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IniciarMi WebLinkAcerca deMUÑOZ HERRERA CARLOS JOSE Acuerdo No. 077-2006 MGPAttá rr� • fi 0 45 ACI!ERDQ E.I1CD;rrvo ' No: 077-2006 MGP EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MIAIIgTBO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 121 inciso 14) aparte c), 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, el Convenio � Internacional de Telecomunicaciones, ratificado mediante Ley No. 8100 del 04 de4abril del 2002; los artículos 1 y 6 de la Ley de Radio No. 1758 del 19 de junio de 1954 y sus reformas; los artículos 2, 3, 5, 9, 11, 19 y 30, del Reglamento de Radiocornunicaciones, Decreto Ejecutivo. No. 31608-G del 24 de junio del 2004 y sus reformas; y el artículo 2 del Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto Ejecutivo No. 27554-G del 06 de noviembre de 1998 y sus reformas. C ºNSIDERANOo: 1.- Que el señor CARLos JOsÉ MUNoz HERRERA, cédula de identidad número 1-891- 646, ha presentado formal solicitud tendiente a que se le otorgue concesión de derecho de uso de las frecuencias TX 444.450 MHz y RX 449.450 MHz, para un servicio de radiocomunicación en Ultra Alta frecuencia (UHF), entre sus unidades móviles y sus port3tiles. 2.- Que la frecuencia solicitada se encuentran según lo establecido en el Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto Ejecutivo No. 27554-G del 06 de . noviembre_de 1998 y sus reformas. 3.- Que según la Oficina de Control Nacional de Radio hizo el análisis correspondiente al ea-pediente del señor CARLºs JºsÉ MuÑoz HERRERA, encontrándolo ajusiado a derecho, por lo que ha dado su parecer favorable para que dicha concesión de derecho de uso de las frecuencias solicitadas scan otorgadas por un período de 5 años (cinco años). PaR TAlvro ACUERI3ANN: Otorgar al señor CARLOs JosÉ MrrÑoz HERRERA, concesión de derecho de uso dé las. frecuencias TX 444.450 MHz y RX 449.450 MHz, para un servicio�; de . . . . radiocomunicación en Ultra Alta frecuencia (UHF), según las siguientes caractensti�cas: i ..wft r�0 4.1 INDICATIVO ZONA DE ACCIÓN POTENCIA MAXIMA CLAM DE SERVICIO REPETIDORAS TE-1?JPi TODo EL PAÍS 25 WATTS COMERCIAL PRIVADO SACRAIVIENTO, HEREDIA PLAZO DE LA CONCESIÓN: Cnvco AÑos (5 AÑos). Pudiendo ser renovada poi un periodo igual, a solicitud del interesado, siempre y cuando cumpla con lo establecido en la Ley de Radio y su Reglamento. .!� Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación de su parte observar la legislación vigente o la que en el futuro se dicte, acatando las indicaciones de la Oficina de Control Nacional de Radio. Dado en la Presidencga de la República el día veintitrés de mayo del año dos mil seis. LIc IFBitvarrDo.B l�il�Isrºi��ri�� G-tiBBB.N �c Y SE CUM 'l �.�