IniciarMi WebLinkAcerca deGYA CELULAR INTERNACIONAL S.A Acuerdo No. 115-2004 MSPNo.l.U..-Z4 k.+-f4sP 0 o () 0 7 3
EL PRESIDENTE DE LAREPUBLICAY BL
MINISTRO DE GOBERNACIÓNY POLICÍA
Con ftmdamento en la Ley de Radio No.1758 del 19 de junio de 1954 y sus reformas y el Reglamento de
radiocomunicacioncs Decreto Ejecutivo No 31608 -0 del 24 de junio de¡ 2004 y el Reglamento al Plan Nacional de
Atribución de Frecuencias Decreto No.27554 -G, can fecha 06 de noviembre de 1998 y sus reformas.
CONSIDERANDO:
1. Que segíui Acuerdo Ejecutivo No. 485 -2004 MSP, del 27 de octubre del 2004, se le otorgó a G Y A
CELULAR INTERNACIONAL S.A., Concesión de derecho de uso de los rangos de frecuencia 17.7 GHz. a
17.9 GHz. y de 19.26 GHz. a 19.46 GHz.., para operar un sistem a de comunicación privado de datos en el
Valle Central.
2.- Que el señor ANDRsAs RomAN UímER SiERINC, con cédula de identidad número 8 -080 -030, en
carácter de Presidente con facultarles de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de la sociedad G Y
A CELULAR INTERNACIONAL S-4-, ha presentado formal solicitud tendiente a que se modifique dicho
Acuerdo en cuanto alazonade acción.
3. Que según certificación de lallotariaPública, Licda Alejandra Echeverría Aifaro, el señor Andreas
Román Leimer Siering, mayor, casado, empresario, con cédula de identidad numero 8- 080 -030, es
Presidente con facultades de Apoderado Generalísimo sin ilmite de suma de la sociedad G Y A
CELULAR INTERNACIONAL S.A.; con cédulajurfdicallo. 3- 101 - 202858, inscrita en la Sección Mercantil
del Registro Público, a los tomos 1007 y 1578, folios 164 y 54, asientos 225 y 57.
4, Que las frecuencias solicitadas se encuentran según lo establecido en el Reglamento al Plan Nacional
de Atribución de PYec uncias, Decreto No.27554 -G can fecha 06 de noviembre de 1998 y sus reformas.
5, Que el Departamento de Control Nacional de Radio hizo el análisis correspondiente al expediente de
GY A CELULARIM EMACIONAL S.A., encontrándolo ajustado a derecho, por lo que ha dado su parecer
favorable para que se moálñque dicho acuerdo en cuanto a la zona de acción.
POR TANTO
ACUERDAN:
OtcugaT a G Y A CELULAR INTERNACIONAL S.A., concesión de derecho de uso de los rangos de frecuencias.
17.7 GHz- a 17.9 GHz. y de 19.26 GHz. a 19.46 GHz., únicamente para ser utilizados en un sistema de
comunicación privado de datos, scgúm las siguientes caracteristicas:
a
INDICATIVO ZONA DE ACCIóN POTENCIA - Má%IMA CLASE DE SERVICIO CLASITICACIóN
TE -DAO TODO El. PA1S 100M WATTS COMERCIAL ENTRE COMERCIAL
PARTICULARES
PLAZO DE LA CONCESIóN: AUTOS (15 AÑos). Pudiendo ser renovada por un período igual,
a solicitud del interesado; siempre y cuando cumpla con lo establecido en la Ley de Radio y su
Reglamento.
Queda entendido el e-oncesionano de estas fi~ encias que es obliáaci¿n de su parte obre~ la
legislación vigente o la que en el futuro se dicte, mando la` indicaciones de la Oficina de Control
Nacional de Radio.
Dado en la Presidencia dela República el dia diecisiete dd mes de enero dei año dos mil cinco.
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