Loading...
IniciarMi WebLinkAcerca deGAMBOA BRENES JOSE RODOLFO, ACUERDO EJECUTIVO N°404 MGPACUERDO EJECUTIVO • i r No. 404 i\IGP T e EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICa l` LA V I`IINISTRA DE GOBERNACION Y POLICÍA ^ <"'`' Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos I `4) aparte c), 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; el Convenio de la Unión Internacional de Telecomunicaciones ratificado mediante Ley No. 5100 del 04 de abril del 2002; los artículos 1 y 6 de la Ley de Radio No. 1755 del 19 de junio de 1954 y suss ' reformas; los artículos 2, 3, 5; 9; 11, 19 y 30 del Reglamento de Radiocomunicaciones, Decreto Ejecutivo No. 31605 -G del 24 de junio del 2004 Nf sus reformas; y el artículo 2 del Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias Decreto Ejecutivo No. 27554 -G del 06 de noviembre de 1998 N, sus reformas. CONSIDERANDO: UNO- Que el señor JOSÉ RODOLFO GAN-1BOA BREVES, con cé, 3- 269 -820, ha presentado formal solicitud tendiente a que se derecho de uso de la frecuencia CD 234.075 ÍNIHz, radiocomunicación en ¡Muy Alta Frecuencia (VHF), entre' provincia de Cartago y unidades móviles. Jula de identidad número le otorgue concesión de para un servicio de su base ubicada en la DOS- Que la frecuencia solicitada se encuentra según lo establecido en el Reglamento al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias; Decreto Ejecutivo No. 27554 -G del 06 de noviembre de 1998 N, sus reformas. TRES - Que el Departamento de Control Nacional de- Radio hizo el análisis correspondiente al expediente del señor JOSÉ RODOLFO GANIBOA BRENES, encontrándolo ajustado a derecho; por lo que ha dado su parecer fas orable para que dicha concesión de derecho de uso de la frecuencia solicitada; sea otorgada por un período de 5 años (CINCO A \OS). 11,01• Tanto: ACUERDAN: ARTÍCULO 1: OTORGAR al señor JOSÉ RODOLFO GAaTBOA BRENES, con cédula de identidad número 3 -269 -820. concesión de derecho de uso de la frecuencia CD 234.075 MHz, para ser utilizada en el servicio de radiocomunicación en ¡Muy Alta Frecuencia VHF), según las siguientes características: E 1 INDICATIVO ZONA POTENCIA CLASE DE DE ACCIóN I\'LÁ\1N7A SERVICIO TE-DJC CARTAGO 25 W'ATTS CONIERCIAL PRIVADO AR "riCULO 2: PLAZO DE La CO\CESIóN: CU CO ANOS (5 ANOS). Pudiendo ser renovada por- un período igual, a solicitud M interesado, siempre y cuando cumpla con lo establecido en la Lev de Radio y su Reglamento. I! ' Queda entendido el concesionario de esta frecuencia que es obligación de su parte observar la leáislación viiaente o la que en el futuro se dicte; acatando las indicaciones de la Oficina de Control Nacional de Radio. Artículo 3: Rige a partir de su notificación Dado en la Presidencia de la República el día treinta de mago del año dos mil ocho. 6ARA, 1 f=D Lt42o a c'A-00 3 -/f p I 0 il C) p i 2 JANI\A DEG VECCHIO UGALDE iMINISTRA DE GOBERNACON, POLICÍA Y SEGURIDAD PÚBLICA d Z 6