Decreto Ejecutivo No. 27534-G del 06 de uoviembre de 1998 ���!s reformas. 3.- Que según certifrcación del Registro \acional. el señor Roberto Angulo Brenis, cédula de residencia número 160400005733, es Presidente con representación judicial y extrajudicial de la sociedad Roberths v Vamir Sociedad Anónima, cédula jurídica número • 3-101-464209. 4.- Que el Départamento de Control \acional de Radio hizo el análisis correspondiente al cxpedicnte de la sociedad Roherths y Vamir Sociedad Anónima, encontrándolo ajustado a derecho, por lo que ha dado su parecer favorable para que dicha concesión de derecho de uso de las frecuencias solicitadas, sea otorgada por un período de 5 años (cinco años). Por "Panto, 'LA PRIMERA VICEPRESIDE\TA EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA Y LA MI\ISTRA DE C:OBER\ACIO\ Y POLICIA ACUERDAN: artículo l: Otorgar a la sociedad Roberths y Vamir Sociedad Anónima, concesión de derecho de uso de las frecuencias TX 257.800 MHz y RX 252.800 MHz., para ser utilizadas en el servicio de radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia (VHF), según las siguientes características: f Indicativo Zona de acción Potencia Máxima Clase de servicio Uhicación de la Repetidora TE-EIM Valle Central 25 Watts Comercial Privado Rancho Redondo, Goicoechea Artículo 2: Plazo de la concesión: Cinco años (5 años). Pudiendo ser renovada por un período igual, a solicitud del interesado, siempre y cuando cum pla con lo estahlecido en Ia Ley de Radio y su Reglamento. Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es ohligación de su parte ohservar la legislación vigente o la que en el futuro se dicte, acatando las indicaciones de Ia Oficina de Control \'acional de Radio. 4) S �y Artículo 3: Rige a partir de su notificación. Dado en Ia Presi LAURA e la Repúhlica el día quince de ahril del año dos mil ocho. ILLA M. .1:A\I\A DEL VECCHIO UGALD MINISTRA DE GOBERNACIÓN, PO 1' SEGURIDAD PUBLICA 95. c.�� \��/ s'CUIDI',D � R a�e�3cR$o q,V ‘UlO l32E ,UIS 16o L(OGoa 513.7 7