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IniciarMi WebLinkAcerca deRADIOGRAFICA COSTARRICENSE S.A. Acuerdo No. 60-2008 MGPcACUCRDO EJECUTIVO No. 60-20118- i\iG P RECEPC,O.L' Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 1 _a,=� �.,49'4) aparte c), 140 inciso 20) y 146 de ia Constitución Política, el Convenio Internacional de Telecomunicaciones ratificado mediante Ley No. 8100 del 04 de abril del 2002, los artículos l y 6 de la Ley de Radio No. 1758 del 19 de junio de 1954 y sus reforms; los artículos 2, 3, 5, 9, 11, 19 y 30 del Reglamento de Radiocomunicaciones, Decreto Ejecutivo No. 31608-G del 24 de junio del 2004 y sus reformas; y el artículo 2 del Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias Decreto Ejecutivo No. 27554-G del 06 de noviembre de 1998 y sus re fo rm as. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA CONSIDERANDO: 1.- Que el señor ALBERTO BERNtÚDE-L- OBA\DO, cédula de identidad número 1- 395-1004, Subgerente con facultades de apoderado áeneralísirno sin límite de suma de Ia compañía RADIOGR.árICA COSTARRICE\SE SOCIEDAD ANÓNINIA, ha presentado formal solicitud tendiente a que se le otorgue a su representada concesión de derecho deuso de los rangos de frecuencia RX 3625 MHz a 4200 MHz, TX 5850 MHz a 6425 MHz; RXv10950a 12750 MHz, TX 13750 MHz a 14500 MHz, para ser utilizadas para el ascenso y descenso de la señal, únicamente en el servicio de Internet vía satélite en todo el país . 2.- Se advierte que dichas frecuencias son otorgadas en forma compartida para la operación de servicios similares u otros. 3.-Que los rangos.de frecuencia solicitados se encuentran según lo establecido en el Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto Nro.27554- G con fecha 06 de noviembre de 1995. 4.- Que según certificación del Notario Público, VíCTOR JULIO CERDAS FALLAS, el señor ALBERTO BERNIÚDEZ OBA\DO, mayor, divorciado una vez, ingeniero clectricista, vecino de San José, cédula de identidad número 1-395-1004, es subgerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de Ia compañía'RADIOGI2ÁEICA COS'1:4RRICE\SE SOCIEDAD ANÓ\IMA, cédula jurídica núlnero 3-101-009059 :N.- Que el Departamento de Control Nacional de Radio hizo el análisis correspondiente al expediente de la compañía RADIOGRÁFICA COSTARRICENSE SOCIEDAD ANÓNIí14A, encontrándolo ajustado a derecho, para que dicha concesión de derecho de uso de los rangos de frecuencia solicitados para ascenso y descenso de la señal, únicamente en el servicio de Internet vía satélite, sea otorgada por un período de 15 años (QUINCE AÑos). POR TANTO; ACUERDAI\ : u�� ARTÍCULO l: OTORGAR a la compañía RADIOGRÁFICA COSTARRICENSE SOCr.EDA.D ANÓNIMA, concesión de derecho de uso de los rangos de frecuencia RX 3625 MHz a 4200 MHz, TX 5850 MHz a 6425 MHz; RX 10950 a 12750 MHz, TX 13750 MHz a 14500 M�-Iz, únicamente para ser utilizadas en el ascenso y descenso de la serial de Internet vía satélite, seeún las sieuientes características: � „ CLASIFICACIÓN DEL SERVICIO A PRESTAR: CLASE DE SERYICIO: I1'DICATIVO: ZONA DE COBERTURA: I\rI'ER\iET VÍA SATÉLITE OFICIAL TE-M TODO EL PAÍS ARTÍCULO 2: PLAZO DE LA CONCESIÓN: QULvCE A\OS (15 AÑOS). Pudiendo ser renovada por un período igual, a solicitud del interesado, siempre y cuando cumpla con lo establecido en la Ley de Radio y su Reglamento. Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación de su parte observar la legislación vigente o la que en el futuro se dicte, acatando las indicaciones de la Oficina de Control Nacional de Radio. Artículo 3: Rige a partir de su notificación. Dado en la Presidencia de la República el día seis de febrero del año dos mil ocho. LIC. FERNANDO BE MivISTRO DE Go POLICÍA Y SEG 4 j/(.c-1)12"-u - 4 NAY LCGB I , �' r. r'� ? � ^'��- . � ��v 24� OB 5 ` 9