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IniciarMi WebLinkAcerca deR Y B COMUNICACIONES Y SERVICIOS Acuerdo No. 460 MGP 2008• 11 *ar 000122 im• ACUERDO No. 460 N1GP EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA LA MINISTRA DE GOBERNACIóN v POLICIA Con fundament° en las atribuciones que les con fieren los artículos 121 inciso 14) aparte c), 140 inciso 20) y 146 de Ia Constitución Política, el .Convenio de la Union Internacional de Telecomunicaciones, ratificado mediante Ley No. 8100. del 04 de abril del 2002; los artículos 1 y 6 de la Ley de Radio No. 1758, del 19 de junio de 1954 y sus relbrmas; los articulos 2. 3. 5. 9, 11, 19, 30, 32 y 33 del Reqlamento de Radiocomunicaciones, Decreto Ejecutivo No. 31608,G, del 24 de junio del 2004 y sus reformas; y el artículo 2 del ReQlamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto Ejecutivo No. 27554-G, del 06 de noviémbre de 1998 y sus reformas. CONSIDERANDO: UNO- Que mediante Acuerdo Ejecutivo No. 219, del 27 de abril de 1977; publicado en el Diario Oficial La Gaceta No. 102, del 28 de mayo de 1977; se otorg_o concesión de derecho de uso de la frecuchcias 453.010 MHz y 458.00 MHza la sociedad TELEvisióN SERViCE LTDA. DOS- Que el señor Juan Veneaas Moreno Apoderado Generalísimo sin límite de suma de la sociedad Television Service Ltda., solicita cambio de razón social por el de JUAN VENEGAS YCONIPAN1A LTD A (Ver folio 176- cxpediente Juan Veneuas y Cia.) TRES- Que el departamehto de Control Nacional de Radio modifica Ia frecuencia 453.10 MHz a 453.000 MHz (Ver folio 191 expediente Juan Veneg.as v Cía. Ltda. CUATRO- Que el señor LEÚN FERNÁNDEZ MARiN, cédula de identidad número I -438- 216, en calidad de presidente con facultades sieneralísimo sin límite de suma de la sociedad 1NvERSIONES_LA LINIITADA antes J pAN VENECAS COAll'AÑÍALINIITADA. cedió la concesión de derecho de uso de las frecuencias 453.000 MHz y 458.000-MHz, a la sociedad R & B CONIUNICACIONES Y SERVICIOS S.A. (ver roho 029 expediente R & 13 Comunicaciones v Servicios S.A.). representada en ese acto por el señor JosAm. Rodrítalez Barquero cédula Milner° 4-100-643. / CINCO- Que las frecuencias solicitadas se encuentran SC2.1:111 lo establecido en el Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto Ejecutivo No. 27554-G del 06 de noviembre de 1998 v sus reformas. rir � `SF�IS-Que el señor JOSE A��TONIO RoDRíC:tjt-z BARQuERo, cédula de ide �ak�.- �� número 4-100-643, Presidente con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de, suma de la sociedad R c.C' B COA9UIICACIONES 1` SERVICIOS SOCIEDAD A\Ó\'IMA ha presentado formal solicitud tendiente a que se le otorgue a su representada, concesión de derecho de uso de las frecuencias TX 453.00 MHz�y RX 438.00 MHz: (ver folio 012), para ser utilizadas en el servicio de radiocomunicación en Ultra Alta Frecuencia (UHF), entre sus bases ubicadas en las provincias de San José y Puntarenas y portátiles (ver folio 088). . SE ETE- Que según certificación del Notario Público, Henry Alpizar Rojas visible a folio 122, el señor JOSI✓ ANTONto RODRIGUEZ BARQUERO, mayor, soltero, ingeniero, vecino de San Luis de Santo Domingo de Heredia, cédula de identidad número 4-100- 643, es Presidente con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de la sociedad R & B CoMuNICaCIoNEs V SERVICIOS SOCIEDAD A\Ó\INIA; cédula jurídica número 3-101-221324. OCHO- Que el Departamento de Control Nacional de Radio hizo el análisis correspondiente a los expedientes de I\VERSIO\ES LA LEONA ti~ CiA. LTDA; antes JUA\ VENEGAS l' CiA. LTDA. y el de R & B CoMUNICACIO\ES 1° SERVICIOS S.A.. encontrándolos ajustados a derecho, por lo que ha dado su parecer favorable (oficio N° 928-08 CNR del 16 de junio de 2008) para que dicha cesión de derecho de uso de las frecuencias solicitadas sea otorgada en las mismas condiciones bajo las cuales tue otorgada originalmente y, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Radiocomunicaciones, Decreto Ejecutivo No. 31608-G. del 24 de junio del 2004 y sus reformas, por un plazo de 5 años (cinco años), contados a partir de la entrada en vigencia del citado Reglamento. Po r Ta n to; ACUERDA\: ARTÍCULO 1: OTORGAR a la sociedad R & B CoMuNIcAcIONEs SERVICIOS SOCIEDAD ANÓNINIA, concesión de derecho de uso de las frecuencias TX 453.000 MHz y R.X 458.000 MHz, que le cede l\\%ERSIO\ES LA LEONA CIA. LTDA ANTES JUAN VENEGAS CIA. LTDA., para ser utilizada en el servicio de radiocomunicación en Ultra Alta Frecuencia (UHF), según las siguientes características: INDtCATIVo ZON A DE ACCIÓ\ POTE\CIA MAXIMA CLASE DE SERVICIO U13ICACIÓ\° DE LA REPETIDORA TE-EBO TODO EL PAIS 25 WATTS CONtERCIAL PRIVADO SAN Luis DE SAN PABLO, HEREDIA , 0 00�:2:0 � �1RTÍCULO 2: PLAZO DE LA CO�CESIÓ�: EI cesionario ezplotar�í los derechos cedidos en los mismos términos que fue otorgada Ia concesión originalmente. Podrá ser renovada por un pé.ríodo igual al que fue otorgada (CINCo AÑOS), previa solicitud del interesado, siempre y cuando cumpla con lo establecido en la Ley de Radio y su Reglamento. Plazo contado a partir de la entrada en vigencia del Reglamento de Radiocomunicaciones, Decreto Ejecutivo No. 31608-G, del 24 de junio del 2004 y sus reformas. Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación de su parte observar la leáislación vióente o Ia que en el futuro se dicte, acatando las indicaciones de la Oficina de Control Nacional de Radio. ARTICULO 3: Rige a partir de su notificación is) ocho. en Ia Presidencia de Ia República el día dieciséis de junio del año dos mil ocho. �� (� R ARIAS SA /14-14 • JANINA I)EL VECCHIO UC.ALDE MINISTRA I)E GOBERNACIÓN, POLICÍA 1` SEC:I)RIDAD I'l)BLICA , �