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IniciarMi WebLinkAcerca deMUNICIPALIDAD DE PARAISO Acuerdo No. 048-2006 MGPACUERDi; E►E: uTvo No. 048-2006 MGP EL PRESIDE\'1`t. DE LA REPÚBLICA Y EL MLNISTRO DE GOBERNACIÓ\i Y POLICÍA 0 a 4 8 Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 121 inciso 14) aparte c), 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Políiica, el Convenio Internacional de Telecomunicaciones, ratificado mediante Ley No. 8100 del 04 de abril del 2002; los artículos 1 y 6 de la Ley de Radio y Televisión No. 1758 del 19 de junio de 1954 y sus reformas; los artículos 2, 3, 5, 9, 11, 19 y 30, del Reglamento de Radiocomunicaciones, Decreto Ejecutivo No. 31608-G del 24 de junio del 2004 y sus reformas; y el artículo 2 del Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto Ejecutivo No. 27554-G del 06 de noviembre de 1998 y sus reformas. CO\SIDERANDO: 1.- Que el -señor MARVLI' SOLAN0 ZúÑIGA, con cédula número 3-249-064, en su c.irácter, de Alcalde Propietario de la Mu\ICIPALIDAD DE PARAÍSO, ha presentado formal tendiente a que se le otorgue a su representada concesión de derecho de uso de ias frecuencias TX 422.5375 MHz. y RX 427.6375 MHz., para ser utilizadas en un servicio de radiocomunicación en Ultra Alta Frecuencia (UHF), entre su base ubicada en Paraíso de Cartago, sus unidades móviles y portátiles. 2.- Que la frecuencia solicitada se encuentra según lo establecido en el Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto No. 27554-G con fecha 06 de noviembre de 1998 y sus reformas. 3.- Que según certificación de la Secretaría del Concejo Municipal, ANA ROSA RAMÍREZ BONILLA, el señor MARVEN SOLANO ZÚ\TIGA, mayor, cédula de identidad número 3-249-064, es Alcalde Propietario del Cantón de Paraíso de Cartago, según resolución No. 2384-E-2002 de las 15:45 horas del 20 de diciembre del 2002, con cédula jurídica número 3-014-042086. 4.- Que la Oficina de Control Nacional de Radio hizo el análisis correspondiente al expediente de la MUl\tICIPALIDAD DE PARAÍSO, encontrándolo ajustado a derecho, por ló que ha dado su parecer favorable pars que dicha concesión de derecho de uso de la frecuencias solicitadas sean otorgadas por un período de 5 años (CINco AÑOs). 9 POR TANTO ACÜERDAN: o 0 4 7 OTORCAR a la IVIiINICIPALIDAD DE PARAÍSO DE CARTAGO, concesión de derecho de uso de las frecuencias TX 422.5375 MHz. y RX 427.6375 MHz., para ser utilizadas en el servicio de radiocomunicación en Ultra Alta Frecuencia (UHF), según las siguientes características: I.NDICATIVO ZONA POTENCLA CLASE DE DE ACCIÓN i\ZÁlI11A SERVICIO REPETIDORAS TE-DOG VALLE 25 WATTS OFICIAL CENTRAL CERRO SOCOLA PLAZO DE LA CONCESIÓN: CINCO AÑOS (5 AÑOS). Pudiendo ser renovada por un período igual, a solicitud del interesado, siempre y cuando cumpla con lo establecido en la Ley de Radio y su Reglamento. Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación de su parte observar la legislación vigente o la que en el futuro se dicte, acatando las indicaciones de la Oficina de Control Nacional de Radio. Dado en la Presidencia de la República el día dieciséis de mayo del año dos mil seis. \'\� � ��,���� LIC. ' R,\'ANDO BERROCAL '49: C. -inaº MINISTRO DE GOBERNACIÓN, POLICÍA Y SEGURIDAD PÚBLICA 2 R-Oo ODEoeF �/S,�.y ��9 rc.�RZ-� o c, pt