IniciarMi WebLinkAcerca deRADIOTAXIS DEL VALLE LTDA Acuerdo No. 140-2006 MGPACVERDo EJECUTIvo
No.140-2005 MGP 5
EL PRESIDElNrTE DE LA REPÚBLICA Y EL
iVIL\ISrRO DE GOBERttACIÓ\i Y POLICÍA
Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 121 inciso 14) aparte
c), 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, el Convenio Internacional de
Telecomunicaciones ratificado mediante Ley No. 8100/del 04 de abril del 2002, los
artículos 1 y 6 de la Ley de Radio y Televisión No. 1758 del 19 de junio de 1954 y sus
reformas; los artículos 2, 3, 5, 9, 11, 19 y 30 del Reglamento de Radiocomunicaciones,
Decreto Ejecutivo No. 31608-G del 24 de junio del 2004 y sus reforrnas; y el artículo 2
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del Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias Decreto Ejecutivo No. �27554-G del 06 de noviembre de 1998 y sus reformas.
1.- Que los señores GERARDO OTONIEL LÓPEZ ROJAS, cédula de identidad número 2-
ÁNGEL y LUIs GOvzÁLEz VÁSQUEZ, cédula de identidad número 2-194-075,
Apoderados Generalísimos sin límite de surna de la sociedad RADIOTAXIs EL VALLE,
LTDA., actuando conjuntamente, han presentado formal solicitud tendiente a que se le
otorgue a su representada concesión de derecho de uso de la frecuencia CD 167.225
MHz., para ser utilizada en un servicio de radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia
(VHF), entre su base ubicada en laprovincia de Alajuela y sus unidades móviles.
2.- Que la frecuencia solicitada se encuentra según lo establecido en el Reglamento al
Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto Ejecutivo No. 27554-G del 06 de
noviembre de 1998 y sus reformas.
3.- Que según certificación del Notario Público CAItLos FEIuvÁNDEz VÁsQuEz, los
señores GERARDO OTONIEL LÓPEZ ROJAS, cédula de identidad número 2-295-775, y
Luis Át\GEL GONZÁLES VAsQUEz, cédula de identidad número 2-194-075, son
Apoderados Generalísimos sin límite de suma, actuando conjuntamente, de la sociedad
RADIOTAXIS EL VALLE, LTDA., cédula jurídica número 3-102-368267.
4.- Que la Oficina de Control Nacional de Radio hizo el análisis correspondiente al
expediente de la sociedad RADIOTAXIS EL VALLE, LTDA.," encontrándolo ajustado a
derecho, por lo que ha dado su parecer favorable para que dicha concesión de derecho
de uso de la frecuencia solicitada sea otorgada por un periodo de 5 años (cinco años).
•
•
POR TANro;
ACUERDAi\i:
OTORGAR a la sociedad RADIOTAXIS EL VALLE, L°rDA., concesión de derecho de uso
de la frecuencia CD 167.225 MHz., para ser utilizada en el servicio de
radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia (VHF), según las siguientes caracteristicas:
INDICATIVO
ZONA
DE ACCIÓN
POTENCIA
MáXLiSA
CLASE DE
SERVICIO
TE-DWG
PALMARES
25 WArrs
CONTERCIAL
PRIYADo
/
PLAZO DE -LA CONCESIÓN: CL\`CO AÑOS (5 AÑOS). Pudiendo ser renovada por un
período igual, a solicitud del interesado, siempre y cuando cumpla con lo
establecido en la Ley de Radio y su Reglamento.
Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación de su parte
observar la legislación vigente o la que en el futuro se dicte, acatando las indicaciones
de la Oficina de Control Nacional de Radio.
Dado en la Presidencia de la República el día siete de julio del año dos mil seis.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ
`\GQJ
� YC.R.-
LIC. RitiTAitisDO BERROCAL SOT
MLNLSTRO DE GOBERNACIÓN, POLICÍA
Y SEGURIDAD PÚBLICA
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