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IniciarMi WebLinkAcerca deMUNICIPALIDAD DE SARAPIQUI Acuerdo No. 187-2008 MGP• ACUERDO EJECUTIvO \7o.187-2008 MGP EL PRESIDENrE DE LA REPÚBLICA Y LA MINISTRA DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA u7.t Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 121 inciso 14) aparte c), 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, el Convenio Internacional de Telecomunicaciones, ratificado mediante Ley No. 8100 del 04 de abril del 2002, los artículos 1 y 6 de la Ley de Radio y Televisión No. 1758 del 19 de junio de 1954 y sus reformas; los artículos 2, 3, 5, 9, 11, 19 y 30 del Reglamento de Radiocomunicaciones, Decreto Ejecutivo No. 31608-G del 24 de junio del 2004 y sus reformas; y el artículo 2 • del Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias Decreto Ejecutivo No. 27554-G del 06 de noviembre de 1998 y sus reformas. CONSIDERA.NDO: UNO.- Que el señor PEDRO ROJAS GUZMIN, con cédula número 7-075-997, en su carácter de Alcalde de la MUNICIPALIDAD DE SARAPIQUÍ, ha presentado formal solicitud tendiente a que se le otorgue a su representada concesión de derecho de uso de las frecuencias RX 232.550 MHz y TX 237.500 MHz, para ser utilizadas en el servicio de radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia (VHF), entre sus bases ubicadas en la provincia de Heredia, y sus portátiles. DOS.- Que las frecuencias solicitadas se encuentran según lo establecido en el ® Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto No.27554-G con fecha 06 de noviembre de 1998 y sus reformas. TRES.- Que según certificación de la Secretaria a.i. del Concejo Municipal, María de los Angeles Briceño Briceño, el señor PEDRO ROJAS GUZMáN, mayor, soltero, funcionario público, cédula de identidad número 7-075-997, es Alcalde de la MUNICIPALIDAD DE SARAPIQUÍ, con cédula jurídica número 3-014-042098. CUATRO.- Que la Oficina de Control Nacional de Radio hizo el análisis correspondiente al expediente de la MUNICIPALIDAD DE SARAPIQUÍ, encontrándolo ajustado a derecho, por lo que ha dado su parecer favorable para que dicha concesión de derecho de uso de las frecuencias solicitadas scan otorgadas por un período de 5 años (cinco años). 1 POR TANrO ACU-ERDAN : ARTÍCULO 1: Otorgar a la ib1UNICIPALIDAD DE SARAPIQUÍ, concesión de derecho de uso de las frecuencias RX 232.550 `iVlHz y TX 237.500 MHz, para ser utilizadas en el servicio de radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia (VHF), según las siguientes características: I.NDICATIVO ZONA POTENCIA CLASE DE DE ACCION ~7A SERVICIO REPETIDORA TE-DZT • ZONA 25 WATTS OFICIAL VOLCÁN IRAZÚ, NORTE CARTAGO ARTÍCULO 2: PLAZO DE LA CONCESIÓN: CLNCO AÑOS (5 AÑOS). Pudiendo ser renovada por un período igual, a solicitud del interesado, siempre y cuando cumpla con to establecido en la Ley de Radio y su Reglamento. Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación de su parte observar la legislación vigente o la que en el futuro se dicte, acatando las indicaciones. de la Oficina de Control Nacional de Radio. ARTÍCULO 3: Rige a partir de su notificación. Dado en la Presidencia de la República el día ocóo de abril del año 2008. 2