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IniciarMi WebLinkAcerca deRIO TUY S.A. Acuerdo No. 129-2008 MGP� AcUERDo E.rEcurrvo No. 129-2008 MGP • EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE GOBER\ACIÓN Y POLICÍA 17 ABR. 2008 Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 121 inciso 14) aparte c), 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, el Convenio Internacional de Telecomunicaciones ratificado mediante Ley No. 8100 del 04 de abril del 2002, los artículos 1 y 6 de la Ley de Radio No. 1758 del 19 de junio de 1954 y sus reformas; los artículos 2, 3, 5, 9, 11, 19 y 30, del Reglamento de Radiocomunicaciones, Decreto Ejecutivo No. 31608-G del 24 de junio del 2004 y sus reforrnas; y el artículo 2 del Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias Decreto Ejecutivo No.27554-G del 06 de noviembre de 1998 y sus reformas. `t 5 CONSIDERANBO: UNO.- Que la señora ODETTE RECAO DE PÉREZ ALFONSO, con cédula de identidad de Venezuela número V-2.136.078, en su carácter de presidenta con facultades de Apoderada Generalísima sin limite de suma de la sociedad RÍo TM S.A., ha presentado formal solicitud tendiente a que se le otorgue a su representada concesión de derecho de uso de las frecuencias TX.154.8625 MHz, y RX 157.5125 MHz, para ser utilizadas en un servicio de radiocornunicación en MuyAlta Frecuencia (VHF) entre sus portátiles. DOS.- Que las frecuencias solicitadas se encuentran según lo establecido en el Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto Ejecutivo No.27554-G con fecha 06 de noviembre de 1998 y sus reformas. TRES.- Que según certificación del Registro Nacional, la señora ODETTE RECAO DE PÉREZ ALFONSO, cédula de identidad de Venezuela número V-2.136.078, en su carácter de presidenta con fácultades de Apoderada Generalísima sin límite de suma de la sociedad RÍo TUY, S.A., con cédula jurídica número 3-101-027355. CUATRO.- Que el Departamento de Control Nacional de Radio hizo el análisis con•espondiente al expediente de la sociedad Río TUY, S.A., encontrándolo ajustado a derecho, por lo que ha dado su parecer favorable para que dicha concesión de derecho de uso de las frecuencias solicitadas sean otorgadas por un período de 5 años (CINCO años). 1 ' Y' • • POR TANrrO ACUERDA:\°: ARTÍCULO 1: OTORGAR a la sociedad RíO TUY, S.A., de las frecuencias TX 154.8625 MHz, y RX 157.5125 servicio de radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia características: Is\DICATIVO ZONA DE ACCIÓ\ POTENCIA MAXIMA 058 4 concesión de derechó de uso MHz, para ser utilizadas en el (VHF), según las siguientes CLASE DE SERVICIO TE-EGY ToDo EL PAís 25 WATTS CO«RCIAL PRIVADO ARTÍCULO 2: PLAZO DE LA CO\CESIÓ\=: CLNCO A\°OS (5 AÑos). Pudiendo ser renovada por un período igual, a solicitud del interesado, siempre y cuando cumpla con lo establecido en la Ley de Radio y su Reglamento. Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación de su parte observar la legislación vigente o la que en el futuro se dicte, acatando las indicaciones de la Oficina de Control Nacional de Radio. ARTÍCULO 3: Rige a partir de su notificación. Dado en la Presidencia de 1 ' epública el día 11 de febrero de 2008. LIc. FERNANDO BE lVIL1`ISTRO DE GOBERI Y SEGURIDAD .<<G¢\pDEG pCttO_��,�4C ��Se,`•I1o�� � �CIQ��OI� 'CI� p Pg 5 9