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IniciarMi WebLinkAcerca deMONGE MONGE WILFRIDO Acuerdo No. 125-2006 MGPACUERDO EJECUTIVO ] �2. � � No. 115-2006 MGP EL PRESIDENTE DE LA itZ%PÚBLICA Y EL MLIISTRO DE GOBER\ACIÓY Y POLICÍA Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 121 inciso 14) aparte c), 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, el Convenio Intemacional de Telecomunicaciones ratificado mediante Ley No. 8100 del 04 de abril del 2002, los artículos 1 y 6 de la Ley de Radio No. 1758el 19 de junio de 1954 y sus reformas; los artículos 2, 3, 5, 9, 9, 19 y 30 del Reglamento de Radiocomunicaciones, Decreto Ejecutivo No. 31608-G del 24 de junio del 2004 y sus reformas; y el artículo 2 del Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias Decreto Ejecutivo No. 27554-G del 06 de noviembre de 1998 y sus reformas. CONSIDERANDO: / 1.- Que el señor WILFRIDO MONGE MONGE, cédula de identidad número 3-117-955, ha presentado formal solicitud tendiente a que se le otorgue concesión de derecho de uso de la frecuencia CD 268.35 MHz., para un servicio de radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia (VHF) entre sus unidades móviles. 2.- Que según el Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto Ejecutivo No. 27554-G del 06 de noviembre de 1998 y sus reformas, la frecuencia CD 268.35 MHz., se modifica a CD 26$.3500 MHz. 3.- Que la Oficina de Control Nacional de Radio hizo el análisis correspondiente al expediente del señor WILFRIDo Mo�°GE MO�tGE, encontrándolo ajustado a derecho, por lo que ha dado su parecer favorable para que dicha concesión de derecho de uso de la frecuencia solicitada sea otorgada por un período de 5 años (cinco años). POR TANTO ACUERDAN: Otorga r . ar al señor WILFRIDO M01`GE MONG concesión de derecho de uso de la , frecuencia CD 268.3500'MHz., para un servicio de radiocomunicación en Muy Alta Frecuencia (VHF), según las siguientes características: ZONA DE ACCIÓN POTENCIA 117ÁXIMA CLASE DE SERVICIO INDICATIVO TE-AW VALLE 25 WATTS COMERCIAL PRIVADO CENTRAL U75 PLAZO DE LA CONCESIÓN: CENCO Ar°OS (5 AÑos). Pudiendo ser renovada por un periodo igual, a solicitud del interesado, siempre y cuando cumpla con lo establecido en la Ley de Radio y su Reglamento. Queda entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación de su parte observar la legislación vigente o la que en el futuro se dicte, acatando las indicaciones de la Oficina de Control Nacional de Radio. Dado en la Presidencia de la República el día treinta y unó de mayo del año dos mil seis. �PDE°G-oe `.Q�N0 OE Miy,pFs�2 �0�����`o 0 r0LIC. FERNANDO BERROCASO ��� ;� ; Z MINISTRO DE GOBERNACIÓN, Y SEGURIDAD PÚBLICA