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IniciarMi WebLinkAcerca deINQUISA INDUSTRIAS QUIMICAS Acuerdo No. 36-2007 MGPA( UERDO EJEczjrlVO No. 36-2007 MGP EL PRESIDENTE DE LA REPZIBLICA Y EL MLNISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICZA Con fundamento en las atribuciones que les confieren los articulos 121 inciso 14) aparie c), 140 inciso 20) y 146 de la Consiitución Política, el Convenio Inic.�rnacional de Cornunicaciones, ratificado medianie Ley No. 8100 del 04 de abril del 2002; los articulos 1 y 6 de la Ley de Radio No. 1758, del 19 de junio de 1954 y sus reformas; los articulos 2, 3, 5, 9, 11, 19, 30, 32 y 33 del Reg,larnento de Radiocomunicaciones, Decreto Ejecutivo No. 31608-G, del 24 de junio 012004 y sus reforYnss; y el articulo 2 - del Reglarnento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto Ejecutivo No. 27554-G, del 06 de noviembre de 1998 y sus refonnas. C oNSIDERANDo: 070 1.- Que mechanic Acuerdo Ejecutivo No. 32 del 12 de febrero de 1988, publicado en La Gaceta No. 78 del 25 de abril de 1988, se Otorgó concesión de derecho de uso de las frecuencias 446.775 MHz. y 441.775 MHz.; a I1rVERSIoNTs MEIYPA S.A. 2.- Que el señor RICARDo ME Presidente con facultades INVERSIOÁES ME1vPA S.A., frecuencias 446.775 MHz. QLilAgICAS S.A. NDIEto MURRAY; cédula de identidad nürnero 1-398-659, de Apoderado Generalisirno sin litnite de suma de cediá (ver folio óA la concesión de derecho de uso de las y 441.775 MHz.; a la sociedad INQUISA I1vDIISTRL4.S 3.- Que de confortnidad con 10 establecido en el Reglame.nio al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto Ejecutivo No. 27554-G del 06 de noviembre de 1998 y sus reforrnas, las frecuencias 446.775 MHz. y 441.7 É5 MHz., se rnodifican a 441.7750 MHz. y 446.7750 MHz. 4.-Que el senor R4ÁRvD1 MAR -its -EL ARAYA, cédula de identidgd núlnero 3-175-543, Presidente' con facultades de Apoderado Generatisitno sin lúnit.e. de 5urna de la sociedad INQtJISA It`mIIsTRIAs QUÍMIcA.s S.A.; ha presentado forriral solicitud tendiente a que se le otorgue a su repres.eniaada, conce�ón de derecho de uso de las frecueñcias TX 444.7750 MHz. y RX 441.7 750 MHz., para ser utili7adas en el servicio de radiocomunicación en Ultra Alta Frecuencia (UHF), entre sus bases ubicadas en las provincias de San Jos y Cartago y, sus unidades tnáviles y pork.Atiles.- �. 5.- Que según certiñcación- de la Notaria Pública: Mildred Maroto Calvo, el sefior U ;j ' 1VIÁRv1N MARTÍNEZ M3YA, mayor, divorciado, ernpresario, vecino de Cartago, cédula de identidad núrnero 3-175-543, es Pre_~idente confacultades de Apoderado Generalisimo sin lúrnte de suma de la sociedad INQUISA iNDDSTRI-s QZIMICAS S.A., cédula juridica núniero 3-1 {31-i}65378_ 6.- Que el Departatnento de Control Nacional de Radio hizo el análi;is corrzspondiente a los expedientes de las sociedad es INVERSIONTS MENPA S.A. v de INQUISA, INDUSTRIAS QUíMucAs S.A., encontrándolos ajustados a derecho, por lo que ha dada su parecer favorable para que dicha ceáón de derecho de uso de las frecuencias solicitadas sea otorgada en las niismas condiciones bajo las cuales fue otorgada originalmente, y de conformidad con lo dispuesto en el Re.alan3ent,o de Radiocomunicaciones, Decret,o Ejecutivo No. 31608-G del 24 de junio del 2004 y sus refonnas, por un plaza de 5 años (cinco años), contados a partir de la entiada en vigencia del citado Reglarnent.o. FOR TANro; Acua<DAN: OTORGAR a la sociedad INQUISA IfmUSTRIA_S QUiMIGAs S.A., concesión de derecho de uso de las frecuencias TX 446.7750 MHz. 'y RX 441.7750 MHz., que le cede INVEItSIONES MENPA S.A. para ser tititi7adas en el servicio de radiocoinunicación en Ultra Alta Frecuencia (UHF), según las siguient,es caracteristicas: INDICATIVO ZoN'A DE ACCIÓI:' Pt3TENCL4 MÁXINiA CLASE DE SERVICIO UBICACIÓNj DE LA REPETIDORA TE-DQR Tono EL PAI:S 25 INArrs CoMERCIAL PRIVAD U V oLCÁ,ti IRAZU, CARTAGO PLAZO DE LA CONCESIÓN: El cesionario explotará los derechos cedidos en los mismos términos que fue otorgada la concesión oriainalmente. Podrá ser renovada por un periodo igual al que fue otorgada (Cilvco AÑos), previa solicitud del interesado, siempre y cuando cumpla con lo establecido en la Ley de Radio y su Reglamento. Plazo contado a partir- de la entrada en vigencia del Reglamento de Itadiocomtinicadones, Decreto Ejecutivo No. 31608-G del 24 de junio del 2004 y sus reformas. 2 �� Queda entendido el conc&qionario de estas frecuencias que es obligación de su parig i � observar la legislación vigenle o la que en el futuro se dicte, acat.ando las indicáciones de la Oficina de Control Nacional de Radio. Dado en la Presidencia de la República el dia vándséis de marzo del laño dos mil siete. ;-1 hvzt. LSC. RtiANDO BERROC.AI. •: � MINLSTRO DE GOBERiiACIÓN, POLI Y GIIItIDAD PúBLICA