IniciarMi WebLinkAcerca deRADIO PENINSULAR ESTEREO, SOCIEDAD ANONIMA ACUERDO EJECUTIVO N°372-2005No. 372-2005 MSP
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL
MINI.STRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
Con fundamento en la Ley de Radio No.1758 del 19 de junio de 1954 y sus reformas y
el Reglamento de Radiocomunicaciones Decreto Ejecutivo No 31608-G del 24 de junio
del 2004 y sus reformas y el Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias
Decreto No.27554-G, con fecha 06 de noviembre de 1998 y sus reformas.
CONSIDERANDo:
1.-Que según Acuerdo Ejecutivo No.825 del 30 de noviembre de 1978, publicado en La
Gaeta No.19 del 26 de enero de 1979, se le otorgó el derecho de uso de la frecuencia
106.3 MHz al senor JOHNi�IYFERi`TÁPIDEz MtaRENO, cédula de identidad número 5-115-
526, para operar una estación radiodifusora comercial.
2.- Que el senor Jo1IrrNYFERNANDEz MoRENo; cédula de identidad número 5-115-526,
cede los derechos de uso de la frecuencia 106.3 MHz a la sociedad de esta plaza RADIO
PENINSULAR EST$REo SO DAD AgtóNIMA, de la cual el mismo senor Fernández
Moreno es Presidente con facultades de Apoderado Generalísimo.
2.- Que la frecuencia cedida se encuentra según lo establecido en el Reglamento al Plan
Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto No.27554-G con fecha 06 de
noviembre de 1998 y sus reformas.
3.- Que según certificaciónde la Notaria Pública, SANDRA BALLADARES DIEz, el señor
JOHNNY FERNANDEZ MoRENo, mayor, casado una vez, empresario, vecino de San
José, Curridabat, Lomas de Ayarco, de la Choza de doña Lela setecientos metros norte,
cien este y cincuenta norte, portador de la cédula de identidad número 5-115-526, es
Presidente con facultades de apoderado generalísim o sin lím ite de sum a de la sociedad
RADIO PENYNSULAR ESI$REo SOCIEDAD ArróNIMA., con cédula juridica núm ero 3-101-
293008.
4.- Que la Oficina de Control Nacional de Radio hizo el análisis correspondiente a los
expedientes del senor JOmti3NY FERNáNDEZ MORENO y de la sociedad RADIO
PENINSULAR ESTÉREO SOCIEDAD ANÓMMA, encontrándolos ajustados a derecho, por
lo que ha dado su parecer favorable para que dicha cesión de concesión de derecho de
uso de la frecuencia 106.3 MHz sea otorgada por un período de 20 dos (VEINTE
dos).
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POR TANTo
ACUBRDAN:
Otorgar a la sociedad RADIO PENINSULAR ESTÉREo SocIBDAD ANÓNIMÁ, concesión
de derecho de uso de la frecuencia 106.3 MHz, para un servicio-'dé�rádiódifusión
comercial sonora en todo el país, que le cede el señor JOHNNYFERÑÁIVDEZ MoRENO,
según las siguientes características:
1- TIPO DE SERVICIO:
2-CLASE:
3-INDICATIVO:
4-FRECUENCIA DE OPERACIÓN:
5-TIpO DE SEfiAL DE RF:
9-ANCRO DE BANDA:
10-PoTENCIA DEL TRANSMISOR PRINCIPAL:
11-TiPo DE ANTBNA:
12-ALTURA CON RBPECTO A LA SUPERFICIE.
13•-TIPO DE LINBA DEL 1`RANSMLSOR:
14-PATRON DE IRRADIACIÓN:
1 S-UBICACIÓN DEL T7tANSNIISOR PRINCIPAL:
16-ZONA DE COBERTURA:
17-REPETIDORAS:
RADIODIFITSIÓN SONORA
C OM$RCiAL
TI-FM
106.3 MHz
ANALÓGiCA DIGITAL
300 KHz
SüÓO VATios
DiáoLo
SO METROS
HII,LIAx 7/8", DláinETRO
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o wCIRCiTLAR
VOLCÁN IRAZÍ7, CARTAGO
TODO EL PAIS
CERRO AzUL, GUANACASTB
CERRO ESPERANZA, GIIANACASTE
CERRO ADAMS, GOLFÍTO
PLAZO DE LA CONCESIÓN: VEINTE AÑos (20 ARos). Pudiendo ser renovada por un
periodo igual, a solicitud del interesado, siempre y cuando cumpla con lo
establecido en la Ley de Radio y su Reglamento.
Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación de su parte
observar la legislación vigente o la que en el futuro se dicte, acatando las indicaciones
de la Oficina de Control Nacional de Radio.
Dado en la Presidencia de la Re
cínco.
ABEL PACHECO DE LA ESP
ública el día nueve de agosto del año dos mil
LIC, RoGBLIo RAMOS
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MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y
Y SE GURIDAD PÚBLICA