IniciarMi WebLinkAcerca deINQUISA INDUSTRIAS QUIMICAS Acuerdo No. 36-2007 MGPA( UERDO EJEczjrlVO
No. 36-2007 MGP
EL PRESIDENTE DE LA REPZIBLICA Y EL
MLNISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICZA
Con fundamento en las atribuciones que les confieren los articulos 121 inciso 14) aparie
c), 140 inciso 20) y 146 de la Consiitución Política, el Convenio Inic.�rnacional de
Cornunicaciones, ratificado medianie Ley No. 8100 del 04 de abril del 2002; los
articulos 1 y 6 de la Ley de Radio No. 1758, del 19 de junio de 1954 y sus reformas; los
articulos 2, 3, 5, 9, 11, 19, 30, 32 y 33 del Reg,larnento de Radiocomunicaciones,
Decreto Ejecutivo No. 31608-G, del 24 de junio 012004 y sus reforYnss; y el articulo 2
- del Reglarnento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto Ejecutivo No.
27554-G, del 06 de noviembre de 1998 y sus refonnas.
C oNSIDERANDo:
070
1.- Que mechanic Acuerdo Ejecutivo No. 32 del 12 de febrero de 1988, publicado en La
Gaceta No. 78 del 25 de abril de 1988, se Otorgó concesión de derecho de uso de las
frecuencias 446.775 MHz. y 441.775 MHz.; a I1rVERSIoNTs MEIYPA S.A.
2.- Que el señor RICARDo ME
Presidente con facultades
INVERSIOÁES ME1vPA S.A.,
frecuencias 446.775 MHz.
QLilAgICAS S.A.
NDIEto MURRAY; cédula de identidad nürnero 1-398-659,
de Apoderado Generalisirno sin litnite de suma de
cediá (ver folio óA la concesión de derecho de uso de las
y 441.775 MHz.; a la sociedad INQUISA I1vDIISTRL4.S
3.- Que de confortnidad con 10 establecido en el Reglame.nio al Plan Nacional de
Atribución de Frecuencias, Decreto Ejecutivo No. 27554-G del 06 de noviembre de
1998 y sus reforrnas, las frecuencias 446.775 MHz. y 441.7 É5 MHz., se rnodifican a
441.7750 MHz. y 446.7750 MHz.
4.-Que el senor R4ÁRvD1 MAR -its -EL ARAYA, cédula de identidgd núlnero 3-175-543,
Presidente' con facultades de Apoderado Generatisitno sin lúnit.e. de 5urna de la sociedad
INQtJISA It`mIIsTRIAs QUÍMIcA.s S.A.; ha presentado forriral solicitud tendiente a que
se le otorgue a su repres.eniaada, conce�ón de derecho de uso de las frecueñcias TX
444.7750 MHz. y RX 441.7 750 MHz., para ser utili7adas en el servicio de
radiocomunicación en Ultra Alta Frecuencia (UHF), entre sus bases ubicadas en las
provincias de San Jos y Cartago y, sus unidades tnáviles y pork.Atiles.- �.
5.- Que según certiñcación- de la Notaria Pública: Mildred Maroto Calvo, el sefior U ;j '
1VIÁRv1N MARTÍNEZ M3YA, mayor, divorciado, ernpresario, vecino de Cartago, cédula
de identidad núrnero 3-175-543, es Pre_~idente confacultades de Apoderado
Generalisimo sin lúrnte de suma de la sociedad INQUISA iNDDSTRI-s QZIMICAS S.A.,
cédula juridica núniero 3-1 {31-i}65378_
6.- Que el Departatnento de Control Nacional de Radio hizo el análi;is corrzspondiente a
los expedientes de las sociedad es INVERSIONTS MENPA S.A. v de INQUISA,
INDUSTRIAS QUíMucAs S.A., encontrándolos ajustados a derecho, por lo que ha dada su
parecer favorable para que dicha ceáón de derecho de uso de las frecuencias solicitadas
sea otorgada en las niismas condiciones bajo las cuales fue otorgada originalmente, y de
conformidad con lo dispuesto en el Re.alan3ent,o de Radiocomunicaciones, Decret,o
Ejecutivo No. 31608-G del 24 de junio del 2004 y sus refonnas, por un plaza de 5 años
(cinco años), contados a partir de la entiada en vigencia del citado Reglarnent.o.
FOR TANro;
Acua<DAN:
OTORGAR a la sociedad INQUISA IfmUSTRIA_S QUiMIGAs S.A., concesión de derecho
de uso de las frecuencias TX 446.7750 MHz. 'y RX 441.7750 MHz., que le cede
INVEItSIONES MENPA S.A. para ser tititi7adas en el servicio de radiocoinunicación en
Ultra Alta Frecuencia (UHF), según las siguient,es caracteristicas:
INDICATIVO
ZoN'A
DE ACCIÓI:'
Pt3TENCL4
MÁXINiA
CLASE DE
SERVICIO
UBICACIÓNj
DE LA
REPETIDORA
TE-DQR
Tono EL
PAI:S
25 INArrs
CoMERCIAL
PRIVAD U
V oLCÁ,ti
IRAZU,
CARTAGO
PLAZO DE LA CONCESIÓN: El cesionario explotará los derechos cedidos en los
mismos términos que fue otorgada la concesión oriainalmente. Podrá ser renovada
por un periodo igual al que fue otorgada (Cilvco AÑos), previa solicitud del
interesado, siempre y cuando cumpla con lo establecido en la Ley de Radio y su
Reglamento. Plazo contado a partir- de la entrada en vigencia del Reglamento de
Itadiocomtinicadones, Decreto Ejecutivo No. 31608-G del 24 de junio del 2004 y
sus reformas.
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Queda entendido el conc&qionario de estas frecuencias que es obligación de su parig
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observar la legislación vigenle o la que en el futuro se dicte, acat.ando las indicáciones
de la Oficina de Control Nacional de Radio.
Dado en la Presidencia de la República el dia vándséis de marzo del laño dos mil
siete.
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LSC. RtiANDO BERROC.AI. •: �
MINLSTRO DE GOBERiiACIÓN, POLI
Y GIIItIDAD PúBLICA