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IniciarMi WebLinkAcerca deMONGE ZUÑIGA JOSE HUMBERTO Acuerdo No. 965-99 MSPt#v..96•S`-99 MSP EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y EL l4íIlriLSTRO DE GOBERNACION Y POLICIA Y SEGURIDAD PUBLICA Con fundamento en la Ley de Radio No. 1758 del 19 de junio de 1954 y sus reformas y el Reglamento No. 63 del 11 de diciemhre de 1956 y sus reformas y el Plan Nacional de Atribºción de Frecuencias Decreto No.27554-G, con fecha 11 de enero 1999. Considerando: 1-Que el señor JOSE HUMBERTO MONGE ZUÑIGA, cédula número 3-168-323, Empresario, ha presentado formal solicitud tendiente a que se le autorice un sistema de radiocomunicación en FRECUENCIAS MUY ALTAS, entre sus bases nbicadas Proviacia San José, Cantón Goicoechea, Distrito Guadalupe, de la Igiesia Católica 400 este y 50 sur, sus Unidades Móviles y Portátiles. 2- Que las frecuencias solicitadas están de conformidad con el Decreto Ejecutivo No.27554-G del 11 de enero 1999, Reglamento al Plan National de Atrí`bución de frecuencias. 3-Que la oficina de Control Nacional de Radio hizo el análisis correspondiente al expediente del señor José Humberto Monge Zfñiga, encontrándolo ajustado a derecho, por lo que ha dado su parecer favorable para que dicho sistema sea aºtorizado. POR TANTO, ACUERDAN: Autorizar las frecuencias: RX 36.24- TX 39.22 MHz al señor JOSE HUMBERTO MONGE ZITI'VIGA, con las entes raracterfsticas: INDICATIVO ZONA DE ACCION POTENCIA MAXIMA CLASE DE SERVICIO TODO EL PAIS 25 WATTS. - C OMgRCIAL Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación de su parte observar la Ledslación Vigente o la que en el futuro se dicte, acatando las ind.icaciones de la Oficiaa de Control Nacional de Radio. Dado en la Presidencia de la Republica el dia 14 de junio de mil novecientos noventa y nueve. ��-• • . �_rt.- � 9,y=���3N � Q.�....... �, rl1�iLz�'" .�'+ , � f, �' •i-: �✓� r_ 'O/ i hIIGUEL ANGEL RODRIGUEZ ECHBV.gRR IA. _ I+e► Beta el Lá onvp�� cU� \-- Fk*� ;:sas3itr� y� ��j. \`a yC;;3ga�ir��t. LIZANO - ��-� f: MINISTRO=1YP GOBER.NACIOr Y.POLIC�Y;;�i� f Y SEGURIDAD PUBLICA . -_�;i ,'1 �� • � � 0 4 9