IniciarMi WebLinkAcerca deLA ROCA S.A. Acuerdo No. 773 1980MINISTERIO DE GOBERNACION Y POIICIA
SAN JOSE, COSTA RICA
Al COHTESTAR ESTE OFICIO REFIERASE A ESTE HUMERI)
N p.
0042
\ 773.—San
1`E DEeoctubre de �LA REPUBLICA�
ELO
Y EL ISTRO DE GOBERNACIONY POLICIA,' t: � `
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_ .. .;
- Considerando:
19—Que el señor Edgar Sánchez Aguilar, cédula pw,:g 1-403-670, en su calidad de
Vicepresidente de La Roca, S. A., ha prese.ntado form;a1 solicitud -tendiente a que se
le autorize un sistema de radiocomunlcación en muy alta frecuencia entré la ofi-
cina situada en Heredia, las fincas en Heredia y Guanacaste, una repetidora-.en Sa-
cramento de Heredia y Unidades Móviles.
29--Que según certificación del Registro Público, el señor Edgar Sánchez Águi-
lar, es Vicepresidente de La Roca, S.A., .
39—Que el Departamento de Control National de Radio hizo el estudio del ex- pediente de La Roca, S. A., encontrándolo ajustado a derecho por'lo que ha dado su
,parecer favorable para que dicho sisterna sea autorizado.
Por tanto,
ACUERDA\:.
Otorgar la frccuencia 150.810 y 1a-3.830 ij'í`HZ, a La Roca, S.A., con las siguientes
características: Letras de llamada: TEA -ESA: Potencia: 15 vatios; .Ubicación:- Heredia.
Ietras de liamada: .TE7-ESA: Polencin: 15 catios: Ubicación: Gúañacaste. Letras
de llamada: TE-ESA; Potencia: 15 vatios: L"bicación_ BYóvdles.' Le+-ras•de llamada:
TE9•ESA- Potencia: 15 vatios: Ubicación; Repetidora: Sacramento de Heredia. TX:
150.810 MHz, R.X: 153.330 MHz. Servicio: agricola. -
Queda entendido el concesionario de esta-liceºciá que es obligación de su parte.
observer la legisiación rigente o la que en el futuro se dicte ácatando Ias indicaciones
del Departamento de Control Nacional de Radio. � .
Publiquese.—RODRIGO CARAZO.—El Ministro de Gobernación; Carlos Arguedas
Le Franc.
POR UNA COSTA RICA MEJOR PARA TODOS