IniciarMi WebLinkAcerca deMUNICIPALIDAD DE SARAPIQUI Acuerdo No. 187-2008 MGP•
ACUERDO EJECUTIvO
\7o.187-2008 MGP
EL PRESIDENrE DE LA REPÚBLICA Y LA
MINISTRA DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
u7.t
Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 121 inciso 14) aparte
c), 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, el Convenio Internacional de
Telecomunicaciones, ratificado mediante Ley No. 8100 del 04 de abril del 2002, los
artículos 1 y 6 de la Ley de Radio y Televisión No. 1758 del 19 de junio de 1954 y sus
reformas; los artículos 2, 3, 5, 9, 11, 19 y 30 del Reglamento de Radiocomunicaciones,
Decreto Ejecutivo No. 31608-G del 24 de junio del 2004 y sus reformas; y el artículo 2
• del Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias Decreto Ejecutivo No.
27554-G del 06 de noviembre de 1998 y sus reformas.
CONSIDERA.NDO:
UNO.- Que el señor PEDRO ROJAS GUZMIN, con cédula número 7-075-997, en su
carácter de Alcalde de la MUNICIPALIDAD DE SARAPIQUÍ, ha presentado formal
solicitud tendiente a que se le otorgue a su representada concesión de derecho de uso de
las frecuencias RX 232.550 MHz y TX 237.500 MHz, para ser utilizadas en el servicio
de radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia (VHF), entre sus bases ubicadas en la
provincia de Heredia, y sus portátiles.
DOS.- Que las frecuencias solicitadas se encuentran según lo establecido en el
® Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto No.27554-G con
fecha 06 de noviembre de 1998 y sus reformas.
TRES.- Que según certificación de la Secretaria a.i. del Concejo Municipal, María de
los Angeles Briceño Briceño, el señor PEDRO ROJAS GUZMáN, mayor, soltero,
funcionario público, cédula de identidad número 7-075-997, es Alcalde de la
MUNICIPALIDAD DE SARAPIQUÍ, con cédula jurídica número 3-014-042098.
CUATRO.- Que la Oficina de Control Nacional de Radio hizo el análisis
correspondiente al expediente de la MUNICIPALIDAD DE SARAPIQUÍ, encontrándolo
ajustado a derecho, por lo que ha dado su parecer favorable para que dicha concesión de
derecho de uso de las frecuencias solicitadas scan otorgadas por un período de 5 años
(cinco años).
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POR TANrO
ACU-ERDAN :
ARTÍCULO 1: Otorgar a la ib1UNICIPALIDAD DE SARAPIQUÍ, concesión de derecho de
uso de las frecuencias RX 232.550 `iVlHz y TX 237.500 MHz, para ser utilizadas en el
servicio de radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia (VHF), según las siguientes
características:
I.NDICATIVO ZONA POTENCIA CLASE DE
DE ACCION ~7A SERVICIO
REPETIDORA
TE-DZT
•
ZONA 25 WATTS OFICIAL VOLCÁN IRAZÚ,
NORTE CARTAGO
ARTÍCULO 2: PLAZO DE LA CONCESIÓN: CLNCO AÑOS (5 AÑOS). Pudiendo ser
renovada por un período igual, a solicitud del interesado, siempre y cuando
cumpla con to establecido en la Ley de Radio y su Reglamento.
Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación de su parte
observar la legislación vigente o la que en el futuro se dicte, acatando las indicaciones.
de la Oficina de Control Nacional de Radio.
ARTÍCULO 3: Rige a partir de su notificación.
Dado en la Presidencia de la República el día ocóo de abril del año 2008.
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