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IniciarMi WebLinkAcerca deRADIOTAXIS DEL VALLE LTDA Acuerdo No. 140-2006 MGPACVERDo EJECUTIvo No.140-2005 MGP 5 EL PRESIDElNrTE DE LA REPÚBLICA Y EL iVIL\ISrRO DE GOBERttACIÓ\i Y POLICÍA Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 121 inciso 14) aparte c), 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, el Convenio Internacional de Telecomunicaciones ratificado mediante Ley No. 8100/del 04 de abril del 2002, los artículos 1 y 6 de la Ley de Radio y Televisión No. 1758 del 19 de junio de 1954 y sus reformas; los artículos 2, 3, 5, 9, 11, 19 y 30 del Reglamento de Radiocomunicaciones, Decreto Ejecutivo No. 31608-G del 24 de junio del 2004 y sus reforrnas; y el artículo 2 � del Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias Decreto Ejecutivo No. �27554-G del 06 de noviembre de 1998 y sus reformas. 1.- Que los señores GERARDO OTONIEL LÓPEZ ROJAS, cédula de identidad número 2- ÁNGEL y LUIs GOvzÁLEz VÁSQUEZ, cédula de identidad número 2-194-075, Apoderados Generalísimos sin límite de surna de la sociedad RADIOTAXIs EL VALLE, LTDA., actuando conjuntamente, han presentado formal solicitud tendiente a que se le otorgue a su representada concesión de derecho de uso de la frecuencia CD 167.225 MHz., para ser utilizada en un servicio de radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia (VHF), entre su base ubicada en laprovincia de Alajuela y sus unidades móviles. 2.- Que la frecuencia solicitada se encuentra según lo establecido en el Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto Ejecutivo No. 27554-G del 06 de noviembre de 1998 y sus reformas. 3.- Que según certificación del Notario Público CAItLos FEIuvÁNDEz VÁsQuEz, los señores GERARDO OTONIEL LÓPEZ ROJAS, cédula de identidad número 2-295-775, y Luis Át\GEL GONZÁLES VAsQUEz, cédula de identidad número 2-194-075, son Apoderados Generalísimos sin límite de suma, actuando conjuntamente, de la sociedad RADIOTAXIS EL VALLE, LTDA., cédula jurídica número 3-102-368267. 4.- Que la Oficina de Control Nacional de Radio hizo el análisis correspondiente al expediente de la sociedad RADIOTAXIS EL VALLE, LTDA.," encontrándolo ajustado a derecho, por lo que ha dado su parecer favorable para que dicha concesión de derecho de uso de la frecuencia solicitada sea otorgada por un periodo de 5 años (cinco años). • • POR TANro; ACUERDAi\i: OTORGAR a la sociedad RADIOTAXIS EL VALLE, L°rDA., concesión de derecho de uso de la frecuencia CD 167.225 MHz., para ser utilizada en el servicio de radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia (VHF), según las siguientes caracteristicas: INDICATIVO ZONA DE ACCIÓN POTENCIA MáXLiSA CLASE DE SERVICIO TE-DWG PALMARES 25 WArrs CONTERCIAL PRIYADo / PLAZO DE -LA CONCESIÓN: CL\`CO AÑOS (5 AÑOS). Pudiendo ser renovada por un período igual, a solicitud del interesado, siempre y cuando cumpla con lo establecido en la Ley de Radio y su Reglamento. Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación de su parte observar la legislación vigente o la que en el futuro se dicte, acatando las indicaciones de la Oficina de Control Nacional de Radio. Dado en la Presidencia de la República el día siete de julio del año dos mil seis. ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ `\GQJ � YC.R.- LIC. RitiTAitisDO BERROCAL SOT MLNLSTRO DE GOBERNACIÓN, POLICÍA Y SEGURIDAD PÚBLICA 2