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MORALES ALPIZAR RODRIGO Acuerdo No. 51-2006-MGP
ACUERDO L.IECÚTIVO No. 51-2W6-MGP EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL 1VIi:\=iSTRO DE GOBERNACIÓ\` Y POLICÍA ¢}f;4.�. Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 121 inciso 14) aparte c), 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, el Convenio Internacional de Comunicaciones, ratificado mediante Ley No. 8100 del 04 de abril del 2002, los artículos 1 y 6 de la Ley de Radio y Televisión No. 1758 del 19 de junio de 1954 y sus reformas, los artículos 2, 3, 5, 9, 11, 19, 30, 32 y 33 del Reglamento de Radiocomunicaciones, Decreto Ejecutivo No. 3.1608-G del 24 de junio del 2004 y sus reformas, y el artículo 2 del eglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias Decreto No.27554-G del 06 de noviembre de 1998 y sus reformas. CO1`SIDERANDO: 1.-Que mediante Acuerdo Ejecutivo No. 117 del 22 de abril de 1981, publicado en La Gaceta No. 104 del 02 de junio de 1981, se otorgó concesión de derecho de uso de la frecuencia CD 238.200 MHz., a la empresa FÁBRICA DE PROTEí1=AS LTDA. 2.- Que el señor FERs\tAa\TDO ZELEDÓ\' SEGURA, cédula de identidad número 1-308-782, es gerente, con facultades de apoderadó generalísimo sin límite de suma de la empresa FÁBRICA DE isROTEÍI'AS LTDA., cede la concesión de derecho de uso de la frecuencia 238.200 MHz., al ':z:ñor RODRIGO MORALES ALPÍZAR, para ser utilizada en el servicio de radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia (VHF), entre su base ubicada en la provincia de Alajuela y sus nidades móviles. 3.- Que los señor RODRIGO MORALES ALPÍZAR, cédula de identidad número 2-302-061, ha presentado formal solicitud tendiente a que se le otorgue a su representada concesión de derecho de uso de la frecuencia CD 238.200 MHz., para ser utilizada en el servicio de _•-idiocomunicación privada en Muy Alta Frecuencia (VHF), entre su base ubicada en la provincia de Alajuela y sus unidades móviles. 4.- Que la frecuencia solicitada se encuentran según lo establecido en el Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto No. 27554-G, del 06 de noviembre de 1998 y sus reformas. 5.- Que la Oficina de Control Nacional de Radio hizo el análisis correspondiente de los expedientes de FÁBRICA DE PROTEL\`AS LTDA., y de RODRIGO MORALES ALPÍZAR, encontrándolos ajustados a derecho, por lo que ha dado su parecer favorable para que dicha cesión y concesión de derecho de uso de las frecuencias antes citadas séa aprobada, por un período de 5 años (cLlco AÑoS). POR TANTo ACUERDAN: 0 0 4 l Otorgar a la FÁBRICA DE PROTELNAS LTDA., concesión de derecho de uso de la frecuencia CD 238.200 MHz., que le cede el señor RODRIGO MORALES ALPIZAR, para ser utilizada en el servicio de radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia (VHF), según las siguientes características: INDICATIYO ZONA DE ACCIÓN POTENCIA MÁXLIIA CLASE DE SERVICIO TE-DGZ VALLE CENTRAL 25 WATTS COMERCIAL PRIVADO PLAZO DE LA CONCESIÓN: CLICO AÑOS (5 AÑOS). Pudiendo ser renovada por un período igual, a solicitud del interesado, siempre y cuando cumpla con lo establecido en la Ley de Radio y su Reglamento. Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación de su parte observar la legislación vigente o la que en el futuro se dicte, acatando las indicaciones de la Oficina de Control Nacional de Radio. Dado en la Presidencia de la Re ública el día once de mayo del año dos mil seis. \o ó©É ` \gO�S ,.�• .► , z c • ()SCAR ARIAS SA\'CHEZ LIC. FERN�AI\`DO BERROCA.Ir VILIISTRo DE GOBERNACIÓN, POLICÍA Y SEGURIDAD PúBLICA