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IniciarMi WebLinkAcerca deINVERSIONES EN COMUNICACION Y CULTURA ICC, S.A. Acuerdo No. 197-2008 MGPr ACUTRDO EJECUTIVO \To.197-2008 MGP EL PRESIDE\fiE DE LA REPÚBLICA Y LA lVILNISTRA DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA 5`�A Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 121 in �� ,1�i� . árte c), 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, el Convenio Internacional de Telecomunicaciones, ratificado mediante Ley No. 8100 del 04 de abril del 2002; los artículos 1 y 6 de la Ley de Radio No. 1758 del 19 de junio de 1954 y sus reformas; los artículds 2, 3, 5, 9, 11, 19, 30 y 32 del Reglamento de Radiocomunicaciones, Decreto Ejecutivo No. 31608-G del 24 de junio del 2004 y sus reformas; y el artículo 2 del Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto Ejecutivo No. '27554-G del 06 de noviembre de 1998 y sus reformas. 268 CONSIDERANDO. UN0'.- Que mediante Acuerdo Ejecutivo No. 676-96-MG, del 19 de julio de 1996, publicado en la Gaceta No. 36, del 20 de febrero de 1997, se otorgo concesión de derecho de uso de la- frecuencia 107.5 MHz., a la sociedad INVERSIONES EN COMUNICACIO\ Y CUZ,TURA, LC.C., S.Á., para transmitir desde el Volcán Irazú, para un '.servicio de Radiodifusión Comercial en Frecuencia Modulada (FM), con una potencia de 2000 watts y zona de cobertura Zona norte y Valle Central. DOS.- Que en cumplirniento de lo establecido en el artículo 29 y el trahsitorio III, del Reglamento de Radiocomunicaciones, Decreto Ejecutivo No. 31608-G del 24 de junio del 2004 y sus reformas, el señor \TICHOLAS ALBERT SHAW, Presidente con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de la sociedad IINVERSIONES EN CovIUNICACIÓN Y CULTURA I C C SOCIEDAD ANóNIMA, ha solicitado la autorización para ampliar lá zona de cobertura, a todo el país. TRES.- Que la frecuencia 107.5 MHz., se encuentra según lo establecido en el Reglamento al Plan Nacional dé Atribúción de Frecuencias, Decreto Ejecutivo No. 27554-G, del 06 de noviembre de 1998 y sus reformas. CUATRO.- Que según certificación del Notario Público, JoSÉ ALBERTO PINTO MONTURIOL extendido a las ocho horas del doce de abril del dos mil siete, el señor i17ICHOLAS ALBERT SHAW, mayor, casado una vez, empresario, vecino de Escazú, cédula de residencia número 125-135280-000731, es Presidente con facultades de 1 267 Apoderado Generalísimo sin límite de suma de la sociedad L\VERSSIONES EN COMUNICACIÓN Y CULTURA I C C SocLEDAD A_\°ÓN-LMA., cédula jurídica número 3- 101-173010 CINCO.- Que el Departamento de Control Nacional de Radio hizo el análisis correspondiente al expediente de la sociedad denominada L\VERSIONES EN COMUNICACIÓN Y CULTURA I C C SocIEDAD ANÓ\LMA, encontrándolo ajustado a derecho, por lo que ha dado su parecer favorable para que se modifique el Acuerdo Ejecutivo No. 676-96-í�G, del_l9_de julio de 1996, publicado en la Gaceta No. 36, del 20 de febrero -de 91 97, y, en" adelante, se asigne como zona de cobertura "Two t PAÍS ", esto debido a la solicitud presentada por el representante legal de dicha sociedad -y eñ atención a lo establecido en el articulo 29 y el transitorio III, del Reglamento de Radiocomunicaciones, Decreto Ejecutivo Nó "1608=G-del-?4_de-junio-del_200.4 y sus reformas, manteniéndose las restantes condiciones bajo las cuales fue ótorgada originalmente la concesión, y de conformidad con lo dispuesto en el citado Reglamento de Radiocomunicaciones. POR TANTO; ACUERDAN r MODIFICAR el Acuerdo Ejecutivo \Io. 676-96-MG, del 19-de julio de�996, únicamente en cuanto a la_.zona—dé cobertura, para un servicio de Radiodifusión Comercial en Frecuencia Modulada (FM), con las siguientes características: 1—SERVICIO: ' RADIODIFUSIÓN SONORA 2—CLASE: COMERCIAL 3—INDICATIVO: TI—OA 4—FRECUENCIA OPERACIÓN: 107.5 MHz 5-TIPO DE SEÑAL DE RF: ANALÓGICA 0 DIGITAL 6—ANCHO DE B\=DA: 300 KHz 7-SEÑAL MLN111IA EN ZONA DE ALTA DENSIDAD DE POBLACIÓN: 66 dB 8- SEÑAL Mfs\°I,ti7A EN ZONAS DE BAJA DENSIDAD DE POBLACIÓN: 48 dB 4-UBICACIÓN DEL TRAs\7SMISOR PRINCIPAL: VOLCÁN IRAZÚ, CARTAGO 1 O-REPETIDORAS: CERRO ESPERANZA, GUANACASTE — CERRO DE LA MUERTE, SAN JosÉ 11-ZONA DE COBERTURA: TODO EL PAÍS 9 • 266 PLAZO •DE LA CO\CESIÓ\7: VEL\TTE A\OS (20A_�OS). A partir de la entrada en vigencia del Reglamento de Radiocomunicaciones, Decreto Ejecutivo No 31608-G del 24 de junio del 2004. Pudiendo ser renovada por un período igual, a solicitud del interesado, siempre y cuando cumpla con lo establecido en la Ley de Radio y su Reglamento. Queda .entendido el concesionario de estas frecuencias que es obligación de su parte observar la legislación vigente o la que en el futuro se dicte, acatando las indicaciones de la Oficina de Control Nacional de Radio. Rige a partir de su notificación Dado en la Presidencia de la República el día once de abril del año dos mil ocho. OSC"AR A°�RIAs SA��HE 12 MAI`Q 2008